Oposiciones: transparencia valoración
Revisado 9 noviembre 2023
Resumen
Al igual que a partir del post Oposiciones: transparencia surgió un post separado Oposiciones: transparencia enunciados en el que solicité y conseguí todos los enunciados de 2018, a partir de ese creo post separado para tratar la valoración. para centrarme en "soluciones / plantillas correctoras / documentación para objetivar la corrección"
En el proceso a través respuesta CLM descubro una sentencia de 2019 que hace que CTBG desestime los enunciados que antes sí daba, lo que supone un retroceso grave en transparencia.
La documentación en 2021 dejo de compartirla en Google Drive, lo hago en GitLab
https://gitlab.com/fiquipedia/drive.fiquipedia/-/tree/main/TransparenciaOposiciones
Detalle
Índice de este post
- Cataluña 2021
- Comunidad Valenciana 2021
- Castilla-La Mancha 2021
- Madrid 2021
- Baleares 2021
- Aragón 2021
- Cantabria 2021
- Rioja 2021
- Murcia 2021
- Asturias 2021
- Andalucía 2021
- Otras CCAA
- Procesos 2023
- Reclamaciones sobre los procesos selectivos deben tener respuesta argumentada y ser pública, con derecho a ver examen corregido
- Modificaciones de notas sobre los procesos selectivos deben ser argumentadas, con plantillas de valoración, y ser públicas
- Transparencia en la custodia de enunciados y soluciones
- Jurisprudencia
En el post Oposiciones: transparencia enunciados dediqué tiempo a conseguir enunciados de 2018, pero ese post (documenta años tramitando con todas las CCAA) crece mucho y es inmanejable de editar, por lo que creo uno separado.
Cuando solicité enunciados, también pedía "soluciones / plantillas correctoras / documentación para objetivar la corrección", y solo lo conseguí en casos puntuales. No estoy hablando de "criterios generales", que sí se suelen publicar. No voy a volver a gastar las energías en pedirlos para todas las CCAA, pero comparto aquí información tras iniciarlo en 2021 con Cataluña, que fue como comencé también con los enunciados. En el caso de Física y Química la clave es tener "soluciones y plantilla correctora", que es algo que existe, ver ejemplo real de Madrid 2016
https://drive.google.com/file/d/0B-t5SY0w2S8iN3ZXbXFLdnEzOEU/view
Puede haber información parcial sobre "soluciones / plantillas correctoras / documentación para objetivar la corrección" en el post Oposiciones: transparencia enunciados, pero está mezclado con el proceso de pedir enunciados y solo traeré aquí algunas partes cuando lo vea claro.
También puede haber información en post Oposiciones: transparencia, aunque intento mover aquí parte por ordenar
No muevo aquí de momento de ese post pero tiene relación
- Publicidad de los criterios usados por los tribunales
- Los tribunales a veces tienen instrucciones ocultas, y se ha demostrado
- Publicidad de los listados con resultados parciales
- Actuaciones públicas
Cataluña 2021
Retomo las gestiones de Cataluña de 2018 moviendo aquí la parte final y continuando en 2021. Me centro en las oposiciones que se realizan en 2021, aunque las oposiciones tienen nombre formal de 2019.
8 octubre 2018
Veo enunciados publicados en
http://ensenyament.gencat.cat/ca/arees-actuacio/professors/oposicions/ingres-acces-cossos-docents/2017/suposits-practics/
donde indica
Data d'actualització: 04.10.2018
Al mismo tiempo recibo notificación (no comparto por tener datos privados como dirección)
Envían solamente 3 plantillas
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/1049256799528996864
No publican en su web pero me envían solamente 3 plantillas: educación física, música y biología y geología.
Las comparto
https://drive.google.com/drive/folders/1jsowS01QCmmUyzDbmAFJY9xbJbb_Ln4Vhttps://drive.google.com/drive/folders/1jsowS01QCmmUyzDbmAFJY9xbJbb_Ln4V
https://drive.google.com/drive/folders/1jsowS01QCmmUyzDbmAFJY9xbJbb_Ln4V
En enero 2021 veo que se publican "Exemples de supòsits pràctics"
El pdf de Física y Química tiene fecha de febrero 2020 en metadatos
23 febrero 2021
Aunque había dicho no hacer más allá de 2018, planteo solicitud nueva para Cataluña
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Solicito
copia o enlace, para las pruebas prácticas de oposiciones docentes
realizadas en Cataluña en convocatoria 2019 para todas las
especialidades convocadas, que según http://educacio.gencat.cat/ca/arees-actuacio/professors/oposicions/ingres-acces-cossos-docents/2019/calendari/ se ha realizado en enero 2021:
-Enunciados
-Documentación
manejada por los tribunales para objetivar la corrección. No hago
referencia a criterios de evaluación genéricos, ya publicados en http://educacio.gencat.cat/ca/arees-actuacio/professors/oposicions/ingres-acces-cossos-docents/2019/orientacions-criteris-avaluacio/, sino a documentos de soluciones, como se facilitaron para algunas especialidades.
Existe como antecedente http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174
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26 febrero 2021
Me informan de resolución GAIP estimatoria, que cita
http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2021-0191
Antecedentes
Invoca la LTAIPBG y la Resolución de la GAIP 174/2018. Pide recibir la información por correo electrónico.
Resolución
Sobre la base de los antecedentes y fundamentos jurídicos expuestos, el Pleno de la GAIP, en la sesión de 18 de febrero de 2021, resuelve por unanimidad:
- Estimar la Reclamación 18/2021 y declarar el derecho de la persona reclamante a la información siguiente relativa al concurso oposición convocado por la Resolución EDU/1/2019, para el acceso a las especialidades 507 y 627 de la función pública docente y para la adquisición de nuevas especialidades: 1. Plantilla usada por los tribunales para facilitar y objetivar la corrección que indique, para cada ítem o criterio, la ponderación de los 10 puntos en los que se valora globalmente la primera prueba. 2. Corrección de ejercicios y problemas de la parte A de la segunda prueba. 3. Plantilla usada por los tribunales para facilitar y objetivar la corrección que indique el valor de cada ejercicio, incluidos los apartados, de la parte A de la segunda prueba. 4. Plantilla usada por los tribunales para facilitar y objetivar la corrección que indique el desglose, por ítem o criterio, de la valoración de la parte B de la segunda prueba. 5. Documentos de las comisiones de selección en los que figuren la determinación de los criterios de actuación de los tribunales y su homogeneización.
- Requerir al Departamento de Educación para que derive la solicitud de información de la que deriva la Reclamación (juntamente con esta Resolución) a los órganos de selección afectados, para que faciliten a la persona reclamante, en el plazo de 10 días, una copia de la información indicada en el apartado anterior, o bien para que el propio Departamento facilite directamente esta misma información a la persona reclamante, en el mismo plazo indicado, tras recabarla a los órganos de selección afectados, de acuerdo con las consideraciones del fundamento jurídico 2. La información debe ser facilitada a la persona reclamante mediante correo electrónico.
- Requerir al Departamento de Educación para que en el plazo de 15 días informe a la GAIP de las actuaciones realizadas para cumplir esta Resolución.
- Invitar a la persona reclamante a comunicar a la GAIP cualquier incidencia que surja en la ejecución de la presente resolución y que pueda perjudicar a sus derechos e intereses.
- Declarar finalizado el procedimiento relativo a la Reclamación 18/2021 y disponer la publicación de la presente resolución en la web de la GAIP.
1 marzo 2021
Recibo resolución Cataluña
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...le informamos que actualmente esta convocatoria todavía no está resuelta. Una vez los tribunales cierren los expedientes de selección de las personas aspirantes se publicaran en el web del Departament de Educación, en el apartado de la convocatoria del curso 2019-2020, todos los enunciados de los supuestos prácticos de totas las especialidade de todos los cuerpos.
Asimismo, le informamos que los tribunales no utilizan documentación específica para objetivar las correcciones ya que no se exige en la convocatoria. Respecto a las orientaciones y criterios de corrección, le comunicamos que constan publicados en la página web del Departamento, en el enlace que se indica: http://educacio.gencat.cat/ca/arees-actuacio/professors/oposicions/ingres-acces-cossos-docents/2019/orientacions-criteris-avaluacio/
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Citaré
que tengo en sede electrónica notificación "Información en respuesta a
la solicitud acceso a información pública , exp 00002160
Practicada a les 12:35h del 08/10/2018" con plantillas.
La segunda parte es falsa, porque me dieron documentación en 2018.
8 marzo 2021
Pongo reclamación GAIP. Creo documento con imágenes y CSV (omito algunos aquí que tienen datos personales)
------ ( ver hasta fin texto marzo 2021, ya que incluyo cosas previas y aparecen más veces ---)
No aporto solicitud original sino resguardo ya que en mi área privada no me deja descargar como pdf, sino que se ve como formulario (ahora se ha cambiado el portal de transparencia y no se adjunta como pdf la solicitud de transparencia, aunque sí es así en GAIP)
En mi solicitud cito como antecedente GAIP 174/2018, por lo que realizo un resumen de solicitudes mías de 2018 por su similitud, aportando CSV de documentos: desde educación también dijeron como hacen en esta respuesta de 2021 que no daban información hasta no finalizar el proceso, y también inicialmente que no daban información para objetivar la corrección, pero sí acabaron facilitando información.
Tras realizar la solicitud he conocido http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2021-0191 que considero que aplica igualmente a este caso.
24 abril 2018
Realizo solicitud pidiendo enunciados y plantillas correctoras Física y Química
18 mayo 2018
Recibo resolución CSV 0PP1C8PIAAYOD1AOXYFMK4H8BKUCH5X6 que desestima indicando “ya que esta información solicitada forma parte de un proceso selectivo con concurrencia de aspirantes que todavía no ha finalizado.”
23 mayo 2018
Reclamo a GAIP indicando
La desestimación cita artículos 21.c y 22.2 de Ley 19/2014, indicando que la información solicitada forma parte de un proceso selectivo no finalizado.
Sin embargo:
-solicito pruebas de una fase ya finalizada en abril 2018. La información solicitada forma parte de las pruebas pero ya no es secreta, está asociada a transparencia de las mismas. Real Decreto Legislativo 5/2015 cita transparencia en Artículo 1.3.h y Artículo 55.2.b
-Artículo 21.c indica "si el secreto o la confidencialidad están establecidos por una norma con rango de ley" pero la desestimación no me indica qué norma con rango de ley fija el secreto, en el momento actual del proceso selectivo, de la información solicitada.
-Artículo 22.2 indica "límites son temporales si así lo establece la ley", pero no se me aclara en qué ley fija qué temporalidad ni cuando desaparecerá ese límite
6 julio 2018
Recibo 3 notificaciones de GAIP en la que adjuntan resolución 20 junio 2028 CSV 0KBU42D1U9KNAFS67ZYHS4HY9HHYDP93
Ese mismo día escribo correo a gaip@gencat.cat que incluía este texto (pongo solo parte)
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...Alegación: cuando realicé la solicitud, la fase inicial de la oposición asociada al práctico, realizada en abril, ya tenía calificaciones y había finalizado, por lo que no estaba abierta la actuación de los tribunales.
Es cierto que los aspirantes pueden interponer recursos administrativos, pero no considero que ese sea argumento para no hacer pública la información solicitada, ya que de hecho aportaría transparencia para que los recursos que se interpongan puedan estar adecuadamente fundamentados. Están reconociendo que se deben interponer recursos sobre una prueba sin que el recurrente tenga derecho a acceder al enunciado de la misma a pesar de tener la calificación.
Además, de manera previa a los recursos contencioso-administrativos, los opositores pueden poner reclamaciones ante los tribunales como parte del procedimiento selectivo.
