Ingreso y selección docentes funcionarios: normativa

Revisado 18 septiembre 2024

Resumen

El ingreso en la función docente como funcionario ha ido cambiando de regulación, ha habido situaciones transitorias, excepciones ... Se habla de nueva regulación con ideas como baremación experiencia, cambiar los temarios, los tipos de pruebas, si estas son eliminatorias, consolidar a los interinos, crear un "MIR docente",... En este post intento dar detalles sobre regulación, suele haber polémica en cuanto a qué valorar y cómo, además de qué situaciones excepcionales contemplar.
Al escribir este post surgen muchos otros temas; dejo apartados finales para otros temas que pueden ser otros posts.

Post relacionados:

Detalles

Índice
  • Cambio de 2017 (en BOE en febrero 2018)
    • Resumen del cambio de 2017
    • En qué consiste el cambio de 2017 
    • Cronología
    • Análisis legal
  • Cambio 2020 (en BOE en abril 2022)
    • Cambio abril 2020
    • Cambio septiembre 2020
    • Cambio 2021
  • Otros temas
    • Cambios de temarios 
    • Mérito y capacidad
    • MIR docente
    • Acto de presentación
    • Dificultad de las oposiciones docentes / aprobar o suspender varias veces y sacar plaza
    • Ordenación interinos en las pruebas y ordenación opositores en las pruebas
    • Ingreso y selección como interinos. Efecto bilingüismo, idioma autonómico, equilibrio baremo
    • Tasa de interinidad
    • Consolidación interinos
    • Conversión plantillas de centros privados concertados en funcionarios
    • Baremo de servicios prestados pública vs privados concertados
    • Nuevos requisitos para ingreso 
    • Selección profesorado a dedo / diferenciado a ciertos docentes
    • Regulación propia CCAA
    • Excepción a tener titulación pedagógica (CAP, Máster ...)
    • Recursos de alzada
    • Causas de fuerza mayor
    • Aprobar sin plaza / plazas desiertas
    • Cuerpo autonómico y no estatal 


Cambio de 2017 (en BOE en febrero 2018)

Resumen del cambio de 2017

 

Escribo en noviembre 2017 al ver en la web del ministerio de educación un proyecto para cambiar la normativa. Incluyo una cronología que iré revisando.
Me centro en ingreso (lo añado a post sobre jerga educativa)

Este post me recuerda también este tuit que puse en su día: si el ingreso es complejo y lleva tiempo, que te cambien las reglas del juego a mitad de camino lo complica más.

https://twitter.com/FiQuiPedia/status/886273794628648961
añadiría una nube "cambios reglas" sobre opos: programación LOE/LOMCE, requisitos CAP/TED/Máster, cambios baremo y regulación listas,...

Resumo aquí ideas (para más detalles leer todo el post, ha ido variando y revisándose hasta llegar a BOE en febrero 2018) de lo que cambia para 2018 y 2020 (salvo para comunidades que convoquen antes de cambio RD, como Cataluña...). El plazo de 2018 y 2020 lo indica borrador consulta publicado 30 noviembre 2017 (indica ofertas de 2017 a 2019), que por experiencia será ha sido salvo mínimos cambios lo que se acaba publicando en BOE (se publica el 24 febrero 2018)

Seguro (estaba en borrador Real Decreto presentado 27 octubre 2017/ se confirma o amplía en borrador Real Decreto presentado 23 noviembre 2017/ está en borrador consulta publicado 30 noviembre 2017. Se confirma en conferencia sectorial 20 diciembre 2017, se confirma en BOE 24 febrero 2018)
  • Se modifica baremo: pasa a ser 60% oposición y 40% baremo, frente a un 2/3=66,67% y 1/3=33,33% antes. 
  • Se aumenta puntuación experiencia previa a máximo 7 puntos, frente a 5 puntos antes.
  • Se aumenta años máximos de experiencia a 10 años, frente a 5 años antes (en borrador 23 noviembre 2017 se amplía a 10 años, en borrador 27 octubre 2017 eran 7)
Casi seguro (no estaba en borrador Real Decreto presentado 27 octubre 2017 pero se añade en borrador Real Decreto presentado 23 noviembre 2017/ está en borrador consulta publicado 30 noviembre 2017, se confirma en BOE 24 febrero 2018)
  • Habrá más "bolas" (mayor número de temas a elegir), de modo transitorio una más (aparece en borrador 23 noviembre 2017)
  • Se valorará más la Formación académica y permanente" con máximo 5 puntos, frente a 4 antes
No viable que aplique en 2018 (se confirma que no aparece en BOE 24 febrero 2018)
  • Primera prueba no eliminatoria (lo citan sindicatos y se aplicó en situación transitoria de 2007, se confirma que sí seguirán siendo eliminatorias en mesa 30 noviembre 2017, en nota prensa ministerio y en borrador consulta publicado 30 noviembre 2017. Se confirma en conferencia sectorial 20 diciembre 2017, dictamen Consejo Escolar Estado 9 enero 2018 no modifica lo propuesto en borrador de que sí sea eliminatoria. En reunión 17 enero 2018 sindicatos insisten en reabrir el tema, pero el ministerio dice que lo da por cerrado)
  • Nuevos temarios (primer borrador 23 noviembre 2017, pero no aplicarán a 2018. En mesa 30 noviembre se confirma no aplicarán hasta 2020)
  • MIR docente (enlazo a post separado)
  • Nuevos requisitos para ingreso (nivel inglés, nivel competencia digital...)

En qué consiste el cambio de 2017

Según lo que dice el borrador de Real Decreto de 27 octubre 2017 de 23 noviembre 2017 (ver más adelante, es el último disponible cuando escribo esto)

Se modifica baremo: pasa a ser 60% oposición y 40% baremo, frente a un 2/3=66,67% y 1/3=33,33% antes. 

Artículo 25. Sistema de calificación.
1. La calificación correspondiente a la fase de oposición será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en las pruebas integrantes de esta fase, cuando todas ellas hayan sido superadas.
2. La ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso para formar la puntuación global será de dos tercios para la fase de oposición y de un tercio para la fase de concurso.

Se aumenta puntuación experiencia previa a máximo 7 puntos, frente a 5 puntos antes.
Especificaciones a las que deben ajustarse los baremos de méritos para el ingreso a los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
Los baremos que fijen las convocatorias para la fase de concurso se estructurarán en los tres bloques que se indican a continuación. Las puntuaciones máximas que pueden obtenerse en cada uno de estos bloques serán las siguientes:
Experiencia previa: Máximo cinco puntos.

Se aumenta años máximos de experiencia a 10 años, frente a 5 años antes.
I. Experiencia docente previa
...
A los efectos de este apartado se tendrá en cuenta un máximo de cinco años, cada uno de los cuales deberá ser valorado en uno solo de los subapartados anteriores.

Habrá más "bolas" (mayor número de temas a elegir), de modo transitorio una más

Antes en título VI (en transitorio anterior)
...
a) En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre tres temas.
b) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre cuatro temas.
c) En aquellas especialidades que tengan número superior a 50 temas, deberá elegirse entre cinco temas.
cuando en la situación vigente antes de este cambio 2017, ya sin ser transitorio, era una bola menos

a) En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre dos temas.
b) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre tres temas.
c) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, deberá elegirse entre cuatro temas.

Se valorará más la Formación académica y permanente" con máximo 5 puntos, frente a 4 antes

Especificaciones a las que deben ajustarse los baremos de méritos para el ingreso a los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
Los baremos que fijen las convocatorias para la fase de concurso se estructurarán en los tres bloques que se indican a continuación. Las puntuaciones máximas que pueden obtenerse en cada uno de estos bloques serán las siguientes:
Formación académica y permanente: Máximo cuatro puntos.


Se ve que el cambio supone valorar más baremo/valorar menos la oposición, y se centra en valorar más la antigüedad y valorar menos lo demostrado durante la prueba. Favorece a interinos que tengan antigüedad.

De hecho, como se comenta más adelante en análisis legal, si se agarran a la disposición transitoria decimoséptima, y aplicarla es válido (no lo veo claro) aplicaría todo este Título VI y todo lo que dice, por lo que
(con el borrador de 23 noviembre 2017 esto da igual; lo aplican sin agarrarse a ello)

La primera prueba dejaría de ser eliminatoria (eso también favorece a interinos antiguos; da igual como hagan la prueba, llegan a la parte final donde se les valora el baremo)
1. La fase de oposición constará de una única prueba estructurada en dos partes, que no tendrán carácter eliminatorio

Cuando antes sí lo era
Las calificaciones de las pruebas se expresarán en números de cero a diez. En ellas será necesario haber obtenido una puntuación igual o superior a cinco puntos para poder acceder a la prueba siguiente o, en el caso de la última prueba, para proceder a la valoración de la fase de concurso.

Cronología 

El tema de que el cambio va en serio lo descubro en noviembre 2017, pero pongo información por orden cronológico. Retrocediendo veo que en mayo 2017 el ministerio dijo que no iba a haber cambios y al mismo tiempo dijo que igual sí.

17 mayo 2017
Modificación del RD de Acceso a la Función Docente
ANPE ha preguntado al MECD si se estaba planteando la modificación del RD 276/2007 que regula el acceso a la función docente
El 11 de mayo tuvo lugar una reunión de la Mesa Sectorial de Educación del MECD, para tratar asuntos relativos a las ciudades autónomas que son competencia del Ministerio (Ceuta y Melilla).
Aprovechando la presencia en la Mesa del Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, ANPE preguntó si el MECD se plantea modificar el RD 276/2007 de acceso a la función pública docente de cara a las futuras convocatorias de oposiciones, dadas las confusas informaciones que hay sobre el asunto.
El Ministerio aclaró que no se plantea modificar el sistema de acceso actual, pues éste cumple claramente con lo recogido y firmado en el Acuerdo de la Mesa General para reducir la tasa de interinos.
Por otro lado, se nos ha trasladado que es intención del Ministerio convocar la Mesa sectorial para hablar de la aplicación del citado Acuerdo en el ámbito docente, en lo que se refiere al número de convocatorias y qué cuerpos docentes convocar cada año para, posteriormente, trasladarlo a las CCAA. Una medida que aplaudimos en aras a la necesaria coordinación de las convocatorias entre las distintas CCAA.
17 mayo 2017
Educación quiere que la experiencia puntúe más en las oposiciones a profesor
El Gobierno negocia con las comunidades las características de las pruebas y plantea renovar los temarios
Según han confirmado distintos asistentes a EL PAÍS, Blanco planteó dar más importancia a la experiencia en las oposiciones docentes, un aspecto que ya reclaman los sindicatos y que en principio las regiones ven con buenos ojos. Educación descarta abrir un procedimiento específico para consolidar los puestos de interinos al entender que presenta impedimentos legales porque no se garantizan los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben regir estos procesos.

Propuesta a negociar

En el sistema actual de concurso y oposición, esta última fase incluye un examen —que es eliminatorio y para el que la nota mínima es de un 5— que supone un 66% de la calificación final del aspirante. El otro 34% se acredita en la posterior fase de concurso mediante méritos, entre los que se incluyen los años previos de clase. La propuesta a negociar podría pasar por reducir los exámenes, dar más peso a la fase de méritos o descartar una fase de oposición eliminatoria.

25 septiembre 2017
ANPE y el resto de sindicatos exigen al Ministro la celebración de una Mesa Sectorial de Educación
Hoy se ha presentado en el Ministerio de Educación una carta conjunta de todos los sindicatos para reclamar la convocatoria urgente de la Mesa Sectorial de Educación para tratar los distintos aspectos de la oferta de empleo público docente de los próximos años así como el modelo de acceso e ingreso.
ANPE y el resto de sindicatos manifestamos el malestar ante la actitud del MECD de no cumplir con lo acordado en la reunión del 28 de junio: iniciar una negociación en la primera quincena de septiembre comprometiéndose a establecer un calendario de reuniones. Y le exigen la convocatoria urgente de la Mesa Sectorial de Educación. Para las organizaciones sindicales es imprescindible que las personas aspirantes a las futuras ofertas de empleo en la función docente tengan la seguridad de cómo se van a desarrollar las pruebas, el temario, las plazas y cuerpos que se va a convocar y demás aspectos.

13 octubre 2017


A proposta non colma as demandas do colectivo de profesorado interino
Na Mesa Sectorial do 26 de outubro en Madrid, a representación do MECD fixo entrega dun borrador de Real Decreto para modificar transitoriamente a actual norma que rexe as oposicións para os corpos docentes. Tamén achegarán en menos de dúas semanas os borradores dos novos temarios, aínda que estes non entrarían en vigor até o ano 2019.

Incluye un pdf de una página con el documento (fecha interna consultado 10 noviembre es 30 octubre)
Borador Modificación RD Acceso Docente.pdf

El mismo pdf lo encuentro en la web de Magisterio, con fecha interna 27 octubre
http://www.magisnet.com/pdf/borrador-acceso.pdf
Copia local aquí

31 octubre 2017 Proyecto del ministerio (actualizo enlace respecto al momento de escribir el post; cuando la "Consulta pública previa" está cerrada el enlace cambia, pero sigue estando en otro sitio de la web el ministerio)

Proyecto por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley

Fechas en las que se somete a consulta pública:
Fecha de inicio: 31/10/2017​
Fecha límite para la presentación de aportaciones: 15/11/2017
Remisión de aportaciones aconsultasrdingreso@mecd.es 
Cuando lo descubro el día 10 de noviembre, compruebo que no se ha publicitado vía redes sociales del ministerio

Consulta pública sobre reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes De 31/10/2017​ a 15/11/2017 Faltan 5 días ¿No publicitado en Twitter por ?¿cuantos docentes lo conocían? Yo no


La idea de cambios la había escuchado días antes, pero no sabía que fuese oficial por el ministerio
Comentado en este hilo del foro docentesconeducacion.es

Asistentes:
Por el MECD: Director General de evaluación y cooperación territorial, subdirectores generales de las respectivas áreas, asesores del MECD.
Por la parte sindical: ANPE, CCOO, STE, CSIF, UGT y CIGA.
MECD:Resumen las cuestiones más relevantes de la reunión que mantuvieron con las CCAA el pasado día 30 de octubre. En esa reunión fue aprobado por unanimidad de las CCAA el documento de modificación parcial del RD 276/2007 presentado en la pasada Mesa Sectorial por el Ministerio. 

CCOO



https://twitter.com/AIDMUR/status/927900609843429376
Nos informan desde la mesa sectorial que el gobierno NO acepta que las pruebas sean no eliminatorias . A pesar de la

7 noviembre 2017 sindicatos hacen propuestas para Madrid
(Lo mismo se indica adjunto en este documento)

Es decir, llaman proceso extraordinario a las oposiciones de 2018, creo entender que basándose en que en ese año hay una situación extraordinaria de reducción de interinidad.

