Correctores en EvAU Madrid; opacidad, descoordinación y arbitrariedad

Revisado 7 octubre 2024

Resumen

En 2017 he detectado una opacidad y arbitrariedad con los correctores de la prueba de acceso a la universidad en Madrid; cambiaron criterios en pleno proceso y de manera incorrecta. Comparto detalles e información para que se sepa, sepan que no pueden hacer lo que quieran y deben ser más transparentes.
También detalles del intento de cambiarlo y hacer todo el proceso transparente, consiguiendo listados 2017 UAM, UCM.
En mayo 2018 se cambia normativa para indicar explícitamente condición de funcionario de carrera para correctores tal y como solicitaba.
En enero 2019 CTBG me da la razón sobre URJC dejando claro que prevalece la transparencia sobre un acuerdo de la comisión para evitarla, y en marzo 2019 se consiguen listados URJC 2018.
En 2024 se habla de que los profesores de privados pueden participar en comisiones.
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Detalle

Durante el curso 2016-2017 además del caos de LOMCE en 2º Bachillerato e indefinición EvAU (algunas ideas y cronología documentadas aquí http://www.fiquipedia.es/home/evaluaciones-finales), en enero se publica en BOCM la orden que las regula en Madrid
ORDEN 47/2017, de 13 de enero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se desarrollan determinados aspectos de la evaluación final de Bachillerato para el acceso a la universidad.

Se indica
12 Tribunales calificadores. Composición 
1. Los tribunales calificadores de cada una de las pruebas de la evaluación estarán integrados por profesorado especialista de las distintas materias que constituyen la misma y que, en ningún caso, corregirán más de 200 cuadernillos por profesor, todos ellos de su especialidad, en un plazo máximo de cinco días. Estos especialistas procederán del personal docente universitario y de los de catedráticos y profesores de Enseñanza Secundaria que impartan Bachillerato. 
2. Los presidentes de los tribunales serán nombrados por la comisión organizadora de entre el personal docente universitario, a propuesta de los Rectores de las correspondientes universidades. 
3. La comisión organizadora garantizará, mediante la designación de los tribunales, que las correcciones y calificaciones de todos los ejercicios sean efectuadas por especialistas en la materia. Asimismo, deberá garantizar al menos, un 40 por 100 de profesores universitarios y un 40 por 100 de profesores de secundaria que impartan Bachillerato.

Se puede ver que en ningún momento se indica que deban ser funcionarios de carrera.

En febrero de 2017 se inicia el proceso para solicitar correctores, realizándolo cada uno de los 6 distritos de las universidades públicas de Madrid por separado
(Incluyo capturas realizadas al escribir este post, se marcan partes del texto que indican ser funcionarios de carrera que antes no estaban, al menos en UAH)
Los correctores se llaman "vocales correctores" o a veces simplemente vocales, pero hacen referencia a correctores.

-UAH Universidad Alcalá de Henares

https://www.uah.es/es/admision-y-ayudas/grados/pruebas-de-acceso/Evaluacion-para-el-Acceso-a-la-Universidad/participacion-en-tribunales-EvAU/


No publica listados de profesores que han solicitado ni seleccionados: hay sorteo y se comunica vía SMS


Sorteo Público

La designación se comunicará vía SMS.
El nombramiento de los profesores de secundaria se enviará a la dirección de los centros.
Día: 04/04/2017
Hora: 12:00
Lugar: Secretaría General

Resultado del sorteo: 

Número desde el que comenzará la designación de los vocales que formarán parte del tribunal para la EvAU.
Profesores de Centros de Secundaria: 173 - Moreno Martín.
Profesores de Universidad: 74 - Porto Requero.

-UAM Universidad Autónoma de Madrid

Información en http://www.uam.es/ss/Satellite/es/1242656108731/1242695563300/generico/generico/Acceso_para_estudiantes_de_Bachillerato_y_Formacion_Profesional.htm
donde hay 4 documentos

Formación de Tribunales

En la "Instancia profesores IES" se incluye como requisito ser funcionario de carrera

No localizada información sobre listados de participantes, sorteo ni seleccionados.

-UC3M Universidad Carlos III

https://www.uc3m.es/ss/Satellite/Grado/es/TextoMixta/1371215796640/Tribunales_de_valoracion
No realiza ninguna indicación limitando a ser funcionario de carrera.
Sí publica listado de vocales seleccionados con DNI (aunque enlace no funciona al escribir este post)

-UCM Universidad Complutense de Madrid

https://www.ucm.es/tribunales-de-selectividad-

Sí indica información sobre selección de vocales, pero no publica listados

Designación de vocales:

Se realizará mediante sorteo

Convocatoria ordinaria: 8  de mayo de 2017, a las 10:30 horas, en el Servicio de Pruebas de Acceso.
Convocatoria extraordinaria: 11 de julio de 2017  a las 10:30 horas, en el Servicio de Pruebas de Acceso.
Los resultados se comunicarán a los profesores seleccionados mediante correo electrónico.

-UPM Universidad Politécnica de Madrid

http://www.upm.es/FuturosEstudiantes/Ingresar/Acceso/EvAU apartado TRIBUNALES. SORTEO VOCALES UPM con 4 documentos
Anuncio convocatoria
Instancia vocal
Listado de solicitantes
Resultado del sorteo
En los requisitos de la instancia se indica ser funcionario de carrera o personal contratado fijo en situación de activo, pero se limita a profesorado de la propia universidad, no profesores de secundaria.

Sí publica listados participantes, donde se puede comprobar que solamente son profesores de universidad.

-Universidad Rey Juan Carlos

No realiza ninguna indicación sobre la limitación de tener que ser funcionario de carrera.
https://www.urjc.es/images/EstudiarURJC/Admision_matricula/grado/RESOLUCION%20VICERRECTORA_def.pdf
https://www.urjc.es/images/EstudiarURJC/Admision_matricula/grado/Manual%20Participacion%20EvAU%202017.pdf

En manual se indica
"La designación se realizará por sorteo el día 4 de abril a las 15:00 horas en el edificio del Rectorado (Móstoles). El resultado se publicará el 6 de abril en los Registros de la Universidad."


Intento hacer un resumen de las 6 universidades públicas de Madrid (lo actualizaré si hay más información, pero he intentando usar la que hay pública)




UAH
UAM
UC3M
UCM
UPM
URJC
Limitan a funcionarios de carrera (no en orden 47/2007) Sí (*no limitaba antes marzo 2017) No No
Contempla profesores IES No
Publica listados antes sorteo No No No No No
Sorteo público Sin info Sin info
Publica información sorteo Sin info Sin info Sí (web) Sí (web) Sí (Registro universidad)
Publica listados seleccionados tras sorteo No (comunica vía SMS) No Sí (enlace no funciona) No (comunica vía mail) Sí (web) ? (quizá en Registro universidad junto a resultado sorteo)

De esta tabla creo que llama la atención:
1. Descoordinación, deberían tener un criterio unificado (hay una única comisión organizadora), pero no lo hay
2. Opacidad y puerta abierta a la arbitrariedad: realizar un sorteo sin hacer pública antes la lista de los participantes es algo que llama la atención.
3. Que una universidad no nombre correctores en profesores IES creo que incumple orden 47/2007 que fija un mínimo de 40 %, aunque igual es para el total de universidades, pero eso implica que están coordinadas para permitirlo y parece poco probable.
4. Que la mayor parte de universidades limite a funcionarios de carrera sin que esté explícitamente en orden 47/2007 es algo que parece incorrecto / no acorde a la normativa, o bien deberían haberlo acordado explícitamente y publicitar dicho acuerdo.

Yo he sido interino un tiempo y este curso 2016-2017 he sido funcionario en prácticas. No tenía intención de ser corrector, pero comparto lo que he ido mirando junto con otros compañeros

21 febrero 2017: respuesta a un interino (no comparto nombre) que solicitó información a UC3M sobre si podía ser corrector: respuesta, positiva (coincide con cuadro resumen superior)
De: XXX@pa.uc3m.es>
Fecha: 21/2/17 9:27 (GMT+01:00)
Para:xxx
Asunto: Re: [selectividad] Pruebas EvAU


Buenos días,

Los profesores interinos lo pueden solicitar, siempre que en el momento
de las pruebas estén en servicio activo y hasta la publicación de actas
(aproximadamente a mediados de junio).