Hay jurisprudencia del Tribunal Supremo al respecto:
https://miguelangelblanes.com/2015/10/13/la-transparencia-del-proceso-selectivo-de-empleados-publicos-el-acceso-a-los-examenes-y-a-las-bolsas-de-trabajo/
El Tribunal Supremo ha permitido a un participante del proceso selectivo el acceso a los exámenes de los otros opositores y a obtener copia, incluso cuando los actos han quedado firmes por no haberse recurrido ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa. Se reconoció el derecho de acceso a su examen, a los casos prácticos de los opositores, y al dictamen a partir del cual el tribunal de selección habría establecido el caso práctico a resolver en el tercer ejercicio de la oposición.
…
Alegación:
Entendiendo lo asociado a parte B que son temas, no comparto lo que se indica de la parte A "No se tramitaran los documentos que pueda tener el tribunal para facilitar y objetivar la corrección de esta parte A, ya que éstos son de carácter interno del órgano técnico."
Se está reconociendo que sí existen documentos, no requieren reelaboración, y que estos se utilizan para objetivar la corrección, y precisamente por esa razón considero que debe ser pública en un proceso selectivo objetivo.
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17 julio 2018
Recibo resolución GAIP
http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174
25 julio 2018
Reclamo resto de especialidades
7 septiembre 2018
Recibo resolución estimatoria
https://drive.google.com/file/d/1NRC9F9yFaf6bi1mrp3c_SZN7R48-IAne/view
“Asimismo, en el plazo máximo de un mes recibirá las plantillas correctoras de aquellas especialidades donde efectivamente existan.”
8 octubre 2018
Recibo notificación CSV ... en la que envían documentación para objetivar correcciones/plantillas/soluciones asociadas a 3 especialidades.
“En cumplimiento de la Resolución del Director General de Profesorado y Personal de Centros Públicos, de 07.09.2018 ...así como de las plantillas correctoras de aquellas especialidades, donde efectivamente existan …
En cuanto a las plantillas, se adjuntan a este comunicado 3 archivos .pdf con las plantillas correctoras de aquellas especialidades de la convocatoria de concurso oposición prevista mediante la Resolución ENS/2742/2007, de 21 de noviembre, donde efectivamente existen. “
En esta respuesta de 2021 indican:
“...le informamos que actualmente esta convocatoria todavía no está resuelta. Una vez los tribunales cierren los expedientes de selección de las personas aspirantes se publicaran en el web del Departament de Educación, en el apartado de la convocatoria del curso 2019-2020, todos los enunciados de los supuestos prácticos de totas las especialidade de todos los cuerpos.”
Alegación: vuelvo a repetir mi alegación a GAIP para 174/2018 que he adjuntado antes.
“Asimismo, le informamos que los tribunales no utilizan documentación específica para objetivar las correcciones ya que no se exige en la convocatoria. Respecto a las orientaciones y criterios de corrección, le comunicamos que constan publicados en la página web del Departamento, en el enlace que se indica: http://educacio.gencat.cat/ca/arees-actuacio/professors/oposicions/ingres-acces-cossos-docents/2019/orientacions-criteris-avaluacio/”
Alegación: en mi solicitud indicaba “No hago referencia a criterios de evaluación genéricos, ya publicados en http://educacio.gencat.cat/ca/arees-actuacio/professors/oposicions/ingres-acces-cossos-docents/2019/orientacions-criteris-avaluacio/, sino a documentos de soluciones, como se facilitaron para algunas especialidades.”
He demostrado con documentación que educación dijo por escrito en 2018:
“"No se tramitaran los documentos que pueda tener el tribunal para facilitar y objetivar la corrección de esta parte A, ya que éstos son de carácter interno del órgano técnico."
...recibirá las plantillas correctoras de aquellas especialidades donde efectivamente existan.
...se adjuntan a este comunicado 3 archivos .pdf con las plantillas correctoras de aquellas especialidades de la convocatoria de concurso oposición prevista mediante la Resolución ENS/2742/2007, de 21 de noviembre, donde efectivamente existen. ”
Si en 2018 existía esa documentación, y desde educación se comprobó para qué especialidades existían y se facilitó, resulta llamativo que en 2021 se diga a priori que no existen.
------- (fin texto marzo 2021)
27 abril 2021
Recibo resolución 357-2021, todavía no publicada en web GAIP pero asumo tendrá este enlace
http://www.gaip.cat/ca/detall/normativa/2021-0357
En local
1. Se estima dar enunciados sin tener que esperar a que termine la oposición. Creo que es importante y de interés para otras reclamaciones en otras CCAA
2. Se desestima "documentación manejada por los tribunales para objetivar la corrección, porque el Departamento ha facilitado la información existente antes de la presentación de la Reclamación."
Se equivoca @gaipcat: ver 174/2018 y 191/2021
11 mayo 2021
Me notifican que me van a enviar enunciados y que me los van a colocar en la carpeta ciudadana. Me llega la notificación sin que los coloquen, me dicen que tienen problemas por el volumen de 18 MB pero que estará en breve.
12 mayo 2021
Veo el fichero en carpeta ciudadana, es .7z de 18 MB con carpetas. Reviso y quito firmas y DNIs.
https://gitlab.com/fiquipedia/drive.fiquipedia/-/tree/main/TransparenciaOposiciones/2021-Catalu%C3%B1aEste post era sobre la transparencia en valoración, no sobre enunciados, y al final no se ha conseguido para Cataluña en 2021. Una opción sería una petición de transparencia pidiendo explícitamente que los tribunales confirmen que no hay soluciones o que las adjunten, tal y como hizo GAIP en la resolución de 174/2018.
Comunidad Valenciana 2021
Los procesos selectivos son en mayo, y realizo solicitud 30 mayo 2021
26 mayo 2021
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/1397627397764227072
Pruebas oposiciones @GVAeducacio fueron 22 mayo 2021. ¿Alguien se anima a pedir vía transparencia enunciados y documentación para objetivar corrección?
En 2019 dijeron estaban "desarrollando un procedimiento que permitirá disponer de dicha información"
https://ceice.gva.es/es/web/rrhh-educacion/oposiciones
30 mayo 2021
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/1398938481460756480
Ayer 29 mayo 2021 fue práctico oposiciones @GVAeducacio
¿Alguien se anima a pedir enunciados vía transparencia?
Aquí se están reconstruyendo y compartiendo los de Física y Química
#CompartidMalditos
http://www.docentesconeducacion.es/viewtopic.php?p=38577#p38577
Pongo solicitud https://gvaoberta.gva.es/es/inici
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Solicito copia o enlace, para las pruebas prácticas de oposiciones docentes realizadas en Comunidad Valenciana en convocatoria 2020 para todas las especialidades convocadas, que según https://ceice.gva.es/es/web/rrhh-educacion/oposiciones se ha realizado en mayo 2021:
-Enunciados
-Documentación manejada por los tribunales para objetivar la corrección. No hago referencia a criterios de evaluación genéricos, ya publicados, sino a documentos de soluciones/plantillas correctoras o similares. Al menos en Física y Química parte del práctico ha sido tipo test.
Existen como antecedentes
http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174 sobre facilitar enunciados
http://www.gaip.cat/ca/detall/normativa/2021-0357 sobre facilitar documentación antes de que termine el proceso selectivo
En expediente 58/2019 Consell Transparencia no se facilitaron enunciados, indicando se estaba "desarrollando un procedimiento que permitirá disponer de dicha información"
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GVRTE/2021/1380494
1 julio 2021
Ante silencio reclamo al consejo
https://conselltransparencia.gva.es/es/presentacion
https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/login.html
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Tras plantear solicitud 30 mayo, no he recibido respuesta
En expediente 18/2019, resolución 88/2019 de este consejo, se indicó
"cuesta creer a este Consejo que teniendo la Consellería la obligación de conservar los exámenes ante posibles revisiones, manifieste que no dispone de los enunciados, pudiendo figurar los mismos en el propio examen.
Si bien es cierto que la Consellería también le indica al reclamante que están desarrollando un procedimiento que permitirá disponer de dicha información para poder facilitarla a quien tenga interés, con lo que se le está brindando la oportunidad de poder volver a solicitar dicha información"
Insisto en que no solicito criterios generales de corrección que sí están publicados https://ceice.gva.es/es/web/rrhh-educacion/2020-cos-de-professors-d-ensenyament-secundari/-/asset_publisher/uI0q0NZkFnmI/content/criterios-de-evaluac-12?redirect=https%3A%2F%2Fceice.gva.es%2Fes%2Fweb%2Frrhh-educacion%2F2020-cos-de-professors-d-ensenyament-secundari sino la documentación utilizada por los tribunales para objetivar la corrección.
Sobre esa documentación adicional a enunciados cito http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174
En consecuencia, procede declarar el derecho de la persona reclamante a la plantilla correctora u otra documentación manejada por los tribunales para objetivar el ejercicio de su discrecionalidad técnica, en la medida que esta documentación exista efectivamente; en caso de no existir tal documentación, es preciso que así se le manifieste formalmente por parte del Departamento reclamado.
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2 julio 2021
Recibo resolución inadmitiendo porque está en elaboración.
Envío correo conselldetransparencia@gva.es
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Es cuestionable con carácter general porque el límite en cuestión debe basarse en una disposición legal adicional al artículo 21.1.c LTAIPBG, y el Departamento no invoca ninguna norma que establezca que en este tipo de procedimientos deba guardarse el secreto o la confidencialidad de la información concernida hasta que no hayan finalizado.
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5 octubre 2021
Pasado plazo de 3 meses, llamo al consejo 961922356
Me indican que el expediente 205/2021 está en curso. Se pidieron alegaciones a la consejería de educación en julio y las han recibido el 28 de septiembre. Falta que el ponente del consejo realice la resolución, el retraso es en torno a 2-4 meses.
30 diciembre 2021
Me notifican resolución estimatoria
1 febrero 2022
Llamo a consejo de C. Valenciana. Me dicen que se notificó a Consejería 3 enero, que espere a marzo para insistir.
7 febrero 2022
Recibo correo dgpd@gva.es
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Adjunto remito, documentación relativa a la copia de los enunciados de la prueba práctica de oposiciones docentes convocadas por la Orden 22/2020, (DOGV 26.11.2020), de la especialidad de Física y Química.
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Respondo mismo día
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Buenos días
Doy acuse de recibo de la recepción, confirmando que el correo recibido no responde a la resolución estimatoria R295/2021 de expediente R205/2021,que adjunto, y de la que pongo en copia al consejo.
- Solo se facilita un fichero de Física y Química, cuando debe ser para todas las especialidades: la resolución indica "reconocer el derecho de acceso a la información facilitada"
- No se envía la parte tipo test de Física y Química, que es lo que resolución indica como información adicional a enviar "debiendo facilitarle asimismo la documentación relativa a la especialidad de Física y Química "
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Luego añado otro correo
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Añado comentarios al correo anterior
El oficio indica "la Orden 22/2020...en ningún momento se establece la obligatoriedad de utilizar las rúbricas de corrección por parte de los tribunales"
La resolución indica "deberá recabar ... la documentación utilizada para objetivar las correcciones... y en caso de ... inexistencia ... deberán ser debidamente acreditadas"
La argumentación no es completa: que no sea obligatorio no implica que no existan.
En el caso de Física y Química, al haber una parte tipo test, es difícil de visualizar que se realice una corrección sin una plantilla correctora de dicha parte tipo test, y en el caso de problemas, que se manejen resoluciones por los tribunales.