CCOO rechaza la propuesta de baremo realizada por el Ministerio de Educación y exige que el peso de la experiencia no sea sustituible por otros méritos.
En este sentido, y basándose en jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre procesos de acceso e ingreso a la función pública, el sindicato defiende que el peso de los méritos sea del 45 % y no del 40 % como ofrece Educación.

7 noviembre 2017
Se debate en el congreso, propuesta de mayo
Comisión de Educación y Deporte
XII LEGISLATURA
Nº sesión: 37 
Martes 7 de noviembre de 2017 a las 09:30 
ORDEN DEL DÍA
DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS SIGUIENTES PROPOSICIONES NO DE LEY:
... 
2º. Relativa a la consolidación de los trabajadores docentes interinos.
Autor: Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea
BOCG, serie D , número 160 , de 25 de Mayo de 2017 PDF
(Núm. Exp. 161/001903/0000) 
http://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/D/BOCG-12-D-160.PDF#page=10

Proposición no de Ley
«— Garantizar para el colectivo docente interino, hasta que no quede totalmente solucionada la
situación de inestabilidad y precariedad de dicho colectivo, las mismas condiciones laborales que al resto
del personal docente.
— Establecer un proceso extraordinario de consolidación de empleo, que nunca suponga la pérdida
de puesto de trabajo para el personal docente interino, con objeto de que en el plazo de cuatro años se
reduzca la tasa de interinidad al 7% y que los profesores interinos, actualmente en fraude de ley, pasen a
ser funcionarios de pleno derecho atendiendo al interés público del sistema educativo.
— Acordar, en un plazo máximo de tres meses, con las organizaciones sindicales y colectivos de
interinos así como con las administraciones autonómicas competentes en dicha materia, un proceso
extraordinario que en todo caso estará basado, fundamentalmente, en la valoración de los méritos
acumulados por las personas aspirantes en sus años de servicio como personal docente en el sistema
público de enseñanza, teniendo en cuenta el global de su experiencia y no solo de forma parcial.
»



https://twitter.com/J_Sanchez_Serna/status/927851287907102720
Aprobada ✊🏻 Acordando esta transaccional con el PSOE esperamos apoyar negociaciones MECD y sindicatos que se dan justo ahora



8 noviembre 2017
https://twitter.com/luzseijo/status/928286181783232512
Congreso aprueba enmienda de @gpscongreso sobre el acceso a cuerpos docentes y reducción de tasa de interinidad #educacion
8 noviembre 2017
Mesa sectorial sobre el proceso de estabilización de plantillas docentes
Es la tercera reunión que se celebra sobre este tema y parte de las premisas marcadas en el Acuerdo de Mesa General en procedimientos, como dice el Acuerdo, de libre concurrencia, basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
...
En resumen, las modificaciones que se harán sobre el actual RD 276/2007 de acceso son:
  • Se modifica el actual apartado I sobre experiencia del Anexo I del citado RD, aumentando a 7 puntos la experiencia con un máximo de 10 años.
  • La fase de oposición se ponderará en un 60% y la fase de concurso en un 40%.
  • Se sacará una “bola” más de las que actualmente se sacan, aumentando el número de temas a elegir por los aspirantes en la prueba del tema escrito.

10 noviembre 2017
En los cambios analizados, también se busca encontrar un sistema más ágil y moderno.

10 noviembre 2017
Educación sacará a oposiciones 3.000 plazas de maestro en 2018
El Ministerio de Educación prepara un Real Decreto que regulará la estructura del concurso oposición para estas convocatorias extraordinarias en todo el Estado. El borrador de Real Decreto está en fase de negociación en la Sectorial de Educación con las autonomías.
En estos momentos la nota de la oposición supone el 66 % y el concurso de méritos el 33 %. El ministerio baraja volver al 60/40 de antes de 2013, mientras que FE CC OO propone a la conselleria que lleve a la sectorial una propuesta de 55 % la oposición y 45 % el concurso.

11 noviembre 2017
La Junta quiere mantener las pruebas eliminatorias para acortar las oposiciones
al igual que otras 8 comunidades y el Ministerio, cree que así aumenta la calidad de los nuevos funcionarios

11 noviembre 2017
https://josesande.com/2017/11/11/en-cataluna-no-se-tocan-las-bolas-de-las-oposiciones/

12 noviembre 2017
CCOO, UGT y CSIF estallan contra la oposición de maestros de Secundaria tras la reunión con la Mesa SectorialAdemás, la UGT ha manifestado su "sorpresa al conocer que el Gobierno de Navarra es partidario de que las pruebas selectivas del concurso oposición sean eliminatorias", contrariamente a la propuesta realizada por el sindicato.

12 noviembre 2017
Resumen de la Reunión de la Mesa sectorial del 7 de noviembre con el MECD (FECCOO)
Una parte

El MECD reconoce que hay discrepancias de opinión entre las CCAA en el tema de que las pruebas no sean eliminatorias.

Manifiestan que esta reunión es la continuación de la reunión pasada y se reitera a favor de cumplir el acuerdo para la mejora del empleo pero no puede más que trasladar lo que las CCAA le han dado.

En cuanto al modelo de acceso:

- Insisten en que las CCAA se han manifestado por unanimidad a favor de los cambios propuestos en el baremo.

- Reiteran que no estamos ante la negociación de un nuevo modelo de ingreso si ante ligeras modificaciones que permitan una tramitación rápida.

- El MECD no se plantea cambiar el carácter eliminatorio de las pruebas. 
Desde el sindicato Aspes en Zamora, Miguel Álvarez explica que el objetivo de este cambio es "consolidar al profesorado interino, para que baje del 30% en el que está ahora hasta el 8%". Por eso los méritos contarían un 40% de la nota final. "El propósito es consolidar a esta gente, pero, al mismo tiempo, provocará que los nuevos opositores, aunque puedan entrar en listas, no fuera muy probable que les llamaran", lamenta.
Esta propuesta ha producido un gran malestar entre los nuevos opositores, ya que solo beneficia a la gente que tiene experiencia docente. "Esto va a suponer que si antes alguno de los nuevos opositores lograba una media de nueve y se quedaba sin plaza, ahora se producirá con mayor motivo", pone como ejemplo Álvarez, quien denuncia que con estos cambios "se deja fuera a gente muy brillante, que están en el mejor momento para comenzar a trabajar". Además, esta situación, a la larga, "producirá que se prolonguen las edades de jubilación y que, mientras se tiene a gente de más de 65 años trabajando, fuera hay gente joven con muchas ganas pero sin poder acceder al sistema".

14 noviembre 2017
Mi aportación al Proyecto del RD de acceso a la docencia https://t.co/wIatmmnSCD cc @educaciongob @IMendezdeVigo @USIE_IE @IEAndalucia @EducacionCan
https://twitter.com/sande_jose/status/930214987070627840
https://josesande.com/2017/11/14/proyecto-del-rd-de-acceso-a-la-docencia/  


23 noviembre 2017
Hay una mesa de negocación y se presenta nuevo borrador modificación Real Decreto 276/2007 y borrador de nuevos temarios
 
Información en webs de sindicatos
Nuevo borrador
BORRADOR-RD-MODIF-276.pdf

Se comenta también aquí
https://josesande.com/2017/11/23/simulador-cambios-rd-acceso-a-la-docencia/

También información y comunicado aquí
http://www.stes.es/prensa/2017/041_STEsMesaSec_MECD_231117.pdf


28 noviembre 2017
Se anuncia convocatoria oposiciones Cataluña...según normativa vigente en momento convocar no aplican los posibles cambios, aunque sé aprueben antes de realizar las pruebas
http://www.mecd.gob.es/mecd/prensa-mecd/actualidad/2017/11/20171128-oposiciones.html

29 noviembre 2017
Se publica la convocatoria de oposiciones de Cataluña
Se cita el Real Decreto 276/2007, pero me surge la duda sobre qué aplicará si la normativa es cambiada antes de abril 2018 que se celebrarán las pruebas
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/935552245491535872
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/935762101615972353
ya publicado y firmado por @IMendezdeVigo http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=803048&language=ca_ES … Cita RD 276/2007 sin más ¿pueden aclarar oficialmente qué aplicará si cambia esa normativa entre la publicación de hoy y esas pruebas en abril 2018? 

En la normativa se indica que son pruebas eliminatorias, lo que parece sugerir que no se cambiará para el resto
Per superar cadascuna de les dues parts s'ha d'obtenir una puntuació mínima de 2,5 punts a cadascuna d'elles i així, quan se superin, poder aplicar la ponderació corresponent.
La superació d'aquesta prova permet a l'aspirant passar a la segona prova


30 noviembre 2017
Prevista nueva mesa
https://twitter.com/STERM_La_Inters/status/935920092419952640


https://politica.elpais.com/politica/2017/11/30/actualidad/1512049964_676733.html
Se comenta aquí
https://josesande.com/2017/11/30/las-pruebas-seguiran-siendo-eliminatorias/
Donde se cita esto
http://anpecantabria.org/wp/wp-content/uploads/2017/11/informe-mesa-sectorial-30-nov-2017.pdf


30 noviembre 2017
El ministerio hace autopublicidad de las reuniones que ha tenido, y confirma que no aplicarán temarios hasta 2020  
El MECD se ha reunido en cinco ocasiones con los sindicatos, tres en el último mes, ofreciendo disposición y diálogo
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se ha reunido hasta en cinco ocasiones, los días 28 de junio, 26 de octubre, 7 de noviembre, 23 de noviembre y hoy, 30 de noviembre (tres encuentros este último mes), para analizar y negociar posibles modificaciones en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
...
Por todo ello, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte considera que se han alcanzado importantes acuerdos referidos a las fases de oposición y concurso, como puntuaciones, procedimientos, número de temas para elección del opositor, baremos de convocatoria, méritos, valoración de la experiencia docente y un largo etcétera.
Por parte de las organizaciones sindicales, se planteó la posibilidad de que las pruebas a que se refiere el artículo 21 del reglamento tuviesen la consideración de no eliminatorias.
Sin embargo, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte cree que sí es exigible su carácter eliminatorio, de acuerdo con la interpretación de principio de mérito y capacidad en el acceso a la función pública.

1 diciembre 2017
Sindicatos piden que las pruebas no sean eliminatorias
https://www.change.org/p/por-el-car%C3%A1cter-no-eliminatorio-de-los-ex%C3%A1menes-en-las-oposiciones-docentes

1 diciembre 2017
Se abre nuevo plazo de consulta pública, y se publica el borrador con fecha interna pdf 30 noviembre, con la propuesta realizada el día 30.
https://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/informacion-publica/audiencia-informacion-publica/cerrados/2017/ingreso-acceso-nuevas-especialidades.html

  • Fecha de inicio de aportaciones: 01/12/2017​
  • Fecha límite para la presentación de aportaciones: 26/12/2017
Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, que aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley

11 diciembre 2017
FEUSO denuncia la marginación de los docentes de la enseñanza concertada y privada en el Borrador de Real Decreto de acceso a la función pública docente

En concreto, en el Borrador que modifica el Real Decreto 276/2007, de acceso e ingreso a la función pública docente, se especifica que “por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo al que opta el aspirante en centros públicos: 0,700 puntos” y “por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos cuerpos al que opta el aspirante en centros públicos: 0,350 puntos”, mientras que para los aspirantes que hayan impartido clases en centros concertados y privados los baremos son de 0,150 puntos y 0,100 puntos, respectivamente.

Para FEUSO, esta diferencia de baremos incumple los principios rectores de acceso al empleo público (igualdad, mérito y capacidad), ya que no encontramos ninguna motivación racional ni lógica por la que la experiencia conseguida en un centro público tenga que ser mayor que la aportada por los docentes del resto de centros. Entendemos que esta desigualdad resulta artificiosa e injustificada por no venir fundada en criterios objetivos suficientemente razonables.



>Pues sí veo criterios objetivos: en mi opinión, la experiencia en un público implica haber pasado por un proceso con igualdad, mérito y capacidad para estar allí, lo que no ocurre en un centro privado.


12 diciembre 2017
CCOO hace petición en change.org sobre cambios en el modelo de acceso

Por un nuevo modelo de acceso a la función pública docente
https://www.change.org/p/f-por-una-oferta-p%C3%BAblica-de-empleo-en-educaci%C3%B3n-que-reduzca-la-temporalidad-al-8

https://twitter.com/isabelgalvin/status/940965343308210176


16 diciembre 2017
Manifestación sindicato para pruebas no eliminatorias
http://ustea.es/new/ustea-exige-la-estabilidad-del-profesorado-interino/

Convocatoria manifestación sindicatos para 19 diciembre para pruebas no eliminatorias
http://arainfo.org/stea-ccoo-y-cgt-convocan-una-concentracion-contra-el-modelo-de-oposiciones-para-docentes/

18 diciembre 2017
Comentario sobre Cantabria
https://josesande.com/2017/12/18/a-6-meses-del-examen-la-administracion-propone-eliminar-los-cursos-del-baremo/

19 diciembre 2017

Los sindicatos se movilizan en contra de las pruebas eliminatorias en las oposiciones
El ministerio cerró la negociación hace unos días sin modificar el carácter eliminatorio de las pruebas, en contra del criterio de las sindicatos y de algunas comunidades autónomas.
http://eldiariodelaeducacion.com/blog/2017/12/19/los-sindicatos-se-movilizan-las-pruebas-eliminatorias-las-oposiciones/

Educación blinda con las comunidades el modelo de oposiciones eliminatorias
El ministerio se reúne el miércoles con las autonomías, divididas por una propuesta que supone sacar al menos un 5 en cada prueba

20 diciembre 2017
Conferencia sectorial
Los sindicatos hacen campaña para pedir que no sea eliminatoria, tema que citan algunas CCAA
https://twitter.com/feccoo/status/943521451029794816
Pedimos a @marcialmarinh un modelo de acceso docente para la #OPE de educación en el que las partes de la fase de oposición no sean eliminatorias. Y si no... #AlMinistroCarbón.

https://twitter.com/SindicatoPIDE/status/943514747508547584
Nota de prensa PIDE del registro de firmas en el Congreso sobre las pruebas no eliminatorias junto con @SIDIMURCIA @SindAlternativa @insucandc

https://twitter.com/GobAragon/status/943511478971305984
Comienza la Conferencia Sectorial de #Educación en la que el @gobaragon defiende que la fase de concurso y la experiencia  se valoren más en el acceso a la función docente. Además, se pide que las pruebas no sean eliminatorias. Asiste @MaytePerez2 #EducaAragón

Las comunidades del PSOE acatarán las oposiciones docentes con fases eliminatorias

Educación tendrá el respaldo de nueve comunidades a su modelo sobre las oposiciones a profesor
La mayoría de sindicatos se oponen a un sistema que contempla que las pruebas sean eliminatorias y han convocado protestas


Nueve autonomías apoyan a Educación en no poner más fáciles las oposiciones
Nota de prensa del ministerio, deja claro que es eliminatoria, y aporta normativa

La Conferencia Sectorial de Educación da el visto bueno al reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes

Principales características de las oposiciones docentes
Durante la reunión de la Conferencia Sectorial de Educación se ha puesto de manifiesto la defensa de la calidad del profesorado, y por lo tanto, la necesidad de que la prueba de conocimiento de la que se examinen los opositores sea eliminatoria.

