Ingreso y selección docentes funcionarios: normativa
Revisado 13 abril 2018
Dejo apartado final para otros temas que pueden ser otros posts.
Resumo aquí ideas (para más detalles leer todo el post, ha ido variando y revisándose hasta llegar a BOE en febrero 2018) de lo que cambia para 2018 y 2020 (salvo para comunidades que convoquen antes de cambio RD, como Cataluña...). El plazo de 2018 y 2020 lo indica borrador consulta publicado 30 noviembre 2017 (indica ofertas de 2017 a 2019), que por experienciaserá ha sido salvo mínimos cambios lo que se acaba publicando en BOE (se publica el 24 febrero 2018)
Seguro (estaba en borrador Real Decreto presentado 27 octubre 2017/ se confirma o amplía en borrador Real Decreto presentado 23 noviembre 2017/ está en borrador consulta publicado 30 noviembre 2017. Se confirma en conferencia sectorial 20 diciembre 2017, se confirma en BOE 24 febrero 2018)
Me centro en ingreso (lo añado a post sobre jerga educativa)
Este post me recuerda también este tuit que puse en su día: si el ingreso es complejo y lleva tiempo, que te cambien las reglas del juego a mitad de camino lo complica más.
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/886273794628648961
añadiría una nube "cambios reglas" sobre opos: programación LOE/LOMCE, requisitos CAP/TED/Máster, cambios baremo y regulación listas,...
Artículo 25. Sistema de calificación.
Se aumenta puntuación experiencia previa a máximo 7 puntos, frente a 5 puntos antes.
Se aumenta años máximos de experiencia a 10 años, frente a 5 años antes.
Antes en título VI (en transitorio anterior)
Se valorará más la Formación académica y permanente" con máximo 5 puntos, frente a 4 antes
Se ve que el cambio supone valorar más baremo/valorar menos la oposición, y se centra en valorar más la antigüedad y valorar menos lo demostrado durante la prueba. Favorece a interinos que tengan antigüedad.
https://twitter.com/AIDMUR/status/927900609843429376
Nos informan desde la mesa sectorial que el gobierno NO acepta que las pruebas sean no eliminatorias . A pesar de la #PNLInterinxs
7 noviembre 2017 sindicatos hacen propuestas para Madrid
7 noviembre 2017
Educación ofrece beneficiar en las oposiciones a los interinos con siete años de experiencia
7 noviembre 2017
Se debate en el congreso, propuesta de mayo
Comisión de Educación y Deporte
XII LEGISLATURA
Nº sesión: 37
Martes 7 de noviembre de 2017 a las 09:30
ORDEN DEL DÍA
DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS SIGUIENTES PROPOSICIONES NO DE LEY:
...
2º. Relativa a la consolidación de los trabajadores docentes interinos.
Autor: Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea
BOCG, serie D , número 160 , de 25 de Mayo de 2017 PDF
(Núm. Exp. 161/001903/0000)
http://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/D/BOCG-12-D-160.PDF#page=10
Proposición no de Ley
«— Garantizar para el colectivo docente interino, hasta que no quede totalmente solucionada la
situación de inestabilidad y precariedad de dicho colectivo, las mismas condiciones laborales que al resto
del personal docente.
— Establecer un proceso extraordinario de consolidación de empleo, que nunca suponga la pérdida
de puesto de trabajo para el personal docente interino, con objeto de que en el plazo de cuatro años se
reduzca la tasa de interinidad al 7% y que los profesores interinos, actualmente en fraude de ley, pasen a
ser funcionarios de pleno derecho atendiendo al interés público del sistema educativo.
— Acordar, en un plazo máximo de tres meses, con las organizaciones sindicales y colectivos de
interinos así como con las administraciones autonómicas competentes en dicha materia, un proceso
extraordinario que en todo caso estará basado, fundamentalmente, en la valoración de los méritos
acumulados por las personas aspirantes en sus años de servicio como personal docente en el sistema
público de enseñanza, teniendo en cuenta el global de su experiencia y no solo de forma parcial.»
https://twitter.com/J_Sanchez_Serna/status/927851287907102720
Aprobada #PNLinterinxs
Acordando esta transaccional con el PSOE esperamos apoyar negociaciones MECD y sindicatos que se dan justo ahora
8 noviembre 2017
https://twitter.com/luzseijo/status/928286181783232512
Congreso aprueba enmienda de @gpscongreso sobre el acceso a cuerpos docentes y reducción de tasa de interinidad #educacion
8 noviembre 2017
Mesa sectorial sobre el proceso de estabilización de plantillas docentes
10 noviembre 2017
19 diciembre 2017
Los sindicatos se movilizan en contra de las pruebas eliminatorias en las oposiciones
El ministerio cerró la negociación hace unos días sin modificar el carácter eliminatorio de las pruebas, en contra del criterio de las sindicatos y de algunas comunidades autónomas.
La sentencia citada en ese BOE se puede ver en
Roj: STSJ CLM 2939/2011 - ECLI: ES:TSJCLM:2011:2939
TERCERO.- A la vista de lo expuesto, esta Sala concluye que el punto controvertido vulnera el derecho de igualdad contemplado en el art. 14 CE y, en particular, el derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las Leyes ( art. 23.2 CE ).
En efecto, la normativa anteriormente expuesta exige que todos los candidatos realicen en fase de oposición la misma prueba en la que se valora el conocimiento de la especialidad, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas de la docencia, requisitos que obligatoriamente deben ser iguales para todos los candidatos (apartado 5.1 de la resolución impugnada).
El punto impugnado (informe sustitutivo del ejercicio B.2) permite que la preparación y exposición de la Unidad Didáctica (B.2) sea sustituida a elección del interesado por un informe que valore sus conocimientos acerca de la unidad didáctica. Esta sustitución instaura una diferenciación irracional, desproporcionada y discriminatoria, por lo siguiente:
a) supone una ventaja evidente respecto a los que no pueden beneficiarse de tal sustitución por no reunir los requisitos establecidos pues se les exige la preparación y exposición oral de una unidad didáctica, con la consiguiente diferencia de trato injustificado que ello supone;
b) y sostenemos que el trato es injustificado porque no debe olvidarse que estamos en la fase de oposición, no de concurso, por lo que un informe de la Administración no es un instrumento idóneo para valorar sus conocimientos acerca de la unidad didáctica, que es el objetivo de esta parte B.2). A los profesores interinos ya se les valorará los servicios prestados en la fase de concurso, por lo que no procede sustituir la preparación y exposición de una unidad didáctica por un informe pues, por mucho que se pretenda por la Administración demanda, no puede tener un efecto equivalente o sustitutivo. Un informe con el contenido previsto en la resolución no puede ser equivalente a la preparación y exposición de una unidad didáctica, con la utilización del material que se considera oportuno; los objetivos que se consiguen con uno y otro no son equiparables. La preparación y exposición de una unidad didáctica exige demostrar una aptitud y conocimientos demostrados en una prueba de carácter público, lo que no puede ser equiparado el informe sustitutivo;
c) porque se atribuye como puntuación máxima la misma que a la Parte B.2), lo cual es desproporcionado en atención a los principios de igualdad, mérito y capacidad que se exige para la prueba B.2, al igual que se considera desproporcionado que dicho informe pueda tener hasta un 30% de la calificación de la fase de oposición, pues con este informe el interino tiene una ventaja innegable que no puede ser tolerada respecto al respecto de participantes;
d) porque, como sostiene la recurrente, ello supone introducir un segundo Tribunal (la Comisión a que se refieren las bases) que evaluará una parte de la prueba en el caso de algunos de los participantes, lo que introduce un segundo criterio de evaluación sólo aplicable, como decimos, a algunos de los aspirantes. Es cierto que las bases pretenden mantener la autoridad del Tribunal a la hora de valorar ese informe, pues dicen que será valorado por dicho Tribunal; pero no debe olvidarse que el informe en cuestión no es uno que exponga una serie de datos objetivos que puedan ser valorados por el Tribunal de oposición, sino que se trata por sí mismo de un verdadero informe de valoración. De modo que lo que las bases, al parecer, pretenden, es que b) y sostenemos que el trato es injustificado porque no debe olvidarse que estamos en la fase de oposición, no de concurso, por lo que un informe de la Administración no es un instrumento idóneo para valorar sus conocimientos acerca de la unidad didáctica, que es el objetivo de esta parte B.2). A los profesores interinos ya se les valorará los servicios prestados en la fase de concurso, por lo que no procede sustituir la preparación y exposición de una unidad didáctica por un informe pues, por mucho que se pretenda por la Administración demanda, no puede tener un efecto equivalente o sustitutivo. Un informe con el contenido previsto en la resolución no puede ser equivalente a la preparación y exposición de una unidad didáctica, con la utilización del material que se considera oportuno; los objetivos que se consiguen con uno y otro no son equiparables. La preparación y exposición de una unidad didáctica exige demostrar una aptitud y conocimientos demostrados en una prueba de carácter público, lo que no puede ser equiparado el informe sustitutivo; c) porque se atribuye como puntuación máxima la misma que a la Parte B.2), lo cual es desproporcionado en atención a los principios de igualdad, mérito y capacidad que se exige para la prueba B.2, al igual que se considera desproporcionado que dicho informe pueda tener hasta un 30% de la calificación de la fase de oposición, pues con este informe el interino tiene una ventaja innegable que no puede ser tolerada respecto al respecto de participantes; d) porque, como sostiene la recurrente, ello supone introducir un segundo Tribunal (la Comisión a que se refieren las bases) que evaluará una parte de la prueba en el caso de algunos de los participantes, lo que introduce un segundo criterio de evaluación sólo aplicable, como decimos, a algunos de los aspirantes. Es cierto que las bases pretenden mantener la autoridad del Tribunal a la hora de valorar ese informe, pues dicen que será valorado por dicho Tribunal; pero no debe olvidarse que el informe en cuestión no es uno que exponga una serie de datos objetivos que puedan ser valorados por el Tribunal de oposición, sino que se trata por sí mismo de un verdadero informe de valoración. De modo que lo que las bases, al parecer, pretenden, es que
Por terminar de comentar temas legales, en el "documento de consulta pública previa" colgado en el ministerio (no cuelgan borrador cuando lo publican la primera vez) indican ideas (añado enlaces a normativas citadas)
Antecedentes de la norma
La Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, haciéndose eco del acuerdo para la mejora del empleo público firmado el 29 de marzo de 2017 por el Ministerio de Hacienda y Función Pública y Las Organizaciones Sindicales, establece en su artículo 19 el objetivo de reducir por debajo del 8% la tasa de cobertura temporal en determinados ámbitos del sector público, entre los que se encuentra el personal docente, a través de procesos de estabilización a desarrollar que deben articularse en base a las ofertas de empleo que deberán aprobarse y publicarse en los respectivos Diarios Oficiales en los ejercicios 2017 a 2019.
Se cita Artículo 19. Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal.
veo que cita reposición 100%
y además el tema del 8%
La tasa de cobertura temporal en cada ámbito deberá situarse al final del período por debajo del 8 por ciento.
También indica
Necesidad y oportunidad de su aprobación
1 septiembre 2017
Els centres públics seleccionen docents per primer cop mitjançant currículums i entrevistes
Versión TL;DR
El ingreso en la función docente como funcionario ha ido cambiando de regulación, ha habido situaciones transitorias, excepciones ... Se habla de nueva regulación con ideas como baremación experiencia, cambiar los temarios, los tipos de pruebas, si estas son eliminatorias, consolidar a los interinos, crear un "MIR docente",... Intento dar detalles sobre regulación, suele haber polémica en cuanto a qué valorar y cómo, además de qué situaciones excepcionales contemplar.Dejo apartado final para otros temas que pueden ser otros posts.
Resumo aquí ideas (para más detalles leer todo el post, ha ido variando y revisándose hasta llegar a BOE en febrero 2018) de lo que cambia para 2018 y 2020 (salvo para comunidades que convoquen antes de cambio RD, como Cataluña...). El plazo de 2018 y 2020 lo indica borrador consulta publicado 30 noviembre 2017 (indica ofertas de 2017 a 2019), que por experiencia
Seguro (estaba en borrador Real Decreto presentado 27 octubre 2017/ se confirma o amplía en borrador Real Decreto presentado 23 noviembre 2017/ está en borrador consulta publicado 30 noviembre 2017. Se confirma en conferencia sectorial 20 diciembre 2017, se confirma en BOE 24 febrero 2018)
- Se modifica baremo: pasa a ser 60% oposición y 40% baremo, frente a un 2/3=66,67% y 1/3=33,33% antes.
- Se aumenta puntuación experiencia previa a máximo 7 puntos, frente a 5 puntos antes.