Se muestra como ejemplo un documento manejado por tribunales de Madrid para la parte de problemas
https://gitlab.com/fiquipedia/drive.fiquipedia/-/raw/main/OposicionesFQ/Madrid/2016-06-18-Madrid-FQ-criterios-problemas-escaneado.pdf
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8 febrero 2021
Correo dgpd@gva.es asunto INFORMACIÓN SOLICITADA EXPEDIENTE R-295/2021
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A través de su solicitud desde el portal de transparencia y posterior Consejo de Transparencia nos llegó una solicitud referente a documentación relativa a los enunciados de los ejercicios de oposiciones.
En primer término, se envió el 2 de julio de 2021, desde la DGPD, resolución de 30 de junio de 2021 de inadmisión. En concreto, debido a que el procedimiento de la convocatoria de oposiciones todavía estaba en curso y todavía no había finalizado en su totalidad. Ciertamente, tal y como nos indica el Consell de Transparencia, en el momento que se finalizó el procedimiento se pudo haber enviado las carpetas correspondientes a las especialidades pero no se hizo fruto del desbordamiento acumulado de tareas.
En segundo lugar, se recibió en la DGPD desde el Consell de Transparencia, queja a su solicitud, en base a dicha queja, se enviaron todas las carpetas correspondientes a las especialidades convocadas y pensamos que SERÍA EL PROPIO CONSEJO QUIEN LE ENVIARÍA JUNTO A LAS ALEGACIONES DICHA INFORMACIÓN ADJUNTÁNDOLE LAS CARPETAS.
Nuestra sorpresa, una vez visto lo ocurrido, es la confusión sobre la información de uno u otro organismo por la que se ha quedado usted sin la información que solicitó.
Ante ello, Se le remite las carpetas con la información solicitada. En cualquier caso, si que debemos comentarle que no consta ni nos han proporcionado ninguna parte de tipo test además de que no tenemos rúbricas oficiales. Cada comunidad realiza y gestionan de manera diferente sus convocatorias.
Disculpe las molestias ocasionadas por la confusión respecto a la su solicitud de información.
PD
Doy acuse de recibo de la recepción, confirmando que el correo recibido no responde a la resolución estimatoria R295/2021 de expediente R205/2021,que adjunto, y de la que pongo en copia al consejo.
Ante su escrito de que pongo en copia al Consejo. Por favor, informe al Consejo de Transparencia que si ha recibido la información pues podemos nuevamente generar otra confusión de información. Somos organismos diferentes.
Muchas gracias
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Respondo
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28/09/2021 11:51 <DIR> 202 GRIEGO ok
28/09/2021 11:51 <DIR> 203 LATIN ok
28/09/2021 11:51 <DIR> 204 CASTELLANO ok
28/09/2021 11:51 <DIR> 205 GEOGRAFIA_HISTORIA ok
28/09/2021 11:51 <DIR> 206 MATEMATICAS OK
04/06/2021 08:03 <DIR> 207 FISICA_QUIMICA
18/10/2021 09:58 <DIR> 208 BIOLOGIA_GEOLOGIA ok
28/09/2021 11:51 <DIR> 209 DIBUJO ok
28/09/2021 11:51 <DIR> 210 FRANCES ok
28/09/2021 11:51 <DIR> 211 INGLES ok
28/09/2021 11:51 <DIR> 216 MUSICA ok
28/09/2021 11:51 <DIR> 217 EDUCACION_FISICA ok
28/09/2021 11:51 <DIR> 218 ORIENTACION_EDUCATIVA ok
28/09/2021 11:51 <DIR> 219 TECNOLOGIA ok
28/09/2021 11:51 <DIR> 256 LENGUA_LITERATURA_VALENCIANA ok
28/09/2021 11:51 <DIR> 261 ECONOMIA ok
CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA"
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Más tarde recibo de nuevo enunciado de FQ
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Adjunto remito, examen de física y química, pues se retiró en su día porque llevaba la firma del inspector correspondiente.
Y la tuvimos que retirar.
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23 mayo 2022
Envían enunciado de parte tipo test, pero no soluciones
Enlazan
Respondo
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Doy acuse de recibo de la recepción del correo.Quiero comentar que la información no es completa, ya que se envían los enunciados de la parte tipo test, pero no la plantilla correctoraCito la resolución del Consell de Transparencia que en su FJ6 indica "no encontramos objeción alguna que impida facilitarle tanto los enunciados de las preguntas tipo test como la plantilla correctora"https://gitlab.com/fiquipedia/drive.fiquipedia/-/blob/main/TransparenciaOposiciones/2021-Valencia/2021-12-10-RESOLUCION_Exp-205-2021_Res_295-2021-sinfirma.pdf
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Castilla-La Mancha 2021
25 junio 2021
Planteo solicitud, tras ver incidencias en varias especialidades
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Solicito copia o enlace a los enunciados de ejercicios de las oposiciones docentes realizadas en Castilla-La Mancha en 2021 para todas las especialidades convocadas, así como una copia de la documentación utilizada por los tribunales para objetivar las correcciones.
La documentación es relevante en situaciones como Anulación de parte del ejercicio 4 de la parte A de la primera prueba de la especialidad de Física y Química y Anulación del ejercicio número 3 de la prueba práctica de la primera prueba de la especialidad de Biología y Geología.
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número de registro 2162614/2021
21 julio 2021
Recibo resolución INADMITIENDO
Reproduzco a partir de punto tercero:
"Atendiendo al objeto de la solicitud presentada, que se refiere, con carácter general, a los enunciados y a la documentación utilizada por todos los tribunales para objetivar las correcciones de los exámenes propuestos por los tribunales de todas las especialidades de los procesos selectivos para el ingreso en los cuerpos docentes celebrados en 2021 en Castilla-La Mancha, se pone de manifiesto que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ya se ha pronunciado en diversas resoluciones sobre el acceso a informaciones de esta naturaleza, en particular, en el marco de procesos selectivos sobre los que se solicitan exámenes y plantillas correctoras. En tales supuestos, análogos a la presente solicitud, el citado Consejo ha seguido la línea marcada por la Sentencia nº 120/2019 del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº5. Dicha sentencia, frente a una solicitud de “pruebas de conocimientos y plantilla de resultados de cada una de las especialidades siguientes de los cinco últimos años: del Cuerpo Jurídico, Medicina, Enfermería y Psicología; así como las pruebas de inglés y plantilla de resultados, y los casos prácticos de los últimos cinco años, su resolución correcta de existir”, considera que concurre la causa de inadmisión del artículo
18.1 e) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, por su carácter abusivo y por falta de justificación con la finalidad de la transparencia de dicha norma, sobre la base a los siguientes argumentos:
- “El hecho de poder contar con los exámenes, enunciados y resultados de las distintas pruebas de acceso a las especialidades indicadas, nada tiene que ver con el objeto y fin de transparencia que promulga la norma. No se pone en entredicho la actuación del Órgano de Selección. No olvidemos que solicita los enunciados, plantillas y casos prácticos de cinco años.
- La petición de información no casa con la finalidad de la Ley de Transparencia; sino que, por el contrario, lo que cabe pensar es que, lo que subyace en la solicitud es que, el solicitante quiere aprovecharse del trabajo de cinco años de los Órganos de Selección en perjuicio de otros ciudadanos que no contarían con esa valiosa información; lo que se traduce en la vulneración del derecho de acceso en condiciones de igualdad en los Centros a que se refiere la reclamación. No olvidemos que, los propios aspirantes, no cuentan con la información solicitada; solamente les cabe la revisión de las pruebas y exámenes. Esta juzgadora considera, pues, acertada la decisión del Misterio de Defensa de no proporcionar la información solicitada; así
como el contenido del informe del Asesor Jurídico General de 5- 10-18; que suscribe, y el cual afirma entre otros extremos que, la forma de acceder a la información queda delimitada en cualquier caso a los interesados participantes en el proceso selectivo, según la resolución de convocatoria del proceso selectivo, dictada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de Ingreso y Promoción y de Ordenación de la Enseñanza de Formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 35/2010, de 15 de enero. - Que la convocatoria prevé el derecho de revisión de exámenes, existiendo con ello la posibilidad de que los aspirantes no solo puedan consultarlos, sino también, que puedan comprobar todas las preguntas y respuestas, realizando al órgano de selección cuantos comentarios, alegaciones o impugnaciones tengan por convenientes, más aún cuando se publican la plantilla de respuestas correspondientes.
- Que permitir el acceso a la información solicitada por el interesado, esto es, a los cuestionarios de preguntas de los diferentes procesos selectivos, con el transcurso del tiempo, no solo reduciría el margen de actuación de los Órganos de Selección a la hora de elaborar las preguntas diferenciadas de los exámenes, sino que, además y sobre todo, colocaría al interesado o a quienes a través de él pudieran tener acceso a las mismas mediando o no comercialización, en situación privilegiada, caso de presentarse a futuros procesos selectivos, respecto de otros aspirantes que carecen de dicha información. Situación que pudiera infringir los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a las funciones públicas (artículo 23 de la Constitución).
- Que también con la información interesada se podría generar una base de datos con ingente cantidad de preguntas y respuestas correspondientes a varios años en cada una de las categorías de los diferentes procesos de selección, que pudiera incluso ser objeto –de comercialización- y que, al afectar al interés general y al particular de las Fuerzas Armadas, lo procedente y necesario es preservar la confidencialidad del contenido de las preguntas. En suma, no estamos ante información susceptible de ser concedida al exceder de la finalidad de la propia norma invocada; y en cualquier caso, prevalece el superior interés público, al privado del reclamante.”
Por tanto, teniendo en cuenta la mencionada sentencia y la similitud con el objeto de la solicitud de información resultaría de aplicación la misma argumentación, y, en consecuencia, procede declarar su inadmisión por aplicación de la causa del artículo 18.1 e) de la citada Ley 19/2013, de 9 de diciembre, y del artículo 31.1 e) de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, ya que el hecho de poder contar con enunciados y las respuestas de las distintas pruebas de acceso a la especialidad indicada no se corresponde con el objeto y fin de transparencia que promulga la citada normativa. En este mismo sentido se ha pronunciado el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno en la R/0247/2020 y en las RT/0313/2020, RT/0314/2020, RT/0375/2020 y la RT/0121/2021.
Por otra parte, en la medida en que la información solicitada corresponde a un procedimiento administrativo en curso del que el solicitante podría ser interesado resultaría aplicable la disposición adicional primera de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.
Por los motivos expuestos, de acuerdo con la legislación mencionada y demás de general aplicación, esta Secretaría General RESUELVE: inadmitir la solicitud presentada por D. Enrique García Simón.
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https://twitter.com/FiQuiPedia/status/1417804418523832323
Inicialmente me parece un despropósito, viendo que en 2019 sí facilitaron https://drive.google.com/file/d/1x8ez2YaHXczFj-69CHdrHNhNtmxxQp8f/view, pero luego veo que es más grave: es una sentencia contra una resolución estimatoria de CTBG y CTBG la está aplicando por defecto para desestimar, por lo que ahora no darían lo que sí dieron en 2019 !
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/1417842475121758209
Esto es grave: @educajccm usa la sentencia 120/2019 porque anula resolución estimatoria RT0530/2018 y @ConsejoTBG la está citando para desestimar (cita 4 usos en RT0121/2021, RT0375/2020, RT0314/2020, RT0313/2020 (RT0247/2020 archivada por desistir))
Ministerio de Defensa. Acceso a pruebas y plantillas de resultados de procesos selectivos
RESUMEN
Una asociación presentó solicitud de acceso a la información dirigida al Ministerio de Defensa para conocer las pruebas de conocimientos, plantillas de resultados y casos prácticos en las pruebas de acceso a los cuerpos de Sanidad militar y Jurídico militar.