...
La legislación defiende el mérito y la capacidad
Esta modificación del Real Decreto 276/2007 vista hoy en la Conferencia Sectorial de Educación cuenta con el respaldo de la legislación española, que defiende los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Así lo hace la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que dice en sus artículos 55, 61.1 y 6 que “todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.”

De la misma forma, en su artículo 4 habla de que “la oposición consiste en la celebración de una o más pruebas para determinar la capacidad y la aptitud de los aspirantes y fijar su orden de prelación”.

Además, son numerosísimas las sentencias del Tribunal Constitucional que hablan del derecho de acceso a la función pública de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad:

Sentencia 50/1986                                Sentencia 67/1989
Sentencia 27/1991                                Sentencia 215/1991
Sentencia 365/1993                              Sentencia 60/1994
Sentencia 185/1994                              Sentencia 93/1995
Sentencia 174/1996                              Sentencia 73/1998

 Además, hay dos informes de la Abogacía del Estado que aseguran que el hecho de hacer las pruebas sin ser eliminatorias “desnaturaliza la institución de la oposición como proceso selectivo, vulnerando los principios constitucionales de capacidad e igualdad en el acceso a la función pública e infringiendo:

    Los artículos 14, 23.2 y 103.3 la Constitución Española.
    Los artículos 55, 61.1 y 6 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
    Los artículos 4.1 y 2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado
    El artículo 16.6 de la propia Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
 

El ministerio lo tuitea a las 20:00 (en la web estaba antes)
https://twitter.com/educaciongob/status/943556639218720768

21 diciembre 2017
Se comenta tema de no eliminatorio en varios sitios

https://twitter.com/Angel_L_Hern/status/943896006684479488
El gobiermo se apoya en el sindicato ANPE y los consejeros populares para enfrentarse a la PNL aprobada en el congreso y al resto de sindicatos imponiendo pruebas eliminatorias en los exámenes de oposición educación

https://twitter.com/feccoo/status/943753046600794114
“Es imprescindible que la fase de oposición esté compuesta por una prueba con partes no eliminatorias.” @pacogarcisuarez en La SER http://ow.ly/xGtc30hmHxd Es una reivindicación con todas las garantías jurídicas y que beneficia a todas las personas aspirante

https://twitter.com/cuquiv/status/943755509550714881
!!ES LEGAL!! ▶️La propuesta de FECCOO @feccoo sobre MODELO DE ACCESO A la Función Publica Docente está avalada en el marco Jurídico!!! Interviene @pacogarcisuarez en la @La_SER !El MECD miente! @feccoo @lanbrue @eljoserh @Jovenes_FE_CCOO @JaumeMayor @jsgracias https://t.co/9PTHeTT7ww

https://twitter.com/cuquiv/status/943755509550714881
 

https://josesande.com/2017/12/21/los-examenes-seran-eliminatorios/

3 enero 2018
Las polémicas oposiciones a docentes llegan al Consejo Escolar
El debate tendrá lugar el próximo día 9 en la reunión que ya se ha convocado

4 enero 2018
Sindicatos docentes defenderán el martes en el Consejo Escolar que los examenes de oposición no sean eliminatorios

8 enero 2018
Docentes pedirán en Consejo Escolar que las oposiciones no sean eliminatorias

9 enero 2018
El Consejo Escolar ratifica que las pruebas para docentes sean eliminatorias

El Consejo Escolar del Estado apoya aprobar dos exámenes para ser profesor
Rechaza todas las enmiendas de los sindicatos que pretendían suavizar las condiciones de acceso fijadas por el Gobierno

El dictamen se publica 16 enero 2018


13 enero 2018
Sindicatos asumen que van a ser eliminatorias comentan margen CCAA
https://twitter.com/AIDMUR/status/952251346773794816
Encuesta Oposiciones Docentes
¿Qué parte prefieres antes Programación y unidad o temas y práctico ?
Este sería uno de los pocos márgenes que dejaría el RD a comunidades 

16 enero 2018
Se publica dictamen 1/2018

La jurisprudencia del TC avala un sistema de oposiciones docentes con exámenes no eliminatorios, según CCOO


17 enero 2018
Reunión con sindicatos sobre temarios, pero sacan tema pruebas eliminatorias, que no dan por cerrado
http://www.fe.ccoo.es//fd0102fd3f4e82ddbbd49dd4d9d5c6ab000063.pdf

CCOO considera que el Ministerio está tratando de abrir el debate sobre los temarios  habiendo  cerrado  en  falso  la  negociación  relativa  al  modelo  de  acceso a la función docente. En este sentido, CCOO informa al Ministerio de  que ha presentado un informe jurídico muy solvente que pone en cuestión las razones  legales  que  el  Ministerio  alegaba  para  no  modificar  ciertos  aspectos solicitados por CCOO. El informe presentado por CCOO indica que:
a.   Hay doctrina de diferentes tribunales que permite ir más allá de la valoración en el concurso-oposición de los méritos más allá del 40%.
b.   Hay doctrina que permite que el valor de la experiencia supere el 12% en el total de la fase del concurso-oposición y recuerda que en 2011 el peso de la experiencia fue del 16% y no hubo ningún problema legal.
c.   No es cierto, como afirma el MECD, que esté fuera del ordenamiento jurídico la elaboración de una única prueba con distintas fases, y que, por tanto, lo que se conoce popularmente como pruebas no  eliminatorias son perfectamente legales. 
Como consecuencia de lo anterior, CCOO solicita al Ministerio la reapertura de las negociaciones. 


El  Ministerio responde que las negociaciones están en sus últimas fases y las dan por cerradas. 

27 enero 2018
Academias de oposiciones pasan borrador de Real Decreto
http://www.magister.es/convocatorias/borrador_modificacion_rd276.pdf


31 enero 2018
Más valor a la nota y menos a la experiencia: así son las oposiciones a profesor que tienen en vilo a la Educación
El Consejo de Ministros aprobará en febrero las bases para las pruebas en un sector con hasta un 24% de interinos
Hace un año el Ministerio propuso la convocatoria de 150.000 plazas, pero ahora han reculado, ya no dan una cifra y aseguran que "no es competencia" estatal
Los sindicatos protestan por el sistema de pruebas, no están de acuerdo con el peso de la experiencia ni con que los exámenes sean eliminatorios

23 febrero 2018
Resúmenes, Consejo de Ministros
​El Gobierno modifica las pruebas de acceso a la función pública docente

Referencia Consejo Ministros
MODIFICADO EL REGLAMENTO DE INGRESO, ACCESO Y ADQUISICIÓN DE NUEVAS ESPECIALIDADES EN LOS CUERPOS DOCENTES

https://josesande.com/2018/02/23/aprobado-el-rd-de-acceso-a-la-docencia-ere-masivo-de-interinos/

http://www.eldiario.es/sociedad/oposiciones-profesores_0_743326243.html


24 febrero 2018
Real Decreto 84/2018, de 23 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley. 
Versión pdf
https://www.boe.es/boe/dias/2018/02/24/pdfs/BOE-A-2018-2614.pdf

Respecto a borrador consulta pública 1 diciembre 2017, veo que cambian de orden primer y segundo párrafo iniciales, se añade

El presente real decreto se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue un interés general al contribuir al diagnóstico del sistema educativo español y a la mejora de sus resultados, cumple estrictamente el mandato establecido en el artículo 129 de la citada Ley y, no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos, resulta coherente con el ordenamiento jurídico y permite una gestión más eficiente de los recursos públicos. Del mismo modo, durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de los potenciales destinatarios a través del trámite de audiencia e información pública y quedan justificados los objetivos que persigue la ley.
Se concreta
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de febrero de 2018

Se redacta de manera distinta (se cita nombre disposición largo, 60% y 40% pasa al final...)

http://folenweb.blogspot.com.es/2018/02/oposiciones-de-2018-2020-modificado-el.html

1 marzo 2018
CCOO consultará al profesorado sobre las movilizaciones para oponerse a la modificación del acceso impuesta por el MECD

Denuncia el incumplimiento del Acuerdo para la mejora del empleo público

CCOO realizará una consulta dirigida a la afiliación y al profesorado para decidir las movilizaciones, planteadas para la semana del 19 al 22 de marzo, contra la modificación del modelo de acceso impuesta por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD). Que no haya un modelo extraordinario como en otras ocasiones supone un incumplimiento por parte del Ministerio del Acuerdo para la mejora del empleo público.



Análisis legal

En el borrador cita en su título la normativa que cambia

Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

Y esa normativa, en su propio título la parte de LOE en la que se apoya

se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley

Si vamos a esa disposición citada
1. El Ministerio de Educación y Ciencia propondrá a las Administraciones educativas, a través de la Conferencia Sectorial de Educación, la adopción de medidas que permitan la reducción del porcentaje de profesores interinos en los centros educativos, de manera que en el plazo de cuatro años, desde la aprobación de la presente Ley, no se sobrepasen los límites máximos establecidos de forma general para la función pública.
2. Durante los años de implantación de la presente Ley, el acceso a la función pública docente se realizará mediante un procedimiento selectivo en el que, en la fase de concurso se valorarán la formación académica y, de forma preferente, la experiencia docente previa en los centros públicos de la misma etapa educativa, hasta los límites legales permitidos. La fase de oposición, que tendrá una sola prueba, versará sobre los contenidos de la especialidad que corresponda, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia. Para la regulación de este procedimiento de concurso-oposición, se tendrá en cuenta lo previsto en el apartado anterior, a cuyos efectos se requerirán los informes oportunos de las Administraciones educativas.

Vamos a ver; esto es LOE aprobada en 2006, y la LOMCE aprobada en 2013 no lo modificó.
El periodo transitorio aplicó de 2006 a 2010; yo mismo tuve oposiciones en 2008 y 2010 en Madrid con reglas transitorias, pero en 2012 ya no aplicaron.

El tema se puede entender como que el título de la normativa de 2007 cita la disposición adicional porque en ese momento aplicaba y el título de la normativa de 2017 cita la disposición adicional simplemente por citar el nombre completo de la normativa que cambia, pero es peculiar.

Si, forzando el tema, alguien dice al aprobar LOMCE se entiende que aplica otros 4 años más, aplica en 2013 a 2017; es decir, no veo que sea legal un nuevo periodo transitorio para que aplique a 2018.
De hecho, en 2014, 2015 y 2016 hice oposiciones en Madrid sin que aplicase nada de las condiciones transitorias.

Es más, ese Real Decreto 276/2007 ya se modificó, y la modificación aplicó dentro del periodo transitorio de esos 4 años

Real Decreto 48/2010, de 22 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.


Y hay más; retocar el sistema de ingreso modificando privilegios es algo peculiar.
La regulación del periodo transitorio del Real Decreto 276/2007 fue llevada al Tribunal Supremo y al final tuvo que ser modificado varios años después (en 2013!, 4 años después del periodo transitorio), pero sin efectos retroactivos porque hubiera sido brutal.

Lo que hicieron, orientado a favorecer a un coletivo concreto (los interinos antiguos) era ilegal.
Detener tener cuidado con lo que hacen; parece que solamente afecta a 2018 pero afecta a mucha gente y tiene un efecto importante.

Sentencia Tribunal Supremo que modifica Real Decreto 276/2007 sobre acceso función docente

Básicamente anulan un párrafo... que hasta donde yo sé lo aplicaba Castilla-La Mancha (que es quien lo ha llevado al supremo y lo ha perdido), y que era de traca: la parte práctica la sustituían por un "informe", vamos, que alguien por ejemplo podía sacar la plaza de física y química sin demostrar que sabía hacer ni un ejercicio.

En BOE

Sentencia de 17 de julio de 2013, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula un párrafo del apartado 2 del artículo 61 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.


2. Anular del apartado 2 del artículo 61 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, acceso, y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación), el siguiente párrafo:
«Las Administraciones educativas, en el caso del profesorado interino que estuviera en activo, conforme se determine en sus respectivas convocatorias, podrán sustituir este ejercicio por un informe, que a tal efecto y a instancias del aspirante elaboren dichas Administraciones, en el que se valoren los conocimientos del aspirante acerca de la unidad didáctica. En dicho informe que, de conformidad con las funciones atribuidas a los órganos de selección en el artículo 6 de este Reglamento, será juzgado, valorado y calificado por el Tribunal correspondiente, deberá acreditarse, al menos, la concreción de los objetivos de aprendizaje que se han perseguido en las unidades didácticas, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se plantean en el aula y sus procedimientos de evaluación.»