- Se aumenta años máximos de experiencia a 10 años, frente a 5 años antes (en borrador 23 noviembre 2017 se amplía a 10 años, en borrador 27 octubre 2017 eran 7)
- Habrá más "bolas" (mayor número de temas a elegir), de modo transitorio una más (aparece en borrador 23 noviembre 2017)
- Se valorará más la Formación académica y permanente" con máximo 5 puntos, frente a 4 antes
- Primera prueba no eliminatoria (lo citan sindicatos y se aplicó en situación transitoria de 2007, se confirma que sí seguirán siendo eliminatorias en mesa 30 noviembre 2017, en nota prensa ministerio y en borrador consulta publicado 30 noviembre 2017. Se confirma en conferencia sectorial 20 diciembre 2017, dictamen Consejo Escolar Estado 9 enero 2018 no modifica lo propuesto en borrador de que sí sea eliminatoria. En reunión 17 enero 2018 sindicatos insisten en reabrir el tema, pero el ministerio dice que lo da por cerrado)
- Nuevos temarios (primer borrador 23 noviembre 2017, pero no aplicarán a 2018. En mesa 30 noviembre se confirma no aplicarán hasta 2020)
- MIR docente (enlazo a post separado)
- Nuevos requisitos para ingreso (nivel inglés, nivel competencia digital...)
Detalles
Escribo en noviembre 2017 al ver en la web del ministerio de educación un proyecto para cambiar la normativa. Incluyo una cronología que iré revisando.Me centro en ingreso (lo añado a post sobre jerga educativa)
Este post me recuerda también este tuit que puse en su día: si el ingreso es complejo y lleva tiempo, que te cambien las reglas del juego a mitad de camino lo complica más.
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/886273794628648961
añadiría una nube "cambios reglas" sobre opos: programación LOE/LOMCE, requisitos CAP/TED/Máster, cambios baremo y regulación listas,...
En qué consiste el cambio de 2017
Según lo que dice el borrador de Real Decreto de 27 octubre 2017 de 23 noviembre 2017 (ver más adelante, es el último disponible cuando escribo esto)
Se modifica baremo: pasa a ser 60% oposición y 40% baremo, frente a un 2/3=66,67% y 1/3=33,33% antes. Artículo 25. Sistema de calificación.
1. La calificación correspondiente a la fase de oposición será la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en las pruebas integrantes de esta fase, cuando todas ellas hayan sido superadas.
2. La ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso para formar la puntuación global será de dos tercios para la fase de oposición y de un tercio para la fase de concurso.
Se aumenta puntuación experiencia previa a máximo 7 puntos, frente a 5 puntos antes.
Especificaciones a las que deben ajustarse los baremos de méritos para el ingreso a los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
Los baremos que fijen las convocatorias para la fase de concurso se estructurarán en los tres bloques que se indican a continuación. Las puntuaciones máximas que pueden obtenerse en cada uno de estos bloques serán las siguientes:
Experiencia previa: Máximo cinco puntos.
Se aumenta años máximos de experiencia a 10 años, frente a 5 años antes.
I. Experiencia docente previa
...
A los efectos de este apartado se tendrá en cuenta un máximo de cinco años, cada uno de los cuales deberá ser valorado en uno solo de los subapartados anteriores.
Habrá más "bolas" (mayor número de temas a elegir), de modo transitorio una más
Antes en título VI (en transitorio anterior)
...
a) En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre tres temas.
b) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre cuatro temas.
c) En aquellas especialidades que tengan número superior a 50 temas, deberá elegirse entre cinco temas.
cuando en la situación vigente antes de este cambio 2017, ya sin ser transitorio, era una bola menos
a) En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre dos temas.
b) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre tres temas.
c) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, deberá elegirse entre cuatro temas.
Se valorará más la Formación académica y permanente" con máximo 5 puntos, frente a 4 antes
Especificaciones
a las que deben ajustarse los baremos de méritos para el ingreso a los
Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores
Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de
Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y
Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
Los
baremos que fijen las convocatorias para la fase de concurso se
estructurarán en los tres bloques que se indican a continuación. Las
puntuaciones máximas que pueden obtenerse en cada uno de estos bloques
serán las siguientes:
Formación académica y permanente: Máximo cuatro puntos.
Se ve que el cambio supone valorar más baremo/valorar menos la oposición, y se centra en valorar más la antigüedad y valorar menos lo demostrado durante la prueba. Favorece a interinos que tengan antigüedad.
El cambio es muy similar al cambio del periodo transitorio de 2006 a 2010, definido en
De hecho, como se comenta más adelante en análisis legal, si se agarran a la disposición transitoria decimoséptima, y aplicarla es válido (no lo veo claro) aplicaría todo este Título VI y todo lo que dice, por lo que
(con el borrador de 23 noviembre 2017 esto da igual; lo aplican sin agarrarse a ello)
(con el borrador de 23 noviembre 2017 esto da igual; lo aplican sin agarrarse a ello)
La primera prueba dejaría de ser eliminatoria (eso también favorece a interinos antiguos; da igual como hagan la prueba, llegan a la parte final donde se les valora el baremo)
1. La fase de oposición constará de una única prueba estructurada en dos partes, que no tendrán carácter eliminatorio.
Cuando antes sí lo era
Las calificaciones de las pruebas se expresarán en números de cero a diez. En ellas será necesario haber obtenido una puntuación igual o superior a cinco puntos para poder acceder a la prueba siguiente o, en el caso de la última prueba, para proceder a la valoración de la fase de concurso.
Cronología
El tema de que el cambio va en serio lo descubro en noviembre 2017, pero pongo información por orden cronológico. Retrocediendo veo que en mayo 2017 el ministerio dijo que no iba a haber cambios y al mismo tiempo dijo que igual sí.
17 mayo 2017
Modificación del RD de Acceso a la Función Docente
Educación quiere que la experiencia puntúe más en las oposiciones a profesor
17 mayo 2017
Modificación del RD de Acceso a la Función Docente
ANPE ha preguntado al MECD si se estaba planteando la modificación del RD 276/2007 que regula el acceso a la función docente
El 11 de mayo tuvo lugar una reunión de la Mesa Sectorial de Educación del MECD, para tratar asuntos relativos a las ciudades autónomas que son competencia del Ministerio (Ceuta y Melilla).
Aprovechando la presencia en la Mesa del Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, ANPE preguntó si el MECD se plantea modificar el RD 276/2007 de acceso a la función pública docente de cara a las futuras convocatorias de oposiciones, dadas las confusas informaciones que hay sobre el asunto.
El Ministerio aclaró que no se plantea modificar el sistema de acceso actual, pues éste cumple claramente con lo recogido y firmado en el Acuerdo de la Mesa General para reducir la tasa de interinos.
Por otro lado, se nos ha trasladado que es intención del Ministerio convocar la Mesa sectorial para hablar de la aplicación del citado Acuerdo en el ámbito docente, en lo que se refiere al número de convocatorias y qué cuerpos docentes convocar cada año para, posteriormente, trasladarlo a las CCAA. Una medida que aplaudimos en aras a la necesaria coordinación de las convocatorias entre las distintas CCAA.
17 mayo 2017Educación quiere que la experiencia puntúe más en las oposiciones a profesor
El Gobierno negocia con las comunidades las características de las pruebas y plantea renovar los temarios
Según han confirmado distintos asistentes a EL PAÍS, Blanco planteó dar más importancia a la experiencia en las oposiciones docentes, un aspecto que ya reclaman los sindicatos y que en principio las regiones ven con buenos ojos. Educación descarta abrir un procedimiento específico para consolidar los puestos de interinos al entender que presenta impedimentos legales porque no se garantizan los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben regir estos procesos.
Propuesta a negociar
En el sistema actual de concurso y oposición, esta última fase incluye un examen —que es eliminatorio y para el que la nota mínima es de un 5— que supone un 66% de la calificación final del aspirante. El otro 34% se acredita en la posterior fase de concurso mediante méritos, entre los que se incluyen los años previos de clase. La propuesta a negociar podría pasar por reducir los exámenes, dar más peso a la fase de méritos o descartar una fase de oposición eliminatoria.
25 septiembre 2017
ANPE y el resto de sindicatos exigen al Ministro la celebración de una Mesa Sectorial de Educación
13 octubre 2017
ANPE y el resto de sindicatos exigen al Ministro la celebración de una Mesa Sectorial de Educación
Hoy se ha presentado en el Ministerio de Educación una carta conjunta de todos los sindicatos para reclamar la convocatoria urgente de la Mesa Sectorial de Educación para tratar los distintos aspectos de la oferta de empleo público docente de los próximos años así como el modelo de acceso e ingreso.
ANPE y el resto de sindicatos manifestamos el malestar ante la actitud del MECD de no cumplir con lo acordado en la reunión del 28 de junio: iniciar una negociación en la primera quincena de septiembre comprometiéndose a establecer un calendario de reuniones. Y le exigen la convocatoria urgente de la Mesa Sectorial de Educación. Para las organizaciones sindicales es imprescindible que las personas aspirantes a las futuras ofertas de empleo en la función docente tengan la seguridad de cómo se van a desarrollar las pruebas, el temario, las plazas y cuerpos que se va a convocar y demás aspectos.
13 octubre 2017
27 octubre 2017 Borrador del Real Decreto
O Ministerio presenta unha proposta de modificación transitoria do Real Decreto de acceso á función pública docente
O Ministerio presenta unha proposta de modificación transitoria do Real Decreto de acceso á función pública docente
A proposta non colma as demandas do colectivo de profesorado interino
Na Mesa Sectorial do 26 de outubro en Madrid, a representación do MECD fixo entrega dun borrador de Real Decreto para modificar transitoriamente a actual norma que rexe as oposicións para os corpos docentes. Tamén achegarán en menos de dúas semanas os borradores dos novos temarios, aínda que estes non entrarían en vigor até o ano 2019.
Incluye un pdf de una página con el documento (fecha interna consultado 10 noviembre es 30 octubre)
Borador Modificación RD Acceso Docente.pdf
El mismo pdf lo encuentro en la web de Magisterio, con fecha interna 27 octubre
http://www.magisnet.com/pdf/borrador-acceso.pdf
Copia local aquí
31 octubre 2017 Proyecto del ministerio (actualizo enlace respecto al momento de escribir el post; cuando la "Consulta pública previa" está cerrada el enlace cambia, pero sigue estando en otro sitio de la web el ministerio)Na Mesa Sectorial do 26 de outubro en Madrid, a representación do MECD fixo entrega dun borrador de Real Decreto para modificar transitoriamente a actual norma que rexe as oposicións para os corpos docentes. Tamén achegarán en menos de dúas semanas os borradores dos novos temarios, aínda que estes non entrarían en vigor até o ano 2019.
Incluye un pdf de una página con el documento (fecha interna consultado 10 noviembre es 30 octubre)
Borador Modificación RD Acceso Docente.pdf
El mismo pdf lo encuentro en la web de Magisterio, con fecha interna 27 octubre
http://www.magisnet.com/pdf/borrador-acceso.pdf
Copia local aquí
Proyecto por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley
Fechas en las que se somete a consulta pública:
Fecha de inicio: 31/10/2017
Fecha límite para la presentación de aportaciones: 15/11/2017
Fecha límite para la presentación de aportaciones: 15/11/2017
Remisión de aportaciones a: consultasrdingreso@mecd.es
Cuando lo descubro el día 10 de noviembre, compruebo que no se ha publicitado vía redes sociales del ministerio
Consulta pública sobre reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes
De 31/10/2017 a 15/11/2017
Faltan 5 días
¿No publicitado en Twitter por @educaciongob?¿cuantos docentes lo conocían? Yo no

La idea de cambios la había escuchado días antes, pero no sabía que fuese oficial por el ministerio
Comentado en este hilo del foro docentesconeducacion.es

La idea de cambios la había escuchado días antes, pero no sabía que fuese oficial por el ministerio
Comentado en este hilo del foro docentesconeducacion.es
6 noviembre 2017
http://www.psoe.es/actualidad/noticias-actualidad/el-psoe-pedira-en-los-parlamentos-regionales-recuperar-efectivos-docentes-estables-y-reducir-las-tasas-de-interinidad-del-profesorado/
7 noviembre 2017 mesa sectorial sindicatos-ministerio
ANPE
INFORME DE LA MESA SECTORIAL ORDINARIA MINISTERIO (07-11-2017)
http://www.psoe.es/actualidad/noticias-actualidad/el-psoe-pedira-en-los-parlamentos-regionales-recuperar-efectivos-docentes-estables-y-reducir-las-tasas-de-interinidad-del-profesorado/
7 noviembre 2017 mesa sectorial sindicatos-ministerio
ANPE
INFORME DE LA MESA SECTORIAL ORDINARIA MINISTERIO (07-11-2017)
Asistentes:
Por el MECD: Director General de evaluación y cooperación territorial, subdirectores generales de las respectivas áreas, asesores del MECD.
Por la parte sindical: ANPE, CCOO, STE, CSIF, UGT y CIGA.