Saludos,



El 21/02/2017 a las 8:09,
XXX escribió:
> Buenos días.
> Habiendo recibido la convocatoria de vocales correctores, Profesores
> de Enseñanza Secundaria, para formar parte del Tribunal Juzgador de la
> EvAU, quería realizarles la siguiente consulta:
> ¿Puede solicitarlo un profesor interino o solo pueden ser vocales los
> funcionarios de carrera/practicas?
> Gracias por anticipado y un saludo.
>
XXX

27 febrero 2017 se responde a otro interino (no comparto nombre) que preguntó a UAM si podía se corrector. Respuesta negativa (coincide con cuadro resumen superior)

De: XXX@uam.es]
Enviado el: lunes, 27 de febrero de 2017 16:52
Para: XXX
CC: seccion.acceso@uam.es
Asunto: RE: Correctores EvAU interinos

Estimado XXX: por acuerdo de la comisión organizadora, los profesores de Enseñanza Secundaria que participen como vocales correctores, tienen que ser funcionarios de carrera.

Un saludo

....

De: XXX
Enviado el: jueves, 23 de febrero de 2017 13:58
Para: 'seccion.acceso@uam.es'
Asunto: Correctores EvAU interinos
Tal y como acabamos de acordar, paso consulta escrita sobre la duda de si un profesor funcionario interino, puede formar parte del tribunal calificador de la EvAU.

La duda surge porque en el comunicado del vicerrectorado (adjunto),  hace referencia a funcionarios de carrera.
Sin embargo en el artículo 12 de la orden 47/2017 (adjunto), a la que hace referencia el comunicado del vicerrectorado, se menciona profesores de enseñanza secundaria, sin especificar si han de ser funcionarios interinos o de carrera.

Viendo esto escribí esto el 3 de marzo de 2017 a la UAH (enlazo a la web de UAH en la que el contenido era distinto del actual, pero no realicé una captura de un pantallazo)

De: Enrique García Simón
Para: Universidad De Alcalá <seccion.acceso@uah.es>
Fecha: 3 de marzo de 2017, 16:38
Asunto: Consulta correctores EvAU

Quería preguntar por esto por salir de dudas: soy funcionario en prácticas, pero me presente o no como corrector EvAU este año, es por curiosidad y por la duda de otras personas

El tema es que en artículo 12 orden 47/2017
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/19/BOCM-20170119-1.PDF
para ser corrector indican que hay que ser profesor de secundaria que imparta Bachillerato, como se indica aquí
http://www.uah.es/es/admision-y-ayudas/grados/pruebas-de-acceso/Evaluacion-para-el-Acceso-a-la-Universidad/participacion-en-tribunales-EvAU/
Al no indicarse nada más, yo entiendo que incluye:
-todos los tipos de profesores (funcionario de carrera, funcionario en prácticas, funcionario interino, profesor en centros privados sin o con concierto)
-todos los que impartan Bachillerato (sin importar si es 1º y/o 2º)
Sin embargo en la UAM indica que para ser corrector es requisito ser funcionario de carrera.
https://www.uam.es/ss/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-disposition&blobheadervalue1=attachment%3B+filename%3DInstancia+Profesores+I+E+S+%28actualizado+2017%29.pdf&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1447689479749&ssbinary=true
Quería saber si la UAH permite todos los casos, y si ese criterio puede depender de cada universidad o hay algún acuerdo común entre todas respecto a los correctores
Gracias y un saludo
Enrique


6 marzo 2017 me responde, indicando que no hay limitaciones
De: Seccion de Acceso <seccion.acceso@uah.es>
Para: Enrique García Simón
Fecha: 6 de marzo de 2017, 10:31
Asunto: RE: Consulta correctores EvAU
Los requisitos de participación, según indica la normativa y plasmados en nuestra página web, son:
- Ser funcionario (Catedrático/a Profesor/a Secundaria), en servicio activo
- Impartir bachillerato en el presente curso académico
Además de especialista de una materia objeto de examen en la EvAU
Un saludo


13 marzo 2017 llega un correo al centro con este texto



Es decir, que donde decían que no existía la limitación la añaden, modificando con un par lo que dice el BOCM.

16 marzo 2017 realizo solicitud en el portal de transparencia indicando
Solicito que se me falicite "acuerdo de la comisión organizadora de la consejería de Educación" que según la UAM limita los correctores de EvAU 2017 a profesores que sean funcionarios de carrera, ya que en orden 47/2017 no aparece dicha limitación. Si existe alguna normativa que me afecta como docente debe ser pública y consultable, pero no me ha sido facilitada por la UAM.

4 abril 2017 recibo "respuesta" de la comunidad (EL DIRECTOR GENERAL DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN, José Manuel Torralba), diciendo
Una vez analizada su solicitud, le comunicamos que dado que la materia sobre la que versa su consulta es competencia de la comisión organizadora, tal y como se establece en el art. 10 de la Orden
47/2017, de 13 de enero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se desarrollan determinados aspectos de la evaluación final de Bachillerato para el acceso a la universidad, la Comunidad de Madrid no posee la información solicitada.


La respuesta se comparte de forma anónima aquí
http://www.madrid.org/es/transparencia/resoluciones
en concreto
http://www.madrid.org/cs/StaticFiles/ComunidadMadrid/img/Servicios/Documentos/Resoluciones/09-OPEN-00039.1-2017.pdf

Lo que es una manera patética de echar balones fuera y mentira, porque la Comunidad de Madrid forma parte de esa comisión organizadora según orden 47/2017
Artículo 9 Comisión organizadora
...
3. Los representantes de la Administración educativa serán designados por la dirección general competente en materia de universidades en número de dos, por la dirección general competente en materia de Educación Secundaria en número de cuatro, dos de ellos miembros de los Cuerpos de Catedráticos o de Profesores de Enseñanza Secundaria que impartan docencia en Bachillerato, por la dirección general competente en materia de pruebas de evaluación externa, en número de uno y por la dirección general competente en formación profesional, en número de uno.

6 abril 2017 envío correo al vicerrectorado de estudiantes
De: Enrique García Simón
Fecha: 6 de abril de 2017, 16:44
Asunto: Solicitud de acceso información sobre correctores EvAU Madrid 2017
Para: vr.estudiantes@ucm.es


Realicé la solicitud a través del portal de transparencia de la Comunidad de Madrid y he recibido la siguiente respuesta

"RESUELVE
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información presentada, siendo la Administración competente para su tramitación la comisión organizadora, a cuyo presidente, el Vicerrector de Estudiantes de la Universidad Complutense de Madrid, se da traslado de su solicitud para su tramitación y contestación."

Incluyo documento de solicitud y respuesta recibida (que asumo que llegará por otra vía), quedando a la espera de una contestación.

Un saludo

5 mayo 2017 pasado un mes presento reclamación al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, ya que la respuesta no me proporciona lo que solicitaba.
Respuesta indica artículo 18.d, que está asociado a que desconocen el órgano competente, pero al mismo tiempo indica "la Comunidad de Madrid no posee la información solicitada" y sí que indica el órgano competente "Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información presentada, siendo la Administración competente para su tramitación la comisión organizadora, a cuyo presidente, el vicerrector de Estudiantes de la Universidad Complutense de Madrid, se da traslado de su solicitud para su tramitación y contestación."
Pero resulta que el organismo que me responde, la Dirección General de Universidades, tiene miembros en esa comisión organizadora
Según orden 47/2017 https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2017/01/19/BOCM-20170119-1.PDF
Artículo 9 Comisión organizadora 1. La comisión organizadora estará integrada por representantes de las universidades públicas, de la ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA
...
3. Los representantes de la Administración educativa serán designados por la DIRECCIÓN GENERAL COMPETENTE EN MATERIA DE UNIVERSIDADES en número de dos ...
Ha pasado 1 mes desde dicha respuesta, no se me ha notificado nada, por lo que según art. 20.1, de la Ley 19/2013 considero que puedo reclamar.



11 mayo 2017 recibo respuesta vicerrectorado de estudiantes
De: Secretaría Vicerrectorado Estudiantes <scvre@ucm.es>
Fecha: 11 de mayo de 2017, 13:42
Asunto: Contestación
Para: Enrique García Simón

Estimado Sr. García Simón:

Adjunto envío por este medio la contestación a su escrito de fecha 16 de marzo Ref: 09/284316.9/17, presentado ante la Comunidad de Madrid Dirección General de Universidades, ya que no lo podemos tramitar por el sistema que solicita.