La sentencia citada en ese BOE se puede ver en
Roj: STSJ CLM 2939/2011 - ECLI: ES:TSJCLM:2011:2939
TERCERO.- A la vista de lo expuesto, esta Sala concluye que el punto controvertido vulnera el derecho de igualdad contemplado en el art. 14 CE y, en particular, el derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las Leyes ( art. 23.2 CE ).
En efecto, la normativa anteriormente expuesta exige que todos los candidatos realicen en fase de oposición la misma prueba en la que se valora el conocimiento de la especialidad, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas de la docencia, requisitos que obligatoriamente deben ser iguales para todos los candidatos (apartado 5.1 de la resolución impugnada).
El punto impugnado (informe sustitutivo del ejercicio B.2) permite que la preparación y exposición de la Unidad Didáctica (B.2) sea sustituida a elección del interesado por un informe que valore sus conocimientos acerca de la unidad didáctica. Esta sustitución instaura una diferenciación irracional, desproporcionada y discriminatoria, por lo siguiente:
a) supone una ventaja evidente respecto a los que no pueden beneficiarse de tal sustitución por no reunir los requisitos establecidos pues se les exige la preparación y exposición oral de una unidad didáctica, con la consiguiente diferencia de trato injustificado que ello supone;
b) y sostenemos que el trato es injustificado porque no debe olvidarse que estamos en la fase de oposición, no de concurso, por lo que un informe de la Administración no es un instrumento idóneo para valorar sus conocimientos acerca de la unidad didáctica, que es el objetivo de esta parte B.2). A los profesores interinos ya se les valorará los servicios prestados en la fase de concurso, por lo que no procede sustituir la preparación y exposición de una unidad didáctica por un informe pues, por mucho que se pretenda por la Administración demanda, no puede tener un efecto equivalente o sustitutivo. Un informe con el contenido previsto en la resolución no puede ser equivalente a la preparación y exposición de una unidad didáctica, con la utilización del material que se considera oportuno; los objetivos que se consiguen con uno y otro no son equiparables. La preparación y exposición de una unidad didáctica exige demostrar una aptitud y conocimientos demostrados en una prueba de carácter público, lo que no puede ser equiparado el informe sustitutivo;
c) porque se atribuye como puntuación máxima la misma que a la Parte B.2), lo cual es desproporcionado en atención a los principios de igualdad, mérito y capacidad que se exige para la prueba B.2, al igual que se considera desproporcionado que dicho informe pueda tener hasta un 30% de la calificación de la fase de oposición, pues con este informe el interino tiene una ventaja innegable que no puede ser tolerada respecto al respecto de participantes;
d) porque, como sostiene la recurrente, ello supone introducir un segundo Tribunal (la Comisión a que se refieren las bases) que evaluará una parte de la prueba en el caso de algunos de los participantes, lo que introduce un segundo criterio de evaluación sólo aplicable, como decimos, a algunos de los aspirantes. Es cierto que las bases pretenden mantener la autoridad del Tribunal a la hora de valorar ese informe, pues dicen que será valorado por dicho Tribunal; pero no debe olvidarse que el informe en cuestión no es uno que exponga una serie de datos objetivos que puedan ser valorados por el Tribunal de oposición, sino que se trata por sí mismo de un verdadero informe de valoración. De modo que lo que las bases, al parecer, pretenden, es que b) y sostenemos que el trato es injustificado porque no debe olvidarse que estamos en la fase de oposición, no de concurso, por lo que un informe de la Administración no es un instrumento idóneo para valorar sus conocimientos acerca de la unidad didáctica, que es el objetivo de esta parte B.2). A los profesores interinos ya se les valorará los servicios prestados en la fase de concurso, por lo que no procede sustituir la preparación y exposición de una unidad didáctica por un informe pues, por mucho que se pretenda por la Administración demanda, no puede tener un efecto equivalente o sustitutivo. Un informe con el contenido previsto en la resolución no puede ser equivalente a la preparación y exposición de una unidad didáctica, con la utilización del material que se considera oportuno; los objetivos que se consiguen con uno y otro no son equiparables. La preparación y exposición de una unidad didáctica exige demostrar una aptitud y conocimientos demostrados en una prueba de carácter público, lo que no puede ser equiparado el informe sustitutivo; c) porque se atribuye como puntuación máxima la misma que a la Parte B.2), lo cual es desproporcionado en atención a los principios de igualdad, mérito y capacidad que se exige para la prueba B.2, al igual que se considera desproporcionado que dicho informe pueda tener hasta un 30% de la calificación de la fase de oposición, pues con este informe el interino tiene una ventaja innegable que no puede ser tolerada respecto al respecto de participantes; d) porque, como sostiene la recurrente, ello supone introducir un segundo Tribunal (la Comisión a que se refieren las bases) que evaluará una parte de la prueba en el caso de algunos de los participantes, lo que introduce un segundo criterio de evaluación sólo aplicable, como decimos, a algunos de los aspirantes. Es cierto que las bases pretenden mantener la autoridad del Tribunal a la hora de valorar ese informe, pues dicen que será valorado por dicho Tribunal; pero no debe olvidarse que el informe en cuestión no es uno que exponga una serie de datos objetivos que puedan ser valorados por el Tribunal de oposición, sino que se trata por sí mismo de un verdadero informe de valoración. De modo que lo que las bases, al parecer, pretenden, es que


Por terminar de comentar temas legales, en el "documento de consulta pública previa" colgado en el ministerio (no cuelgan borrador cuando lo publican la primera vez) indican ideas (añado enlaces a normativas citadas)

Antecedentes de la norma
La Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, haciéndose eco del acuerdo para la mejora del empleo público firmado el 29 de marzo de 2017 por el Ministerio de Hacienda y Función Pública y Las Organizaciones Sindicales, establece en su artículo 19 el objetivo de reducir por debajo del 8% la tasa de cobertura temporal en determinados ámbitos del sector público, entre los que se encuentra el personal docente, a través de procesos de estabilización a desarrollar que deben articularse en base a las ofertas de empleo que deberán aprobarse y publicarse en los respectivos Diarios Oficiales en los ejercicios 2017 a 2019.

Se cita Artículo 19. Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal.
veo que cita reposición 100%
2. Respetando, en todo caso, las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, en los siguientes sectores y administraciones la tasa de reposición se fijará hasta un máximo del 100 por ciento:
A) Administraciones Públicas con competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes. 
y además el tema del 8%
La tasa de cobertura temporal en cada ámbito deberá situarse al final del período por debajo del 8 por ciento.

También indica
Necesidad y oportunidad de su aprobación 
Una vez que han desaparecido las limitaciones aplicadas en el sector público a la incorporación de nuevo personal, es necesario articular, de forma transitoria, un sistema de ingreso a los cuerpos de funcionarios docentes en el que se valore de forma preferente la experiencia docente previa en los centros públicos de la misma etapa educativa, con total respeto a lo establecido en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la materia.

Cambio 2020 (en BOE en abril 2022)

Cambio abril 2020 

Lo veo 21 abril 2020, pero es de 15 abril
https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/informacion-publica/audiencia-informacion-publica/abiertos/2020/prd-modifica-ingreso-docentes.html

Real Decreto de modificación parcial y transitoria del Reglamento de ingreso en cuerpos docentes LOE


Resumen en una línea: modifica disposición transitoria tercera para que aplique a la oferta pública de 2020, antes solo hasta 2019
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-4372#dt
 
>Que yo sepa no hubo cambio en BOE, al menos en RD 276/2007

Cambio septiembre 2020 

Surge el 24 septiembre 2020
ÚLTIMA HORA | Gobierno y comunidades eliminarán el requisito del máster de profesorado para dar clases en institutos públicos durante la epidemia 

Gobierno y comunidades eliminarán el requisito del máster de profesorado para dar clases en institutos durante la epidemia
El Ministerio de Educación pacta también con las autonomías simplificar el currículo escolar y que los exámenes de selectividad vuelvan a ser más sencillos este curso
El Ministerio de Educación y las comunidades han acordado eliminar, mientras dure la situación excepcional de epidemia, el requisito del máster de Profesorado de Secundaria que ahora es necesario para impartir clases en institutos tanto públicos como privados de ESO, Bachillerato y FP, así como en escuelas de música y artes escénicas, artes plásticas y diseño y oficiales de idiomas. Se trata de un título que dura uno o dos años y sustituyó en su día al Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP). El paso se ha dado a petición de las autonomías, parte de las cuales han manifestado, en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación celebrada este jueves, que no encuentran suficientes profesores para sus planes de refuerzo y para cubrir las bajas que se van produciendo en los centros educativos. “Han agotado sus listas de sustitutos”, ha resumido la ministra de Educación, Isabel Celaá.

La ministra ha señalado que los profesores que se incorporen sin el máster sí deberán tener el resto de capacitaciones. Aunque no ha precisado más, entre los requisitos generales figuran contar con una titulación universitaria y, en buena parte de las comunidades, acreditar determinados niveles de idiomas. Los gobiernos regionales, ha indicado Celaá, no han cuantificado cuántos profesores más necesitan.

El diagnóstico realizado por las comunidades y el Gobierno no es compartido por todos los actores del mundo educativo. Óscar Barberá, decano de Magisterio de la Universidad de Valencia, de cuyas aulas salen cada año un millar de titulados en el máster en Secundaria, está convencido de que no faltan docentes habilitados en España. “Las universidades públicas llevamos 10 años formando a decenas de miles de profesores. Son muchísimos, porque el máster también se realiza a distancia y porque para las universidades privadas se ha convertido en una fuente de recursos. Es mentira que no haya suficientes [docentes con el posgrado], más allá de que falten perfiles de profesorado concreto, por ejemplo de dibujo, en ciertos lugares. Otra cosa es que haya comunidades que han empezado a buscarlos tarde y ofrezcan condiciones que no resultan atractivas para que acudan titulados de otros lugares de España. Si tienes que ir a Madrid, pero no te ofrecen unas condiciones económicas suficientes o solo te garantizan dos meses de trabajo, es normal que a muchos no les valga la pena”. El sindicato CSIF se ha manifestado, por su parte, preocupado por la bajada de calidad del profesorado que puede derivarse de la supresión del requisito del máster. 
 
De manera excepcional y temporal, a petición de las CCAA, el MEFP permitirá la contratación de docentes que cumplan con todos los requisitos pero que aún no hayan cursado el máster específico
 
...

Contratación excepcional de profesorado de refuerzo

Muchas CCAA han manifestado sus dificultades para encontrar profesorado que pueda cubrir las contrataciones previstas. Para completar este refuerzo de las plantillas, el MEFP va a flexibilizar, de manera excepcional y limitada hasta que concluya el presente curso académico, los requisitos para el ejercicio de la docencia. En concreto, el máster que acredita la formación didáctica para ejercer la docencia en ESO, FP, música y artes escénicas, artes plásticas y diseño y escuelas oficiales de idiomas. De este modo, se podrá nombrar funcionarios interinos a personas que no hayan cursado este máster pero que cumplan todos los demás requisitos, siempre y cuando se agoten las listas de personas aspirantes al puesto en régimen de interinidad y las de demandantes de empleo.

Además, el MEFP se ha comprometido a estudiar la posibilidad de llevar a cabo cambios normativos que permitan adaptar las programaciones didácticas más ágilmente para recuperar los aprendizajes imprescindibles que no pudieron alcanzarse el curso pasado y permitir a los alumnos avanzar en su proceso formativo.

 
 
>Opinión personal: más allá de valorar la utilidad del máster, es un sinsentido que un requisito deje de serlo de un día para otro. 


Ese mismo día se publica un trámite de audiencia, pero no está relacionado, aunque sea sobre FP y se hable de que faltan profes de FP, modifica Real Decreto 1224/2009.


Rechazo en la comunidad educativa al acuerdo para contratar profesores sin el máster: "Es un maltrato a la Educación, ser profesor es más que conocer la materia"
    Sindicatos y profesores del máster creen que la medida muestra la "improvisación" de las administraciones con la contratación de profesores y además lanza el mensaje de que cualquiera puede enseñar
 
29 septiembre 2020
Consejo de Ministros
MODIFICADOS LOS CRITERIOS DE CONTRATACIÓN DE DOCENTES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley que permitirá, de manera excepcional y temporal, la contratación de docentes que cumplan con todos los requisitos pero que aún no hayan cursado el máster específico. De este modo, y tal como habían solicitado las Comunidades Autónomas, podrán realizar el refuerzo de las plantillas necesario para garantizar el derecho a la educación en condiciones de seguridad durante el curso 2020-2021.

Esta medida permite que las administraciones educativas puedan nombrar funcionarios interinos para plazas adicionales de docentes derivadas de las medidas adoptadas a causa de la Covid-19 para los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, técnicos de FP, profesores de música, artes escénicas, artes plásticas y diseño y escuelas oficiales de idiomas de titulados que no estén en posesión del máster que acredita la formación didáctica.

La cobertura de estas plazas, de carácter excepcional y limitado, podrá llevarse a cabo para las materias en las que se agoten las listas de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo en régimen de interinidad y de demandantes de empleo que estén en posesión del citado máster. Las plazas creadas se amortizarán al finalizar el curso en el que desaparezcan los motivos de urgente necesidad que originaron su creación.

Tal como establece el texto, la continuidad en el ejercicio de la docencia, así como el eventual ingreso posterior en la función pública de quienes hayan ejercido la docencia en estas condiciones excepcionales exigirá estar en posesión del máster de posgrado.

>Que yo sepa no hubo cambio en BOE, al menos en RD 276/2007
 

Cambio 2021

Empieza en abril 2021, pero surgen cosas antes y más tarde. Ver el apartado sobre consolidación de interinos, borrador previo a trámite de audiencia en diciembre 2021
 
28 abril 2021
Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación

Fechas en las que se somete a consulta pública

    Fecha de inicio: 28 de abril de 2021
    Fecha límite para la remisión de aportaciones: 13 de Mayo de 2021
 
 
5 mayo 2021
Planteo aportaciones
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Intento plantear varias ideas, ya que en "Documento de consulta pública previa" se indica "La modificación normativa pretende establecer el marco básico que debe regular el ingreso y acceso a los cuerpos docentes", y considero que hay aspectos que deben contemplarse como normativa básica.

1. La función docente es igual para todos, funcionarios de carrera e interinos.
Misma labor, mismas obligaciones y mismos derechos, por lo que no hay que regular solo "ingreso" pensando en ejercer siendo funcionario de carrera, sino también pensando en ser funcionario interino. Hay que regular el ingreso en la función docente, y debe reflejarse a nivel básico igualdad.
2. Igualdad en calificación y ponderación para ingreso.
No tiene sentido que haya unas posibilidades de ingreso y unas ponderaciones para el ingreso como funcionario de carrera en concurso-oposición y otras distintas para el ingreso como interino vía listas, y que además sean distintas según cada administración.
¿Tiene sentido que se presenten 1000 candidatos y sea el número de plazas el que decide el criterio de ordenación y las posibilidad de ingresar y ejercer, porque se ordena de manera distinta a partir del número de plazas de esa convocatoria?
Por ejemplo, 2016 en Madrid salen 90 plazas Física y Química, el que con criterio de ordenación de concurso-oposición está en posición 91 no saca plaza y sus posibilidades de trabajar dependen según cómo se ordena con otros criterios la lista de interinos. Sin embargo, si ese mismo año hubieran salido 100 plazas, hubiera trabajado, o si hubieran salido 80, habría gente que en lugar de tener plaza no trabajaría.

Pongo un ejemplo que para mi muestra lo tremendamente injusto de esta situación: la posición 91 de concurso oposición 2016 en Física y Química en Madrid, que fue "el primero candidato de todos los que no han sacado la plaza", pasó a estar más allá del 150 en la lista de interinos. En la asignación tuvo  vacante, pero igual en otra especialidad podría ni haber trabajado por haber sido colocado en esa posición. Con situaciones como la renuncia a plaza de gente que tuvo plaza en dos comunidades finalmente sacó plaza ¿tiene sentido que sea más importante el punto de corte que la regulación en decidir la posición para que se "ingrese" en la función docente?