La Administración denegó la información por entender que es confidencial.
Presentada reclamación, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno la estimó, dado que no se aprecia esa confidencialidad ni el Ministerio lo justifica suficientemente y existen precedentes sobre el mismo asunto que han sido estimados.
Enlaces a las resoluciones citadas por @educajccm RT0247/2020, RT0313/2020, RT0314/2020, RT0375/2020 y RT0121/2021
https://consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:8041eeb4-769b-4ade-aecb-c70668c21d2c/RT_0121_2021.pdf
https://consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:c9fa7452-adca-425d-b326-43cb71b79cc1/RT_0375_2020.pdf
https://consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:5943b78f-a02c-448d-9c68-1d5278eb7476/RT_0314_2020.pdf
https://consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:0640f154-0e56-47db-b99e-259e73a8e54a/RT_0313_2020.pdf
https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:953f7853-0aaf-4172-9543-07fff616fb98/RT_0247_2020.pdf
Es algo grave: cito a Civio y lo pongo en la comunidad Civio
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/1417845329630830603
Esa sentencia me parece un retroceso en la transparencia: tras conseguir en 2018 acceso a documentos oposiciones de todas las CCAA, ahora lo impide, y me recuerda lo de la limitación temporal, también de @Defensagob
https://civio.es/novedades/2020/03/03/el-supremo-da-la-razon-a-civio-y-todas-las-administraciones-tendran-que-dar-acceso-a-informacion-anterior-a-la-entrada-en-vigor-de-la-ley-de-transparencia/
@civio @jdelacueva @MAngelGavilanes
https://comunidad.civio.es/t/transparencia-oposiciones-y-sentencia-ministerio-defensa/1694
Planteo reclamación a CTBG:
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Recibo resolución SAIP/21/180200/000029 inadmitiendo, y la argumentación es básicamente Sentencia nº 120/2019 del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº5 sobre RT0530/2018
No estoy de acuerdo en la argumentación de dicha sentencia, aplicada a un caso en el que se solicitaban para 5 años y para el Ministerio de Defensa, se aplique a un caso de solicitud de enunciados para una única convocatoria y en Educación. Intento aportar argumentos:
1. En 2019, la misma Consejería de Educación de Castilla-La Mancha sí facilitó en SAIP/19/180200/0000007, sin reclamar a CTBG, la información, y consideraba que era información pública, indicando "Conforme al artículo 13 de la citada Ley 19/2013, de 9 de diciembre, se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de la Administración y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
Por tanto, la Ley define el objeto de una solicitud de acceso a la información en relación a la información que ya existe, por cuanto está en posesión del organismo que recibe la solicitud o bien porque él mismo la ha elaborado o la ha obtenido en ejercicio de las funciones que tiene encomendadas."
2. Existen resoluciones estimatorias de todas las CCAA / sus Consejos de Transparencia estimando el acceso a enunciados y de oposiciones docentes.
Pongo referencias y puedo aportar documentación asociada a cada una de ellas, cosa que no hago por su volumen
-Cataluña: Resolución 174-2018 http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174
-Aragón: Solicitud 190/2018
-Navarra: Acuerdo AR 17/2018
http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/7442/Concurso-Oposicion-Profesores-de-Ensenanza-Secundaria-Escuelas-Oficiales-de-Idiomas-y-Tecnicos-de-Formacion-Profesional-Ano-2018
-País Vasco: Expediente: 2018/000094, resolución 33/2018
http://www.euskadi.eus/web01-a3hhlair/es/contenidos/informacion/langile_d_ope_2018_sec_fp_exam/es_def/index.shtml
-Asturias: Expediente LT/SAIP/2018
-Galicia: Expediente RSCTG 0117/2018
-Castilla y León: Expediente CT 0219/2018
-Comunidad de Madrid: Publicados tras 09-OPEN-00152.7/2018 http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=EDRH_Generico_FA&cid=1354732962997&pagename=PortalEducacionRRHH%2FEDRH_Generico_FA%2FEDRH_generico
-Extremadura: RT/0408/2018
-Andalucía: expediente: EXP-2018/00001448-PID@
-Ceuta y Melilla: Expediente 001-026684
-Baleares: Exp 42/13326/2018
Y también posteriores a la sentencia citada de 2019.
http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2021-0357
3. Alegar que una sentencia asociada al Ministerio de Defensa sea extrapolable a otros ámbitos sería algo similar a extrapolar y dar por válida la sentencia del Ministerio de Defensa que limitó el alcance temporal de la transparencia a otros ámbitos, y que luego fue anulada incluso para el ámbito del Ministerio de Defensa.
Además de lo mostrado en Educación, se pueden ver más ejemplos donde se muestra que la documentación es información pública. Pongo algunos
* Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
https://www.mapa.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oep.aspx
Acceso a los ejercicios de Procesos selectivos MAPA (2014/2020)
* Agencia Tributaria
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Empleo_publico/Convocatorias_Ofertas_de_Empleo_Publico/Ano_2020/Oferta_de_Empleo_Publico_2020/Subgrupo_A1/Cuerpo_Superior_Vigilancia_Aduanera/Informacion_sobre_el_desarrollo/Turno_libre/Primer_ejercicio/Primer_ejercicio.shtml
* Consejo de Seguridad Nuclear
https://www.csn.es/centro-de-documentacion?p_p_id=20&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&p_p_col_id=column-1&p_p_col_count=1&_20_struts_action=%2Fdocument_library%2Fview&_20_folderId=985663&_20_viewEntries=1&_20_viewFolders=1&_20_action=browseFolder&_20_entryStart=0&_20_entryEnd=50&_20_folderStart=0&_20_folderEnd=100
Además de esos ejemplos, se puede ver incluso normativa
https://gestiona.madrid.org/wleg_pub/secure/normativas/contenidoNormativa.jsf?opcion=VerHtml&nmnorma=178&cdestado=P#no-back-button
Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Artículo 75. Medidas para fomentar la transparencia en las actuaciones de los Tribunales.
4. No solo hay resoluciones estimatorias asociadas a oposiciones de 2021 como Cataluña, además en 2021 varias comunidades, tras las resoluciones estimatorias anteriores, están publicando de forma activa enunciados.
Madrid https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/documentacion-procesos-selectivos-oposiciones-2020-secundaria-fp-re#examenes-2021
Baleares https://www.caib.es/oposedu04front/portal/index.do
Aragón https://educa.aragon.es/-/opos-sec-enunciados-prub
Cantabria https://www.educantabria.es/secundaria-2021/fisica-y-quimica/comision-de-seleccion-4/
5. Paso a rebatir los párrafos citados de la sentencia, ya que se habla de "similitud"
5.1 "El hecho de poder contar con los exámenes, enunciados y resultados de las distintas pruebas de acceso a las especialidades indicadas, nada tiene que ver con el objeto y fin de transparencia que promulga la norma. No se pone en entredicho la actuación del Órgano de Selección. No olvidemos que solicita los enunciados, plantillas y casos prácticos de cinco años."
En todas las resoluciones citadas por distintas administraciones educativas se ha considerado que los enunciados son información pública según la ley de transparencia. Ver por ejemplo FJ1 de http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174. Además este caso no es similar porque no se solicitan de 5 años.
Personalmente no tengo la menor duda que las administraciones que, voluntariamente, hacen publicidad activa de la documentación de las pruebas de acceso, lo hacen con el objeto y fin de la transparencia, como indica por ejemplo la norma citada de Madrid.
5.2 "La petición de información no casa con la finalidad de la Ley de Transparencia; sino que, por el contrario, lo que cabe pensar es que, lo que subyace en la solicitud es que, el solicitante quiere aprovecharse del trabajo de cinco años de los Órganos de Selección en perjuicio de otros ciudadanos que no contarían con esa valiosa información; lo que se traduce en la vulneración del derecho de acceso en condiciones de igualdad en los Centros a que se refiere la reclamación. No olvidemos que, los propios aspirantes, no cuentan con la información solicitada; solamente les cabe la revisión de las pruebas y exámenes. Esta juzgadora considera, pues, acertada la decisión del Misterio de Defensa de no proporcionar la información solicitada; así como el contenido del informe del Asesor Jurídico General de 5- 10-18; que suscribe, y el cual afirma entre otros extremos que, la forma de acceder a la información queda delimitada en cualquier caso a los interesados participantes en el proceso selectivo, según la resolución de convocatoria del proceso selectivo, dictada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de Ingreso y Promoción y de Ordenación de la Enseñanza de Formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 35/2010, de 15 de enero."
Se cita norma específica de las Fuerzas Armadas, y yo cito normativa general de los empleados públicos donde se cita transparencia:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11719#a55
b) Transparencia.
Al indicar "perjuicio de otros ciudadanos que no contarían con esa valiosa información; lo que se traduce en la vulneración del derecho de acceso en condiciones de igualdad" considero que se comete un error:
- Si la información es pública, cualquier ciudadano tiene derecho de acceso en condiciones de igualdad. Otro ejemplo de igualdad son los casos mostrados en los que las administraciones publican esa información, y depende del ciudadano acceder al punto donde la han publicado.
5.3 "Que la convocatoria prevé el derecho de revisión de exámenes, existiendo con ello la posibilidad de que los aspirantes no solo puedan consultarlos, sino también, que puedan comprobar todas las preguntas y respuestas, realizando al órgano de selección cuantos comentarios, alegaciones o impugnaciones tengan por convenientes, más aún cuando se publican la plantilla de respuestas correspondientes."
De nuevo es algo exclusivo de la convocatoria específica de Defensa reclamada. Se cita que "e publican la plantilla de respuestas correspondientes." y es algo que no existe de manera general educación, de hecho enlaza con mi propia solicitud al solicitar "documentación para objetivar la corrección"
5.4 "Que permitir el acceso a la información solicitada por el interesado, esto es, a los cuestionarios de preguntas de los diferentes procesos selectivos, con el transcurso del tiempo, no solo reduciría el margen de actuación de los Órganos de Selección a la hora de elaborar las preguntas diferenciadas de los exámenes, sino que, además y sobre todo, colocaría al interesado o a quienes a través de él pudieran tener acceso a las mismas mediando o no comercialización, en situación privilegiada, caso de presentarse a futuros procesos selectivos, respecto de otros aspirantes que carecen de dicha información. Situación que pudiera infringir los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a las funciones públicas (artículo 23 de la Constitución)."
Se vuelve a indicar lo mismo que en 5.2, y mi argumentación es la misma: si la información es pública, cualquier ciudadano tiene derecho de acceso en condiciones de igualdad. Otro ejemplo de igualdad son los casos mostrados en los que las administraciones publican esa información, y depende del ciudadano acceder al punto donde la han publicado; la transparencia en ningún momento puede infringir los principios de igualdad, mérito y capacidad.
5.5 "Que también con la información interesada se podría generar una base de datos con ingente cantidad de preguntas y respuestas correspondientes a varios años en cada una de las categorías de los diferentes procesos de selección, que pudiera incluso ser objeto –de comercialización- y que, al afectar al interés general y al particular de las Fuerzas Armadas, lo procedente y necesario es preservar la confidencialidad del contenido de las preguntas. En suma, no estamos ante información susceptible de ser concedida al exceder de la finalidad de la propia norma invocada; y en cualquier caso, prevalece el superior interés público, al privado del reclamante."
Se cita el interés de las Fuerzas Armadas y confidencialidad de las preguntas: desconozco ese proceso y la necesidad de confidencialidad, pero no veo cómo puede haber interés de las Consejerías de Educación y necesidad de confidencialidad en unas preguntas de contenido educativo que todas las administraciones han facilitado en 2018.