MECD:Resumen las cuestiones más relevantes de la reunión que mantuvieron con las CCAA el pasado día 30 de octubre. En esa reunión fue aprobado por unanimidad de las CCAA el documento de modificación parcial del RD 276/2007 presentado en la pasada Mesa Sectorial por el Ministerio.
CCOO
https://twitter.com/AIDMUR/status/927900609843429376
Nos informan desde la mesa sectorial que el gobierno NO acepta que las pruebas sean no eliminatorias . A pesar de la #PNLInterinxs
7 noviembre 2017 sindicatos hacen propuestas para Madrid
(Lo mismo se indica adjunto en este documento)
Es decir, llaman proceso extraordinario a las oposiciones de 2018, creo entender que basándose en que en ese año hay una situación extraordinaria de reducción de interinidad.
7 noviembre 2017
Educación ofrece beneficiar en las oposiciones a los interinos con siete años de experiencia
No todas las centrales están de acuerdo y piden un cambio más amplio
Sindicatos y oposición presionan al Gobierno por el sistema de oposiciones
El número de plazas o el modelo de sistema transitorio son las mayores dificultades para llegar a un acuerdo con la administración.
CCOO propone un concurso-oposición para reducir la temporalidad del profesorado
Sindicatos y oposición presionan al Gobierno por el sistema de oposiciones
El número de plazas o el modelo de sistema transitorio son las mayores dificultades para llegar a un acuerdo con la administración.
CCOO propone un concurso-oposición para reducir la temporalidad del profesorado
CCOO rechaza la propuesta de baremo realizada por el Ministerio de Educación y exige que el peso de la experiencia no sea sustituible por otros méritos.
En este sentido, y basándose en jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre procesos de acceso e ingreso a la función pública, el sindicato defiende que el peso de los méritos sea del 45 % y no del 40 % como ofrece Educación.
7 noviembre 2017
https://josesande.com/2017/11/07/ope-secundaria-en-canarias-y-cambios-rd-acceso-docencia/
https://josesande.com/2017/11/07/ope-secundaria-en-canarias-y-cambios-rd-acceso-docencia/
7 noviembre 2017
Se debate en el congreso, propuesta de mayo
Comisión de Educación y Deporte
XII LEGISLATURA
Nº sesión: 37
Martes 7 de noviembre de 2017 a las 09:30
ORDEN DEL DÍA
DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS SIGUIENTES PROPOSICIONES NO DE LEY:
...
2º. Relativa a la consolidación de los trabajadores docentes interinos.
Autor: Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea
BOCG, serie D , número 160 , de 25 de Mayo de 2017 PDF
(Núm. Exp. 161/001903/0000)
http://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/D/BOCG-12-D-160.PDF#page=10
Proposición no de Ley
«— Garantizar para el colectivo docente interino, hasta que no quede totalmente solucionada la
situación de inestabilidad y precariedad de dicho colectivo, las mismas condiciones laborales que al resto
del personal docente.
— Establecer un proceso extraordinario de consolidación de empleo, que nunca suponga la pérdida
de puesto de trabajo para el personal docente interino, con objeto de que en el plazo de cuatro años se
reduzca la tasa de interinidad al 7% y que los profesores interinos, actualmente en fraude de ley, pasen a
ser funcionarios de pleno derecho atendiendo al interés público del sistema educativo.
— Acordar, en un plazo máximo de tres meses, con las organizaciones sindicales y colectivos de
interinos así como con las administraciones autonómicas competentes en dicha materia, un proceso
extraordinario que en todo caso estará basado, fundamentalmente, en la valoración de los méritos
acumulados por las personas aspirantes en sus años de servicio como personal docente en el sistema
público de enseñanza, teniendo en cuenta el global de su experiencia y no solo de forma parcial.»
https://twitter.com/J_Sanchez_Serna/status/927851287907102720
Aprobada #PNLinterinxs

8 noviembre 2017
https://twitter.com/luzseijo/status/928286181783232512
Congreso aprueba enmienda de @gpscongreso sobre el acceso a cuerpos docentes y reducción de tasa de interinidad #educacion
8 noviembre 2017
Mesa sectorial sobre el proceso de estabilización de plantillas docentes
Es la tercera reunión que se celebra sobre este tema y parte de las premisas marcadas en el Acuerdo de Mesa General en procedimientos, como dice el Acuerdo, de libre concurrencia, basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
...
En resumen, las modificaciones que se harán sobre el actual RD 276/2007 de acceso son:
- Se modifica el actual apartado I sobre experiencia del Anexo I del citado RD, aumentando a 7 puntos la experiencia con un máximo de 10 años.
- La fase de oposición se ponderará en un 60% y la fase de concurso en un 40%.
- Se sacará una “bola” más de las que actualmente se sacan, aumentando el número de temas a elegir por los aspirantes en la prueba del tema escrito.
10 noviembre 2017
En los cambios analizados, también se busca encontrar un sistema más ágil y moderno.
10 noviembre 2017
Educación sacará a oposiciones 3.000 plazas de maestro en 2018
El Ministerio de Educación prepara un Real Decreto que regulará la estructura del concurso oposición para estas convocatorias extraordinarias en todo el Estado. El borrador de Real Decreto está en fase de negociación en la Sectorial de Educación con las autonomías.
En estos momentos la nota de la oposición supone el 66 % y el concurso de méritos el 33 %. El ministerio baraja volver al 60/40 de antes de 2013, mientras que FE CC OO propone a la conselleria que lleve a la sectorial una propuesta de 55 % la oposición y 45 % el concurso.
11 noviembre 2017
La Junta quiere mantener las pruebas eliminatorias para acortar las oposiciones
10 noviembre 2017
Educación sacará a oposiciones 3.000 plazas de maestro en 2018
El Ministerio de Educación prepara un Real Decreto que regulará la estructura del concurso oposición para estas convocatorias extraordinarias en todo el Estado. El borrador de Real Decreto está en fase de negociación en la Sectorial de Educación con las autonomías.
En estos momentos la nota de la oposición supone el 66 % y el concurso de méritos el 33 %. El ministerio baraja volver al 60/40 de antes de 2013, mientras que FE CC OO propone a la conselleria que lleve a la sectorial una propuesta de 55 % la oposición y 45 % el concurso.
11 noviembre 2017
La Junta quiere mantener las pruebas eliminatorias para acortar las oposiciones
al igual que otras 8 comunidades y el Ministerio, cree que así aumenta la calidad de los nuevos funcionarios
11 noviembre 2017
https://josesande.com/2017/11/11/en-cataluna-no-se-tocan-las-bolas-de-las-oposiciones/
12 noviembre 2017
CCOO, UGT y CSIF estallan contra la oposición de maestros de Secundaria tras la reunión con la Mesa SectorialAdemás, la UGT ha manifestado su "sorpresa al conocer que el Gobierno de Navarra es partidario de que las pruebas selectivas del concurso oposición sean eliminatorias", contrariamente a la propuesta realizada por el sindicato.
12 noviembre 2017
Resumen de la Reunión de la Mesa sectorial del 7 de noviembre con el MECD (FECCOO)
11 noviembre 2017
https://josesande.com/2017/11/11/en-cataluna-no-se-tocan-las-bolas-de-las-oposiciones/
12 noviembre 2017
CCOO, UGT y CSIF estallan contra la oposición de maestros de Secundaria tras la reunión con la Mesa SectorialAdemás, la UGT ha manifestado su "sorpresa al conocer que el Gobierno de Navarra es partidario de que las pruebas selectivas del concurso oposición sean eliminatorias", contrariamente a la propuesta realizada por el sindicato.
Resumen de la Reunión de la Mesa sectorial del 7 de noviembre con el MECD (FECCOO)
Una parte
El MECD reconoce que hay discrepancias de opinión entre las CCAA en el tema de que las pruebas no sean eliminatorias.
Manifiestan que esta reunión es la continuación de la reunión pasada y se reitera a favor de cumplir el acuerdo para la mejora del empleo pero no puede más que trasladar lo que las CCAA le han dado.
En cuanto al modelo de acceso:
- Insisten en que las CCAA se han manifestado por unanimidad a favor de los cambios propuestos en el baremo.
- Reiteran que no estamos ante la negociación de un nuevo modelo de ingreso si ante ligeras modificaciones que permitan una tramitación rápida.
- El MECD no se plantea cambiar el carácter eliminatorio de las pruebas.
Manifiestan que esta reunión es la continuación de la reunión pasada y se reitera a favor de cumplir el acuerdo para la mejora del empleo pero no puede más que trasladar lo que las CCAA le han dado.
En cuanto al modelo de acceso:
- Insisten en que las CCAA se han manifestado por unanimidad a favor de los cambios propuestos en el baremo.
- Reiteran que no estamos ante la negociación de un nuevo modelo de ingreso si ante ligeras modificaciones que permitan una tramitación rápida.
- El MECD no se plantea cambiar el carácter eliminatorio de las pruebas.
Desde el sindicato Aspes en Zamora, Miguel Álvarez explica que el objetivo de este cambio es "consolidar al profesorado interino, para que baje del 30% en el que está ahora hasta el 8%". Por eso los méritos contarían un 40% de la nota final. "El propósito es consolidar a esta gente, pero, al mismo tiempo, provocará que los nuevos opositores, aunque puedan entrar en listas, no fuera muy probable que les llamaran", lamenta.
Esta propuesta ha producido un gran malestar entre los nuevos opositores, ya que solo beneficia a la gente que tiene experiencia docente. "Esto va a suponer que si antes alguno de los nuevos opositores lograba una media de nueve y se quedaba sin plaza, ahora se producirá con mayor motivo", pone como ejemplo Álvarez, quien denuncia que con estos cambios "se deja fuera a gente muy brillante, que están en el mejor momento para comenzar a trabajar". Además, esta situación, a la larga, "producirá que se prolonguen las edades de jubilación y que, mientras se tiene a gente de más de 65 años trabajando, fuera hay gente joven con muchas ganas pero sin poder acceder al sistema".
14 noviembre 2017
Mi aportación al Proyecto del RD de acceso a la docencia https://t.co/wIatmmnSCD cc @educaciongob @IMendezdeVigo @USIE_IE @IEAndalucia @EducacionCan
https://twitter.com/sande_jose/status/930214987070627840
https://josesande.com/2017/11/14/proyecto-del-rd-de-acceso-a-la-docencia/
23 noviembre 2017
Hay una mesa de negocación y se presenta nuevo borrador modificación Real Decreto 276/2007 y borrador de nuevos temarios
14 noviembre 2017
Mi aportación al Proyecto del RD de acceso a la docencia https://t.co/wIatmmnSCD cc @educaciongob @IMendezdeVigo @USIE_IE @IEAndalucia @EducacionCan
https://twitter.com/sande_jose/status/930214987070627840
https://josesande.com/2017/11/14/proyecto-del-rd-de-acceso-a-la-docencia/
23 noviembre 2017
Hay una mesa de negocación y se presenta nuevo borrador modificación Real Decreto 276/2007 y borrador de nuevos temarios
Información en webs de sindicatos
Nuevo borrador
BORRADOR-RD-MODIF-276.pdf
Se comenta también aquí
https://josesande.com/2017/11/23/simulador-cambios-rd-acceso-a-la-docencia/
También información y comunicado aquí
http://www.stes.es/prensa/2017/041_STEsMesaSec_MECD_231117.pdf
28 noviembre 2017
Se anuncia convocatoria oposiciones Cataluña...según normativa vigente en momento convocar no aplican los posibles cambios, aunque sé aprueben antes de realizar las pruebas
http://www.mecd.gob.es/mecd/prensa-mecd/actualidad/2017/11/20171128-oposiciones.html
29 noviembre 2017
Se publica la convocatoria de oposiciones de Cataluña
Se cita el Real Decreto 276/2007, pero me surge la duda sobre qué aplicará si la normativa es cambiada antes de abril 2018 que se celebrarán las pruebas
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/935552245491535872
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/935762101615972353
ya publicado y firmado por @IMendezdeVigo http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=803048&language=ca_ES … Cita RD 276/2007 sin más ¿pueden aclarar oficialmente qué aplicará si cambia esa normativa entre la publicación de hoy y esas pruebas en abril 2018?
En la normativa se indica que son pruebas eliminatorias, lo que parece sugerir que no se cambiará para el resto
Se comenta también aquí
https://josesande.com/2017/11/23/simulador-cambios-rd-acceso-a-la-docencia/
También información y comunicado aquí
http://www.stes.es/prensa/2017/041_STEsMesaSec_MECD_231117.pdf
28 noviembre 2017
Se anuncia convocatoria oposiciones Cataluña...según normativa vigente en momento convocar no aplican los posibles cambios, aunque sé aprueben antes de realizar las pruebas
http://www.mecd.gob.es/mecd/prensa-mecd/actualidad/2017/11/20171128-oposiciones.html
29 noviembre 2017
Se publica la convocatoria de oposiciones de Cataluña
Se cita el Real Decreto 276/2007, pero me surge la duda sobre qué aplicará si la normativa es cambiada antes de abril 2018 que se celebrarán las pruebas
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/935552245491535872
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/935762101615972353
ya publicado y firmado por @IMendezdeVigo http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=803048&language=ca_ES … Cita RD 276/2007 sin más ¿pueden aclarar oficialmente qué aplicará si cambia esa normativa entre la publicación de hoy y esas pruebas en abril 2018?