Mi propuesta es que la regulación global de interinos sea igual, con carácter básico, que la regulación de concurso-oposición:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-4372#a252/3 nota de oposición
1/3baremoSi ese criterio es válido para ingreso como funcionario de carrera, debe ser válido para el ingreso como interino.

3. Cuerpo único, ingreso único.El cuerpo de docentes es único y como prueba de ello existe un concurso de traslados a nivel estatal. Una persona que ingresa en la administración de una comunidad autónoma puede ser trasladada a otra, por lo que entre ellas una está reconociendo la validez del ingreso realizado por la otra, sin cuestionarlo. De la misma manera que ocurre con funcionarios de carrera, debería ocurrir para interinos: un interino que ha superado unas pruebas y obtenido una calificación en una administración debería tener derecho a que esa calificación sea válida en otras administraciones para la misma labor. Eso evitaría que algunos tengan que estar "eligiendo" en qué comunidad se presentan en caso de que las pruebas coincidan en fechas (las CCAA son aparentemente independientes para la gestión pero se coordinan muy bien para hacer coincidir fechas y obligar a elegir). El denominado "efecto llamada" desaparecería, y obligaría a las CCAA a homogeneizar pruebas y condiciones laborales si quieren que los interinos puedan ingresar y ejercer en ellas.Por poner un ejemplo especialmente chocante que muestra la necesidad de homogeneizar, en Física y Química en el práctico Canarias en 2018 no se realizó ningún problema con cálculos, cuando sí lo hicieron el resto de CCAA.
4. Ingreso y necesidad de reingreso.
Una vez superado el ingreso como funcionario de carrera, no se vuelve a realizar ninguna prueba, sin embargo un funcionario interino que haya superado el ingreso, pero no ha obtenido plaza, debe repetir el ingreso en cada convocatoria para estar en listas y optar a volver a ejercer de nuevo.Considero que se debe contemplar que una vez superado tenga validez permanente, como sucede con los funcionarios de carrera, contemplando como proceda que se ha estado ejerciendo de manera reciente y que esa experiencia ya supone haber superado criterios de ingreso. Muy relacionado con lo anterior, se debería tener en cuenta la experiencia previa como interino en el caso de ingreso como funcionario de carrera, contemplando como proceda la posible "convalidación" de ciertos elementos, ya que se ha podido ejercer como funcionario interino durante años y hay aspectos del periodo de prácticas que se podrían obviar.

5. Proceso de ingreso transparente.Modificar Real Decreto 276/2007 considero debe contemplar Ley 19/2013 de transparencia, y establecer con carácter básico garantías en el proceso: publicidad activa de enunciados de las pruebas realizadas y de documentación para objetivar la calificación. Existen múltiples resoluciones de transparencia asociadas a la transparencia en procesos selectivos.
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7 mayo 2021
Artículo en prensa asociable (no es solo de opos docentes)
Hay que acabar con las oposiciones: los 9 pecados de un sistema “desfasado”
El Gobierno va a poner en marcha una revisión del sistema de oposiciones con el objetivo de renovar un sistema que los expertos coinciden en que está "desfasado"
 
27 noviembre 2021
Nueva consulta, aportaciones hasta 12 diciembre 2021
Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación 
 
17 diciembre 2021
 

 
Se enlaza un borrador en Drive
Más tarde se enlaza en más sitio
Ahí se cita convocatoria día 21 diciembre
 
 
21 diciembre 2021
Así serán las nuevas oposiciones docentes, que afectan a 125.000 plazas: las pruebas no serán eliminatorias y los interinos podrán acceder sin examen
El Ministerio de Educación pacta con sindicatos y comunidades las condiciones de acceso al profesorado con el objetivo de reducir la temporalidad
 
 
Las pruebas de la oposición a profesor ya no serán eliminatorias y contará más que antes la experiencia

 
 
 
 
22 diciembre 2021
Nuevas oposiciones: con partes no eliminatorias y un acceso diferenciado para interinos
El objetivo de los cambios en el acceso a la función pública docente, que regirán en 2022, 2023 y 2024, es reducir la alta temporalidad en el sector de la enseñanza, actualmente en torno al 25%, y rebajarla al 8%. La experiencia duplica su peso.
 
Incluye borrador que indica 21 diciembre 19 h
 
29 diciembre 2021

Se ha filtrado el TERCER borrador sobre modificación del RD para estabilidad de interinos en educación. Os comento algunsd novedades que las hay importantes.
1) Sobre la parte del concurso- oposición. La primera novedad es que ya no se elige entre programación y unidad didáctica. Ahora es SOLO una unidad didáctica
2) La experiencia docente en espacialidades distintas se reduce a la mitad. No se ha cambiado como pedían algunos sindicatos.
3) Dentro del apartado de "otros méritos" que vale un punto ahora se ha AÑADIDO que se podrá lograr con cursos de formación; no sólo con aprobar una oposición desde 2012 que sigue valiendo hasta 0.75
Ahora vamos a la parte de estabilización sin oposiciones. 
[disposición adicional quinta]
1) Se mantiene que la experiencia docente en otra especialidad vale la mitad
2) NOVEDAD. En la parte de otros méritos, que vale hasta CINCO puntos, se podrá lograr hasta un MÁXIMO de DOS puntos por los cursos de formación. Siguen dando 2.5 puntos por cada oposición aprobada SOLO desde 2012.
Te podrás presentar en CUALQUIER CCAA de España siempre que cumplas los requisitos lingüísticos. Esto va a provocar un follón de cuidado. Gente de Cataluña, Euskadi, Valencia, Galicia ... presentándose en cualquier punto pero al revés, no. Ríete tú de la España plurinacional
La intención de aprobar el definitivo, una vez que pase el trámite parlamentario, es MARZO. Ojo. En el trámite puede haber MODIFICACIONES aún porque sigue siendo un BORRADOR. Además aún queda el desarrollo de cada CCAA porque hay muchos matices aclarar, por ejemplo:A) En la parte de formación académica hay CCAA que solo permitían presentar UN máster, por lo que habrá casos que solo puedan aspirar a un punto y otros a más
B) Los puntos por expediente (notable, sobresaliente) son distintos en cada ccaa sobre el límite (a partir de .5, .8, .9)C) ¿Valdrán las oposiciones aprobadas en una determinada CCAA en otra? Porque los procedimientos, puntuaciones de las partes, etc han sido distintas en cada CCAA
D) ¿Van a sacar todas el mismo número de plazas de estabilización por especialidad? Porque las hay grandes y pequeñas
E) ¿Valdrán solo los cursos desde 2012? ¿Valdrá cualquier curso de cualquier CCAA o sindicato regional en otro lugar?
F) ¿Se van a arriesgar CCAA grandes como Andalucía a estabilizar interinos de otras CCAA mientras se van al paro interinos suyos provocando una crisis social?
G) El proceso de estabilización es UNO. Tienen hasta 2024 para hacerlo. ¿Cada una las hará cuando quiera o será conjunto el mismo mes? ¿Se hará antes o después de oposiciones?
H) Las oposiciones. ¿Maestros tendrán dos oportunidades (2022 y 2024) y secundaria solo una (2023)?

 
30 diciembre 2021
Normas en tramitación. Audiencia e información pública
Real Decreto de modificación parcial y transitoria del Reglamento de ingreso en cuerpos docentes LOE
​Fecha de inicio de aportaciones: 30 de diciembre de 2021
Fecha límite para la presentación de aportaciones: 21 de enero de 2022 
 
 
13 abril 2022
Real Decreto 270/2022, de 12 de abril, por el que se modifica el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero. 
 
Las plazas de profesores ocupadas de forma temporal desde al menos 2018 se convocarán con el sistema especial que beneficia a los interinos
Las plazas ocupadas de forma temporal desde antes de 2016 se asignarán sin examen, mediante una valoración de méritos que puntúa de forma muy destacada la experiencia anterior.
 

Otros temas

Hay varios temas relacionados: posible ingreso como funcionario por vías excepcionales sin oposición, selección a dedo de profesorado (que aplicaría a interinidades y luego a ingreso)...
 
Algunas reflexiones en este hilo
Métodos de acceso a la función pública docente: el temazo de las oposiciones, el interinaje, las comisiones de servicio, los traslados, inspección, y otras hierbas. Reflexiones varias y dispersas de una amazonia: no es un jardín; es mucho más.
...
 
 
 Se incluyen los interinos porque los interinos también son funcionarios
Artículo 10. Funcionarios interinos.
Surgen las comisiones de servicio, que ya tienen post asociado: Comisiones de servicio en Madrid y opacidad
Pongo ideas que pueden pasar a ser post separados

Pendiente revisar información histórica/relacionada en post como ¿que se sabe del esattuto docente?

Cambios de temarios

Post separado Temarios oposiciones docentes

Mérito y capacidad

Post separado Ocupar puesto pagado con dinero público: libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad, publicidad y transparencia

MIR docente

Post separado Acceso docente: MIR
Algunas cosas no está claro si enlazan con el MIR
 
7 septiembre 2022
¿Y si el sistema cambia y los alumnos dejan de memorizar temario, los profesores tendrán que seguir memorizando temas para aprobar una oposición?

No puedo adelantar demasiadas cosas porque esto requiere mucha interlocución y mucha negociación con las administraciones y las comunidades autónomas. La reforma del sistema de acceso al sistema docente requiere mucha interlocución. Ahora bien, ¿el sistema de acceso actual es satisfactorio? Obviamente no, y está descontento todo el mundo. El primero el opositor, que tiene que memorizar 50 o 60 temas, pasar por un proceso estresante y en el que uno puede haber tenido un gran día y hacer un examen brillantísimo o alguien que es muy competente puede tener un mal día y hacer un desastre. 
Los docentes que tenemos en este país son buenísimos, pero queremos cambiar cosas en la docencia y desde el inicio deben ser distintas, también en la selección de docentes. Pero ese sistema selectivo de me lo juego todo a una carta... ¿Y con eso he demostrado mi competencia o he demostrado que me sabía el tema 57? Ese sistema está obsoleto, no sirve ya, tenemos que cambiarlo y es insatisfactorio para todo el mundo. Ni seleccionamos bien ni seleccionamos de manera justa.

Iniciamos un camino que no es corto. Requiere muchísima interlocución social y después un período transitorio de adaptación, pensemos que ahora mismo tenemos decenas, probablemente decenas de miles de personas preparándose unos temarios y no podemos aplicar con efectos retroactivo el cambio de la noche a la mañana. El éxito está en la interlocución, en el diálogo, en el acuerdo en el consenso y en la gradualidad.
Estamos hablando mucho con universidades, hemos hablado con las conferencias de decanos de las facultades de Educación, nos han hecho propuestas y cambios para los currículos y donde vamos a atornillar a formación docente y la formación didáctica. Estamos pensando por ejemplo en dos sistemas, uno para Infantil y Primaria y otro para los profesores de secundaria. Los profesores de secundaria vienen muy formados en su materia parcelados y después tienen muy poco tiempo de formación como docentes. En Magisterio nos ocurre un poco lo contrario, algún elemento de equilibrio entre ambas cosas sería sería lo ideal, pero lleva tiempo, insisto.
 
 
 

Acto de presentación

Es algo surrealista para quien no lo conozca. En Madrid no existe, pero me consta que en otras CCAA sí.
Por intentar decribirlo: es un acto en el que se exige presencia física, a veces solamente eso, otras entregar la programación, y nada más. Es una manera de obligar estar presente y descartar gente: si no se acude al acto de presentación ya no se puede seguir en el proceso selectivo.

http://docentesconeducacion.es/viewtopic.php?f=148&t=4311#p20015
Así es, ese día se acude directamente a realizar el examen de la primera fase (teórico y práctico). En Madrid pasan lista para entrar al aula a hacer el examen, no hay acto de presentación propiamente dicho.
http://docentesconeducacion.es/viewtopic.php?f=92&t=3757#p20617
En Asturias (que por cierto no hay acto de presentación),...
http://docentesconeducacion.es/viewtopic.php?f=144&t=3394#p15261
Ya sé que soy un criticón, pero no me puedo callar porque si me muerdo la lengua me enveneno. Veámos, el sábado a las seis de la mañana me tengo que levantar, llenar el depósito de gasoil, sacar pasta porque tendremos que comer ¿no? (mejor me haré unos bocatas que ya vamos entrando en final de mes) e ir a las 11 horas (menos mal que han acertado con la hora) a un instituto de Puertollano, ¿para qué?, para decir: "hola buenos días, soy un puto interino, gracias por joderme el día, hasta la semana que viene..." Pero ¿no había que ahorrar? Tengo entendido que los interinos en Castilla-La Mancha van a la calle con fecha 26 de junio, viernes, qué bonito, para ahorrarnos 4 días, ¡hay que ser miserable!...Ahora bien, ¿cuánto va a costar la chorrada de presentación del sábado?...

Dificultad de las oposiciones docentes / aprobar o suspender varias veces y sacar plaza

Es algo poco conocido desde fuera: se suele pensar que hay quien no aprueba porque no está preparado o quien aprueba porque sí lo está, mezclando aprobar y sacar plaza. Hay personas que "se presentan solo para estar en listas, sin tener opciones a sacar plaza"

En las oposiciones docentes , se puede aprobar la oposición y el concurso oposición pero no tener plaza porque hay suficiente cantidad de plazas.
Hay personas que aprobaron varias veces y luego por circunstancias personales no pueden prepararse algunas oposiciones.