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10 agosto 2021
Presento reclamación a CTBG. El escrito de alegaciones ocupa 16 páginas, revisado con ayuda de otra persona. Reclamo al tiempo La Rioja que depende de CTBG y sí facilita enunciados pero no soluciones para mostrar la inconsistencia; si CTBG aplicase mismo criterio, debería decir a Rioja que no facilite lo que ya ha facilitado.
11 agosto 2021
CTBG le asigna RT 0691/2021 a CLM y RT 0692/2021 a La Rioja.
7 septiembre 2021
Envió correo a CTBG
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Tras haber recibido permiso de la persona cuyos datos aparecen, adjunto por su relevancia enlace a resolución estimatoria de la misma administración, Consejería de Educación, Cultura y Deportes de CLM, en la que sí facilita enunciados de oposiciones a inspección educativa.
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Creo que es una muestra de incongruencia con el hecho de que la misma administración use la sentencia para no facilitar enunciados en el caso de oposiciones docentes.
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21 octubre 2021
Envío correo a CTBG
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Actualizo información relacionada sobre RT0691/2021.
En mi reclamación mostré que para oposiciones docentes de 2021, habían publicado y/o facilitado enunciados para 8 administraciones (Madrid, Baleares, Aragón, Cantabria, Galicia, Asturias, La Rioja y Castilla y León) y otra más había emitido resolución estimatoria pero todavía no publicados porque no ha terminado el proceso (País Vasco EXP: 2021/000351)
Quiero hacer notar que otras 6 administraciones ya han publicado/facilitado.
1. Murcia, publicados en http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=69959&IDTIPO=100&RASTRO=c798$m3977,69334
Se pueden ver resolución en https://gitlab.com/fiquipedia/drive.fiquipedia/-/blob/main/TransparenciaOposiciones/2021-Murcia/2021-10-01_03_-_C_I_284585_2021_10_01-02_36.pdf
2. Canarias, publicados en https://www.gobiernodecanarias.org/educacion/web/personal/docente/oferta/oposiciones/secundaria-y-otros-cuerpos/2021/enunciados-de-los-supuestos-practicos-propuestos-por-los-tribunales
3. Navarra, publicados en https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/Concurso-oposicion-para-profesores-as-de-Ensenanza-Secundaria-y-Formacion-Profesional-2020
4. Extremadura, publicados en http://profex.educarex.es/profex/contenido/detalle.jsp?idLegislacion=3430&idSeccion=202&back=index.jsp
5. Ceuta y Melilla los ha facilitado. Se pueden ver en https://gitlab.com/fiquipedia/drive.fiquipedia/-/tree/main/TransparenciaOposiciones/2021-CeutayMelilla. SE puede ver resolución anonimizada en https://gitlab.com/fiquipedia/drive.fiquipedia/-/blob/main/TransparenciaOposiciones/2021-CeutayMelilla/2021-09-09-Resolucion001-058545.pdf
6. Cataluña los ha facilitado. Se pueden ver en https://gitlab.com/fiquipedia/drive.fiquipedia/-/blob/main/TransparenciaOposiciones/2021-Catalu%C3%B1a/20210423_Resolucio_357_2021_exp_218_2021_CAST.pdf
7. Comunidad Valenciana los ha facilitado. Se pueden ver en https://gitlab.com/fiquipedia/drive.fiquipedia/-/tree/main/TransparenciaOposiciones/2021-Valencia
De las 17+1 administraciones educativas, han publicado/facilitado/confirmado 8+1+7. Faltan solo dos: Andalucía (reclamados), y Castilla-La Mancha, que es la única que desestima.
La desestimación de Castilla-La Mancha para oposiciones docentes en solitario, combinada con el hecho de que sí haya estimado enunciados de inspección educativa, hace que su postura sea menos defendible.
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12 noviembre 2021
Actualizo correo a CTBG
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Actualizo mostrando que a día de hoy la administración de Castilla-La Mancha es la única de toda España con competencias en Educación que no facilita enunciados de oposiciones docentes, por lo que su argumentación de que facilitar enunciados supondría una desventaja para los opositores a los que sí se les faciliten no tiene ningún sentido.
Andalucía ha publicado hoy también enunciados oposiciones 2021 de todas las especialidades
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/ced/datos-estadisticos-procedimiento-selectivo-2021/-/documentos/iDdT52klyVyQ/carpeta/590-profesores-de-ensenanza-secundaria
País Vasco va a publicar (todavía no ha terminado el proceso, se puede ver en https://www.euskadi.eus/web01-a2hlang/es/contenidos/informacion/langile_d_ope_secunda_fp_2020/es_def/index.shtml que a día de hoy 12 noviembre 2021 todavía están baremando
Méritos baremados por las Unidades de la Dirección de Gestión de Personal. Anexo I: I, II, III.3 y III.4 / Anexo II: I, III.1 y III.2.4
Resolución provisional (abre en nueva ventana) (12-11-2021)
Un saludo
Enrique
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30 diciembre 2021
Escribo a CTBG adjuntando resolución Consell Transparencia Comunidad Valenciana
5 enero 2021
Recibo resoluciones desestimatorias CLM y Rioja.
En CLM no han leído ni valorado nada de lo alegado.
Lo adjunto como documento anonimizado y quitando CSVs que llevaban a otros datos.
En Rioja responden sin entender lo que es la documentación manejada por tribunales.
Madrid 2021
Publica el mismo día 19 junio 2021
Al menos a 10 julio no están publicados enunciados de día 1 de julio por aplazamientos
Baleares 2021
Publica de forma activa 23 junio (algunos exámenes de algunas especialidades e islas tardan más)
https://www.caib.es/oposedu04front/portal/index.do
Aragón 2021
Publica de forma activa (algunos exámenes de algunas especialidades tardan más, Física y Química 5 julio)
https://educa.aragon.es/-/opos-sec-enunciados-prub
Cantabria 2021
2 julio 2021
Pongo solicitud
https://transparencia.cantabria.es/detalle/-/journal_content/56_INSTANCE_DETALLE/3551375/3558619
> Presentado 2 julio 2021 2021GCELCE139964 "Solicito copia o enlace a los enunciados de ejercicios de las oposiciones docentes realizadas en Cantabria en 2021 para todas las especialidades convocadas, así como una copia de la documentación utilizada por los tribunales para objetivar las correcciones."
10 julio 2021
Publicados
https://www.educantabria.es/secundaria-2021/fisica-y-quimica/comision-de-seleccion-4.html
Física y Química
Incluyen rúbricas
Rioja 2021
2 julio 2021
Realizo solicitud
Necesita para firma instalar carfirma y descargar formulario word
"Solicito copia o enlace a los enunciados de ejercicios de las oposiciones docentes realizadas en La Rioja en 2021 para todas las especialidades convocadas, así como una copia de la documentación utilizada por los tribunales para objetivar las correcciones, no solo los criterios de corrección."
Número: 249.152
Expediente: 499748
Signatura: 22967-2021/0000000156
Nº: 99-EE-2021-24915215 julio 2021
Notifican ampliación de plazo
2 agosto 2021
Facilitan enunciados, no soluciones.
Se comparten aquí
https://gitlab.com/fiquipedia/drive.fiquipedia/-/tree/main/TransparenciaOposiciones/2021-Rioja
Murcia 2021
De FQ se tienen fotos de examen filtradas
2 julio 2021
https://transparencia.carm.es/web/transparencia/realizacion-de-solicitudes
"Realizo solicitud de acceso a información pública, ya realicé solicitud que fue estimada por resoluciones consejo de transparencia R-040.18 y R-146.18
Solicito copia o enlace a los enunciados de ejercicios de las oposiciones docentes realizadas en Murcia en 2021 para todas las especialidades convocadas, así como una copia de la documentación utilizada por los tribunales para objetivar las correcciones, no solo los criterios de corrección."
REFERENCIA PRESENTACIÓN: Ar0JsLunWucvBjJvhQDv
20 julio 2021
Resolución inadmitiendo
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno dispone en su artículo 18.1 a) que se inadmitirán a trámite las solicitudes que se refieran a información que esté en curso de elaboración o de publicación general, como es el caso del procedimiento de oposiciones docentes 2021.
Por ese motivo se propone la inadmisión de la citada solicitud de acceso a la información pública.
26 julio 2021
Veo que se publican seleccionados día 22, dos días después de inadmitir.
https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=70101&IDTIPO=100&RASTRO=c798$m3977,69334
En lugar de reclamar a Consejo, creo que es más interesante poner nueva solicitud, citando la anterior y que ya están publicados seleccionados. La solicitud es un mes, consejo son 3 meses.
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Realizo solicitud de acceso a información pública, ya realicé solicitud que fue estimada por resoluciones consejo de transparencia R-040.18 y R-146.18.
En resolución, firmada el 13 de julio y notificada el 20 de julio 2021
http://www.carm.es/verificardocumentos?csv=CARM-f98d8ed9-e407-3be6-ae7f-0050569b34e7
inadmite citando artículo 18.1.a "Que se refieran a información que esté en curso de elaboración o de publicación general"
Dada la respuesta anterior y que día 22 de julio 2021 se ha publicado resolución con los seleccionados, el proceso ya está finalizado, realizo nueva solicitud
https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=70101&IDTIPO=100&RASTRO=c798$m3977,69334
Solicito:
- Información sobre en qué momento la información solicitada estará elaborada y/o será publicada de modo que pueda ser solicitada.
- En caso de que el plazo de respuesta a esta solicitud, con ampliación de plazo si es necesario, lo permite, copia o enlace a los enunciados de ejercicios de las oposiciones
docentes realizadas en Murcia en 2021 para todas las especialidades
convocadas, así como una copia de la documentación utilizada por los
tribunales para objetivar las correcciones, no solo los criterios de
corrección.
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27 julio 2021
Planteo reclamación consejo
https://www.consejodetransparencia-rm.es/como-reclamar/
https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1308&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288
https://sede.carm.es/genericos/formularios/F.SOLICITUD?proc=1308
Adjunto solicitud 26 julio y resolución 13 julio que indica inadmitida por "estar en curso de elaboración o publicación general"
Expone:
Que habiendo planteado solicitud de transparencia el 26 julio 2021 (la adjunto), pasado un mes no he recibido respuesta.
La solicitud la realicé finalizado el proceso selectivo, tras que en una solicitud previa se inadmitiese por estar "en curso de elaboración o de publicación general"
Solicita:
Que se atienda mi reclamación y se facilite la información solicitada.
REFERENCIA PRESENTACIÓN: DjJjDGrdHkFYsvcFu0db
13 octubre 2021
Recibo notificación con 3 ficheros, sí facilitan e indican que publican
Los ficheros aquí https://gitlab.com/fiquipedia/drive.fiquipedia/-/tree/main/TransparenciaOposiciones/2021-Murcia
Publicados aquí http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=69959&IDTIPO=100&RASTRO=c798$m3977,69334
Como curiosidad, con el CSV del documento publicado de FQ, se puede descargar el acta completa
CARM-7acbdc5a-d900-bc96-965f-0050569b6280
17 enero 2022
Recibo resolución en la que archivan
1 febrero 2022
Al guardar la resolución, veo errores y escribo a consejotransparencia@carm.es
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reclamaciones" cuando el reclamente fui yo.
docentes realizadas en Murcia en 2021 para todas las especialidades convocadas, así como una copia de la documentación utilizada por los tribunales para objetivar las correcciones, no solo los criterios de corrección."
http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174
"Los documentos de trabajo interno, como presuntamente es el caso de las plantillas solicitadas por la persona reclamante, no pueden ser objeto de solicitud de acceso a la información pública únicamente si no tienen relevancia o interés público; EN ESTE CASO, LA RELEVANCIA E INTERÉS PÚBLICO DE LOS DOCUMENTOS SOLICITADOS SON MÁS QUE EVIDENTES, YA QUE SE SUPONE QUE JUEGAN UN PAPEL CRUCIAL PARA GARANTIZAR LA OBJETIVIDAD DEL TRIBUNAL, Y DE SU APLICACIÓN VA A DEPENDER ALGO DE TAN RELEVANTE INTERÉS PÚBLICO COMO ES LA SELECCIÓN DE LAS PERSONAS CANDIDATAS AL EMPLEO PÚBLICO...