Atentamente,

Con el siguiente adjunto
Contest. Gª Simón CM DGUniversidades.pdf

11 mayo 2017 respondo al vicerrectorado con copia al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno

De: Enrique García Simón
Fecha: 11 de mayo de 2017, 15:01
Asunto: Fwd: Contestación (asociada 09-OPEN-00039.1/2017)
Para: Vicerrectorado Estudiantes <vr.estudiantes@ucm.es>, reclamaciones.ccaa@consejodetransparencia.es


Gracias por la contestación: contesto reenviando al Consejo de Transparencia, ya que la respuesta está asociada a reclamación realizada 09-OPEN-00039.1/2017



La respuesta realiza una interpretación/asociación "especialista" con "especialidad", y luego especialidad con ser funcionario de carrera, resaltando la frase "la especialidad se adquiere en el proceso selectivo de ingreso", pero, en mi interpretación, con el proceso selectivo de ingreso se adquiere la condición de funcionario de carrera tras el paso previo por un periodo de prácticas. La especialidad como docente se adquiere ingresando como docente en esa especialidad; yo mismo he sido interino varios años de una especialidad, y para ello, además de cumplir requisitos de titulación, he participado en el proceso de ingreso (superándolo varias veces sin que ello implique llegar a ser seleccionado)


La respuesta no cita ni explica por qué en algunas universidades de Madrid no se ha limitado la interpretación a ser funcionario de carrera, y no responde a mi solicitud del acta donde se indica esa interpretación: cita acuerdos de reuniones 30 enero 2017 y de 11 julio 2013 pero no aporta actas.



La respuesta cita docentes interinos y yo preguntaba por docentes que no son funcionarios de carrera, por lo que en mi pregunta incluyo a docentes de centros privados y a funcionarios en prácticas (como es mi caso).


Un saludo


26 mayo 2017 recibo respuesta del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (sin haber recibido respuesta alguna del vicerrectorado de estudiantes), estima mi reclamación y da 15 días
PRIMERO: ESTIMAR PARCIALMENTE la Reclamación presentada por D. Enrique García Simón, y, en consecuencia, declarar su derecho a que se le entregue la información pública en los términos fijados en el Fundamento Jurídico 4.
SEGUNDO: INSTAR al Presidente de la Comisión organizadora, Vicerrector de Estudiantes de la Universidad Complutense de Madrid, a que en el plazo de quince días facilite la información solicitada y no satisfecha, así como que en el mismo plazo de tiempo traslade a este Consejo de Transparencia y Buen Gobierno copia de la información solicitada que acredite el cumplimiento de esta resolución

23 junio 2017 recibo las actas solicitadas
De: Secretaría Vicerrectorado Estudiantes <secre.vre@rect.ucm.es>
Fecha: 23 de junio de 2017, 13:10
Asunto: Fwd: Comunicación resolución reclamación RT 0145_2017
Para: Enrique García Simón

​Buenos días, por indicación del Vicerrector de Estudiantes de la Universidad Complutense de Madrid, le remito en documenación adjunta la normativa de la Comisión Organizadora de la EvAU en la Comunidad de Madrid, sobre participación en tribunales.


Un saludo.


Con tres documentos anexos:
Acta (parcial) 11 de julio 2013
Documento sobre participación en tribunales 15 julio 2013
Acta (parcial) 30 enero 2017

Se puede ver como lo que se indica es incorrecto (la argumentación "legal" que hace la inspectora es de traca), La comisión podía haber decidido por las atribuciones de orden 47/2007 que porque le daba la gana que limitaba a funcionarios de carrera, pero lo hizo mal, muy muy mal, una combinación de desconocer cambios normativos y fiarse de una argumentación pésima. Esto enlaza con una descripción que uso para el sistema educativo actual: "es un Frankenstein educativo", se mueve y parece vivo pero está lleno de trozos y remiendos de leyes muertas que se siguen aplicando. La comisión asumía que algo de 2013 era válido y volvía a aplicar cuando mucha normativa había cambiado.

15 julio 2017 presento recurso de alzada, más que nada para reflejar esto. No tienen por qué contestar y ante silencio administrativo tendría que iniciar un contencioso, pero al menos dejo las cosas dichas.

La solicitud final en el recuso de alzada era
De acuerdo a lo indicado en las alegaciones, considero que según normativa actual no se debería limitar a funcionarios de carrera la corrección, permitiéndose ser tribunal calificador a funcionarios interinos y a funcionarios de carrera. Dada la imposibilidad de que la corrección de ese acta aplique a l a EvAU de 2017, solicito que la Comisión Organizadora de la EvAU de 2018 explicite y haga transparente y público todos los detalles sobre los requisitos y nombramientos de correctores.


Y un resumen de alegaciones de ese recurso de alzada


PRIMERA.- En enero de 2017 se refrenda un acuerdo de 2013 que indica “la Comisión resuelve, en aplicación de la legislación vigente” y hace referencia un escrito elaborado en 2013 que menciona legislación no vigente en 2017, lo que anula su validez en 2017.
En el escrito de Dª Ana Isabel Echevarría Vergara, Inspectora de educación, titulado “PARTICIPACIÓN DEL PROFESORADO DE ENSEÑANZA SECUNDARIA EN LOS TRIBUNALES DE LA PAU”, fechado el 15 de julio de 2013, se citan dos normas en apartado “NORMATIVA APLICABLE” y se puede comprobar que ambas están derogadas en enero de 2017
El texto citado de esa norma anterior es el artículo 17 que deja de estar vigente y lo único que aplicaría a un acta realizada en enero de 2017 respecto a tribunales calificadores sería el artículo 15.1.d que delega en la Comisión organizadora.
El texto citado de esa norma anterior es el artículo 11 que deja de estar vigente y lo único que aplicaría a un acta realizada en enero de 2017 respecto a tribunales calificadores sería el artículo 12 que deja de citar cuerpo pero sí especialistas.


SEGUNDA.- El escrito fechado el 15 de julio de 2013 realiza una asociación de especialista con especialidad y con funcionarios interinos que no aparece en normativa anterior ni actual, y que es incorrecta.
Argumento esta alegación de una doble manera:
-Aporto normativa vigente y aplicable al curso 2016-2017 sobre el que se ha realizado la EvAU que cita que los interinos tienen cuerpo y especialidad
RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, para el curso escolar 2016-2017.
Ver ANEXO I, TITULACIONES PARA EL DESEMPEÑO DE PUESTOS EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD, Columna “Especialidad


-Aporto listados de interinos de 2013, fechas en las que se realizó el informe, en las que interinos tienen cuerpo y especialidad. (Aunque no es imprescindible valorar la asociación realizada entre pertenencia a cuerpo y ser funcionario de carrera, ya que la normativa vigente en 2017 no menciona la pertenencia a cuerpo para el tribunal calificador)

TERCERA.- No todas las universidades de Madrid han limitado en 2017 ser correctores a funcionarios de carrera, sí se ha permitido ser correctores a interinos.
Alego, como realicé en mi petición original al portal de transparencia, que no todas las universidades de Madrid en su página web han indicado la limitación a funcionarios de carrera, y de hecho la universidad de Alcalá no lo indicaba y así me lo puso por escrito, hasta mediados marzo de 2017 que decidió añadir esa condición.

Al no ser el listado de correctores EvAU público detallando su condición de funcionario de carrera o interino no puedo aportar casos concretos que demuestren que en EvAU 2017 ha habido correctores interinos (solicitaré de manera paralela a través del portal de transparencia ese listado), pero sí presento una prueba sin incluir el nombre de interino de que lo permitían.



15 julio 2017 también realicé una solicitud al portal de transparencia de Madrid 09-OPEN-00084.6/2017 con el siguiente texto
Atendiendo al artículo 78 del Real Decreto Legislativo 5/2015 que cita los principios de "igualdad, mérito, capacidad y publicidad", solicito que sea pública, si es necesario a través de cada universidad, la lista de profesorado que ha formado parte de los tribunales calificadores de la EvAU  de 2017 en Madrid, aclarando si todos los profesores que han sido correctores eran funcionarios de carrera o había algún interino.