Alguien debe explicar qué es lo que hace más fácil o más difícil obtener plaza en un concurso-oposición. En la fase de oposición, la de empollar, la que juzga un tribunal de 5 compañeros, LO ÚNICO que hace más fácil o más difícil una oposición es la ratio candidatos/plazas
Imaginemos la oposición con el temario más fácil del mundo: Tema 1 y único, "Hacer la O con un Canuto y no importa si no le queda a usted muy redondita". Bien, si hay 150 opositores por plaza, sobran 149. Es una oposición dificilísima. De las más difíciles. Claro que, habiendofase de concurso, todo se altera. De todos los candidatos, habrá 40 ó 50 que hayan hecho la O más bonita y perfecta que imaginarse pueda, y tendrán un 10. De los 40 aspirantes con nota de 10, siguen sobrando 39. Y entonces "los puntos", con hasta 3 ó 4 decimales, determinarán.  
Y podrá ocurrir que esa única plaza se la lleve alguien que sacó un 9, ó menos en la fase de oposición. Y seguramente, en una oposición como la que estoy poniendo de ejemplo, la cuestión se dirima en el 4° ó 5° decimal. Es decir, que ni siquiera los méritos seleccionarían muy claramente en este concurso-oposición, porque el 4° decimal es algo ya bastante fuera del control de los candidatos. Pensemos ahora en las oposiciones de Secundaria, las que mejor conozco. Han sufrido muchas variaciones a lo largo de los años. La forma en que se hacen ahora no es mejor o peor, más fácil o más difícil. Insisto: lo que hace fácil o difícil sacar una oposición en la relación aspirantes/plazas. Cuando yo saqué mi plaza había 100 temas y se sacaban 3 bolas. ¿Era más difícil que ahora? Pues con los datos que he dado, no se puede saber. 
Entonces había 3 cuerpos a cuyas opos te podías presentar. FP (50 temas, a elegir 1 entre 3) Agregados (100 temas, 1 de 3) y Cátedra (150 temas, 2 de 2, sin elección). ¿Eran más fáciles las de FP? En absoluto, eran las que peor ratio tenían, se convocaban 4, 7, 5 plazas e iban los mismos tropecientos que a Agregados. En Cátedras había más plazas que en FP, y se atrevía menos gente, porque asustaba eso de hacer 2 temas y sin poder elegir. Pero pensándolo con frialdad, merecía mucho la pena intentarlo. Y Agregados siempre tenían una ratio mejor que las de FP. Otro dato. In illo tempore, había turno restringido, al que iban los interinos de muchos puntos. En el turno común había interinos de pocos años y candidatos vírgenes y jovenzuelos sin más méritos que las notas de la carrera. Y, cosa muy importante: los méritos no contaban para sacar plaza. La plaza, en el turno libre, se sacaba con la nota de la oposición. Y solo después se sumaban los méritos,que servían, por tanto, solamente para situarse mejor o peor a la hora de elegir destino. Desde entonces he visto todo tipo de novedades en la forma de obtener plaza en el concurso-oposición de Secundaria.Todo está inventado y todo beneficia o perjudica a unos u otros subgrupos de opositores. Generalmente, los cambios han ido en sentido de perjudicar a los jóvenes y novatos, como en casi todo. Ejemplo dramático fueron las oposiciones de los años 91,92,93 en las que, sencillamente, ni por milagro podía sacar plaza un joven o un novato. Que me perdonen quienes no quieran que se les recuerde, pero se las llamó "las del coladero" por razones obvias. Después vinieron todo tipo de modificaciones y el modo en que se hacen ahora no será eterno tampoco.Volverán a cambiar muchos detalles, algunos muy importantes para el opositor. A mediados de s 90, todo el territorio MEC transfirió competencias y tenemos 16 oposiciones distintas. Parece ser que hay UNA comunidad que hace cosas tan raras como distribuir a los aspirantes en los tribunales por orden de solicitud y asigna plazas a tribunales. En vez de hacerlo por orden alfabético como en todas partes, y de NO asignar plazas a cada tribunal. Nunca he visto tal cosa, pero eso dicen. En cualquier caso, los trucos que uno se busque serán adecuados a cada sistema y cambiarán cada vez que cambien el sistema. Lo importante es que haya al menos una fase en la que TODOS los aspirantes estén en igualdad de condiciones, y que los criterios y los exámenes sean PÚBLICOS. Siendo así, no se ha inventado, ni se inventará, nada mejor que la oposición para acceder a la función pública y, en concreto, a la docencia. Todos los demás inventos son insidias privatizadoras e ideologizadas (de la derecha más rancia disfrazada de moderna).
   

Ordenación interinos en las pruebas y ordenación opositores en las pruebas

Con la tase de interinidad tan alta que hay en 2017, que obliga por indicaciones de Europa a reducir por debajo del 8%, no hay que perder de vista que el "ingreso y selección docentes funcionarios" implica cómo se hace con los interinos.

 Es un tema que comenté en este foro

Regulación listas interinos Madrid 2016-2017
Pongo la parte final

Muchas veces al comentar la gente dice "es que solamente se sabe criticar lo que hay, no hacer propuestas constructivas", pues ahí va la mía, que será polémica

Premisa 1. La función docente es igual para todos: mismas obligaciones y mismos derechos, lo que es la base de reclamar derechos como el cobro de meses de verano son iguales para todos, sean funcionarios o interinos.
Premisa 2. El ingreso en la función docente es igual para todos: yo no le veo sentido a que haya unas posibilidades y unas ponderaciones para concurso-oposición y otras distintas para interinos.
¿Tiene sentido que se presenten 1000 interinos y sea el número de plazas el que decide el criterio de ordenación y las posibilidad de trabajar, porque se ordena de manera distinta a partir del número de plazas de esa convocatoria?
Por ejemplo, 2016 salen 90 plazas física y química, el que con criterio de ordenación de concurso-oposición está en posición 91 no saca plaza y sus posibilidades de trabajar dependen ("se juega todo su futuro") según cómo se ordena con otros criterios la lista de interinos. Sin embargo, si ese mismo año hubieran salido 100 plazas, hubiera trabajado, o si hubieran salido 80, habría gente que en lugar de tener plaza no trabajaría. 

Creo que me explico, pero pongo un ejemplo que para mi muestra lo tremendamente injusto de esta regulación (aparte de ejemplos que puse en post anterior):
La posición 91 de concurso oposición 2016 en física y química, que es "el primero de todos los que no han sacado la plaza", está más allá del 150 en la lista de interinos. En la asignación ha tenido vacante, pero igual en otra especialidad podría ni trabajar en esa posición, y no me parece en absoluto justo. Si hay renuncia de gente que ha sacado plaza en dos comunidades podría sacar plaza ¿tiene sentido que sea más importante el punto de corte que la regulación en decidir la posición para que se trabaje?

Para mi tendría que ser la regulación de interinos igual que la regulación de concurso-oposición
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BO ... 7-4372#a25
2/3=66,67% nota de oposición
1/3=baremo
En esa parte yo pondría 1/3*1/2=16,67% experiencia, tal y como está en el baremo de concurso-oposición de Madrid desde hace años

Y eso, que yo veo más justo, se parece más al decreto 42/2013 (fijaba 80% nota oposición, 15% experiencia) que a la regulación del decreto 2016 ("32%" nota oposición, "32%" experiencia... el máximo de puntos es 14 y no 10 y por eso no pongo 45%, aunque si se mira la valoración real sí es posible conseguir el máximo de 4,5 puntos en el apartado de experiencia pero imposible conseguir el máximo de 4,5 puntos en el apartado de nota oposición... porque en ese caso hubiera sacado un 10 de nota y hubiera sacado plaza, así que la nueva regulación tiene cosas engañosas.


El proceso de oposición y la ordenación de funcionarios frente a interinos se cita en este post (entre otras cosas)
http://teachersforliberty.blogspot.com.es/2018/03/de-funcionarios-e-interinos-que.html
Los interinos son ordenados en una bolsa por estricto orden de tiempo de servicio desempeñado en las administraciones públicas, y los interinos nuevos sin tiempo de servicio son ordenados inicialmente por la nota obtenida en las oposiciones. Los primeros trabajos desempeñados por los interinos son, por lo general, sustituciones, cuya duración depende de la duración de la baja del funcionario sustituido. Las sustituciones se adjudican según surgen y en estricto orden en el que se encuentren los interinos en la bolsa. Así, estar situado mejor o peor en la bolsa no determina la calidad de tu puesto de trabajo, sino el azar de que le toque ser llamado en el momento de la sustitución más conveniente. Con toda la ilusión, el interino se incorpora a su primera sustitución. En Andalucía podría ser en un pueblo a cientos de kilómetros del domicilio del interino para una baja de 10 días.
Según se acumula tiempo de servicio aumentan las posibilidades de que tener adjudicada una plaza vacante, es decir, una plaza que no está ocupada por ningún funcionario (jubilaciones, excedencias, ocupación de cargos directivos, fallos de cálculo en la adjudicación de cursos…) y se le concede a un interino durante un curso entero. 

Ingreso y selección como interinos. Efecto bilingüismo, idioma autonómico, equilibrio baremo

También está relacionado con el tema de ordenar de manera distinta bilingües y no bilingües, de manera que una persona con un 0 en la prueba puede adelantar para ejercer como interino a otra que sí aprobó, pero no es bilingüe. Cuando hay varios méritos, hay que ver cómo se valoran, se puede ver Ocupar puesto pagado con dinero público: libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad, publicidad y transparencia
Con el tema de bilingüismo hay casos en los que un título de idiomas, del que uno se examina en unas horas, acaba puntuando en baremo lo mismo o más que un grado o un máster que implica años.
También está el tema del idioma autonómico: para opositar en comunidades como Galicia o Cataluña hay que tener un certificado de ese idioma.
Un certificado lingüístico es un mérito para ser funcionario, pero no puede ser nunca una barrera discriminatoria.
Ciudadanos lleva al Congreso una ley para prohibir que la lengua cooficial sea requisito para ser empleado público
Desde el partido defienden que es necesario introducir en la legislación una "cláusula antidiscriminación" porque el desconocimiento del catalán, el gallego o el euskera no puede ser "una barrera para el acceso a la función pública", aunque conocer estos idiomas podría puntuarse como un mérito.
El grupo parlamentario de Ciudadanos registrará la próxima semana en el Congreso una proposición de ley para prohibir que el conocimiento de las lenguas cooficiales sea un "requisito" para el acceso a la función pública y que sólo se pueda contemplar como "mérito" en las comunidades que tiene dos lenguas y para ocupar determinados puestos.
Para trabajar en Cataluña no es necesario saber catalán pero para @CiudadanosCs es imprescindible saber inglés para dar Historia de España en Madrid. Llamadme loco, pero le veo fisuras a esto. A ver si mi primo @lugaricano me lo explica

https://twitter.com/BabelRed21/status/962298661135962112
Sí, un certificado en LENGUA EXTRANJERA no puede ser barrera discriminatoria para impartir Historia, Biología, Música, Plástica o EF... No como en esas CCAA en las que colaboran,como socios de gobierno, a esa discriminación. Para lenguas cooficiales respeto a Constitución y EBEP.

Tasa de interinidad

Relacionado con consolidación de interinos. 
Se comenta en  Docentes: su número y su variación al ver cuántos interinos son llamados cada curso.
 

9 septiembre 2022
La escuela pública necesita convocar más de 174.000 plazas de profesores para cumplir los objetivos de reducción de la temporalidad
 
La interinidad en el sector educativo se sitúa en el 27,46% en este mes de septiembre de 2022, según informó este viernes la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF). La tasa, considera el sindicato, es elevada, si se pretende reducirla 8% hasta enero de 2025.

Consolidación interinos

Se puede comentar que hay un tema de fraude de ley; la tasa de interinidad en educación es muy alta, se encadenan interinidades años, y deberían haberse ofertado esas plazas y esos interinos haber tenido la oportunidad de pasar a funcionarios. Es un tema complejo porque parece imposible que un proceso selectivo sin oposición, que parece no respetar igualdad, mérito y capacidad, pero lo contempla el estatuto de los trabajadores

>Ver post separado sobre igualdad, mérito y capacidad

Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Artículo 61. Sistemas selectivos.
...
6. Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación.
Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos.




https://adi-clm.blogspot.com.es/p/pecepi.html

PECEPI

El pasado 15 de Octubre de 2016 se constituyó la Plataforma Estatal para la Consolidación y Estabilidad del Profesorado Interino.

Entre sus objetivos están promover:
  1. La igualdad en las condiciones laborales entre los docentes.
  2. Consolidación de empleo del colectivo docente interino.
  3. Acceso diferenciado.
 Puedes acceder a la propuesta marco, en el siguiente enlace:

Las organizaciones y colectivos que la forman son:
  • Federación Estatal de Docentes Interinos (FEDI), formada por:
  • IDA
  • ADIA
  • ADI-CLM
  • Plataforma de Profesores y Maestros Interinos de Madrid
  • AIDMUR
  • CPI-PV
  • AFID-CV
  • NAD
  • PAEP
  • PADEI
  • Confederación de STEs-intersindical
Pongo algunos enlaces

7 abril 2018 
Denuncian un ERE encubierto para los interinos que no aprueben las oposiciones de Secundaria
https://www.eldiario.es/eldiarioex/economia/PIDE-ERE-encubierto-oposiciones-Secundaria_0_758374490.html

11 abril 2018
Amenaza al Gobierno: preparados "cientos de recursos" de interinos para ser reconocidos como indefinidos no fijos
Tras una condena al Ejecutivo por la que debe indemnizar o readmitir a una trabajadora, Afapna ha reclamado una reunión.
https://navarra.elespanol.com/articulo/sociedad/afapna-gobierno-navarra-contratos-interinos-indefinidos-fijos/20180411133106181403.html

19 abril 2018
Hacienda se prepara para una batalla legal con miles de interinos que temen por su plaza
Hacienda pretende calmar los ánimos y asegura que la gran mayoría de los interinos lograrán sacar las oposiciones y seguir en su puesto
https://www.elindependiente.com/economia/2018/04/19/ayudas-parados-campo-batalla-banez-los-sindicatos-ganar-primero-mayo/amp/



IMPORTANTE: el Tribunal de Justicia Europeo dictaminará si hacer fijo al personal temporal de Sanidad con abuso de temporalidad por el caso de un informático del SERMAS estatutario interino más de 17 años es una solución acorde a las exigencias de la normativa europea [Publicado como Asunto C-103/18 del TJUE: Cuestión prejudicial del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid ]
http://apiscam.blogspot.com/2018/05/importante-el-tribunal-de-justicia.html

En el día de ayer, 7/5/2018  se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea la importante "petición de decisión (o cuestión) prejudicial" al Tribunal de Justicia Europeo [TJUE] que había presentado el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid  el pasado 13 de febrero de 2018 , y que ya avanzamos aquí, por una demanda de fijeza de un empleado público temporal "en fraude de ley" por abuso de temporalidad de su administración pública, en concreto, por una demanda de un informático interino durante mas de 17 años en el Servicio Madrileño de Salud [SERMAS] de la Comunidad de Madrid.