En consecuencia, procede declarar el derecho de la persona reclamante a la plantilla correctora u otra documentación manejada por los tribunales para objetivar el ejercicio de su discrecionalidad técnica, en la medida que esta documentación exista efectivamente; en caso de no existir tal documentación, es preciso que así se le manifieste formalmente por parte del Departamento reclamado"
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4 febrero 2022
Llamo a consejo. Reenvío a oficina@ctrm.org.es
21 julio 2022
Recibo comunicación consejería educación con 3 documentos
En la resolución de fecha 7 de abril de 2022 del Consejo de la Transparencia de la
Región de Murcia en el fundamento de derecho quinto se expresa que “En consecuencia, procede declarar el derecho de la persona reclamante a la plantilla correctora u otra documentación manejada por los tribunales para objetivar el ejercicio de su discrecionalidad técnica, en la medida que esta documentación exista efectivamente; en caso de no existir tal documentación, es preciso que así se le manifieste formalmente por parte del Departamento reclamado”, pongo de manifiesto que no consta más información que la remitida en el enlace anteriormente referido”.
http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=69334&IDTIPO=100&RASTRO=c798$m3977,4332
Asturias 2021
2 julio 2021
Pongo solicitud
https://sede.asturias.es/-/dboid-6269000005560510907573
(necesita plugin de java que parece no funcionar ya https://support.mozilla.org/es/kb/por-que-los-plugins-de-java-silverlight-y-adobe-acrobat-no-funcionan)
Uso registro electrónico común
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
mirando código DIR3 en
https://sede.asturias.es/-/codigos-de-identificacion-de-los-organos-administrativos
https://administracionelectronica.gob.es/ctt/dir3/descargas
A03028343 para consejería de educación
Cito en "expone"
Realizo solicitud de acceso a información pública, ya realicé solicitud LT SAIP 14/2018 que fue estimada
La
Solicitud normalizada del procedimiento o servicio indica que se puede
presentar a través del registro electrónico común "También puede enviar
el formulario de solicitud ... a través del Registro Electrónico de la
Administración General del Estado
https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do"
"Solicito copia o enlace a los enunciados de ejercicios de las oposiciones docentes realizadas en Asturias en 2021 para todas las especialidades convocadas, así como una copia de la documentación utilizada por los tribunales para objetivar las correcciones."
Número del registro: REGAGE21e00012206930
23 julio 2021
Notifican ampliación de plazo, refeferencia SUGE/2021/155, CSV 13522336073142550650
28 julio 2021
Publicados enunciados y soluciones
https://www.educastur.es/pruebas-empleo-publico
24 julio 2021
Notificación electrónica que da error al leer, PA/00000004/0013/000043715
Andalucía 2021
14 septiembre 2021
Andalucía inadmite porque dice que el proceso no termina hasta que los seleccionados no están en BOJA... absurdo si están ejerciendo desde 1 septiembre.
Resolución oficial no en BOJA sí hay de 21 julio
29 octubre 2021
Planteo texto solicitud tras publicarse seleccionados
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/199/3
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/199/BOJA21-199-00053-16178-01_00199925.pdf
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Solicito copia o enlace, para las pruebas prácticas de oposiciones docentes realizadas en Andalucía en convocatoria 2021 para todas las especialidades convocadas:-Enunciados
-Documentación manejada por los tribunales para objetivar la corrección de las pruebas de cada especialidad, como pueden ser plantillas correctoras o soluciones de ejercicios prácticos. No hago referencia a criterios genéricos ya publicados https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/delegate/content/dda05d95-1805-47a2-92a3-e9d4141263da
Existe como antecedentes EXP-2019/00001332-PID@ (estimatoria y sí se ejecutó suponiendo cumplimiento de EXP-2018/00001448-PID@ que había sido estimatoria) de modo que sí se facilitó documentación de proceso 2018.
El proceso ya ha finalizado dado que se publicaron seleccionados el 15 octubre 2021 https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/199/BOJA21-199-00053-16178-01_00199925.pdf
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31 octubre 2021
Presentada SOL-2021/00009838-PID@
12 noviembre 2021
Se publican enunciados
17 noviembre 2021
Recibo resolución. Citan publicación enunciados, pero inadmiten soluciones
Planteo reclamación consejo, pero la dejo pendiente de recibir resolución de Rioja de CTBG, que afecta a soluciones y podría estar en plazo
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La resolución inadmite una parte indicando "En cuanto a la solicitud de “Documentación manejada por los tribunales para objetivar la corrección de las pruebas de cada especialidad” se inadmite el acceso a dicha documentación en base al artículo 18.1.b) de la Ley 19/2013"
Considero incorrecta la causa de inadmisión, remitiéndo a la argumentación realizada en esta resolución:
http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174
"Los documentos de trabajo interno, como presuntamente es el caso de las plantillas solicitadas por la persona reclamante, no pueden ser objeto de solicitud de acceso a la información pública únicamente si no tienen relevancia o interés público; EN ESTE CASO, LA RELEVANCIA E INTERÉS PÚBLICO DE LOS DOCUMENTOS SOLICITADOS SON MÁS QUE EVIDENTES, YA QUE SE SUPONE QUE JUEGAN UN PAPEL CRUCIAL PARA GARANTIZAR LA OBJETIVIDAD DEL TRIBUNAL, Y DE SU APLICACIÓN VA A DEPENDER ALGO DE TAN RELEVANTE INTERÉS PÚBLICO COMO ES LA SELECCIÓN DE LAS PERSONAS CANDIDATAS AL EMPLEO PÚBLICO...
En consecuencia, procede declarar el derecho de la persona reclamante a la plantilla correctora u otra documentación manejada por los tribunales para objetivar el ejercicio de su discrecionalidad técnica, en la medida que esta documentación exista efectivamente; en caso de no existir tal documentación, es preciso que así se le manifieste formalmente por parte del Departamento reclamado"
En resolución Cataluña de 7 septiembre 2018, que adjunto, se indica
"Asimismo, en el plazo máximo de un mes recibirá las plantillas correctoras de aquellas especialidades donde efectivamente existan."
En este caso se facilitó documentación de documentación de 3 especialidades en las que existía, comunicando oficialmente que no había documentación del resto.
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https://www.ctpdandalucia.es/tramites-ante-el-consejo
País Vasco
26 abril 2022
Tras no ejecutar la resolución de otra persona y publicar planteo solicitud
26 mayo 2022
Recibo resolución, estiman y publican enunciados, pero no indican nada sobre soluciones
Planteo texto similar a Andalucía
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Se indica resolución estimatoria pero no se responde a parte de la solicitud, que resolución reproduce
"Documentación manejada por los tribunales para objetivar la corrección.
No hago referencia a criterios de evaluación genéricos, ya publicados, sino a documentos de soluciones/plantillas correctoras o similares."
Considero que se debe facilitar, remito a la argumentación realizada en esta resolución:
http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174
"Los documentos de trabajo interno, como presuntamente es el caso de las plantillas solicitadas por la persona reclamante, no pueden ser objeto de solicitud de acceso a la información pública únicamente si no tienen relevancia o interés público; EN ESTE CASO, LA RELEVANCIA E INTERÉS PÚBLICO DE LOS DOCUMENTOS SOLICITADOS SON MÁS QUE EVIDENTES, YA QUE SE SUPONE QUE JUEGAN UN PAPEL CRUCIAL PARA GARANTIZAR LA OBJETIVIDAD DEL TRIBUNAL, Y DE SU APLICACIÓN VA A DEPENDER ALGO DE TAN RELEVANTE INTERÉS PÚBLICO COMO ES LA SELECCIÓN DE LAS PERSONAS CANDIDATAS AL EMPLEO PÚBLICO...
En consecuencia, procede declarar el derecho de la
persona reclamante a la plantilla correctora u otra documentación
manejada por los tribunales para objetivar el ejercicio de su
discrecionalidad técnica, en la medida que esta documentación exista
efectivamente; en caso de no existir tal documentación, es preciso que
así se le manifieste formalmente por parte del Departamento reclamado"
En resolución Cataluña de 7 septiembre 2018, que adjunto, se indica
"Asimismo, en el plazo máximo de un mes recibirá las plantillas correctoras de aquellas especialidades donde efectivamente existan."
En este caso
se facilitó documentación de documentación de 3 especialidades en las
que existía, comunicando oficialmente que no había documentación del
resto.
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https://www.euskadi.eus/comision-vasca-de-acceso-a-la-informacion-publica/web01-ejeduki/es/
Otras CCAA
Algunos me preguntan si voy a volver a pedir todas. No me lo había planteado, solo Cataluña y si iba bien el resto, pero voy añadiendo.
En 2021 algunas CCAA publican sin tener que pedirlos
19 junio 2021
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/1406268873553453056
No me voy a pegar la panzada de pedir todas CCAA como hice en 2018.
Solo he pedido:
-@educaciocat, para intentar abrir grieta consiguiendo soluciones. Fallido, @gaipcat se cree las mentiras de @educaciocat
-@GVAeducacio, fue la única que no dio en 2018, dijo no los guardaba
Una persona me informa que ha pedido "Andalucía, Canarias, Castilla y León, Ceuta y Melilla, Extremadura, Galicia y Navarra (castellano y euskera)"
Más tarde también País Vasco: hay que instalar un programa para la firma electrónica en su portal de transparencia
Tras esos 7+1 (Ceuta y Melilla), la publicidad activa en ese momento de 3 (Madrid, Baleares y Aragón), y los 3 pedidos (Cataluña, Comunidad Valenciana y Castilla-La Mancha) faltarían hasta 17+1 otros 3
(Creo apartado separado de "otras CCAA" para Madrid, Baleares, Aragón, Cantabria y Asturias)
24 julio 2021
Galicia publica en https://www.edu.xunta.gal/oposicions/ProcesaConsultaPublica.do (asociado a tribunal 1)
Solución 1ª Proba_opción A_Día 20/6/21
Solución 1ª Proba_opción B_Día 20/6/21
Solución 1ª Proba_opción B_Día 10/7/21
Solución 1ª Proba_opción A_Día 10/7/21
29 julio 2021
País Vasco indica que publicará
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/1420720661249634306
"Una vez finalizado el proceso, se publicarán en la página web los enunciados de los ejercicios prácticos [2021], al igual que se ha hecho con las OPEs 2018 y 2019."
La dirección se asume será https://www.euskadi.eus/web01-a2hlang/es/contenidos/informacion/langile_d_ope_secunda_fp_2020/es_def/index.shtml
3 septiembre 2021
Se inadmite solicitud de Extremadura a la otra persona (SOL-2021/302)
En común ponemos texto reclamación CTBG, que debe realizar esa persona.
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Se desestima (inadmite) mi solicitud alegando que la información no está publicada
En mi solicitud indiqué expresamente “copia o enlace”, por lo que no estoy pidiendo publicidad activa; cito “o enlace” solo porque varias administraciones optan por facilitar la información publicándola.