1 agosto 2017 recibo respuesta a la petición del portal de transparencia, diciendo que la comunidad no tiene los datos y se lo pasa a la universidad.
RESUELVE
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información presentada, siendo las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid las competentes para su tramitación, a las cuales se da traslado de su solicitud.

Viendo esta respuesta surge una idea: si la comunidad realiza el pago a correctores, sí tiene esa información.

En teoría desde el día 1 de agosto tengo 1 mes de plazo para ir al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (no desde 15 de agosto que pasó un mes sin "respuesta" real), pero dado que es agosto esperaré por si la universidad dice algo, aunque visto lo visto lo dudo si no se fuerza.
>Es algo similar a la respuesta de la comunidad de 4 abril comentada en este mismo post y mi reclamación el 5 mayo.

2 septiembre 2017 planteo reclamación al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
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Tras solicitar el 15 julio 2017 lista de profesorado que ha formado parte de los tribunales calificadores de la EvAU de 2017 en Madrid, recibí respuesta el 1 de agosto indicando que la Comunidad de Madrid no poseía la información solicitada, siendo las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid las competentes para la tramitación, a las cuales daba traslado de mi solicitud.
Ha pasado 1 mes desde dicha respuesta, no se me ha notificado nada, por lo que según art. 20.1, de la Ley 19/2013 considero que puedo reclamar.
Considero relevante indicar:
-La comunidad sí conoce los correctores que son profesores de secundaria, ya que el pago por ser correctores es realizado por la misma comunidad, además de que la comunidad es quien sabe si son docentes interinos o no, cosa que sí que es cierto que no tienen por qué saber las universidades.
-Para apoyar la solicitud que realizo, informar que existen listados públicos de correctores realizados por alguna universidad, aunque en este caso limitado a profesores de universidad, por ejemplo http://www.upm.es/sfs/Rectorado/Vicerrectorado%20de%20Alumnos/Acceso/Resultado%20Sorteo.pdf En mi caso solicito los listados de los profesores incluyendo los de secundaria (según normativa ORDEN 47/2017 artículo 12 Tribunales calificadores. Composición  "...deberá garantizar al menos, un 40 por 100 de profesores universitarios y un 40 por 100 de profesores de secundaria que impartan Bachillerato."

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11 diciembre 2017
Recibo respuesta del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno desestimando mi reclamación (ver documento de resolución): la idea es que la Dirección General de Universidades dice que no tiene los datos y pasó la petición a las universidades.

En la resolución desestimatoria se me indica en las alegaciones de la Dirección General de Universidades

A estos efectos, indica que, de acuerdo con la Orden 47/2017, de 13 de enero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se desarrollan determinados aspectos de la evaluación final de Bachillerato para el acceso a la Universidad, los presidentes de los tribunales son nombrados por la comisión organizadora de entre el personal docente universitario, a propuesta de los rectores de las correspondientes universidades, de modo que, señalan, «en las pruebas de la EvAU 2017 se constituyó un Tribunal por cada una de  las universidades públicas madrileñas, por lo que la información reside en cada una de ellas, sin que en ningún momento se haya dado traslado de tal información a este centro directivo». Finalmente, concluye su escrito de alegaciones indicando que se informó al solicitante que con el fin de dar cumplimiento a su petición el pasado 13 de julio se trasladó la misma a todas las universidades madrileñas con el fin de que procediera a la oportuna tramitación de la misma.



Entiendo por esta resolución desestimatoria que debo dirigir el escrito a "cada uno de los tribunales formados en las 6 universidades públicas madrileñas", reclamando la información asociada a la solicitud de la que la Dirección General de Universidades indica que les dio traslado.
Por lo tanto entiendo que lo correcto es dirigir 6 peticiones a las universidades públicas de Madrid, citando lo ya trasladado. He localizado portal de transparencia en 5 de ellas

http://www.ucm.es/portaldetransparencia (se puede solicitar vía formulario y adjuntando DNI vía mail)
https://sede.uam.es/ss/Satellite/SedeElectronica/es/1336381305046/1336381371097/SEDE_Tramite_FA/detalle_especifico/Acceso_a_la_Informacion_Publica.htm (se puede solicitar vía certificado electrónico)
https://www.uc3m.es/Conocenos (no permite solicitar información, hay epígrafe "Transparencia y compromiso")

**Actualizo 9 mayo 2018
https://twitter.com/fanetin/status/994165707859427328
En ese documento estamos completando y corrigiendo las formas de pedir información a las universidades públicas:



20 diciembre 2017
Planteo solicitud a UCM (la asociada a vicerrectorado)
---
Información que solicita
-Solicito que sea pública la lista de profesorado que ha formado parte de los tribunales calificadores de la EvAU de 2017 en Madrid, aclarando si son profesores universitarios o de secundaria y que se cumple artículo 12 Tribunales calificadores. Composición de ORDEN 47/2017  que indica  ...deberá garantizar al menos, un 40 por 100 de profesores universitarios y un 40 por 100 de profesores de secundaria que impartan Bachillerato.
-Solicito información sobre el sorteo de tribunales calificadores: lista de participantes antes del sorteo, información pública del sorteo, e información de seleccionados tras el sorteo. En la web https://www.ucm.es/tribunales-de-selectividad- se indica que la designación de vocales se realizará mediante sorteo sin que se publique más información, cuando en otras universidades públicas de Madrid sí se publica Listado de solicitantes y Resultado del sorteo
http://www.upm.es/FuturosEstudiantes/Ingresar/Acceso/EvAU
Motivación de la solicitud
Tras solicitar el 15 julio 2017 en 09-OPEN-00084.6/2017 lista de profesorado que ha formado parte de los tribunales calificadores de la EvAU de 2017 en Madrid, recibí respuesta el 1 de agosto indicando que la Comunidad de Madrid no poseía la información solicitada, siendo las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid las competentes para la tramitación, a las cuales daba traslado de mi solicitud.
No habiendo recibido información, planteo la solicitud a la UCM, amparándome en artículo 78 del Real Decreto Legislativo 5/2015 que cita los principios de "igualdad, mérito, capacidad y publicidad"

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21 diciembre 2017
Recibo correo de transparenciaucm@ucm.es indicando
se ha recibido correctamente la información, no obstante, le comunicamos que en tanto no remita su DNI no se procederá a su tramitación.
Efectivamente en formulario indicaba
Enviando este formulario, acepta nuestra Política de Privacidad. Para poder tramitar su solicitud, debe rellenar este formulario y además enviar copia de su DNI a la siguiente dirección: transparenciaucm@ucm.es

Realizo petición a UAM,con Identificador del Expediente: SIP/2017-00219
Al iniciar tramitación indica
Para iniciar este procedimiento debe cumplimentar el formulario "001-003 Solicitud Acceso Informacion Publica.pdf" que aparece en la sección "Formularios a cumplimentar en este trámite" de la pestaña "Documentos".
El pdf se rellena desde el formulario
(no dejaba pegar y copiar, pero eso se arregla en firefox desde about:config cambiando dom.event.clipboardevents.enabled a false)

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Tras solicitar en julio 2017 lista profesorado que ha formado parte de los tribunales calificadores de la EvAU 2017 Madrid, recibí respuesta indicando que la Comunidad de Madrid no poseía la información solicitada, siendo las Universidades Públicas de la Comunidad Madrid las competentes, a las que trasladaba petición. Remito a UAM al no haber recibido información, amparándome en art 78 RDL 5/2015 que cita los principios de "igualdad, mérito, capacidad y publicidad"
-Solicito que sea pública la lista de profesorado que ha formado parte de los tribunales calificadores de la EvAU de 2017 en Madrid de UAM, aclarando si son profesores universitarios o de secundaria y que se cumplen porcentajes artículo 12 Tribunales calificadores. Composición de ORDEN 47/2017
-Solicito información sobre el sorteo de tribunales calificadores: lista de participantes antes del sorteo, información pública del sorteo, e información de seleccionados tras el sorteo. En la web http://www.uam.es/ss/Satellite/es/1242656108731/1242695563300/generico/generico/Acceso_para_estudiantes_de_Bachillerato_y_Formacion_Profesional.htm para 2017 no aparecía la información solicitada,  cuando en otras universidades públicas de Madrid sí se publica Listado de solicitantes y Resultado del sorteo http://www.upm.es/FuturosEstudiantes/Ingresar/Acceso/EvAU
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16 enero 2018
Recibo respuesta de UCM
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Estimado Señor García Simón

El sorteo que se hace  de los Profesores tanto Universitarios como de Secundaria es publico y lo anunciamos en la pagina WEB . No publicamos la relación de solicitantes ni de admitidos porque nunca se ha publicado y porque tampoco sabemos si por la Ley de Protección de Datos se deberían publicar ( por lo menos los admitidos, porque a lo mejor hay Profesores que no quieren que se sepa que van a participar).