En la normativa se indica que son pruebas eliminatorias, lo que parece sugerir que no se cambiará para el resto
Per superar cadascuna de les dues parts s'ha d'obtenir una puntuació
mínima de 2,5 punts a cadascuna d'elles i així, quan se superin, poder
aplicar la ponderació corresponent.
La superació d'aquesta prova permet a l'aspirant passar a la segona prova
30 noviembre 2017
Prevista nueva mesa
https://twitter.com/STERM_La_Inters/status/935920092419952640
https://politica.elpais.com/ politica/2017/11/30/ actualidad/1512049964_676733. html
Se comenta aquí
https://josesande.com/2017/11/30/las-pruebas-seguiran-siendo-eliminatorias/
Donde se cita esto
http://anpecantabria.org/wp/wp-content/uploads/2017/11/informe-mesa-sectorial-30-nov-2017.pdf
30 noviembre 2017
El ministerio hace autopublicidad de las reuniones que ha tenido, y confirma que no aplicarán temarios hasta 2020
El MECD se ha reunido en cinco ocasiones con los sindicatos, tres en el último mes, ofreciendo disposición y diálogo
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se ha reunido hasta en cinco ocasiones, los días 28 de junio, 26 de octubre, 7 de noviembre, 23 de noviembre y hoy, 30 de noviembre (tres encuentros este último mes), para analizar y negociar posibles modificaciones en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
La superació d'aquesta prova permet a l'aspirant passar a la segona prova
30 noviembre 2017
Prevista nueva mesa
https://twitter.com/STERM_La_Inters/status/935920092419952640
https://politica.elpais.com/
Se comenta aquí
https://josesande.com/2017/11/30/las-pruebas-seguiran-siendo-eliminatorias/
Donde se cita esto
http://anpecantabria.org/wp/wp-content/uploads/2017/11/informe-mesa-sectorial-30-nov-2017.pdf
30 noviembre 2017
El ministerio hace autopublicidad de las reuniones que ha tenido, y confirma que no aplicarán temarios hasta 2020
El MECD se ha reunido en cinco ocasiones con los sindicatos, tres en el último mes, ofreciendo disposición y diálogo
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se ha reunido hasta en cinco ocasiones, los días 28 de junio, 26 de octubre, 7 de noviembre, 23 de noviembre y hoy, 30 de noviembre (tres encuentros este último mes), para analizar y negociar posibles modificaciones en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
...
Por todo ello, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte considera que se han alcanzado importantes acuerdos referidos a las fases de oposición y concurso, como puntuaciones, procedimientos, número de temas para elección del opositor, baremos de convocatoria, méritos, valoración de la experiencia docente y un largo etcétera.
Por parte de las organizaciones sindicales, se planteó la posibilidad
de que las pruebas a que se refiere el artículo 21 del reglamento
tuviesen la consideración de no eliminatorias.
Sin embargo, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte cree que sí es exigible su carácter eliminatorio, de acuerdo con la interpretación de principio de mérito y capacidad en el acceso a la función pública.
1 diciembre 2017
Sindicatos piden que las pruebas no sean eliminatorias
https://www.change.org/p/por-el-car%C3%A1cter-no-eliminatorio-de-los-ex%C3%A1menes-en-las-oposiciones-docentes
1 diciembre 2017
Se abre nuevo plazo de consulta pública, y se publica el borrador con fecha interna pdf 30 noviembre, con la propuesta realizada el día 30.
https://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/informacion-publica/audiencia-informacion-publica/cerrados/2017/ingreso-acceso-nuevas-especialidades.html
Sin embargo, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte cree que sí es exigible su carácter eliminatorio, de acuerdo con la interpretación de principio de mérito y capacidad en el acceso a la función pública.
1 diciembre 2017
Sindicatos piden que las pruebas no sean eliminatorias
https://www.change.org/p/por-el-car%C3%A1cter-no-eliminatorio-de-los-ex%C3%A1menes-en-las-oposiciones-docentes
1 diciembre 2017
Se abre nuevo plazo de consulta pública, y se publica el borrador con fecha interna pdf 30 noviembre, con la propuesta realizada el día 30.
https://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/informacion-publica/audiencia-informacion-publica/cerrados/2017/ingreso-acceso-nuevas-especialidades.html
- Fecha de inicio de aportaciones: 01/12/2017
- Fecha límite para la presentación de aportaciones: 26/12/2017
Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, que aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley
11 diciembre 2017
FEUSO denuncia la marginación de los docentes de la enseñanza concertada y privada en el Borrador de Real Decreto de acceso a la función pública docente
En concreto, en el Borrador que modifica el Real Decreto 276/2007, de acceso e ingreso a la función pública docente, se especifica que “por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo al que opta el aspirante en centros públicos: 0,700 puntos” y “por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos cuerpos al que opta el aspirante en centros públicos: 0,350 puntos”, mientras que para los aspirantes que hayan impartido clases en centros concertados y privados los baremos son de 0,150 puntos y 0,100 puntos, respectivamente.
Para FEUSO, esta diferencia de baremos incumple los principios rectores de acceso al empleo público (igualdad, mérito y capacidad), ya que no encontramos ninguna motivación racional ni lógica por la que la experiencia conseguida en un centro público tenga que ser mayor que la aportada por los docentes del resto de centros. Entendemos que esta desigualdad resulta artificiosa e injustificada por no venir fundada en criterios objetivos suficientemente razonables.
>Pues sí veo criterios objetivos: en mi opinión, la experiencia en un público implica haber pasado por un proceso con igualdad, mérito y capacidad para estar allí, lo que no ocurre en un centro privado.
12 diciembre 2017
CCOO hace petición en change.org sobre cambios en el modelo de acceso
Por un nuevo modelo de acceso a la función pública docente
https://www.change.org/p/f-por-una-oferta-p%C3%BAblica-de-empleo-en-educaci%C3%B3n-que-reduzca-la-temporalidad-al-8
https://twitter.com/isabelgalvin/status/940965343308210176
16 diciembre 2017
Manifestación sindicato para pruebas no eliminatorias
http://ustea.es/new/ustea-exige-la-estabilidad-del-profesorado-interino/
Convocatoria manifestación sindicatos para 19 diciembre para pruebas no eliminatorias
http://arainfo.org/stea-ccoo-y-cgt-convocan-una-concentracion-contra-el-modelo-de-oposiciones-para-docentes/
18 diciembre 2017
Comentario sobre Cantabria
https://josesande.com/2017/12/18/a-6-meses-del-examen-la-administracion-propone-eliminar-los-cursos-del-baremo/
11 diciembre 2017
FEUSO denuncia la marginación de los docentes de la enseñanza concertada y privada en el Borrador de Real Decreto de acceso a la función pública docente
En concreto, en el Borrador que modifica el Real Decreto 276/2007, de acceso e ingreso a la función pública docente, se especifica que “por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo al que opta el aspirante en centros públicos: 0,700 puntos” y “por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos cuerpos al que opta el aspirante en centros públicos: 0,350 puntos”, mientras que para los aspirantes que hayan impartido clases en centros concertados y privados los baremos son de 0,150 puntos y 0,100 puntos, respectivamente.
Para FEUSO, esta diferencia de baremos incumple los principios rectores de acceso al empleo público (igualdad, mérito y capacidad), ya que no encontramos ninguna motivación racional ni lógica por la que la experiencia conseguida en un centro público tenga que ser mayor que la aportada por los docentes del resto de centros. Entendemos que esta desigualdad resulta artificiosa e injustificada por no venir fundada en criterios objetivos suficientemente razonables.
>Pues sí veo criterios objetivos: en mi opinión, la experiencia en un público implica haber pasado por un proceso con igualdad, mérito y capacidad para estar allí, lo que no ocurre en un centro privado.
12 diciembre 2017
CCOO hace petición en change.org sobre cambios en el modelo de acceso
Por un nuevo modelo de acceso a la función pública docente
https://www.change.org/p/f-por-una-oferta-p%C3%BAblica-de-empleo-en-educaci%C3%B3n-que-reduzca-la-temporalidad-al-8
https://twitter.com/isabelgalvin/status/940965343308210176
16 diciembre 2017
Manifestación sindicato para pruebas no eliminatorias
http://ustea.es/new/ustea-exige-la-estabilidad-del-profesorado-interino/
Convocatoria manifestación sindicatos para 19 diciembre para pruebas no eliminatorias
http://arainfo.org/stea-ccoo-y-cgt-convocan-una-concentracion-contra-el-modelo-de-oposiciones-para-docentes/
18 diciembre 2017
Comentario sobre Cantabria
https://josesande.com/2017/12/18/a-6-meses-del-examen-la-administracion-propone-eliminar-los-cursos-del-baremo/
http://www.eldiariomontanes.es/agencias/cantabria/201712/18/csif-rechaza-cambios-baremo-1105781.html
19 diciembre 2017
Los sindicatos se movilizan en contra de las pruebas eliminatorias en las oposiciones
El ministerio cerró la negociación hace unos días sin modificar el carácter eliminatorio de las pruebas, en contra del criterio de las sindicatos y de algunas comunidades autónomas.
http://eldiariodelaeducacion.com/blog/2017/12/19/los-sindicatos-se-movilizan-las-pruebas-eliminatorias-las-oposiciones/
Educación blinda con las comunidades el modelo de oposiciones eliminatorias
El ministerio se reúne el miércoles con las autonomías, divididas por una propuesta que supone sacar al menos un 5 en cada prueba
20 diciembre 2017
Conferencia sectorial
Los sindicatos hacen campaña para pedir que no sea eliminatoria, tema que citan algunas CCAA
https://twitter.com/feccoo/ status/943521451029794816
Pedimos a @marcialmarinh un modelo de acceso docente para la #OPE de educación en el que las partes de la fase de oposición no sean eliminatorias. Y si no... #AlMinistroCarbón.
https://twitter.com/SindicatoPIDE/status/943514747508547584
Nota de prensa PIDE del registro de firmas en el Congreso sobre las pruebas no eliminatorias junto con @SIDIMURCIA @SindAlternativa @insucandc
https://twitter.com/GobAragon/ status/943511478971305984
Comienza la Conferencia Sectorial de #Educación en la que el @gobaragon defiende que la fase de concurso y la experiencia se valoren más en el acceso a la función docente. Además, se pide que las pruebas no sean eliminatorias. Asiste @MaytePerez2 #EducaAragón
Las comunidades del PSOE acatarán las oposiciones docentes con fases eliminatorias
Educación tendrá el respaldo de nueve comunidades a su modelo sobre las oposiciones a profesor
La mayoría de sindicatos se oponen a un sistema que contempla que las pruebas sean eliminatorias y han convocado protestas
Nueve autonomías apoyan a Educación en no poner más fáciles las oposiciones
Nota de prensa del ministerio, deja claro que es eliminatoria, y aporta normativa
La Conferencia Sectorial de Educación da el visto bueno al reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes
Principales características de las oposiciones docentes
Durante la reunión de la Conferencia Sectorial de Educación se ha puesto de manifiesto la defensa de la calidad del profesorado, y por lo tanto, la necesidad de que la prueba de conocimiento de la que se examinen los opositores sea eliminatoria.
...
La legislación defiende el mérito y la capacidad
Esta modificación del Real Decreto 276/2007 vista hoy en la Conferencia Sectorial de Educación cuenta con el respaldo de la legislación española, que defiende los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
Así lo hace la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que dice en sus artículos 55, 61.1 y 6 que “todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.”
De la misma forma, en su artículo 4 habla de que “la oposición consiste en la celebración de una o más pruebas para determinar la capacidad y la aptitud de los aspirantes y fijar su orden de prelación”.
Además, son numerosísimas las sentencias del Tribunal Constitucional que hablan del derecho de acceso a la función pública de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad:
Sentencia 50/1986 Sentencia 67/1989
Sentencia 27/1991 Sentencia 215/1991
Sentencia 365/1993 Sentencia 60/1994
Sentencia 185/1994 Sentencia 93/1995
Sentencia 174/1996 Sentencia 73/1998
Además, hay dos informes de la Abogacía del Estado que aseguran que el hecho de hacer las pruebas sin ser eliminatorias “desnaturaliza la institución de la oposición como proceso selectivo, vulnerando los principios constitucionales de capacidad e igualdad en el acceso a la función pública e infringiendo:
Los artículos 14, 23.2 y 103.3 la Constitución Española.