Facilitar una copia de documentación pública es la esencia misma de las solicitudes de transparencia que no son publicidad activa, por lo que no tiene sentido que citen que desestiman porque se requiere una acción previa de reelaboración (citan artículo 15.4 c) LGAEX, artículo 18.1 c) LTAIPBG y Criterio Interpretativo del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno con número CI/007/2015): bajo esa premisa nunca se facilitaría ninguna documentación.
Cito solicitud con contenido similar, en la que se puede ver que solicitante no indicó explícitamente “copia o enlace” y tuvo resolución RT0408/2018 estimatoria.
https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:38c0cafd-2ab7-468c-bbb3-e7de3ec346ba/RT_0408_2018.pdf
En este caso de RT0408/2018 Extremadura facilitó al solicitante la información enviando un DVD físico a su domicilio, lo que desmonta el argumento de que cumplir la solicitud supone publicidad activa o publicar información; se trata solo de facilitarla.
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Se asigna RT0747/2021
14 septiembre 2021
Se publican enunciados Extremadura
16 septiembre 2021
Se publican enunciados Navarra
27 septiembre 2021
Canarias publica enunciados (seguramente por haber reclamado a consejo)
26 abril 2022
País Vasco no publica, tras publicar seleccionados 3 marzo 2022
Por teléfono no hacen caso, así que pongo nueva solicitud
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Con fecha 3 marzo 2022 se han publicado seleccionados en
https://www.euskadi.eus/ope-2020-ensenanza-secundaria-y-formacion-profesional/web01-a2hlang/es/
por lo que el proceso ya ha finalizado.
Solicito
copia o enlace, para las pruebas prácticas de oposiciones docentes
realizadas en Euskadi en convocatoria 2020 para todas las especialidades
convocadas que se ha realizado en 2021:
-Enunciados
-Documentación
manejada por los tribunales para objetivar la corrección. No hago
referencia a criterios de evaluación genéricos, ya publicados, sino a
documentos de soluciones/plantillas correctoras o similares.
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Obliga a instalar https://www.izenpe.eus/idazki/
Número de registro 2022RTE00361357
Fecha de registro 26/04/22 16:50:29
29 julio 2021
Recibo resolución. Se publican plantillas genéricas
Oposiciones 2022
Procesos 2023
Al haber varios tipos (reposición, establización,consolidación) no tengo claro en qué comunidades hay o no prácticos, y hago peticiones en general.
En octubre 2023, tras haber hecho solicitudes, recibo un listado de una persona que ha analizado en qué comunidades ha habido práctico de FQ y me indica: Andalucía, Aragón, Extremadura, Madrid, País Vasco y Rioja
> Andalucía no publica (se consigue foto FQ) -> Publican en noviembre 2023
> Aragón no publica (se consigue foto FQ)
> Extremadura publica tras reclamar
> Madrid publica ok mismo día
> País Vasco pendiente (proceso es en octubre)
> Rioja publica ok
29 agosto 2023
Galicia (me deja guardar solicitud pero no tramitar tras actualizar a autofirma 1.8.2, aunque otras páginas de prueba de autorfirma sí me van)
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Solicito copia o enlace, para las pruebas prácticas de oposiciones docentes realizadas en Galicia en 2023 para todas las especialidades convocadas, al menos en las siguientes convocatorias
https://www.edu.xunta.gal/portal/node/38353
https://www.edu.xunta.gal/portal/oposicions2023
a la siguiente documentación:
-Enunciados
-Documentación manejada por los tribunales para objetivar la corrección. No hago referencia a criterios de evaluación genéricos, ya publicados en https://www.edu.xunta.gal/oposicions/ProcesaConsultaPublica.do, sino a documentos de soluciones de las pruebas prácticas, como se publicaron en 2021 para algunas especialidades.
Existe como antecedente http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174
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Finalmente me funciona 2023/2412157
(resuelto con https://askubuntu.com/questions/1404941/no-file-save-dialog-for-snap-applications, ejecutando sudo apt install xdg-desktop-portal xdg-desktop-portal-gtk, ya que firefox está como snap)
Castilla y León
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Solicito copia o enlace, para las pruebas prácticas de oposiciones docentes realizadas en Castilla y León en 2023 para todas las especialidades convocadas, al menos en las siguientes convocatorias
https://www.educa.jcyl.es/es/oposiciones-2023-pes-cuerpos
a la siguiente documentación:
-Enunciados
-Documentación manejada por los tribunales para objetivar la corrección. No hago referencia a criterios de evaluación genéricos, ya publicados en https://www.educa.jcyl.es/es/oposiciones-2023-pes-cuerpos, sino a documentos de soluciones de las pruebas prácticas, como se publicaron en 2021 para algunas especialidades.
Existe como antecedente http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174
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solicitud 2314/2023 sin tener que usar AutoFirma
30 agosto me indican por correo:
Le comunicamos que con fecha 30/08/2023 hemos procedido a asignarla a la Consejería de Educación, competente para su resolución.
A partir de esta fecha comienza a contar el cómputo del plazo de un mes para su resolución, ...
1 septiembre 2023
Extremadura
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Solicito copia o enlace, para las pruebas prácticas de oposiciones docentes realizadas en Extremadura en 2023 para todas las especialidades convocadas, al menos en las siguientes convocatorias
https://profex.educarex.es/oposiciones/convocatoria-2023
a la siguiente documentación:
-Enunciados
-Documentación manejada por los tribunales para objetivar la corrección. No hago referencia a criterios de evaluación genéricos, ya publicados en http://tribunales.educarex.es/, sino a documentos de soluciones de las pruebas prácticas, como se publicaron en 2018 para algunas especialidades.
Existe como antecedente http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174
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SOL-2023/189
4 septiembre 2023
Cantabria
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Solicito copia o enlace, para las pruebas prácticas de oposiciones docentes realizadas en Cantabria en 2023 para todas las especialidades convocadas, al menos en las siguientes convocatorias
https://www.educantabria.es/reposicion-2023/24
a la siguiente documentación:
-Enunciados,
tal y como se han publicado en otras convocatorias
https://www.educantabria.es/documents/39930/261246/Oposiciones2021.zip/db50b813-f5de-b2d9-609b-4b9ef1f28e47?t=1686568098792
-Documentación
manejada por los tribunales para objetivar la corrección. Hago
referencia a criterios de evaluación genéricos y a documentos de soluciones de las pruebas prácticas.
Existe como antecedente http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174
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https://transparencia.cantabria.es/detalle/-/journal_content/56_INSTANCE_DETALLE/3551375/3558619
Presentada por registro de Cantabria
2023GCELCE256140
Asturias da error al pinchar en "con certificado digital", indicando "no hay ninguna aplicación instalada"
https://sede.asturias.es/-/dboid-6269000005560510907573
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Solicito copia o enlace, para las pruebas prácticas de oposiciones docentes realizadas en Asturias en 2023 para todas las especialidades convocadas, al menos en las siguientes convocatorias
https://www.educastur.es/empleo-publico/estabilizacion-oposicion
a la siguiente documentación:
-Enunciados, tal y como se han publicado en otras convocatorias https://www.educastur.es/historico/procedimiento-selectivo-documentos
-Documentación manejada por los tribunales para objetivar la corrección. No hago referencia a criterios de evaluación genéricos, ya publicados enhttps://www.educastur.es/empleo-publico/estabilizacion-oposicion/criterios, sino a documentos de soluciones de las pruebas prácticas.
Existe como antecedente http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174
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Intento con registro electrónico general, así lo hice en 2021
Asunto: Solicitud de acceso a información pública
Expone: Realizo solicitud de información vía registro central ya que https://sede.asturias.es/-/dboid-6269000005560510907573 me supone problemas de requisitos técnicos
Solicita: Acceso a información pública según solicitud adjuntada
Da error al firmar "El usuario introducido no concuerda con el incluido en el token de autenticación", y tampoco va en Chromium
Uso openjdk y veo esto
https://github.com/ctt-gob-es/clienteafirma/issues/29
Así que instalo java de oracle
https://www.cherryservers.com/blog/how-to-install-java-on-ubuntu
En septiembre 2023 se publican enunciados Extremadura, aunque no me responden.
5 octubre 2023
Reclamo al comisionado de transparencia de CyL, usando sede
Recibo-2023-E-RE-512
9 octubre 2023
Reclamo CTBG sobre Extremadura (publicados enunciados pero no soluciones) y sobre Cantabria (no publicado nada)
Reclamo en Galicia vía https://www.comisiondatransparencia.gal/es/presentar-una-reclamacion/
Planteo Comunidad Valenciana, junto a tema de tipo test que han olvidado
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Solicito copia o enlace:
1. Para las pruebas prácticas de oposiciones docentes realizadas en la Comunidad Valenciana en 2021, de la plantilla correctora de las pruebas tipo test, tal como indica la RESOLUCION_Exp-205-2021 del Consell de Transparencia, y que no ha sido ejecutada en esa parte a día de hoy.
2. Para las pruebas prácticas de oposiciones docentes realizadas en la Comunidad Valenciana en 2023 para todas las especialidades convocadas, al menos en las siguientes convocatorias
https://ceice.gva.es/es/web/rrhh-educacion/2022-cos-professors-ensenyament-secundari
de la siguiente documentación:
-Enunciados, tal y como se han facilitado en otras convocatorias
-Documentación manejada por los tribunales para objetivar la corrección. No hago referencia a criterios de evaluación genéricos, ya publicados en https://ceice.gva.es/es/web/rrhh-educacion/2022-cos-professors-ensenyament-secundari/-/asset_publisher/XcFvFcwQzTfH/content/criterios-de-evaluaci%25C3%25B3n-1?_com_liferay_asset_publisher_web_portlet_AssetPublisherPortlet_INSTANCE_XcFvFcwQzTfH_assetEntryId=372569763&_com_liferay_asset_publisher_web_portlet_AssetPublisherPortlet_INSTANCE_XcFvFcwQzTfH_redirect=https%3A%2F%2Fceice.gva.es%2Fes%2Fweb%2Frrhh-educacion%2F2022-cos-professors-ensenyament-secundari%3Fp_p_id%3Dcom_liferay_asset_publisher_web_portlet_AssetPublisherPortlet_INSTANCE_XcFvFcwQzTfH%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26_com_liferay_asset_publisher_web_portlet_AssetPublisherPortlet_INSTANCE_XcFvFcwQzTfH_cur%3D0%26p_r_p_resetCur%3Dfalse%26_com_liferay_asset_publisher_web_portlet_AssetPublisherPortlet_INSTANCE_XcFvFcwQzTfH_assetEntryId%3D372569763, sino a documentos de soluciones de las pruebas prácticas, como podrían ser de nuevo plantillas correctores de pruebas tipo test si existiesen.
Existe como antecedente http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174
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GVRTE/2023/4140694
10 octubre 2023
Realizo solicitud acceso Asturias desde ordenador con windows: usa applet java
Reclamo CTBG sobre Cantabria
11 octubre 2023
Cantabria responde indicando
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En relación con su solicitud de acceso de información pública presentada el 4 de
septiembre de 2023, se le informa que a fecha de hoy no se han elaborado las pruebas prácticas de la oposición de reposición de 2023 convocadas en esta comunidad autónoma, que se podrán consultar en 2024 en la web indicada en su reclamación.
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12 octubre 2023
Envío el documento de Cantabria a CTBG indicando que desestimo.