​También respetamos el artículo 12 en el sentido de que al menos el 40% de los Profesores serán de Universidad  y el otro 40% al menos de Secundaria ( siempre que haya un número de solicitudes suficientes para respetar este porcentaje). De ello ya se encarga el programa informático y lo comprobamos previamente con pruebas que hacemos.

En la Sección de ​ Tribunales y profesorado, se guardan los listados de solicitantes y del resultado del sorteo, así como el acta que se levanta del mismo con el día, fecha y hora.

Por otro lado, en su correo dice que se dirigió a la Comunidad de Madrid con fecha 15 de Julio y que la Comunidad le dijo  con fecha 1 de agosto que era cosa de las Universidades y que nos lo solicitarían. Que yo sepa a nosotros no nos lo ha pedido la Comunidad ni creo que os lo remitiera al Vicerrectorado directamente, porque si no, me lo habrías pedido.

No remitimos los documentos en los que aparece el DNI de los participantes porque entendemos que con ello vulneraríamos la Ley de protección de datos.


​Un cordial saludo,​

Portal de Transparencia de la UCM
transparenciaucm@ucm.es

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Me adjuntan este documento: resultado sorteo profesores_ordinaria 2017 (1) (1) 


No sé por dónde empezar con esta respuesta, a partir de mañana 17 puedo reclamar al CTBG.

1. El que no se haya publicado nunca no es un motivo para no publicar si se pide
2. Si no saben si por LOPD se pueden publicar, deben informarse y argumentar, no comentarme que no lo saben. Les indico que otras universidades públicas de Madrid sí publican nombres y no lo comentan.
3. Si "a lo mejor hay Profesores que no quieren que se sepa que van a participar" no es en absoluto un motivo para no publicar, casi lo veo como motivo para sí publicar.
4. Sobre "40% al menos de Secundaria ( siempre que haya un número de solicitudes suficientes para respetar este porcentaje)". La normativa o se cumple o no se cumple, no se cumple "siempre que haya ..."
5. Si  "se guardan los listados de solicitantes y del resultado del sorteo, así como el acta que se levanta del mismo con el día, fecha y hora.", las actas son públicas (ver en este post)

Por su parte, en el artículo 13 de la LTAIBG se define la “información pública” como
“los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones”.

6. La frase "ni creo que os lo remitiera al Vicerrectorado directamente, porque si no, me lo habrías pedido." parece que una persona del portal habla directamente con otra persona del vicerrectorado, y luego esa respuesta se usa para responderme a mi, pero se les olvida retocar parte.

7. Considerar que un sorteo en el que se elige gente es transparente con publicar "información del sorteo" sin publicar listado de solicitantes y de elegidos es realmente surrealista.

19 enero 2018
Recibo respuesta respuesta de UAM y adjunta dos documentos relación correctores

2018-01-19-UAM-tribunal Evau ordinaria.pdf
2018-01-19-UAM-tribunal Evau extraordinaria.pdf

22 mayo 2018
Recibo correo repuesta
Secretaría del Vicerrectorado de Rel. Instituc. y Gabinete del Rector <sec.institucional@ucm.es>
Buenos días:
Adjunto contestación a la reclamación interpuesta en el portal de transparencia con expediente RT/0013 2018 de D. Enrique García Simón.
Atentamente
Isabel Fernández Torres
Vicerrectorado Relaciones Institucionales y  Gabinete del Rector
Universidad Complutense de Madrid 

Incluye 3 anexos:
Respuesta UCM (fechada 31 enero 2018)

2017-05-08-UCM-EvAU-Listado de Solicitudes Profesores Alfabetico General 2017 (2).pdf  79 páginas
2017-05-08-UCM-EvAU-acta del sorteo_ordinaria 2017 (2)-1.pdf 26 páginas 

EvAU 2018

RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2017, del Director General de Universidadesy Enseñanzas Artísticas Superiores, por la que se da publicidad al Acuerdo de laComisión Coordinadora de la Evaluación de Bachillerato para acceso a la Uni-versidad, por el que se determinan las fechas de realización de las evaluacionescorrespondientes al año 2018.

Se cita misma normativa
"creada según lo establecido en la Orden 47/2017"

Las universidades piden correctores en febrero 2018:

UAH
https://www.uah.es/es/admision-y-ayudas/grados/pruebas-de-acceso/Evaluacion-para-el-Acceso-a-la-Universidad/participacion-en-tribunales-EvAU/
No cita funcionarios de carrera
"Requisitos
    Funcionarios docentes que impartan bachillerato en el curso actual y sean especialistas de materias incluidas en la prueba."



3 abril 2018
Se publica resultado sorteo, pero no listados solicitantes.
Indica se notifica a centros, no vía SMS como en 2017

Sorteo Público

El nombramiento de los profesores de secundaria se enviará a la dirección de los centros.
Día: 03/04/2018
Hora: 11:00
Lugar: Secretaría General

Resultado del sorteo: 

Número desde el que comenzará la designación de los vocales que formarán parte del tribunal para la EvAU.
Profesores de Centros de Secundaria: Nº 212 - GÓMEZ GUTIÉRREZ
Profesores de Universidad: Nº 47 - JIMÉNEZ CALVENTE

UAM
http://www.uam.es/ss/Satellite/es/1242656108731/1242695563300/generico/generico/Acceso_para_estudiantes_de_Bachillerato_y_Formacion_Profesional.htm
En Instancia Profesores I.E.S. (actualizada para 2018 en el logo) vuelve a limitar a funcionarios de carrera en instrucciones para IES
Todos los solicitantes deberán ser funcionarios de carrera e impartir docencia en Bachillerato durante el presente curso académico.


UC3M
https://www.uc3m.es/ss/Satellite/Grado/es/TextoMixta/1371215796640/Tribunales_de_valoracion
Ahora sí limita a funcionarios de carrera (no lo hacía en 2017)
Convocatoria
2.2 Los profesores y profesoras que soliciten participar en las Pruebas deberán ser funcionarios de carrera y encontrarse impartiendo docencia en bachillerato en el curso 2017/2018, en alguno de los Centros Públicos de Secundaria Adscritos a la Universidad Carlos III de Madrid.

UCM
https://www.ucm.es/tribunales-de-selectividad-
Sí cita funcionarios de carrera
"Profesores UCM e IES. Convocatoria de 2018
Requisitos de participación:
...
    Funcionarios de carrera pertenecientes a los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria o de artes plásticas y diseño que impartan bachillerato en los centros adscritos a la UCM a efectos de la EvAU en el curso 2016/17."


UPM
http://www.upm.es/FuturosEstudiantes/Ingresar/Acceso/EvAU
A 2 marzo 2018 Anuncio convocatoria sigue conteniendo lo de 2017

A 9 mayo 2018 en http://www.upm.es/sfs/Rectorado/Vicerrectorado%20de%20Alumnos/Acceso/Publicaci%C3%B3n%20admitidos.pdf
(pdf con fecha interna 12 marzo 2018) se indica

La  relación  de  admitidos  de  los  vocales  calificadores  de  los  Tribunales  de  la  UPM  que  han  de  juzgar  la  Evaluación  para  el  Acceso  a  la  Universidad,  para  el  curso  académico  2017/2018  se  enviará por correo electrónico a los Directores de nuestras Escuelas, para su publicación en el tablón de anuncios.
 