De esta manera pasa a estar ya oficialmente en el TJUE una nueva consulta vinculante, como las que dieron lugar a las 3 famosas sentencias europeas,  ...



https://josesande.com/2018/06/19/interinos-piden-ser-funcionarios-de-carrera-sin-oposicion/


20 noviembre 2018
Función Pública, Selección e Interinos: 10 Puntos Críticos
https://hayderecho.expansion.com/2018/11/20/funcion-publica-seleccion-e-interinos-10-puntos-criticos/

Hace unos días desde un medio digital se me plantearon una serie de cuestiones en relación con los procesos selectivos que se estaban realizando por las Administraciones Públicas y, más concretamente, se solicitaba mi opinión sobre una proposición de ley que había presentado un Grupo Parlamentario (Podemos) en una Asamblea Legislativa autonómica (Comunidad de Madrid) que tenía por objeto “hacer funcionarios (en verdad, personal estatutario)” a todos los interinos por medio de un concurso de méritos, sin realizar por tanto pruebas selectivas (oposiciones) que midieran conocimientos, destrezas, actitudes o aptitudes (esto es, las competencias que cada candidato debe acreditar para el desarrollo de las funciones y tareas del puesto de trabajo). En esta entrada recojo ampliadamente algunas ideas-fuerza sobre esa compleja cuestión, pues sin duda estará viva en el debate político, sindical y funcionarial de los próximos años. 

7 diciembre 2018 (asociado a Justicia)
 Escándalo en Justicia: opositores acusan a Gobierno y sindicatos de regalar plazas a interinos
El Ministerio de Justicia y los sindicatos pactan el acceso a 12.000 plazas mediante procesos de concurso-oposición hasta 2019
https://www.elindependiente.com/economia/2018/12/07/escandalo-en-justicia-opositores-acusan-a-gobierno-y-sindicatos-de-regalar-plazas-a-interinos/

Lo que denuncian los opositores es que al introducir para todas las convocatorias el procedimiento de concurso-oposición, se abre la puerta a que los interinos puedan hacer valer sus méritos en la segunda fase, la de concurso, en lugar de jugársela a una carta, como todos los candidatos, en un proceso de oposiciones puras.
Pero, al margen de esto, lo que más indigna a estos opositores es que la puntuación requerida para los primeros exámenes es tan baja, que ese paso de los interinos a la fase de concurso se hace más fácil.


15 septiembre 2018
El funcionario que pleitea (y gana) contra las oposiciones que blindan a interinos: de enterrador o auxiliar administrativo
Funcionario y abogado, lleva 20 años denunciando procesos de selección públicos que no cumplen el principio de igualdad de acceso a la Administración
Empezó denunciando la convocatoria de una plaza de un enterrador y ha parado procesos en ayuntamientos, diputaciones y universidades
Su última victoria provisional es la paralización de una oposición de 98 auxiliares administrativos en la Complutense que según el juez no dejaba opciones a aspirantes que no fueran interinos
"¿Por qué la plaza tiene que ser para un interino? ¿Qué tiene de especial ser auxiliar administrativo en la Complutense?", pregunta a eldiario.es
https://www.eldiario.es/politica/funcionario-ventajas-concursar-interino_0_814718813.html



21 febrero 2019
La Junta de Andalucía propone hacer fijos a 7.937 temporales sin pasar por unas oposiciones libres
El nuevo Gobierno asume compromisos del PSOE y avanza a sindicatos su oferta de empleo para estabilizar a funcionarios y laborales interinos
https://sevilla.abc.es/andalucia/sevi-junta-andalucia-propone-hacer-fijos-7937-temporales-sin-pasar-unas-oposiciones-libres-201902202302_noticia.html

El Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF), mayoritario entre el funcionariado de la Administración general, se muestra radicalmente en contra de esta propuesta. «Lo que se pretende no es un proceso de consolidación que parta de la igualdad, mérito y capacidad, sino que quieren que la experiencia (dada la puntuación que se le quiere dar al concurso) determine quien va a obtener plaza», advierte Bruno García Valdecasas, vicepresidente de SAF.
...
El borrador del acuerdo asegura que las convocatorias «garantizarán el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad». Sin embargo, a renglón seguido, establece «como criterio común» que la fase de concurso tendrá un peso específico importante: «como mínimo» representará el 40 por ciento de la puntuación y en ella primará, por encima de cualquier otro aspecto, «la experiencia».

25 febrero 2019
El Tribunal Superior de Madrid avala las oposiciones de la Complutense que sólo valoran los méritos de sus interinos
El tribunal revoca la primera sentencia que anuló una convocatoria de 98 plazas de auxiliar administrativo para la universidad
Los magistrados entienden que la diferencia de trato a favor de los interinos es "objetiva y razonable" porque se enmarca en un proceso especial para la estabilización del empleo temporal
https://www.eldiario.es/madrid/Tribunal-Superior-Madrid-oposiciones-Complutense_0_871763699.html

17 marzo 2019
Localizo un artículo a través Twitter
https://twitter.com/rjimenezasensio/status/1107236458367279104
Oposiciones trucadas. No solo se deben impugnar ante la JCA, sino que la Fiscalía debería intervenir: ¿no se está incurriendo en prevaricación con este tipo de convocatorias amañadas indecentemente? Aviso a navegantes

Acceso a la condición de funcionario público del personal laboral. Exigencia constitucional: principios de igualdad, mérito y capacidad. ¿Así se acreditan tales principios?, ¿con preguntas prefabricadas y con "chuletas" para consultar? Un escándalo.


Oposiciones con libros y sabiendo las preguntas: la ayuda de la Xunta al personal
El Gobierno gallego pacta con dos sindicatos un plan para promover el acceso a la carrera de funcionario de 2.177 empleados laborales fijos
https://www.elconfidencial.com/espana/galicia/2019-03-17/oposiciones-preguntas-xunta-galicia-personal_1886186/

15 junio 2020
ROJ: STSJ AR 735/2020 - ECLI:ES:TSJAR:2020:735
 
... existencia de abuso en su contratación por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, y reconocer su derecho a ser indemnizado en el momento de su cese, a razón de 33 días de salario/año de servicio, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por esta declaración.  
 
3 junio 2021
Golpe del Tribunal Europeo, con su sentencia de HOY 03/06/2021 en el asunto #IMIDRA, a la doble excusa utilizada por ambas salas del Tribunal Supremo español para esquivar declaraciones de abuso de temporalidad en empleo público: la normativa europea se aplica a las interinidades prolongadas de vacante aunque sólo haya un único contrato o nombramiento formal y no pueden utilizarse la crisis económica ni restricciones de leyes presupuestarias. La normativa nacional "no parece incluir ninguna medida para prevenir ni sancionar" el abuso y la jurisprudencia del Supremo para laborales públicos interinos no "parece atenerse a la exigencias que se derivan de la jurisprudencia europea". Una indemnización al cese "no parece, por sí sola, adecuada" como sanción. 

28 junio 2021
[Poder Judicial] '[La Sala de lo Social de] El Tribunal Supremo establece doctrina sobre la duración de un contrato de interinidad por vacante en el sector público tras la sentencia del TJUE La duración máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica' ["Una duración superior a tres años debe considerarse injustificadamente larga, lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo". Sentencia confirmando la indemnización al cese de laboral interina de vacante de casi 8 años que demandaba ser considerada indefinida no fija al cese a efectos indemnizatorios por superar el plazo de 3 años]


7 julio 2021
Límite de tres años para los interinos en las administraciones públicas*
Vía @civio @evabelmonte
*RDL14/2021 Disposición final segunda. Adaptación de la normativa del personal docente y del personal estatutario y equivalente de los servicios de salud.
https://civio.es/el-boe-nuestro-de-cada-dia/2021/07/07/limite-de-tres-anos-para-los-interinos-en-las-administraciones-publicas/

Real  Decreto-ley  14/2021,  de  6  de  julio,  de  medidas  urgentes  para  la
reducción de la temporalidad en el empleo público
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-11233
 
12 noviembre 2021
No van a hacer fijos a los interinos con más de 5 años.
📌Se establecen dos procesos extraordinarios para las plazas ocupadas por interinos más de 3 años, diferenciando las que llevan más de 5 años.
🔗En este análisis de @AIDMUR se explican las claves  
>Plazas ocupadas más de 5 años por interinos se adjudicarán en un concurso de méritos. En base al artículo 61.6 del TREBEP.

->Plazas ocupadas entre 3 y 5 años se adjudicarán en un proceso extraordinario de concurso de oposición. Donde el peso del concurso será del 40% y primará la experiencia.

Tanto un proceso como el otro deberán aprobarse antes de junio del 2022, convocarse antes de diciembre del 2022 y resolverse antes de diciembre del 24.

Que una plaza esté ocupada por interinos más de 5 años, o 3, no quiere decir que sea siempre por el mismo interino.

Las personas que pierdan su puesto de trabajo con motivo de estos procesos serán indemnizadas a razón de 20 días por año trabajado.

Educación tendrá que adecuar su normativa a esta nueva ley antes del 6 de julio del 2022, o en su caso aplicarla directamente

 
3 diciembre 2021
Oposiciones docentes y Ley reducción temporalidad Sector público
 
29 diciembre 2021
La ley de interinos para atajar la temporalidad en el empleo público entrará en vigor este jueves
La norma reserva concursos, sin oposiciones, para puestos de trabajo en la Administración que hayan estado ocupados de forma temporal durante al menos cinco años
https://elpais.com/economia/2021-12-29/la-ley-de-interinos-para-atajar-la-temporalidad-en-el-empleo-publico-entrara-en-vigor-este-jueves.html 

Conversión plantillas de centros privados concertados en funcionarios


31 agosto 2017
Unidos Podemos prepara una ley para que las escuelas concertadas que lo soliciten puedan hacerse públicas
El grupo ultima un proyecto de ley que registrará en septiembre dirigido especialmente a las cooperativas de maestros hostigadas por la crisis
El texto, al que ha tenido acceso eldiario.es, detalla que la decisión será de cada centro y obliga a la conversión de la plantilla en funcionarios en cinco años

16 febrero 2018
Proposición de Ley Orgánica para regular la integración voluntaria de centros educativos privados en la red pública.
22/000176  Proposición  de  Ley  Orgánica  de  modificación  de  la  Ley  Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación para la regulación del proceso de
integración voluntario de determinados centros educativos privados en la red pública de centros educativos.

18 marzo 2018
http://agendapublica.elperiodico.com/permitimos-los-centros-concertados-puedan-convertirse-publicos/
Jesús Roguero

Baremo de servicios prestados pública vs privados concertados

Servicios prestados en centros públicos y concertados : unos mas iguales que otros
 
La reciente sentencia de la Sala contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 11 de abril de 2019 (rec.3182/2016), en línea con lo que sintetizamos en el Vademécum de Oposiciones y Concursos 2019, confirma el criterio, no pacífico hasta fechas recientes, de la falta de discriminación en los baremos de méritos para acceso al empleo público, cuando la administración no valora la prestación de servicios en centros concertados o lo hace en menor medida que en centros públicos

Nuevos requisitos para ingreso 

Se habla de exigir cierto nivel inglés, cierto nivel competencia digital...
Al tiempo que se habla de cambio de temarios en 2017 surge este tema para 2018; a mi me sugiere que en 2020, cuando apliquen nuevos temarios, podría exigirse cierto nivel x de competencia.
Intentar certificar una competencia digital es tema para post aparte; veo que es una historia para sacar dinero.
http://www.europapress.es/sociedad/educacion-00468/noticia-gobierno-planea-emitir-certificados-nivel-competencia-digital-profesores-2018-20171207174239.html

Selección profesorado a dedo / diferenciado a ciertos docentes

21 septiembre 2012
LOMCE: El director podrá nombrar a dedo personal y rechazar interinos. Se legaliza contratar nativos y Empieza por Educar..

6 junio 2013 @xarxatic

LOMCE 2013
...
4. Para la realización de las acciones de calidad, el director del centro dispondrá de autonomía para adaptar, durante el período de realización de estas acciones, los recursos humanos a las necesidades derivadas de los mismos. Las decisiones del director deberán fundamentarse en los principios de mérito y capacidad y deberán ser autorizadas por la Administración educativa correspondiente, que se encargará de que se cumpla la normativa aplicable en materia de recursos humanos. La gestión de los recursos humanos será objeto de evaluación específica en la rendición de cuentas. El director dispondrá de las siguientes facultades:
a) Establecer requisitos y méritos específicos para los puestos ofertados de personal funcionario docente, así como para la ocupación de puestos en interinidad.
b) Rechazar, mediante decisión motivada, la incorporación a puestos en interinidad de personal docente procedente de las listas centralizadas. Esta decisión deberá ser refrendada por la Administración educativa correspondiente.
c) Cuando el puesto se encuentre vacante, sin estar cubierto de manera definitiva por funcionario de carrera docente, y exista financiación adecuada y suficiente, proponer, de forma motivada, la prórroga en la comisión de servicios del funcionario de carrera docente que hubiera venido ocupando el puesto de forma provisional o, en su caso, el nombramiento de nuevo en el mismo puesto del funcionario interino docente que lo venía desempeñando, cuando, en ambos supuestos, habiendo trabajado en los proyectos de calidad, sean necesarios para la continuidad de los mismos. En todo caso, en la propuesta deberá quedar debidamente justificada la evaluación positiva del funcionario en el desarrollo de su actividad dentro del correspondiente proyecto de calidad, así como la procedencia e importancia de su continuidad en el puesto que venía desarrollando dentro del proyecto para asegurar la calidad y la consecución de objetivos.
Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, dotando a los directores de la necesaria autonomía de gestión para impulsar y desarrollar las acciones de calidad educativa.



1 septiembre 2017
Els centres públics seleccionen docents per primer cop mitjançant currículums i entrevistes


4 septiembre 2017

Miguel Soler: "El Ministerio no puede defender un pacto y luego actuar por presiones del PPCV"
El PP quiso que los directores pudiesen elegir a parte de la plantilla de sus centros. ¿Esta Conselleria es también partidaria?



Sí, somos partidarios de combinar una nueva orden de plantillas que regule las necesidades básicas de un centro y, a partir de ahí, el PAM (Plan de Actuación para la Mejora), que es nuestra apuesta de integración de todas las medida que se tienen que hacer en un centro. Un centro, además de dar las clases del currículo oficial, hace más cosas: refuerzos, desdobles... Todo eso es lo que, en función de los recursos que tengamos anualmente, será un profesorado añadido para el centro. Ese profesorado extra va a tener un perfil distinto en cada centro, pues según lo que se hagan tendrán unas necesidades u otras. Queremos analizar de qué manera los centros tienen capacidad para definir el perfil -eso seguro-, y luego ver el procedimiento de adjudicación. También con la idea de buscar mecanismos que faciliten una mayor estabilidad de las plantillas.
¿Es viable la demanda de los interinos de un acceso diferenciado?
El conseller y yo planteamos hace meses al Ministerio que de la oferta de plazas se viera cuáles podían ser de oferta directamente para los interinos. No se aceptó por parte de ninguna comunidad autónoma ni del Ministerio. El planteamiento era que somos un cuerpo estatal, por lo que no hay ninguna comunidad autónoma que pueda hacer un proceso diferente al resto.