Los artículos 55, 61.1 y 6 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
Los artículos 4.1 y 2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado
El artículo 16.6 de la propia Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
El ministerio lo tuitea a las 20:00 (en la web estaba antes)
https://twitter.com/ educaciongob/status/ 943556639218720768
21 diciembre 2017
Se comenta tema de no eliminatorio en varios sitios
https://twitter.com/Angel_L_Hern/status/943896006684479488
El gobiermo se apoya en el sindicato ANPE y los consejeros populares para enfrentarse a la PNL aprobada en el congreso y al resto de sindicatos imponiendo pruebas eliminatorias en los exámenes de oposición educación
https://twitter.com/feccoo/status/943753046600794114
“Es imprescindible que la fase de oposición esté compuesta por una prueba con partes no eliminatorias.” @pacogarcisuarez en La SER http://ow.ly/xGtc30hmHxd Es una reivindicación con todas las garantías jurídicas y que beneficia a todas las personas aspirante
https://twitter.com/cuquiv/ status/943755509550714881
!!ES LEGAL!! ▶️La propuesta de FECCOO @feccoo sobre MODELO DE ACCESO A la Función Publica Docente está avalada en el marco Jurídico!!! Interviene @pacogarcisuarez en la @La_SER !El MECD miente! @feccoo @lanbrue @eljoserh @Jovenes_FE_CCOO @JaumeMayor @jsgracias https://t.co/9PTHeTT7ww
https://twitter.com/cuquiv/ status/943755509550714881
https://josesande.com/2017/12/21/los-examenes-seran-eliminatorios/
3 enero 2018
Las polémicas oposiciones a docentes llegan al Consejo Escolar
El debate tendrá lugar el próximo día 9 en la reunión que ya se ha convocado
4 enero 2018
Sindicatos docentes defenderán el martes en el Consejo Escolar que los examenes de oposición no sean eliminatorios
8 enero 2018
Docentes pedirán en Consejo Escolar que las oposiciones no sean eliminatorias
9 enero 2018
El Consejo Escolar ratifica que las pruebas para docentes sean eliminatorias
El Consejo Escolar del Estado apoya aprobar dos exámenes para ser profesor
Rechaza todas las enmiendas de los sindicatos que pretendían suavizar las condiciones de acceso fijadas por el Gobierno
El dictamen se publica 16 enero 2018
13 enero 2018
Sindicatos asumen que van a ser eliminatorias comentan margen CCAA
https://twitter.com/AIDMUR/status/952251346773794816
Encuesta Oposiciones Docentes
¿Qué parte prefieres antes Programación y unidad o temas y práctico ?
Este sería uno de los pocos márgenes que dejaría el RD a comunidades
16 enero 2018
Se publica dictamen 1/2018
La jurisprudencia del TC avala un sistema de oposiciones docentes con exámenes no eliminatorios, según CCOO
17 enero 2018
Reunión con sindicatos sobre temarios, pero sacan tema pruebas eliminatorias, que no dan por cerrado
http://www.fe.ccoo.es//fd0102fd3f4e82ddbbd49dd4d9d5c6ab000063.pdf
CCOO considera que el Ministerio está tratando de abrir el debate sobre los temarios habiendo cerrado en falso la negociación relativa al modelo de acceso a la función docente. En este sentido, CCOO informa al Ministerio de que ha presentado un informe jurídico muy solvente que pone en cuestión las razones legales que el Ministerio alegaba para no modificar ciertos aspectos solicitados por CCOO. El informe presentado por CCOO indica que:
a. Hay doctrina de diferentes tribunales que permite ir más allá de la valoración en el concurso-oposición de los méritos más allá del 40%.
b. Hay doctrina que permite que el valor de la experiencia supere el 12% en el total de la fase del concurso-oposición y recuerda que en 2011 el peso de la experiencia fue del 16% y no hubo ningún problema legal.
c. No es cierto, como afirma el MECD, que esté fuera del ordenamiento jurídico la elaboración de una única prueba con distintas fases, y que, por tanto, lo que se conoce popularmente como pruebas no eliminatorias son perfectamente legales.
Como consecuencia de lo anterior, CCOO solicita al Ministerio la reapertura de las negociaciones.
El Ministerio responde que las negociaciones están en sus últimas fases y las dan por cerradas.
27 enero 2018
Academias de oposiciones pasan borrador de Real Decreto
http://www.magister.es/convocatorias/borrador_modificacion_rd276.pdf
31 enero 2018
Más valor a la nota y menos a la experiencia: así son las oposiciones a profesor que tienen en vilo a la Educación
El Consejo de Ministros aprobará en febrero las bases para las pruebas en un sector con hasta un 24% de interinos
Hace un año el Ministerio propuso la convocatoria de 150.000 plazas, pero ahora han reculado, ya no dan una cifra y aseguran que "no es competencia" estatal
Los sindicatos protestan por el sistema de pruebas, no están de acuerdo con el peso de la experiencia ni con que los exámenes sean eliminatorios
23 febrero 2018
Resúmenes, Consejo de Ministros
El Gobierno modifica las pruebas de acceso a la función pública docente
Referencia Consejo Ministros
MODIFICADO EL REGLAMENTO DE INGRESO, ACCESO Y ADQUISICIÓN DE NUEVAS ESPECIALIDADES EN LOS CUERPOS DOCENTES
https://josesande.com/2018/02/23/aprobado-el-rd-de-acceso-a-la-docencia-ere-masivo-de-interinos/
http://www.eldiario.es/sociedad/oposiciones-profesores_0_743326243.html
24 febrero 2018
Real Decreto 84/2018, de 23 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Versión pdf
https://www.boe.es/boe/dias/2018/02/24/pdfs/BOE-A-2018-2614.pdf
Respecto a borrador consulta pública 1 diciembre 2017, veo que cambian de orden primer y segundo párrafo iniciales, se añade
El presente real decreto se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue un interés general al contribuir al diagnóstico del sistema educativo español y a la mejora de sus resultados, cumple estrictamente el mandato establecido en el artículo 129 de la citada Ley y, no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos, resulta coherente con el ordenamiento jurídico y permite una gestión más eficiente de los recursos públicos. Del mismo modo, durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de los potenciales destinatarios a través del trámite de audiencia e información pública y quedan justificados los objetivos que persigue la ley.
Se concreta
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de febrero de 2018
Se redacta de manera distinta (se cita nombre disposición largo, 60% y 40% pasa al final...)
http://folenweb.blogspot.com.es/2018/02/oposiciones-de-2018-2020-modificado-el.html
1 marzo 2018
CCOO consultará al profesorado sobre las movilizaciones para oponerse a la modificación del acceso impuesta por el MECD
Denuncia el incumplimiento del Acuerdo para la mejora del empleo público
CCOO realizará una consulta dirigida a la afiliación y al profesorado para decidir las movilizaciones, planteadas para la semana del 19 al 22 de marzo, contra la modificación del modelo de acceso impuesta por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD). Que no haya un modelo extraordinario como en otras ocasiones supone un incumplimiento por parte del Ministerio del Acuerdo para la mejora del empleo público.
Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Y esa normativa, en su propio título la parte de LOE en la que se apoya
Vamos a ver; esto es LOE aprobada en 2006, y la LOMCE aprobada en 2013 no lo modificó.
El periodo transitorio aplicó de 2006 a 2010; yo mismo tuve oposiciones en 2008 y 2010 en Madrid con reglas transitorias, pero en 2012 ya no aplicaron.
El tema se puede entender como que el título de la normativa de 2007 cita la disposición adicional porque en ese momento aplicaba y el título de la normativa de 2017 cita la disposición adicional simplemente por citar el nombre completo de la normativa que cambia, pero es peculiar.
Si, forzando el tema, alguien dice al aprobar LOMCE se entiende que aplica otros 4 años más, aplica en 2013 a 2017; es decir, no veo que sea legal un nuevo periodo transitorio para que aplique a 2018.
De hecho, en 2014, 2015 y 2016 hice oposiciones en Madrid sin que aplicase nada de las condiciones transitorias.
Es más, ese Real Decreto 276/2007 ya se modificó, y la modificación aplicó dentro del periodo transitorio de esos 4 años
Y hay más; retocar el sistema de ingreso modificando privilegios es algo peculiar.
La regulación del periodo transitorio del Real Decreto 276/2007 fue llevada al Tribunal Supremo y al final tuvo que ser modificado varios años después (en 2013!, 4 años después del periodo transitorio), pero sin efectos retroactivos porque hubiera sido brutal.
Lo que hicieron, orientado a favorecer a un coletivo concreto (los interinos antiguos) era ilegal.
Detener tener cuidado con lo que hacen; parece que solamente afecta a 2018 pero afecta a mucha gente y tiene un efecto importante.
Sentencia Tribunal Supremo que modifica Real Decreto 276/2007 sobre acceso función docente
Básicamente anulan un párrafo... que hasta donde yo sé lo aplicaba Castilla-La Mancha (que es quien lo ha llevado al supremo y lo ha perdido), y que era de traca: la parte práctica la sustituían por un "informe", vamos, que alguien por ejemplo podía sacar la plaza de física y química sin demostrar que sabía hacer ni un ejercicio.
En BOE
Educación blinda con las comunidades el modelo de oposiciones eliminatorias
El ministerio se reúne el miércoles con las autonomías, divididas por una propuesta que supone sacar al menos un 5 en cada prueba
20 diciembre 2017
Conferencia sectorial
Los sindicatos hacen campaña para pedir que no sea eliminatoria, tema que citan algunas CCAA
https://twitter.com/feccoo/
Pedimos a @marcialmarinh un modelo de acceso docente para la #OPE de educación en el que las partes de la fase de oposición no sean eliminatorias. Y si no... #AlMinistroCarbón.
https://twitter.com/SindicatoPIDE/status/943514747508547584
Nota de prensa PIDE del registro de firmas en el Congreso sobre las pruebas no eliminatorias junto con @SIDIMURCIA @SindAlternativa @insucandc
https://twitter.com/GobAragon/
Comienza la Conferencia Sectorial de #Educación en la que el @gobaragon defiende que la fase de concurso y la experiencia se valoren más en el acceso a la función docente. Además, se pide que las pruebas no sean eliminatorias. Asiste @MaytePerez2 #EducaAragón
Educación tendrá el respaldo de nueve comunidades a su modelo sobre las oposiciones a profesor
La mayoría de sindicatos se oponen a un sistema que contempla que las pruebas sean eliminatorias y han convocado protestas
Nueve autonomías apoyan a Educación en no poner más fáciles las oposiciones
Nota de prensa del ministerio, deja claro que es eliminatoria, y aporta normativa
La Conferencia Sectorial de Educación da el visto bueno al reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes
Principales características de las oposiciones docentes
Durante la reunión de la Conferencia Sectorial de Educación se ha puesto de manifiesto la defensa de la calidad del profesorado, y por lo tanto, la necesidad de que la prueba de conocimiento de la que se examinen los opositores sea eliminatoria.
...
La legislación defiende el mérito y la capacidad
Esta modificación del Real Decreto 276/2007 vista hoy en la Conferencia Sectorial de Educación cuenta con el respaldo de la legislación española, que defiende los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
Así lo hace la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que dice en sus artículos 55, 61.1 y 6 que “todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y de acuerdo con lo previsto en el presente Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.”
De la misma forma, en su artículo 4 habla de que “la oposición consiste en la celebración de una o más pruebas para determinar la capacidad y la aptitud de los aspirantes y fijar su orden de prelación”.
Además, son numerosísimas las sentencias del Tribunal Constitucional que hablan del derecho de acceso a la función pública de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad:
Sentencia 50/1986 Sentencia 67/1989
Sentencia 27/1991 Sentencia 215/1991
Sentencia 365/1993 Sentencia 60/1994
Sentencia 185/1994 Sentencia 93/1995
Sentencia 174/1996 Sentencia 73/1998
Además, hay dos informes de la Abogacía del Estado que aseguran que el hecho de hacer las pruebas sin ser eliminatorias “desnaturaliza la institución de la oposición como proceso selectivo, vulnerando los principios constitucionales de capacidad e igualdad en el acceso a la función pública e infringiendo:
Los artículos 14, 23.2 y 103.3 la Constitución Española.