URJC
https://www.urjc.es/images/EstudiarURJC/Admision_matricula/grado/Manual%20Participacion%20EvAU%202018.pdf
Inicialmente puse que no limitaba a funcionarios de carrera sin citar texto.
Revisado 9 mayo 2018 copio

"La designación se realizará por sorteo el día 9 de marzo a las 15:00 horas en el edificio  del  Rectorado  (Móstoles). El  resultado  se  publicará  el 14  de  marzo en los Registros de la Universidad."
...
Sólo   podrán   intervenir  como   correctores   los   profesores   de centros públicos que ostenten la condición de funcionario de carrera"
Se cita https://gestion2.urjc.es/evau/login


2 marzo 2018 
Planteo solicitud en portal transparencia
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Según artículo 9 de orden 47/2017 la dirección general competente en materia de Educación Secundaria tiene cuatro representantes en la comisión organizadora de la EvAU
En 2017 tras preguntar sobre la limitación de correctores EvAU a funcionarios de carrera que aplicaron algunas universidades públicas pero eran inexistentes en el artículo 12 de la citada orden 47/2017, tras reclamaciones a través del CTBG se me facilitaron tres documentos :
-Acta (parcial) 30 enero 2017
-Acta (parcial) 11 de julio 2013
-Documento sobre participación en tribunales 15 julio 2013
El 15 julio 2017 presenté un recurso de alzada con registro 09/871315.9/17 detallando como la limitación realizada era incorrecta, indicando en la solicitud final
"De acuerdo a lo indicado en las alegaciones, considero que según normativa actual no se debería limitar a funcionarios de carrera la corrección, permitiéndose ser tribunal calificador a funcionarios interinos y a funcionarios de carrera. Dada la imposibilidad de que la corrección de ese acta aplique a la EvAU de 2017, solicito que la Comisión Organizadora de la EvAU de 2018 explicite y haga transparente y público todos los detalles sobre los requisitos y nombramientos de correctores."
Sin embargo, a 2 marzo 2018 se puede comprobar:
En web UAH y URJC no limitan a funcionarios de carrera (UAH sí lo hizo en 2017)
En web UC3M, UCM y UAM sí limitan a funcionarios de carrera (UC3M no lo hizo en 2017)
En web UPM hay documentación de 2017 y sigue limitando correctores a profesores de universidad, cuando artículo 12.3 de citada orden 47/2017 indica que al menos 40% deben ser profesores IES.

Solicito que bien la consejería a través de sus miembros en la comisión o remitiendo a la comisión, se hagan públicos criterios públicos que reflejen si existe o no limitación a funcionarios de carrera, y que exista uniformidad de criterios entre las universidades públicas sobre nombramiento de correctores, además de que el proceso sea transparente.

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12 marzo 2018
Recibo respuesta del portal de transparencia.
Repiten respuesta de abril 2017 (cambian "la Administración" por "el órgano")

Una vez analizada su solicitud, le comunicamos que la Comunidad de Madrid no posee la información solicitada.
...
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información presentada, siendo el órgano competente
para su tramitación la comisión organizadora, a cuyo presidente, el Vicerrector de Estudiantes de la
Universidad Complutense de Madrid, se da traslado para su tramitación y contestación.



Pongo correo al vicerrectorado de estudiantes
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Realicé la solicitud a través del portal de transparencia de la Comunidad de Madrid y he recibido la siguiente respuesta

"RESUELVE
Inadmitir a trámite la solicitud de acceso a la información presentada, siendo el órgano competente para su tramitación la comisión organizadora, a cuyo presidente, el Vicerrector de Estudiantes de la Universidad Complutense de Madrid, se da traslado de su solicitud para su tramitación y contestación."
Incluyo documento de respuesta recibida (que asumo que llegará por otra vía), quedando a la espera de una contestación. Incluyo el texto de la solicitud, que puedo aportar original si es necesario.
Un saludo
Aclaración: esta solicitud es para 2018, distinta a la que ya realicé la solicitud en 2017.

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13  abril 2018
Petición a CTBG
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Tras poner RT/0145/2017 en 2017 me enviaron documentación.
En 2018 solicito de nuevo documentación, ya que debe haber actas nuevas que fijen como criterio que solamente los funcionarios de carrera pueden ser correctores, ya que como demostré en 2017 no hay normativa que lo indique
Tras solicitarlo vía portal transparencia la comunidad me remite el vicerrectorado como ocurrió en 2017 (aunque la Comunidad tiene miembros en la comisión)
El 12 de marzo 2018 solicité al vicerrectorado documentación que demuestre que se limitan correctores a funcionarios de carrera (existente y adicional a la que me dieron en 2017: debe ser normativa o actas)
Pasado 1 mes no he recibido respuesta del vicerrectorado, por lo que recurro al CTBG
Al haber respondido pongo al tiempo "sí hay respuesta" y datos de la primera respuesta y "no hay respuesta" ya que no ha respondido el vicerrectorado

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16 abril 2018
Tras no haber voluntarios en mi centro, me lo comentan y accedo a inscribirme como acompañante a las pruebas en UAH; yo pensaba solamente en la ordinaria pero resulta ser en ambas. Sin ser corrector es una oportunidad de conocer un poco más de cerca, aunque con el cambio de calendario me toca pringar la primera semana de julio 2018. La inscripción se realiza desde dirección (me piden IBAN cuenta bancaria), y recibo correo

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Por esta comunicación electrónica la dirección del Centro designa como Profesor de Apoyo para acompañar a nuestros alumnos a las Pruebas de la Evaluación para el Acceso a la Universidad de acuerdo con las normas y funciones atribuidas publicadas en la Web de la Universidad de Alcalá en el enlace:
http://www.uah.es/es/admision-y-ayudas/grados/pruebas-de-acceso/Evaluacion-para-el-Acceso-a-la-Universidad/participacion-en-tribunales-EvAU/
NIF: 03103687K
Apellidos: GARCÍA SIMÓN
Nombre: ENRIQUE
Domicilio:
Fecha Nacimiento:
Código Postal:
Población:
Teléfono Móvil:
Teléfono Trabajo:
Email:
Centro:
Cuenta bancaria:
Convocatoria: Ambas

No es necesario remitir ningún documento. Si tiene alguna duda comuníquelo a la dirección de correo electrónico: seccion.acceso@uah.es

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La información en
https://www.uah.es/es/admision-y-ayudas/grados/pruebas-de-acceso/Evaluacion-para-el-Acceso-a-la-Universidad/participacion-en-tribunales-EvAU/#profesores-de-apoyo

Plazo para la designación del Profesor de Apoyo: Hasta el 5 de mayo.










Solicitud

El profesor designado tendrá como funciones atribuidas, entre otras:
  • Orientar y asistir a los estudiantes de su centro durante los días de celebración de la prueba en lo relativo a la organización de la misma.
  • Representar al centro y ser interlocutor de los alumnos para la resolución de todas las incidencias relativas a las pruebas de la Evaluación.
Los profesores de apoyo permanecerán en las inmediaciones de las aulas en las que realicen los exámenes sus alumnos, con el fin de prestar el apoyo que les sea requerido por los miembros del Tribunal.

3 abril 2018
Dictamen 11-18 Consejo Escolar

Al proyecto de Orden de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se modifica la orden 47/2017, de 13 de enero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se desarrollan determinados aspectos de la evaluación final de Bachillerato para el acceso a la Universidad. (3-abril-2018)
http://www.comunidad.madrid/sites/default/files/d11_dict_11-18.pdf

17 abril 2018
Recibo respuesta vicerrectorado (claramente tras recibir toque CTBG)
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Estimado señor:

En contestación a su escrito remitido  el 12 de Marzo de 2018,  y tras la última reunión mantenida por la Comisión Organizadora de la EvAU le comunico lo siguiente:

Las Universidades publicas de la Comunidad se limitan al cumplimiento de la normativa actual y mantienen procedimientos comunes en cuanto a la participación y nombramiento de vocales para la EvAU.
Por otro lado, entra dentro de la discrecionalidad de cada una de ellas, el publicar información referente a la EvAU en la medida en que lo consideren oportuno y necesario.
Por último, según nos confirman desde la Comunidad de Madrid, en el  Portal de Transparencia se ha publicado el borrador de la Orden que tiene prevista publicar la propia Comunidad  referente a la EvAU y a la que tienen acceso todos los ciudadadanos, por lo que Vd. ha tenido la oportunidad de hacer las alegaciones que considerara oportuno al articulado de la misma y a las modificaciones previstas en ella, a expensas siempre de que desde la propia Comunidad de Madrid admitieran a trámite las mismas.