13 febrero 2019https://twitter.com/bnas_j/status/1095818919447810048

1
No sembla que sigui jurídicament admissible que personal equiparable a «alta direcció» participi en les eleccions sindicals docents. A Catalunya Aquesta equiparació es dona a partir d les FUNCIONS; el tipus de contractació no necessàriament hi ha de coincidir.



Provisió de llocs de treball docent a proposta de la direcció dels centres (entrevista prèvia)




El procediment i la formalització de les propostes de la direcció dels centres es regula a la base 6 de l'annex 1 de la Resolució ENS/862/2018Les propostes de la direcció dels centres han de ser degudament motivades i han de valorar la capacitat i la idoneïtat de cada persona proposada per desenvolupar els continguts funcionals del lloc de treball d'acord amb el projecte educatiu del centre i amb el projecte de direcció; a més d'haver consultat prèviament l'equip directiu del centre, cal disposar de la conformitat de les persones interessades.
Les persones proposades han de complir els requisits establerts per ocupar el lloc de treball i, entre altres criteris per a la decisió, s'ha de tenir en compte la seva experiència acreditada, la formació acadèmica i permanent i l'avaluació positiva de l'exercici de la docència.
Per a la provisió de llocs de treball específics amb perfil professional i llocs de treball ordinaris en centres de màxima complexitat i centres d'educació especial s'entén que es compleixen els requisits quan la direcció del centre proposa docents que el curs 2017-2018 han exercit en el mateix centre (els interins durant un mínim de quatre mesos i han de tenir acreditats, a més, 12 mesos de serveis totals a la borsa).
En cas contrari, per proposar un nou docent la direcció del centre ha d'aplicar el procediment específic amb requisit d’entrevista prèvia. La descripció de les actuacions i el calendari del procediment es troba a Propostes de les direccions d'adjudicacions provisionals.
També hauran de seguir aquest procediment específic les direccions dels instituts que hagin de formular proposta de funcionaris del cos de mestres no destinats al centre el curs 2017-2018, per ocupar llocs ordinaris de Matemàtiques, Llengua Catalana i Llengua Castellana.



http://ensenyament.gencat.cat/ca/serveis_territorials/maresme_valles_oriental/personal_docent/seleccio-personal-interi-docent/

Selecció de personal interí docent per part dels directors dels centres educatius públics




Participen en aquest procés les persones que formen part de la borsa de treball de personal docent que tenen com a opció preferent els Serveis Territorials a Barcelona Comarques, Girona, Maresme - Vallès Oriental i Vallès Occidental.
Els directors dels centres educatius públics poden seleccionar, d'acord amb les condicions, criteris i procediment que s'estableixen a la Resolució de 16 de març de 2015, modificada per la Resolució de 13 d'abril de 2016, el personal interí docent per cobrir substitucions temporals en el centre educatiu públic i nomenar, de forma motivada, el candidat de la borsa de treball de personal docent que reuneixi més mèrits i capacitats i s'adeqüi millor a les peculiaritats del centre educatiu públic i al contingut del lloc de treball.











Regulación propia de CCAA

23 enero 2018 se publica Ley Foral 17/2017, de 27 de diciembre, reguladora del acceso a la función pública docente.

 

Excepción a tener titulación pedagógica (CAP, Máster ...)

18 noviembre 2023
 La Junta de Andalucía propondrá al Gobierno central eliminar el máster en profesorado como requisito para opositar

    La insuficiencia de plazas deja fuera a miles de solicitantes en las universidades públicas y la Junta apuesta por “reformar el sistema” de acceso a quienes quieren impartir clases en ESO y Bachillerato
 
 
 
27 diciembre 2023
La falta de profesores en secundaria abre la puerta a docentes sin titulación pedagógica
Las jubilaciones de los últimos años han tensionado las plantillas en una profesión que sigue sin ser atractiva ni reconocida 
 
 
Enlaza con la falta de docentes
 
 
14 septiembre 2024
 La falta de profesores de especialidades técnicas lleva a las comunidades a rebajar los requisitos para dar clase

    Ante la escasez de docentes para Matemáticas en Secundaria o informática en FP, las consejerías abren la mano para contratar a personal sin el máster obligatorio: los responsables educativos apuntan a la falta de atractivo de la profesión frente a otras del sector privado
 
 
 
17 septiembre 2024
 ¿Faltan profesores? Rebajamos requisitos para dar clase

    Institutos y centros de Formación Profesional sufren una grave carencia de docentes en algunas materias técnicas que las administraciones educativas están abordando por la vía de dejar impartir clase sin el obligatorio máster del profesorado
 

Causas de fuerza mayor

Obligada a opositar con su bebé: "Acabo de ser madre, no estoy en condiciones de hacer un buen examen ahora"
La mujer dió a luz el martes pero la Consejería de Educación no consideró la circunstancia una causa de fuerza mayor para modificar la fecha, aunque el bebé toma pecho a demanda
https://www.lne.es/asturias/2018/06/23/docente-asturiana-obligada-acudir-hijo/2307794.html


Aprobar sin plaza / plazas desiertas 

(Por su volumen para sacar a post aparte, como otras cosas: proceso (enlaza con MIR), transparencia, tasa interinidad ...)
Para quien no conozca unas oposiciones, se suele asumir que "aprobar las oposiciones es lo mismo que sacar plaza", pero no es así.
1. Se aprueban las oposiciones
2. Se hace una nueva nota de concurso-oposición
3. Se seleccionan a las personas según el número de plazas

Por ello pueden surgir varias situaciones:
-Aprobados sin plaza: hay más personas aprobadas que plazas
--Variante: aprobar oposición pero no concurso-oposición por falta de baremo
-Plazas desiertas: hay más plazas que personas aprobadas

Es algo peculiar lo de aprobar sin plaza: con recortes y pocas plazas, muchas personas aprobaban una oposición entera varias veces y tenían que volver a repetir todo el proceso (enlaza con consolidación)

En 2018 se convocan muchas plazas por muchas comunidades, y eso genera polémica.

Doy mi visión: generalizando y de manera aproximada se puede decir que aprobaban primera fase un 10% de opositores, y que eso suponía que había aprobados sin plaza al haber pocas plazas antes, pero ahora, con aproximadamente el mismo número de aprobados, quedan plazas desiertas.
Datos (Física y Química Madrid, pendiente detallar más)
-2015 aprobaron 49 para 7 plazas. 
-2016 aprobaron unas 155 personas, pero había 90 plazas.
-2018 aprueban unas 120, con 166 plazas.
El numero de opositores global es similar, en torno a mil, aunque  no todos se acaban presentando si coinciden entre comunidades. En 2016 hubo 4 dobletes en FQ en Madrid. Al convocar todas las comunidades el mismo día no van todos los opositores a Madrid, al haber muchas plazas van muchas personas a probar, al estar la regulación de interinos como está a muchos les basta con presentarse y sacar un cero para trabajar .... Hay muchas cosa que afectan a esa situación, y no se trata de culpar a los tribunales ni de culpar a los opositores.

Lo que es incuestionable es que el proceso debe ser más transparente, y eso lleva a Oposiciones: transparencia 

Creo que es una combinación de número de plazas y aprobados, no es una masacre especial.

Y como comenta acertadamente, algo falla en el proceso:
https://twitter.com/javierfpanadero/status/1015614085789093888
Si las #OposiciónSecundaria2018 fueran una buena medida de calidad 1. No haría q gente aprobada las repitiera 2. No debería llamarse para trabajar de interino a nadie con un cero. Los mismos convocantes hacen ambas, prueba de q ni ellos mismos se las creen

7 julio 2018
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/1015544369892478977
En Extremadura también plazas desiertas
Masacres en opos y plazas desiertas

9 julio 2018
Nace una plataforma educativa en Murcia para exigir "cambios de criterios" en el sistema de oposiciones
Las últimas oposiciones en la Comunidad de Murcia acabaron con un 91% de suspensos
Una profesora de un tribunal admitió a una opositora que habían recibido criterios de evaluación que obligaban a quitar puntos por el uso de comas o de preposiciones: "Exámenes de 8 y 9 se quedaban con notas de 0 y 1"
La Plataforma 7JOposicionesJustas demandará "mayor transparencia" en el proceso de Oposiciones, cambios en el criterio de acceso a "cualquier cuerpo educativo", y coordinará manifestaciones
https://www.eldiario.es/murcia/educacion/Nace-plataforma-educativa-Murcia-oposiciones_0_790921072.html


 "Escabechina" en las oposiciones a profesor en la Comunidad de Madrid: menos aprobados que plazas disponibles
Opositores al cuerpo de profesores de Secundaria y los sindicatos denuncian el alto número de suspensos en la convocatoria de empleo público para el cuerpo de docentes de Secundaria, FP y otros docentes de grados medios
En algunos tribunales el número de aprobados ronda el 15%; algunas especialidades podrían dejar plazas sin cubrir si las reclamaciones presentadas no prosperan
Los afectados lamentan el oscurantismo con los baremos de corrección y anuncian que impugnarán la convocatoria si no se hacen públicos los exámenes
https://www.eldiario.es/madrid/Escabechina-oposiciones-Comunidad-Madrid-disponibles_0_790921370.html


Tras estas noticias surge la idea de que no se cumpliría la tasa de interinidad que fija Europa menor 8% (pendiente mirar), y eso podría suponer nuevas oposiciones, cosa que aparece en prensa al día siguiente. Quizá haya en 2018-2019-2020 como hubo en 2014-2015-2016 en secundaria Madrid.

10 julio 2018
Gobierno no descarta nuevas oposiciones a profesor si no se cubren las plazas
El vicepresidente de la Comunidad de Madrid, Pedro Rollán, ha dicho hoy que el Gobierno no descarta "lanzar nuevas convocatorias" de oposiciones a profesor de Secundaria y de FP "si no se cubren todas las plazas", tras el elevado número de suspensos en la convocatoria de junio.
https://www.lavanguardia.com/local/madrid/20180710/45814668613/gobierno-no-descarta-nuevas-oposiciones-a-profesor-si-no-se-cubren-las-plazas.html

  La opacidad en los criterios de evaluación impide aclarar por qué ha habido tantos suspensos en las oposiciones a profesor en toda España
Las oposiciones a profesor de Secundaria y FP en Murcia, Extremadura, Castilla-La Mancha, Madrid y Andalucía se han visto empañadas por el alto número de suspendidos, que ha llevado a que se quedarán plazas sin cubrir
Los candidatos señalan que nunca han conocido los criterios de evaluación ni durante el examen ni en las reclamaciones; los sindicatos señalan un sistema de acceso obsoleto
El abogado de la plataforma de afectados de Murcia apela a una sentencia del Supremo que consideraba insuficiente la mera publicación de notas e instaba a profundizar en las calificaciones cuando hay una reclamación
https://www.eldiario.es/sociedad/Oposiciones-cuerpo-maestros_0_791271552.html

11 julio 2018
 Diez claves para entender las polémicas oposiciones a profesor de los suspensos masivos
La reciente convocatoria de oposiciones para el cuerpo de profesores de Secundaria, FP y otros se ha saldado con una alta proporción de suspendidos, muchos de ellos con notas de 1 y 0
Los opositores lamentan el oscurantismo y arbitrariedad con los criterios de corrección y reclaman que se hagan públicos
La "escabechina" ha sido tal que en ciertas especialidades de algunas comunidades autónomas ni siquiera se cubrirán las plazas: los aspirantes aseguran que llegarán al Supremo
https://www.eldiario.es/sociedad/claves-entender-polemica-oposiciones-profesor_0_791621401.html

18 julio 2018
Rey ante los suspensos de las oposiciones: «Para ganar una plaza hay que estudiar seriamente»
El consejero de Educación asegura que los ejercicios prácticos de Matemáticas fueron obtenidas de «manuales de primero y segundo de grado», «lo que no es pedir mucho a los opositores»
https://www.abc.es/espana/castilla-leon/abci-ante-suspensos-oposiciones-para-ganar-plaza-estudiar-seriamente-201807182054_noticia.html

https://www.cuartopoder.es/ideas/2018/07/16/oposiciones-y-escabechinas/

https://www.eldiariomontanes.es/cantabria/primera-fase-oposiciones-20180717235620-ntvo.html

https://www.hoy.es/extremadura/sindicatos-educativos-fallos-20180717002755-ntvo.html

https://sevilla.abc.es/andalucia/sevi-csif-exige-educacion-mas-transparencia-y-mejor-planificacion-temporal-proceso-oposicion-201807170733_noticia.html

https://www.lavanguardia.com/local/canarias/20180717/45951621542/monzon-emplaza-a-tratar-cambio-en-las-oposiciones-en-la-conferencia-sectorial.html

https://www.diariodenavarra.es/noticias/navarra/2018/07/18/cc-inicia-una-campana-para-tramitar-las-quejas-por-ope-secundaria-601764-300.html

https://www.canarias7.es/politica/monzon-el-numero-de-suspendidos-es-normal-MJ5092871

5 septiembre 2018
Los suspensos en las oposiciones de secundaria dejan vacantes 2.000 plazas
El 8,4% de los puestos están desiertos pese a examinarse unos 200.000 titulados
https://elpais.com/politica/2018/09/05/actualidad/1536161281_929599.html




6 septiembre 2018
La alta cifra de suspensos en las oposiciones a profesor deja vacante el 8% de las plazas
http://www.elmundo.es/espana/2018/09/06/5b903bea22601d12758b464d.html

El 8,4% de las 23.689 plazas de profesor convocadas este año se han quedado sin cubrir, según CCOO
http://www.europapress.es/sociedad/educacion-00468/noticia-84-23689-plazas-profesor-convocadas-ano-quedado-cubrir-ccoo-20180906120811.html


8 septiembre 2018
Rey propone cambiar el sistema de oposiciones para evitar las vacantes
Critica que el formato permita a los interinos seguir en la bolsa de trabajo sólo con presentarse al examen: «Muchos, ni siquiera lo cubren».
http://www.diariodeleon.es/noticias/leon/rey-propone-cambiar-sistema-oposiciones-evitar-vacantes_1275261.html

6 noviembre 2018
"Denunciaremos ante la justicia las irregularidades cometidas en las oposiciones de Secundaria"
Entrevista en La Ventana de Canarias a José Ángel Gómez, uno de los 300 afectados que aprobaron el pasado verano la OPE de Secundaria, pero no han superado la fase de concurso por no tener experiencia docente
http://cadenaser.com/emisora/2018/11/06/ser_las_palmas/1541530191_395476.html


Cuerpo único autonómico y no estatal

La Generalitat pide al Gobierno el traspaso de los profesores para que sea "un cuerpo catalán"

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