Los artículos 55, 61.1 y 6 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
Los artículos 4.1 y 2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado
El artículo 16.6 de la propia Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
El ministerio lo tuitea a las 20:00 (en la web estaba antes)
https://twitter.com/
21 diciembre 2017
Se comenta tema de no eliminatorio en varios sitios
https://twitter.com/Angel_L_Hern/status/943896006684479488
El gobiermo se apoya en el sindicato ANPE y los consejeros populares para enfrentarse a la PNL aprobada en el congreso y al resto de sindicatos imponiendo pruebas eliminatorias en los exámenes de oposición educación
https://twitter.com/feccoo/status/943753046600794114
“Es imprescindible que la fase de oposición esté compuesta por una prueba con partes no eliminatorias.” @pacogarcisuarez en La SER http://ow.ly/xGtc30hmHxd Es una reivindicación con todas las garantías jurídicas y que beneficia a todas las personas aspirante
https://twitter.com/cuquiv/
!!ES LEGAL!! ▶️La propuesta de FECCOO @feccoo sobre MODELO DE ACCESO A la Función Publica Docente está avalada en el marco Jurídico!!! Interviene @pacogarcisuarez en la @La_SER !El MECD miente! @feccoo @lanbrue @eljoserh @Jovenes_FE_CCOO @JaumeMayor @jsgracias https://t.co/9PTHeTT7ww
https://twitter.com/cuquiv/
https://josesande.com/2017/12/21/los-examenes-seran-eliminatorios/
3 enero 2018
Las polémicas oposiciones a docentes llegan al Consejo Escolar
El debate tendrá lugar el próximo día 9 en la reunión que ya se ha convocado
4 enero 2018
Sindicatos docentes defenderán el martes en el Consejo Escolar que los examenes de oposición no sean eliminatorios
8 enero 2018
Docentes pedirán en Consejo Escolar que las oposiciones no sean eliminatorias
9 enero 2018
El Consejo Escolar ratifica que las pruebas para docentes sean eliminatorias
El Consejo Escolar del Estado apoya aprobar dos exámenes para ser profesor
Rechaza todas las enmiendas de los sindicatos que pretendían suavizar las condiciones de acceso fijadas por el Gobierno
El dictamen se publica 16 enero 2018
13 enero 2018
Sindicatos asumen que van a ser eliminatorias comentan margen CCAA
https://twitter.com/AIDMUR/status/952251346773794816
Encuesta Oposiciones Docentes
¿Qué parte prefieres antes Programación y unidad o temas y práctico ?
Este sería uno de los pocos márgenes que dejaría el RD a comunidades
16 enero 2018
Se publica dictamen 1/2018
La jurisprudencia del TC avala un sistema de oposiciones docentes con exámenes no eliminatorios, según CCOO
17 enero 2018
Reunión con sindicatos sobre temarios, pero sacan tema pruebas eliminatorias, que no dan por cerrado
http://www.fe.ccoo.es//fd0102fd3f4e82ddbbd49dd4d9d5c6ab000063.pdf
CCOO considera que el Ministerio está tratando de abrir el debate sobre los temarios habiendo cerrado en falso la negociación relativa al modelo de acceso a la función docente. En este sentido, CCOO informa al Ministerio de que ha presentado un informe jurídico muy solvente que pone en cuestión las razones legales que el Ministerio alegaba para no modificar ciertos aspectos solicitados por CCOO. El informe presentado por CCOO indica que:
a. Hay doctrina de diferentes tribunales que permite ir más allá de la valoración en el concurso-oposición de los méritos más allá del 40%.
b. Hay doctrina que permite que el valor de la experiencia supere el 12% en el total de la fase del concurso-oposición y recuerda que en 2011 el peso de la experiencia fue del 16% y no hubo ningún problema legal.
c. No es cierto, como afirma el MECD, que esté fuera del ordenamiento jurídico la elaboración de una única prueba con distintas fases, y que, por tanto, lo que se conoce popularmente como pruebas no eliminatorias son perfectamente legales.
Como consecuencia de lo anterior, CCOO solicita al Ministerio la reapertura de las negociaciones.
El Ministerio responde que las negociaciones están en sus últimas fases y las dan por cerradas.
27 enero 2018
Academias de oposiciones pasan borrador de Real Decreto
http://www.magister.es/convocatorias/borrador_modificacion_rd276.pdf
31 enero 2018
Más valor a la nota y menos a la experiencia: así son las oposiciones a profesor que tienen en vilo a la Educación
El Consejo de Ministros aprobará en febrero las bases para las pruebas en un sector con hasta un 24% de interinos
Hace un año el Ministerio propuso la convocatoria de 150.000 plazas, pero ahora han reculado, ya no dan una cifra y aseguran que "no es competencia" estatal
Los sindicatos protestan por el sistema de pruebas, no están de acuerdo con el peso de la experiencia ni con que los exámenes sean eliminatorios
23 febrero 2018
Resúmenes, Consejo de Ministros
El Gobierno modifica las pruebas de acceso a la función pública docente
Referencia Consejo Ministros
MODIFICADO EL REGLAMENTO DE INGRESO, ACCESO Y ADQUISICIÓN DE NUEVAS ESPECIALIDADES EN LOS CUERPOS DOCENTES
https://josesande.com/2018/02/23/aprobado-el-rd-de-acceso-a-la-docencia-ere-masivo-de-interinos/
http://www.eldiario.es/sociedad/oposiciones-profesores_0_743326243.html
24 febrero 2018
Real Decreto 84/2018, de 23 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Versión pdf
https://www.boe.es/boe/dias/2018/02/24/pdfs/BOE-A-2018-2614.pdf
Respecto a borrador consulta pública 1 diciembre 2017, veo que cambian de orden primer y segundo párrafo iniciales, se añade
El presente real decreto se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue un interés general al contribuir al diagnóstico del sistema educativo español y a la mejora de sus resultados, cumple estrictamente el mandato establecido en el artículo 129 de la citada Ley y, no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos, resulta coherente con el ordenamiento jurídico y permite una gestión más eficiente de los recursos públicos. Del mismo modo, durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de los potenciales destinatarios a través del trámite de audiencia e información pública y quedan justificados los objetivos que persigue la ley.
Se concreta
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de febrero de 2018
Se redacta de manera distinta (se cita nombre disposición largo, 60% y 40% pasa al final...)
http://folenweb.blogspot.com.es/2018/02/oposiciones-de-2018-2020-modificado-el.html
1 marzo 2018
CCOO consultará al profesorado sobre las movilizaciones para oponerse a la modificación del acceso impuesta por el MECD
Denuncia el incumplimiento del Acuerdo para la mejora del empleo público
CCOO realizará una consulta dirigida a la afiliación y al profesorado para decidir las movilizaciones, planteadas para la semana del 19 al 22 de marzo, contra la modificación del modelo de acceso impuesta por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD). Que no haya un modelo extraordinario como en otras ocasiones supone un incumplimiento por parte del Ministerio del Acuerdo para la mejora del empleo público.
Análisis legal
En el borrador cita en su título la normativa que cambiaReal Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Y esa normativa, en su propio título la parte de LOE en la que se apoya
se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley
Si vamos a esa disposición citada
1. El Ministerio de Educación y Ciencia propondrá a las Administraciones educativas, a través de la Conferencia Sectorial de Educación, la adopción de medidas que permitan la reducción del porcentaje de profesores interinos en los centros educativos, de manera que en el plazo de cuatro años, desde la aprobación de la presente Ley, no se sobrepasen los límites máximos establecidos de forma general para la función pública.
2. Durante los años de implantación de la presente Ley, el acceso a la función pública docente se realizará mediante un procedimiento selectivo en el que, en la fase de concurso se valorarán la formación académica y, de forma preferente, la experiencia docente previa en los centros públicos de la misma etapa educativa, hasta los límites legales permitidos. La fase de oposición, que tendrá una sola prueba, versará sobre los contenidos de la especialidad que corresponda, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia. Para la regulación de este procedimiento de concurso-oposición, se tendrá en cuenta lo previsto en el apartado anterior, a cuyos efectos se requerirán los informes oportunos de las Administraciones educativas.Vamos a ver; esto es LOE aprobada en 2006, y la LOMCE aprobada en 2013 no lo modificó.
El periodo transitorio aplicó de 2006 a 2010; yo mismo tuve oposiciones en 2008 y 2010 en Madrid con reglas transitorias, pero en 2012 ya no aplicaron.
El tema se puede entender como que el título de la normativa de 2007 cita la disposición adicional porque en ese momento aplicaba y el título de la normativa de 2017 cita la disposición adicional simplemente por citar el nombre completo de la normativa que cambia, pero es peculiar.
Si, forzando el tema, alguien dice al aprobar LOMCE se entiende que aplica otros 4 años más, aplica en 2013 a 2017; es decir, no veo que sea legal un nuevo periodo transitorio para que aplique a 2018.
De hecho, en 2014, 2015 y 2016 hice oposiciones en Madrid sin que aplicase nada de las condiciones transitorias.
Es más, ese Real Decreto 276/2007 ya se modificó, y la modificación aplicó dentro del periodo transitorio de esos 4 años
Real Decreto 48/2010, de 22 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Y hay más; retocar el sistema de ingreso modificando privilegios es algo peculiar.
La regulación del periodo transitorio del Real Decreto 276/2007 fue llevada al Tribunal Supremo y al final tuvo que ser modificado varios años después (en 2013!, 4 años después del periodo transitorio), pero sin efectos retroactivos porque hubiera sido brutal.
Lo que hicieron, orientado a favorecer a un coletivo concreto (los interinos antiguos) era ilegal.
Detener tener cuidado con lo que hacen; parece que solamente afecta a 2018 pero afecta a mucha gente y tiene un efecto importante.
Sentencia Tribunal Supremo que modifica Real Decreto 276/2007 sobre acceso función docente
Básicamente anulan un párrafo... que hasta donde yo sé lo aplicaba Castilla-La Mancha (que es quien lo ha llevado al supremo y lo ha perdido), y que era de traca: la parte práctica la sustituían por un "informe", vamos, que alguien por ejemplo podía sacar la plaza de física y química sin demostrar que sabía hacer ni un ejercicio.
En BOE
Sentencia de 17 de julio de 2013, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula un párrafo del apartado 2 del artículo 61 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2. Anular del apartado 2 del artículo 61 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, acceso, y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación), el siguiente párrafo:
«Las Administraciones educativas, en el caso del profesorado interino que estuviera en activo, conforme se determine en sus respectivas convocatorias, podrán sustituir este ejercicio por un informe, que a tal efecto y a instancias del aspirante elaboren dichas Administraciones, en el que se valoren los conocimientos del aspirante acerca de la unidad didáctica. En dicho informe que, de conformidad con las funciones atribuidas a los órganos de selección en el artículo 6 de este Reglamento, será juzgado, valorado y calificado por el Tribunal correspondiente, deberá acreditarse, al menos, la concreción de los objetivos de aprendizaje que se han perseguido en las unidades didácticas, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se plantean en el aula y sus procedimientos de evaluación.»
La sentencia citada en ese BOE se puede ver en
Roj: STSJ CLM 2939/2011 - ECLI: ES:TSJCLM:2011:2939
TERCERO.- A la vista de lo expuesto, esta Sala concluye que el punto controvertido vulnera el derecho de igualdad contemplado en el art. 14 CE y, en particular, el derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las Leyes ( art. 23.2 CE ).
En efecto, la normativa anteriormente expuesta exige que todos los candidatos realicen en fase de oposición la misma prueba en la que se valora el conocimiento de la especialidad, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas de la docencia, requisitos que obligatoriamente deben ser iguales para todos los candidatos (apartado 5.1 de la resolución impugnada).