Atentamente

Julio Contreras Rodríguez
Vicerrector de Estudiantes
Universidad Complutense de Madrid
Tel. (+34) 913947197/1881
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Localizo
http://www.madrid.org/es/transparencia/normativa/proyecto-orden-consejeria-educacion-e-investigacion-que-se-modifica-orden-472017-13-0

Proyecto de Orden de la Consejería de Educación e Investigación por la que se modifica la orden 47/2017 de 13 de enero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte por la que se desarrollan determinados aspectos de la evaluación final de Bachillerato para el acceso a la Universidad
Fecha: 
26 Marzo 2018

Tiene fecha 26 marzo 2018 (fecha interna de pdf es 13 marzo 2018), posterior a mi reclamación 12 marzo
Se modifica artículo 12 para indicar explícitamente funcionarios de carrera
Seis. Se da una nueva redacción al apartado 1 del artículo 12:
1.”Los tribunales calificadores de las pruebas estarán integrados por profesorado especialista de cada una de las materias. El número máximo de ejercicios que se  entregará  a  cada  profesor  no  será  superior  a  200.  Estos  profesores especialistas   procederán   del   personal   docente   universitario,   de   los catedráticos y profesores de Enseñanza Secundaria que tengan la condición de  funcionario  de  carrera  y  que  impartan  Bachillerato.  Así  mismo,  podrán formar parte de estos tribunales calificadores los inspectores de educación, atendiendo a la especialidad adquirida en el cuerpo docente de procedencia.” 


Parece que a futuro estará aclarado oficialmente, pero no responde a las preguntas:
-Dice "Las Universidades publicas de la Comunidad se limitan al cumplimiento de la normativa actual y mantienen procedimientos comunes en cuanto a la participación y nombramiento de vocales para la EvAU."
--con la normativa actualmente en vigor, no está limitado a funcinoarios de carrera, y sin embargo algunas universidades sí lo han limitado, luego tampoco hay procedimientos comunes.
-Indica "tras la última reunión mantenida por la Comisión Organizadora de la EvAU le comunico lo siguiente" luego hay una reunión de la que existirá acta.

Insisto en solicitar que se hagan públicos criterios públicos (un acta / documentación oficial) que respalde el procedimiento seguido por algunas universidades públicas de Madrid de limitar a funcionarios de carrera los correctores EvAU 2018, así como que exista uniformidad de criterios entre las universidades públicas sobre nombramiento de correctores, además de que el proceso sea transparente.

9 mayo 2018
Solicito vía Twitter, gracias a  iniciativa #Transparencia9M veo que puedo pedir a UPM y URJC
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/993991668897599488

15 enero 2019
Recibo resolución CTBG estimando mi solicitud
https://drive.google.com/file/d/0B-t5SY0w2S8iOXEwNERRM0JJMVF4d2ZFME9TVWtGbUFUZV9Z/view

Se indica
La URJC envió un correo electrónico de fecha 28 de septiembre de 2018, en el que se señalaba:
Manifestamos que, una vez realizadas las consultas y comprobaciones oportunas se deniega la solicitud en virtud del acuerdo (acta de la reunión del 24 de julio de 2018) de la Comisión Organizadora de la Evaluación de Acceso a la Universidad de la Comunidad de Madrid, que en su punto 2. “Criterios para la designación de los miembros de los Tribunales de la EvAU”, dice
expresamente en el apartado c) “Que, de acuerdo a la legislación actual, una vez realizado el sorteo se debe preservar la identidad de los elegidos.” 

Nuestra universidad se ve sujeta al cumplimento de los acuerdos de dicha comisión organizadora dependiente de la Comunidad de Madrid.
...
A la vista de todo lo afirmado anteriormente y de que no se alcanza a ver cuál podría ser el posible prejuicio producido por la revelación de los datos de carácter personal afectados, este Consejo considera que existe un interés público en conocer la información solicitada y que no procede invocar el límite del artículo 15 de la LTAIBG para denegar el acceso. En consecuencia, procede estimar la reclamación planteada y la URJC debe suministrar al reclamante la siguiente documentación:
“Copia digital de la designación por sorteo del personal corrector de la Evaluación para el Acceso a la Universidad (EvAU), realizado el día 9 de marzo a las 15:00 horas en el edificio del Rectorado (Móstoles)”.


11 marzo 2019
Recibo respuesta de URJC

En contestación a su solicitud sobre la resolución RT0283/2018 con fecha 11 de enero de 2019 formulada por usted en la que expone literalmente:

Se solicita información relativa a la designación se realizó por sorteo el día 9 de marzo a las 15:00 horas en el edificio del Rectorado (Móstoles), publicada en fechas posteriores, conforme a los criterios establecidos por el Servicio de Pruebas de Acceso, Títulos y Becas de la Universidad Rey Juan Carlos (http://www.urjc.es/estudiar-en-laurjc/admision#pruebas-de-acceso), a través del documento publicado en la web de la URJC “EvAU - Evaluación para el Acceso a la Universidad 2018. Participación de Profesores en la Evaluación para el Acceso a la Universidad”. Concretamente, se solicita una copia digital del resultado del sorteo publicado.

Una vez recibida la información por los servicios de la Universidad involucrados en esta solicitud, se adjunta copia digital del resultado del sorteo. En ella podrá comprobar el listado de profesores seleccionados para participar en la Evaluación de Acceso a la Universidad 2018.

Le pedimos disculpas por haber excedido el plazo en la contestación de esta resolución. En esta ocasión han concurrido diversos motivos que han hecho imposible facilitarle la información en fecha, como sí ha podido ocurrir en solicitudes suyas anteriores.

Esperamos que la información le sea de utilidad.

Estamos a su disposición, una vez más.

https://drive.google.com/open?id=0B-t5SY0w2S8iWkVrMGliNGdtS0UxUUhNcTZpLXRYeU5zNFEw


UPM
https://www.upm.es/atencion_usuario/solicitud.upm?centro=110&peticion=2562
A 9 mayo2018 en http://www.upm.es/sfs/Rectorado/Vicerrectorado%20de%20Alumnos/Acceso/Publicaci%C3%B3n%20admitidos.pdf (con fecha interna pdf 12 marzo 2018) se indica "La  relación  de  admitidos  de  los  vocales  calificadores  de  los  Tribunales  de  la  UPM  que  han  de  juzgar  la  Evaluación  para  el  Acceso  a  la  Universidad,  para  el  curso  académico  2017/2018  se  enviará por correo electrónico a los Directores de nuestras Escuelas, para su publicación en el tablón de anuncios."
Solicito amparándome en la transparencia:
 1. Una copia digital de dicha relación de admitidos:
-Es información existente, que no requiere elaboración
-Es información pública, ya que se va a exponer en los tablones
-No aplica la LOPD, ya que son nombres de funcionarios públicos (así se limitó al menos en 2017) realizando una labor pública, y la propia UPM publicó, y mantiene publicados a día de hoy, los nombres de los admitidos en 2017
http://www.upm.es/sfs/Rectorado/Vicerrectorado%20de%20Alumnos/Acceso/Resultado%20Sorteo.pdf
2. Que en dicha copia se incluya la condición de profesor IES ó profesor universitario, de modo que se pueda validar que se cumple artículo 12.3 de orden 47/2017 en vigor que indica que al menos el 40% deben ser profesores IES, ya que en listado de 2017 se limitaban correctores a profesores de universidad, incumpliendo normativa.

URJC
buzon.sugerencias@urjc.es ya que https://sede.urjc.es/buzon-de-quejas-y-sugerencias no me va
A 9 mayo 2018 en http://www.urjc.es/images/EstudiarURJC/Admision_matricula/grado/Manual%20Participacion%20EvAU%202018.pdf (con fecha interna pdf 12 febrero 2018) se indica  "La designación se realizará por sorteo el día 9 de marzo a las 15:00 horas en el edificio  del  Rectorado  (Móstoles). El  resultado  se  publicará  el 14  de  marzo en los Registros de la Universidad."

Solicito amparándome en la transparencia:
 1. Una copia digital del resultado del sorteo publicado
-Es información existente, que no requiere elaboración
-Es información pública, ya que se ha publicado en los Registros de la Universidad.
-No aplica la LOPD, ya que son nombres de funcionarios públicos (así se limita en el mismo documento) realizando una labor pública, y otras universidades públicas de Madrid han facilitado listados (lo adjunto)
https://drive.google.com/open?id=1Pl9BqtTlR4eVDkacE20qzOhyN1w4ypQC

18 mayo 2018
Se publica ORDEN 1647/2018, de 9 de mayo, de la Consejería de Educación e Investigación,por la que se modifica la Orden 47/2017, de 13 de enero, de la Consejería de Edu-cación, Juventud y Deporte, por la que se desarrollan determinados aspectos dela evaluación final de Bachillerato para el acceso a la universidad.