El punto impugnado (informe sustitutivo del ejercicio B.2) permite que la preparación y exposición de la Unidad Didáctica (B.2) sea sustituida a elección del interesado por un informe que valore sus conocimientos acerca de la unidad didáctica. Esta sustitución instaura una diferenciación irracional, desproporcionada y discriminatoria, por lo siguiente:
a) supone una ventaja evidente respecto a los que no pueden beneficiarse de tal sustitución por no reunir los requisitos establecidos pues se les exige la preparación y exposición oral de una unidad didáctica, con la consiguiente diferencia de trato injustificado que ello supone;
b) y sostenemos que el trato es injustificado porque no debe olvidarse que estamos en la fase de oposición, no de concurso, por lo que un informe de la Administración no es un instrumento idóneo para valorar sus conocimientos acerca de la unidad didáctica, que es el objetivo de esta parte B.2). A los profesores interinos ya se les valorará los servicios prestados en la fase de concurso, por lo que no procede sustituir la preparación y exposición de una unidad didáctica por un informe pues, por mucho que se pretenda por la Administración demanda, no puede tener un efecto equivalente o sustitutivo. Un informe con el contenido previsto en la resolución no puede ser equivalente a la preparación y exposición de una unidad didáctica, con la utilización del material que se considera oportuno; los objetivos que se consiguen con uno y otro no son equiparables. La preparación y exposición de una unidad didáctica exige demostrar una aptitud y conocimientos demostrados en una prueba de carácter público, lo que no puede ser equiparado el informe sustitutivo;
c) porque se atribuye como puntuación máxima la misma que a la Parte B.2), lo cual es desproporcionado en atención a los principios de igualdad, mérito y capacidad que se exige para la prueba B.2, al igual que se considera desproporcionado que dicho informe pueda tener hasta un 30% de la calificación de la fase de oposición, pues con este informe el interino tiene una ventaja innegable que no puede ser tolerada respecto al respecto de participantes;
d) porque, como sostiene la recurrente, ello supone introducir un segundo Tribunal (la Comisión a que se refieren las bases) que evaluará una parte de la prueba en el caso de algunos de los participantes, lo que introduce un segundo criterio de evaluación sólo aplicable, como decimos, a algunos de los aspirantes. Es cierto que las bases pretenden mantener la autoridad del Tribunal a la hora de valorar ese informe, pues dicen que será valorado por dicho Tribunal; pero no debe olvidarse que el informe en cuestión no es uno que exponga una serie de datos objetivos que puedan ser valorados por el Tribunal de oposición, sino que se trata por sí mismo de un verdadero informe de valoración. De modo que lo que las bases, al parecer, pretenden, es que b) y sostenemos que el trato es injustificado porque no debe olvidarse que estamos en la fase de oposición, no de concurso, por lo que un informe de la Administración no es un instrumento idóneo para valorar sus conocimientos acerca de la unidad didáctica, que es el objetivo de esta parte B.2). A los profesores interinos ya se les valorará los servicios prestados en la fase de concurso, por lo que no procede sustituir la preparación y exposición de una unidad didáctica por un informe pues, por mucho que se pretenda por la Administración demanda, no puede tener un efecto equivalente o sustitutivo. Un informe con el contenido previsto en la resolución no puede ser equivalente a la preparación y exposición de una unidad didáctica, con la utilización del material que se considera oportuno; los objetivos que se consiguen con uno y otro no son equiparables. La preparación y exposición de una unidad didáctica exige demostrar una aptitud y conocimientos demostrados en una prueba de carácter público, lo que no puede ser equiparado el informe sustitutivo; c) porque se atribuye como puntuación máxima la misma que a la Parte B.2), lo cual es desproporcionado en atención a los principios de igualdad, mérito y capacidad que se exige para la prueba B.2, al igual que se considera desproporcionado que dicho informe pueda tener hasta un 30% de la calificación de la fase de oposición, pues con este informe el interino tiene una ventaja innegable que no puede ser tolerada respecto al respecto de participantes; d) porque, como sostiene la recurrente, ello supone introducir un segundo Tribunal (la Comisión a que se refieren las bases) que evaluará una parte de la prueba en el caso de algunos de los participantes, lo que introduce un segundo criterio de evaluación sólo aplicable, como decimos, a algunos de los aspirantes. Es cierto que las bases pretenden mantener la autoridad del Tribunal a la hora de valorar ese informe, pues dicen que será valorado por dicho Tribunal; pero no debe olvidarse que el informe en cuestión no es uno que exponga una serie de datos objetivos que puedan ser valorados por el Tribunal de oposición, sino que se trata por sí mismo de un verdadero informe de valoración. De modo que lo que las bases, al parecer, pretenden, es que
Por terminar de comentar temas legales, en el "documento de consulta pública previa" colgado en el ministerio (no cuelgan borrador cuando lo publican la primera vez) indican ideas (añado enlaces a normativas citadas)
Antecedentes de la norma
La Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, haciéndose eco del acuerdo para la mejora del empleo público firmado el 29 de marzo de 2017 por el Ministerio de Hacienda y Función Pública y Las Organizaciones Sindicales, establece en su artículo 19 el objetivo de reducir por debajo del 8% la tasa de cobertura temporal en determinados ámbitos del sector público, entre los que se encuentra el personal docente, a través de procesos de estabilización a desarrollar que deben articularse en base a las ofertas de empleo que deberán aprobarse y publicarse en los respectivos Diarios Oficiales en los ejercicios 2017 a 2019.
Se cita Artículo 19. Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal.
veo que cita reposición 100%
2. Respetando, en todo caso, las disponibilidades presupuestarias del Capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, en los siguientes sectores y administraciones la tasa de reposición se fijará hasta un máximo del 100 por ciento:
A) Administraciones Públicas con competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes. La tasa de cobertura temporal en cada ámbito deberá situarse al final del período por debajo del 8 por ciento.
También indica
Necesidad y oportunidad de su aprobación
Una vez que han desaparecido las limitaciones aplicadas en el sector público a la incorporación
de nuevo personal, es necesario articular, de forma transitoria, un sistema de ingreso a los
cuerpos de funcionarios docentes en el que se valore de forma preferente la experiencia docente
previa en los centros públicos de la misma etapa educativa, con total respeto a lo establecido en
la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la materia.
Se incluyen los interinos porque los interinos también son funcionarios
Artículo 10. Funcionarios interinos.
Surgen las comisiones de servicio, que ya tienen post asociado: Comisiones de servicio en Madrid y opacidad
Pongo ideas que pueden pasar a ser post separados
Pendiente revisar información histórica/relacionada en post como ¿que se sabe del esattuto docente?
Post separado Acceso docente: MIR
Es un tema que comenté en este foro
Regulación listas interinos Madrid 2016-2017
Pongo la parte final
Otros temas
Hay varios temas relacionados: posible ingreso como funcionario por vías excepcionales sin oposición, selección a dedo de profesorado (que aplicaría a interinidades y luego a ingreso)...Se incluyen los interinos porque los interinos también son funcionarios
Artículo 10. Funcionarios interinos.
Surgen las comisiones de servicio, que ya tienen post asociado: Comisiones de servicio en Madrid y opacidad
Pongo ideas que pueden pasar a ser post separados
Pendiente revisar información histórica/relacionada en post como ¿que se sabe del esattuto docente?
Cambios de temarios
Post separado Temarios oposiciones docentesMérito y capacidad
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MIR docente
Post separado Acceso docente: MIR
Ordenación interinos en las pruebas y ordenación opositores en las pruebas
Con la tase de interinidad tan alta que hay en 2017, que obliga por indicaciones de Europa a reducir por debajo del 8%, no hay que perder de vista que el "ingreso y selección docentes funcionarios" implica cómo se hace con los interinos.Es un tema que comenté en este foro
Regulación listas interinos Madrid 2016-2017
Pongo la parte final
Muchas veces al comentar la gente dice "es que solamente se sabe criticar lo que hay, no hacer propuestas constructivas", pues ahí va la mía, que será polémica
Premisa 1. La función docente es igual para todos: mismas obligaciones y mismos derechos, lo que es la base de reclamar derechos como el cobro de meses de verano son iguales para todos, sean funcionarios o interinos.
Premisa 2. El ingreso en la función docente es igual para todos: yo no le veo sentido a que haya unas posibilidades y unas ponderaciones para concurso-oposición y otras distintas para interinos.
¿Tiene sentido que se presenten 1000 interinos y sea el número de plazas el que decide el criterio de ordenación y las posibilidad de trabajar, porque se ordena de manera distinta a partir del número de plazas de esa convocatoria?
Por ejemplo, 2016 salen 90 plazas física y química, el que con criterio de ordenación de concurso-oposición está en posición 91 no saca plaza y sus posibilidades de trabajar dependen ("se juega todo su futuro") según cómo se ordena con otros criterios la lista de interinos. Sin embargo, si ese mismo año hubieran salido 100 plazas, hubiera trabajado, o si hubieran salido 80, habría gente que en lugar de tener plaza no trabajaría.
Creo que me explico, pero pongo un ejemplo que para mi muestra lo tremendamente injusto de esta regulación (aparte de ejemplos que puse en post anterior):
La posición 91 de concurso oposición 2016 en física y química, que es "el primero de todos los que no han sacado la plaza", está más allá del 150 en la lista de interinos. En la asignación ha tenido vacante, pero igual en otra especialidad podría ni trabajar en esa posición, y no me parece en absoluto justo. Si hay renuncia de gente que ha sacado plaza en dos comunidades podría sacar plaza ¿tiene sentido que sea más importante el punto de corte que la regulación en decidir la posición para que se trabaje?
Para mi tendría que ser la regulación de interinos igual que la regulación de concurso-oposición
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BO ... 7-4372#a25
2/3=66,67% nota de oposición
1/3=baremo
En esa parte yo pondría 1/3*1/2=16,67% experiencia, tal y como está en el baremo de concurso-oposición de Madrid desde hace años
Y eso, que yo veo más justo, se parece más al decreto 42/2013 (fijaba 80% nota oposición, 15% experiencia) que a la regulación del decreto 2016 ("32%" nota oposición, "32%" experiencia... el máximo de puntos es 14 y no 10 y por eso no pongo 45%, aunque si se mira la valoración real sí es posible conseguir el máximo de 4,5 puntos en el apartado de experiencia pero imposible conseguir el máximo de 4,5 puntos en el apartado de nota oposición... porque en ese caso hubiera sacado un 10 de nota y hubiera sacado plaza, así que la nueva regulación tiene cosas engañosas.
El proceso de oposición y la ordenación de funcionarios frente a interinos se cita en este post (entre otras cosas)
http://teachersforliberty.blogspot.com.es/2018/03/de-funcionarios-e-interinos-que.html
Los interinos son ordenados en una bolsa por estricto orden de tiempo de servicio desempeñado en las administraciones públicas, y los interinos nuevos sin tiempo de servicio son ordenados inicialmente por la nota obtenida en las oposiciones. Los primeros trabajos desempeñados por los interinos son, por lo general, sustituciones, cuya duración depende de la duración de la baja del funcionario sustituido. Las sustituciones se adjudican según surgen y en estricto orden en el que se encuentren los interinos en la bolsa. Así, estar situado mejor o peor en la bolsa no determina la calidad de tu puesto de trabajo, sino el azar de que le toque ser llamado en el momento de la sustitución más conveniente. Con toda la ilusión, el interino se incorpora a su primera sustitución. En Andalucía podría ser en un pueblo a cientos de kilómetros del domicilio del interino para una baja de 10 días.
Según se acumula tiempo de servicio aumentan las posibilidades de que tener adjudicada una plaza vacante, es decir, una plaza que no está ocupada por ningún funcionario (jubilaciones, excedencias, ocupación de cargos directivos, fallos de cálculo en la adjudicación de cursos…) y se le concede a un interino durante un curso entero.
Con el tema de bilingüismo hay casos en los que un título de idiomas, del que uno se examina en unas horas, acaba puntuando en baremo lo mismo o más que un grado o un máster que implica años.
También está el tema del idioma autonómico: para opositar en comunidades como Galicia o Cataluña hay que tener un certificado de ese idioma.
Premisa 1. La función docente es igual para todos: mismas obligaciones y mismos derechos, lo que es la base de reclamar derechos como el cobro de meses de verano son iguales para todos, sean funcionarios o interinos.
Premisa 2. El ingreso en la función docente es igual para todos: yo no le veo sentido a que haya unas posibilidades y unas ponderaciones para concurso-oposición y otras distintas para interinos.
¿Tiene sentido que se presenten 1000 interinos y sea el número de plazas el que decide el criterio de ordenación y las posibilidad de trabajar, porque se ordena de manera distinta a partir del número de plazas de esa convocatoria?
Por ejemplo, 2016 salen 90 plazas física y química, el que con criterio de ordenación de concurso-oposición está en posición 91 no saca plaza y sus posibilidades de trabajar dependen ("se juega todo su futuro") según cómo se ordena con otros criterios la lista de interinos. Sin embargo, si ese mismo año hubieran salido 100 plazas, hubiera trabajado, o si hubieran salido 80, habría gente que en lugar de tener plaza no trabajaría.
Creo que me explico, pero pongo un ejemplo que para mi muestra lo tremendamente injusto de esta regulación (aparte de ejemplos que puse en post anterior):
La posición 91 de concurso oposición 2016 en física y química, que es "el primero de todos los que no han sacado la plaza", está más allá del 150 en la lista de interinos. En la asignación ha tenido vacante, pero igual en otra especialidad podría ni trabajar en esa posición, y no me parece en absoluto justo. Si hay renuncia de gente que ha sacado plaza en dos comunidades podría sacar plaza ¿tiene sentido que sea más importante el punto de corte que la regulación en decidir la posición para que se trabaje?
Para mi tendría que ser la regulación de interinos igual que la regulación de concurso-oposición
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BO ... 7-4372#a25
2/3=66,67% nota de oposición
1/3=baremo
En esa parte yo pondría 1/3*1/2=16,67% experiencia, tal y como está en el baremo de concurso-oposición de Madrid desde hace años
Y eso, que yo veo más justo, se parece más al decreto 42/2013 (fijaba 80% nota oposición, 15% experiencia) que a la regulación del decreto 2016 ("32%" nota oposición, "32%" experiencia... el máximo de puntos es 14 y no 10 y por eso no pongo 45%, aunque si se mira la valoración real sí es posible conseguir el máximo de 4,5 puntos en el apartado de experiencia pero imposible conseguir el máximo de 4,5 puntos en el apartado de nota oposición... porque en ese caso hubiera sacado un 10 de nota y hubiera sacado plaza, así que la nueva regulación tiene cosas engañosas.
El proceso de oposición y la ordenación de funcionarios frente a interinos se cita en este post (entre otras cosas)
http://teachersforliberty.blogspot.com.es/2018/03/de-funcionarios-e-interinos-que.html
Los interinos son ordenados en una bolsa por estricto orden de tiempo de servicio desempeñado en las administraciones públicas, y los interinos nuevos sin tiempo de servicio son ordenados inicialmente por la nota obtenida en las oposiciones. Los primeros trabajos desempeñados por los interinos son, por lo general, sustituciones, cuya duración depende de la duración de la baja del funcionario sustituido. Las sustituciones se adjudican según surgen y en estricto orden en el que se encuentren los interinos en la bolsa. Así, estar situado mejor o peor en la bolsa no determina la calidad de tu puesto de trabajo, sino el azar de que le toque ser llamado en el momento de la sustitución más conveniente. Con toda la ilusión, el interino se incorpora a su primera sustitución. En Andalucía podría ser en un pueblo a cientos de kilómetros del domicilio del interino para una baja de 10 días.
Según se acumula tiempo de servicio aumentan las posibilidades de que tener adjudicada una plaza vacante, es decir, una plaza que no está ocupada por ningún funcionario (jubilaciones, excedencias, ocupación de cargos directivos, fallos de cálculo en la adjudicación de cursos…) y se le concede a un interino durante un curso entero.
Ingreso y selección como interinos. Efecto bilingüismo, idioma autonómico, equilibrio baremo
También está relacionado con el tema de ordenar de manera distinta bilingües y no bilingües, de manera que una persona con un 0 en la prueba puede adelantar para ejercer como interino a otra que sí aprobó, pero no es bilingüe. Cuando hay varios méritos, hay que ver cómo se valoran, se puede ver Ocupar puesto pagado con dinero público: libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad, publicidad y transparenciaCon el tema de bilingüismo hay casos en los que un título de idiomas, del que uno se examina en unas horas, acaba puntuando en baremo lo mismo o más que un grado o un máster que implica años.
También está el tema del idioma autonómico: para opositar en comunidades como Galicia o Cataluña hay que tener un certificado de ese idioma.
Un certificado lingüístico es un mérito para ser funcionario, pero no puede ser nunca una barrera discriminatoria.
Ciudadanos lleva al Congreso una ley para prohibir que la lengua cooficial sea requisito para ser empleado público
Desde el partido defienden que es necesario introducir en la legislación una "cláusula antidiscriminación" porque el desconocimiento del catalán, el gallego o el euskera no puede ser "una barrera para el acceso a la función pública", aunque conocer estos idiomas podría puntuarse como un mérito.
Desde el partido defienden que es necesario introducir en la legislación una "cláusula antidiscriminación" porque el desconocimiento del catalán, el gallego o el euskera no puede ser "una barrera para el acceso a la función pública", aunque conocer estos idiomas podría puntuarse como un mérito.
El grupo parlamentario de Ciudadanos registrará la próxima semana en el Congreso una proposición de ley para prohibir que el conocimiento de las lenguas cooficiales sea un "requisito" para el acceso a la función pública y que sólo se pueda contemplar como "mérito" en las comunidades que tiene dos lenguas y para ocupar determinados puestos.
Para trabajar en Cataluña no es necesario saber catalán pero para @CiudadanosCs es imprescindible saber inglés para dar Historia de España en Madrid. Llamadme loco, pero le veo fisuras a esto. A ver si mi primo @lugaricano me lo explica
https://twitter.com/BabelRed21/status/962298661135962112
Sí, un certificado en LENGUA EXTRANJERA no puede ser barrera discriminatoria para impartir Historia, Biología, Música, Plástica o EF... No como en esas CCAA en las que colaboran,como socios de gobierno, a esa discriminación. Para lenguas cooficiales respeto a Constitución y EBEP.
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Artículo 61. Sistemas selectivos.
...
6. Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación.
Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos.
https://adi-clm.blogspot.com.es/p/pecepi.html
Denuncian un ERE encubierto para los interinos que no aprueben las oposiciones de Secundaria
https://www.eldiario.es/eldiarioex/economia/PIDE-ERE-encubierto-oposiciones-Secundaria_0_758374490.html
31 agosto 2017
Unidos Podemos prepara una ley para que las escuelas concertadas que lo soliciten puedan hacerse públicas
El grupo ultima un proyecto de ley que registrará en septiembre dirigido especialmente a las cooperativas de maestros hostigadas por la crisis
El texto, al que ha tenido acceso eldiario.es, detalla que la decisión será de cada centro y obliga a la conversión de la plantilla en funcionarios en cinco años
16 febrero 2018
Proposición de Ley Orgánica para regular la integración voluntaria de centros educativos privados en la red pública.
22/000176 Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación para la regulación del proceso de
integración voluntario de determinados centros educativos privados en la red pública de centros educativos.
18 marzo 2018
http://agendapublica.elperiodico.com/permitimos-los-centros-concertados-puedan-convertirse-publicos/
Jesús Roguero
Al tiempo que se habla de cambio de temarios en 2017 surge este tema para 2018; a mi me sugiere que en 2020, cuando apliquen nuevos temarios, podría exigirse cierto nivel x de competencia.
Intentar certificar una competencia digital es tema para post aparte; veo que es una historia para sacar dinero.
http://www.europapress.es/sociedad/educacion-00468/noticia-gobierno-planea-emitir-certificados-nivel-competencia-digital-profesores-2018-20171207174239.html
https://twitter.com/BabelRed21/status/962298661135962112
Sí, un certificado en LENGUA EXTRANJERA no puede ser barrera discriminatoria para impartir Historia, Biología, Música, Plástica o EF... No como en esas CCAA en las que colaboran,como socios de gobierno, a esa discriminación. Para lenguas cooficiales respeto a Constitución y EBEP.
Consolidación interinos
Se puede comentar que hay un tema de fraude de ley; la tasa de interinidad en educación es muy alta, se encadenan interinidades años, y deberían haberse ofertado esas plazas y esos interinos haber tenido la oportunidad de pasar a funcionarios. Es un tema complejo y parece imposible que un proceso selectivo sin oposición, pero lo contempla el estatuto de los trabajadoresReal Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Artículo 61. Sistemas selectivos.
...
6. Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación.
Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos.
https://adi-clm.blogspot.com.es/p/pecepi.html
PECEPI
El pasado 15 de Octubre de 2016 se constituyó la Plataforma Estatal para la Consolidación y Estabilidad del Profesorado Interino.
Entre sus objetivos están promover:
Las organizaciones y colectivos que la forman son:
Pongo algunos enlacesEntre sus objetivos están promover:
- La igualdad en las condiciones laborales entre los docentes.
- Consolidación de empleo del colectivo docente interino.
- Acceso diferenciado.
Las organizaciones y colectivos que la forman son:
- Federación Estatal de Docentes Interinos (FEDI), formada por:
- IDA
- ADIA
- ADI-CLM
- Plataforma de Profesores y Maestros Interinos de Madrid
- AIDMUR
- CPI-PV
- AFID-CV
- NAD
- PAEP
- PADEI
- Confederación de STEs-intersindical
- FEDI https://es-es.facebook.com/Federaci%C3%B3n-Estatal-de-Docentes-Interinos-FEDI-269065873257883/
- AIDMUR (Asociación de Interinos Docentes de la Región de Murcia) http://www.aidmur.org/
- NAD (Nuevo Acceso Docente) http://accesodocencia.blogspot.com.es/
- Asamblea de Docentes Interinxs de Madrid http://adimainterinxs.blogspot.com.es/
Denuncian un ERE encubierto para los interinos que no aprueben las oposiciones de Secundaria
https://www.eldiario.es/eldiarioex/economia/PIDE-ERE-encubierto-oposiciones-Secundaria_0_758374490.html
Conversión plantillas de centros privados concertados en funcionarios
31 agosto 2017
Unidos Podemos prepara una ley para que las escuelas concertadas que lo soliciten puedan hacerse públicas
El grupo ultima un proyecto de ley que registrará en septiembre dirigido especialmente a las cooperativas de maestros hostigadas por la crisis
El texto, al que ha tenido acceso eldiario.es, detalla que la decisión será de cada centro y obliga a la conversión de la plantilla en funcionarios en cinco años
16 febrero 2018
Proposición de Ley Orgánica para regular la integración voluntaria de centros educativos privados en la red pública.
22/000176 Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación para la regulación del proceso de
integración voluntario de determinados centros educativos privados en la red pública de centros educativos.
18 marzo 2018
http://agendapublica.elperiodico.com/permitimos-los-centros-concertados-puedan-convertirse-publicos/
Jesús Roguero
Nuevos requisitos para ingreso
Se habla de exigir cierto nivel inglés, cierto nivel competencia digital...Al tiempo que se habla de cambio de temarios en 2017 surge este tema para 2018; a mi me sugiere que en 2020, cuando apliquen nuevos temarios, podría exigirse cierto nivel x de competencia.
Intentar certificar una competencia digital es tema para post aparte; veo que es una historia para sacar dinero.
http://www.europapress.es/sociedad/educacion-00468/noticia-gobierno-planea-emitir-certificados-nivel-competencia-digital-profesores-2018-20171207174239.html
Selección profesorado a dedo / diferenciado a ciertos docentes
21 septiembre 2012
LOMCE: El director podrá nombrar a dedo personal y rechazar interinos. Se legaliza contratar nativos y Empieza por Educar..
6 junio 2013 @xarxatic
LOMCE 2013
...
4. Para la realización de las acciones de calidad, el director del centro dispondrá de autonomía para adaptar, durante el período de realización de estas acciones, los recursos humanos a las necesidades derivadas de los mismos. Las decisiones del director deberán fundamentarse en los principios de mérito y capacidad y deberán ser autorizadas por la Administración educativa correspondiente, que se encargará de que se cumpla la normativa aplicable en materia de recursos humanos. La gestión de los recursos humanos será objeto de evaluación específica en la rendición de cuentas. El director dispondrá de las siguientes facultades:
a) Establecer requisitos y méritos específicos para los puestos ofertados de personal funcionario docente, así como para la ocupación de puestos en interinidad.
b) Rechazar, mediante decisión motivada, la incorporación a puestos en interinidad de personal docente procedente de las listas centralizadas. Esta decisión deberá ser refrendada por la Administración educativa correspondiente.
c) Cuando el puesto se encuentre vacante, sin estar cubierto de manera definitiva por funcionario de carrera docente, y exista financiación adecuada y suficiente, proponer, de forma motivada, la prórroga en la comisión de servicios del funcionario de carrera docente que hubiera venido ocupando el puesto de forma provisional o, en su caso, el nombramiento de nuevo en el mismo puesto del funcionario interino docente que lo venía desempeñando, cuando, en ambos supuestos, habiendo trabajado en los proyectos de calidad, sean necesarios para la continuidad de los mismos. En todo caso, en la propuesta deberá quedar debidamente justificada la evaluación positiva del funcionario en el desarrollo de su actividad dentro del correspondiente proyecto de calidad, así como la procedencia e importancia de su continuidad en el puesto que venía desarrollando dentro del proyecto para asegurar la calidad y la consecución de objetivos.
Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, dotando a los directores de la necesaria autonomía de gestión para impulsar y desarrollar las acciones de calidad educativa.
7 abril 2017 @xarxatic
La selección a dedo del profesorado no mejora los resultados educativos
La selección a dedo del profesorado no mejora los resultados educativos
4 septiembre 2017
Miguel Soler: "El Ministerio no puede defender un pacto y luego actuar por presiones del PPCV"
El PP quiso que los directores pudiesen elegir a parte de la plantilla de sus centros. ¿Esta Conselleria es también partidaria?
Sí, somos partidarios de combinar una nueva orden de plantillas que regule las necesidades básicas de un centro y, a partir de ahí, el PAM (Plan de Actuación para la Mejora), que es nuestra apuesta de integración de todas las medida que se tienen que hacer en un centro. Un centro, además de dar las clases del currículo oficial, hace más cosas: refuerzos, desdobles... Todo eso es lo que, en función de los recursos que tengamos anualmente, será un profesorado añadido para el centro. Ese profesorado extra va a tener un perfil distinto en cada centro, pues según lo que se hagan tendrán unas necesidades u otras. Queremos analizar de qué manera los centros tienen capacidad para definir el perfil -eso seguro-, y luego ver el procedimiento de adjudicación. También con la idea de buscar mecanismos que faciliten una mayor estabilidad de las plantillas.
¿Es viable la demanda de los interinos de un acceso diferenciado?
El conseller y yo planteamos hace meses al Ministerio que de la oferta de plazas se viera cuáles podían ser de oferta directamente para los interinos. No se aceptó por parte de ninguna comunidad autónoma ni del Ministerio. El planteamiento era que somos un cuerpo estatal, por lo que no hay ninguna comunidad autónoma que pueda hacer un proceso diferente al resto.
Miguel Soler: "El Ministerio no puede defender un pacto y luego actuar por presiones del PPCV"
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