Entre los cambios, está un tema que he estado reclamando y documentado en este post

Seis.  Se da una nueva redacción al apartado 1 del artículo 12:
“1.  Los tribunales calificadores de las pruebas estarán integrados por profesorado especialista de cada una de las materias. El número máximo de ejercicios que se entregará a cada profesor no será superior a 200. Estos profesores especialistas procederán del personal docente universitario y de los catedráticos y profesores de Enseñanza Secundaria que tengan la condición de funcionario de carrera y que impartan Bachillerato. Asimismo, podrán formar parte de estos tribunales calificadores los inspectores de educación, atendiendo a la especialidad adquirida en el cuerpo docente de procedencia” 


10 junio 2018
Recibo respuesta vía mail de URJC
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Estimado D. Enrique,

En contestación a sus escrito de 9 de mayo de 2018, en relación sorteo de Correctores EvAU URJC 2018, le informamos lo siguiente:

Se solicita información relativa a la designación se realizó por sorteo el día 9 de marzo a las 15:00 horas en el edificio  del  Rectorado  (Móstoles), publicada en fechas posteriores, conforme a los criterios establecidos por el Servicio de Pruebas de Acceso, Títulos y Becas de la  Universidad Rey Juan Carlos (http://www.urjc.es/estudiar-en-la-urjc/admision#pruebas-de-acceso), a través del documento publicado en la web de la URJC “EvAU - Evaluación para el Acceso a la Universidad 2018. Participación de Profesores en la Evaluación para el Acceso a la Universidad”. Concretamente, se solicita una copia digital del resultado del sorteo publicado.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la información solicitada contiene datos de carácter personal que no se podrán autorizar en caso de que conste con el consentimiento expreso del afectado.

Tratándose pues de datos de carácter personal como contenido de lo solicitado no procede admitir la solicitud de esa información, a la vista de lo dispuesto anteriormente.

Atentamente,
Portal de Transparencia
Universidad Rey Juan Carlos
Campus de  Móstoles (Madrid), España
portaltransparencia@urjc.es | www.urjc.es | @URJC |
---


12 junio 2018
Planteo reclamación CTBG
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Reitero lo argumentado en mi solicitud 
-Es información existente, que no requiere elaboración 
-Es información pública, ya que se ha publicado en los Registros de la Universidad. 
-No aplica la LOPD, ya que son nombres de funcionarios públicos (así se limita en el mismo documento) realizando una labor pública, y otras universidades públicas de Madrid han facilitado listados (lo adjunto)  
La URJC no proporciona datos que sí han facilitado otras dos universidades públicas de Madrid UAM (directamente vía su portal transparencia) y UCM (tras RT/0013 2018) 
En la respuesta se alega protección de datos personales, pero creo que al asignar un desempeño de labor pública a funcionarios públicos con libre concurrencia, igualdad, publicidad y transparencia, prima conocer solicitantes, sorteo y asignación antes de la protección de datos personales.  
La respuesta cita la necesidad de autorización de terceros pero no llega a mencionar si se ha intentado.
La respuesta no adjunta acta del sorteo.

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6 julio 2018
Recibo transferencia UAH importe 153€
Concepto 2018/0000000000492

23 octubre 2018
Recibo resolución CTBG (puesta RT/0178/2018) inadmitiendo
https://drive.google.com/open?id=1nwHMb-D0GbuWiBkEp-GKJ_SYMbFlb_Z3
En atención a los Antecedentes y Fundamentos Jurídicos descritos, procede INADMITIR A TRÁMITE la Reclamación presentada, en tanto que su objeto queda fuera del alcance del ámbito de aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.


EvAU 2019

4 febrero 2019
Correo

Estimados Directores y Directoras:
Les informamos de la publicación de la Convocatoria para la designación de vocales correctores, profesorado de Enseñanza Secundaria, para formar parte de los Tribunales Juzgadores de la Evaluación para el Acceso a la Universidad (en adelante EvAU) 2018/2019.
Los profesores y profesoras de su Centro que estén interesados en participar en la EvAU del presente curso académico podrán solicitarlo cumplimentado el formulario electrónicoque encontraran en la siguiente dirección web:

Todas las solicitudes deberán ser presentadas a través del formulario electrónico y al final de este, se deberá adjuntar un documento sellado y firmado por el Secretario/a del Centro del horario del docente incluido en el D.O.C.
Asimismo, deberán adjuntar el visto bueno del Director/a del Centro sobre su participación en la EvAU a la vista del calendario publicado en el texto de la convocatoria de la Prueba. Adjuntamos a este correo el modelo de autorización en word.
El plazo para cumplimentar el formulario será del 1 al 18 de febrero de 2019. Las peticiones tramitadas fuera de esta fecha serán desestimadas.
El profesorado podrá especificar en el formulario las convocatorias en las que desean participar, junio, julio o ambas.
Los campos del formulario en los que aparezca un asterisco “*”, tendrán que ser cumplimentados obligatoriamente.
Para cualquier consulta pueden contactar con nosotros a través del correo selectividad@listserv.uc3m.com

Reciban un cordial saludo,

Participación profesores de centros privados

30 septiembre 2024

Gobierno aclara que profesores de colegios privados podrán formar parte de comisiones organizadores de la Selectividad

https://www.europapress.es/sociedad/educacion-00468/noticia-gobierno-aclara-profesores-colegios-privados-podran-formar-parte-comisiones-organizadores-selectividad-20240930184657.html

Corrección EvAU Madrid vs otras CCAA

Comentado en este hilo Madrid vs CLM vs CyL
https://twitter.com/ProfaDeQuimica/status/1137378273539895301
Pero es que voy más allá. Los correctores sacan los exámenes de la universidad y los corrigen en casa (que la universidad pierda la custodia no me parece bien). Solo tengo una experiencia como tal pero apenas hubo coordinación/criterios objetivos y claros. No sé si será lo común.
En CLM, según me han confirmado, se corrige en la misma universidad bajo la supervisión del coordinador que revisa exámenes aleatorios e indica sobre la marcha a cada corrector si está aplicando un criterio correcto, a la alza o a la baja. Solo es posible si se hace presencial.
Además, esto posibilita que todos los exámenes de todas las materias queden finalizados el mismo viernes de la semana de la EvAU, no hay que esperar al fin de semana al comenzar los exámenes un lunes y no un martes.
Finalmente, se envía un informe personalizado a cada corrector con los resultados obtenidos y cómo se relacionan con los de otros correctores (pregunta a pregunta). Así es posible determinar la desviación a la alza o a la baja de la corrección propia con respecto a la del resto.

 https://twitter.com/AlbaJimenezGom1/status/1137695412876435457
Corrigiendo EBAU en CyL y me han dado criterios, cada x% corregido hay que introducirlo en una plataforma para que el coordr te revise los percentiles y ver cómo vas. Sería imposible corregir en la universidad con el plazo. Me dieron 150 exám viernes 21h para miércoles mañana.

En Madrid entregan entre 80 y 200 exámenes. Química se lleva a cabo el jueves y el viernes debes ir a trabajar al instituto, así que solo se cuenta con el fin de semana para ello (como mucho, el lunes por la tarde). Hay que entregarlos el martes a 1ª hora. Nadie nos revisa así. 




Otros temas / algo queda que decir

 También hay otros temas que podrían ser más transparentes: reparto de número de exámenes (hay un máximo pero podría ser más claro cómo se reparten), número de días que se va ...

Comentarios

  1. Me parece lamentable la disparidad de criterios a la hora tanto de seleccionar vocales como de publicar los resultados.
    En mi departamento hemos detectado "errores" groseros en la designación de vocales por parte de la UC3M y, tras contactar con ellos, tiran balones fuera (admitieron a un interino de matemáticas en las correcciones de Física)
    La UC3M directamente ni dice cómo realiza la selección.
    Mal asunto: voy a plantear una queja en la CAM y a ver qué me dicen, aunque me confieso inexperto en estas lides y seguramente fuera más ventajoso partir de tus inquisiciones.

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