Sobre Extremadura, añado a CTBG
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Expone
Aporto resolución asociada del Consejo de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid
https://gitlab.com/fiquipedia/drive.fiquipedia/-/blob/main/TransparenciaOposiciones/Inspecci%C3%B3n/2019-Madrid/2022-11-03-ResolucionCTyPM-RDA120_2022_FDO-anonimizado.pdf
en dicha resolución se contradice RT_0754_2021 de CTBG, y aporté las siguientes argumentaciones https://gitlab.com/fiquipedia/drive.fiquipedia/-/raw/main/TransparenciaOposiciones/Inspecci%C3%B3n/2019-Madrid/2022-03-09-argumentaci%C3%B3nCTyPEnunciadosOposicionesInspecci%C3%B3n-09-OPEN-00014.5-2022.pdf
Solicita
Se tenga en cuenta la argumentación de la resolución comentada y la resolución de CTyPCM, y se replantee el criterio del CTBG sobre el derecho de acceso a pruebas asociadas a procesos selectivos docentes que ha aplicado en resoluciones anteriores como RT_0754/2021, RT_0691/2021 y RT_0692/2021.
Además, que se extienda el derecho de acceso no solo a los enunciados, sino a la documentación existente manejada por los tribunales para objetivar la corrección, tal y como fijó http://www.gaip.cat/es/detall/normativa/2018-0174
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30 octubre 2023
Recibo resolución Galicia desestimatoria, no hubo práctico en muchas especialidades, y parece que los enunciados de las que hubo, de FP, sí están publicados.
12 diciembre 2023
Recibo correo
Le comunicamos que en referencia a su solicitud de acceso a la información pública con Núm. de registro GVRTE/2023/4140694, se dará acceso a la información pública solicitada sobre las pruebas prácticas de oposiciones docentes realizadas en la Comunidad Valenciana en 2023 para todas las especialidades convocadas.
No obstante, se informa que se está recopilando la totalidad de la documentación con el objeto de que se pueda disponer de ella en la mayor brevedad posible.
En el momento en que dicha información esté disponible se le comunicará a través de este mismo correo electrónico, facilitando el enlace de acceso a la información solicitada.
Dirección General de Personal Docente
9 enero 2024
Como ejecución de GVRTE/2023/4140694 recibo correo con enlace
Le adjuntamos enlace de acceso a la información pública solicitada con Núm. de registro GVRTE/2023/4140694 sobre las pruebas prácticas de oposiciones docentes realizadas en la Comunidad Valenciana en 2023 para todas las especialidades convocadas.
País vasco no se realizan hasta octubre 2023
https://www.irekia.euskadi.eus/es/news/84888
https://www.euskadi.eus/interaccion_ciudadania/acceso-a-la-informacion-publica/web01-tramite/es/
Se podrían reclamar Andalucía y Aragón, aunque de FQ se tienen fotos.
Reclamaciones sobre los procesos selectivos deben tener respuesta argumentada y ser pública, con derecho a ver examen corregido
De nuevo enlaza con procedimiento administrativo transparente.
De nuevo creo que tiene sentido, pero por experiencia, en oposiciones Madrid no es así
En actual convocatoria 2018 se repite una frase que aparece en anteriores
http://w3.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/03/13/BOCM-20180313-17.PDF
Transcurrido
el plazo anterior, se harán públicas las calificaciones definitivas,
entendiéndose desestimadas las alegaciones presentadas, cuando las
puntuaciones no hayan sido modificadas.
Esto lo sufrí en 2012: puse una reclamación en las oposiciones, se la di
en mano al presidente del tribunal, y me dijo de palabra más o menos
esto
"supongo que sabes que no tienes derecho a ver el examen, y que pasadas 24 h sin respuesta tu reclamación quedará desestimada"
Es decir, si quería podía ignorar directamente mi reclamación sin leerla.
Desde CCOO en 2016 se compartió Recurso de alzada a la primera prueba de oposiciones
citando de nuevo Orden 1285/1999 de oposiciones Hacienda Madrid, en
este caso artículo 72, pero vuelvo a citar una parte de artículo 75
...c)
En los supuestos en que los aspirantes formulen reclamación en la que
muestren su disconformidad con la calificación otorgada o desconocieran
dicha calificación, cuando se trate de exámenes realizados por escrito
el Tribunal, junto con la contestación que elabore, remitirá una copia
del ejercicio efectuado por el interesado.
...
3. En caso de
desestimación de las reclamaciones formuladas por los aspirantes, el
Tribunal deberá motivar en el escrito de contestación su decisión,
expresando de forma clara y precisa las causas que la justifican.
Este tema lo cité en este tuit, en el que hay un vídeo sobre oposiciones con temas que tengo pendiente tratar en otros posts
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/958041393397686272
oposiciones
deberían ser iguales si cuerpo es único. En Madrid no hay derecho a ver
examen ni a recibir respuesta a reclamación (se desestima ante 24 h
silencio), pero en otras CCAA sí se recibe respuesta y por escrito.
Parece sensato que sea así, y de hecho hay pruebas de que lo es en otras comunidades
http://docentesconeducacion.es/viewtopic.php?f=92&t=3569#p16444
Faltan enunciados de 2 y 3, así que he buscado y he encontrado algo de
información; es poco, pero más que nada, y también sirve para ver cómo
se valoraban las resoluciones, y para ver que en Castilla y León las
reclamaciones las responden por escrito oficialmente argumentándolas
(ahí es nada la diferencia con Madrid).
El segundo ya comentó Álvaro que era un ciclotrón, parece que el 3 era de química redox
http://www.educa.jcyl.es/es/oposiciones/oposiciones-pes-2015/oposiciones-2015-cuerpo-p-s-fisica-quimica/tribunal-n-6.ficheros/573825-Reclamacion
2. Problema 2: El planteamiento para el cálculo de la frecuencia es erróneo y expresa el resultado sin unidades. Planteamiento incorrecto en el cálculo de la energía final, y no hace la representación del voltaje aplicado en función del tiempo. No calcula los radios correspondientes a las trayectorias, ni cuántas veces será acelerado el protón.
3. Problema 3: Formula mal compuestos que aparecen en el enunciado. Todos los procesos redox están mal formulados.
4. Problema 4: Cálculo erróneo de la energía libre y no especifica los datos utilizados para su cálculo. Las concentraciones y fracciones molares de cada isómero son incorrectas. No analiza los resultados obtenidos.
5. Problema 5: No explica el fundamento teórico, ni qué significa el potencial de frenado. No ha hecho ningún esquema, ni indica el material necesario para realizar la práctica. La tabla no la hace y la gráfica tampoco, por lo tanto no llega a obtener el valor de la constante. No ha elaborado un guión estructurado de la práctica.
Pero hay más: los padres tienen derecho a ver los exámenes y a recibir copia escrita ¿por qué no los opositores?
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/972445828001488896
Los textos legales no son mi lectura preferida, pero leo porque nos afectan y mucho. ORDEN 2398/2016 art 42.6 permite a padres obtener copias, lo que viene a decir que ellos no los pueden sacar. Pero no hay limitación para docentes que yo conozca http://www.madrid.org/wleg_pub/secure/normativas/contenidoNormativa.jsf?opcion=VerHtml&nmnorma=9459&cdestado=P#no-back-button … 1/2
El tema es que exámenes son documentos de procedimiento administrativo, somos responsables de lo que hagamos con ellos. Director podría obligarnos a no sacarlos ... https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-10565 … Esa norma se cita asociado a lo de los padres https://www.fapaginerdelosrios.org/actualidad/detalles/529/1/#detalles … 2/2
El artículo 42.6 citado indica
6. En el procedimiento de revisión de las calificaciones finales de las materias, los padres o tutores legales podrán obtener, previa solicitud al Director del centro, copia de los exámenes u otros instrumentos de evaluación escritos, que han dado lugar a la calificación correspondiente, lo que se hará a través de registro y mediante una petición individualizada y concreta, sin que quepa realizar una petición genérica de todos los exámenes. A la entrega del documento, el interesado deberá firmar un recibí de su recepción.
15 junio 2018
Se publica en Madrid nota informativa: por primera vez se indica que se da copia de ejercicio realizado a opositor, y sugiere que darán enunciados.
NOTA INFORMATIVA OPOSICIONES A LOS CUERPOS DE PROFESORES DE SECUNDARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL Y RÉGIMEN ESPECIAL 2018
La Dirección General de Recursos Humanos informa de lo siguiente:
Para la realización de las dos partes de la primera prueba, con carácter general, el opositor utilizará papel autocalcable de acuerdo con el modelo que será facilitado por el tribunal. El opositor cuidará que la copia se realiza de manera correcta y clara. Una vez entregado el ejercicio por el aspirante al tribunal, la copia marcada al efecto para el opositor será separada del original por los miembros del tribunal y le será entregada.
Los miembros del tribunal procederán colegiadamente a la corrección de cada una de las pruebas y los días de corrección los fijará cada Tribunal de acuerdo con el número de opositores y el calendario que haya elaborado cada tribunal al efecto. Las calificaciones se determinarán, previo intercambio de opiniones y valoraciones por parte de los integrantes del Tribunal, hallando las notas medias que correspondan a cada ejercicio en función de las calificaciones otorgadas por cada uno de los miembros, debiendo calcular las mismas con una aproximación de hasta la diezmilésima. Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal exista una diferencia de tres o más enteros, serán automáticamente excluidas la calificación máxima y mínima, hallándose la puntuación media entre las calificaciones restantes.
24 septiembre 2019
El Defensor del Pueblo avala el derecho de los opositores a ver sus exámenes
Aspirantes de Secundaria de la convocatoria de 2018 denuncian que no han tenido acceso a las pruebas corregidas
https://www.laverdad.es/murcia/defensor-pueblo-avala-20190924003411-ntvo.html
El Defensor del Pueblo destaca en su respuesta que se trata de «un derecho reconocido conectado con el derecho de defensa (artículo 24 de la Constitución), de modo que todo aspirante inmerso en un proceso selectivo que se está tramitando está legitimado para solicitar el acceso a la información relativa a otros aspirantes si ello es necesario para defender sus derechos e intereses», según dijeron ayer fuentes de la plataforma. El Defensor del Pueblo considera además que «la Administración convocante está obligada, en todo caso, a dar una respuesta motivada que permita a los interesados conocer la valoración cualitativa de las calificaciones y puntuaciones numéricas que hayan sido aplicadas por tribunal calificador».
Los opositores descontentos ya demandaron ante el Tribunal Superior de Justicia la «falta de transparencia y el incumplimiento de la legislación vigente, que le obliga a dar vista de nuestros expedientes».
Muchos de los opositores que sí pudieron acceder a sus exámenes tampoco quedaron conformes con el trámite, ya que, según su versión, los aspirantes solo podían acceder a su prueba sin corregir, lo que no les permitió detectar los fallos cometidos.
Después de las quejas registradas tras las oposiciones de 2018, la Consejería de Educación sí ha permitido este año que los aspirantes descontentos pudieran reclamar una copia (fotográfica) de su examen corregido una vez se publicaron los resultados provisionales de la prueba, y no tuvieron que esperar al final del proceso de oposición completo.
Modificaciones de notas sobre los procesos selectivos deben ser argumentadas, con plantillas de valoración, y ser públicas
Parece lo mismo que el punto anterior, pero no es lo mismo, pero enlaza con transparencia y post pendiente sobre tribunalesCitando este tuit (que cita un vídeo de Pablo Poó El fracaso de las oposiciones con más ideas que intentaré tratar en otros posts)
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/958038946071576581
Buen vídeo. Un par de detalles: no son iguales en todas las CCAA pero el cuerpo docente es único. En Madrid no se reservan plazas por tribunal, se juntan todas las notas, algunos tribunales no dan plazas y otros muchas.
Si un tribunal modifica una nota de un opositor, eso puede hacer suponer que se modifique quién es seleccionado en el proceso, haciendo que alguien previamente seleccionado.
En las oposiciones de 2016 y anteriores de Física y Química documenté las modificaciones de notas, y es relevante que gracias a reclamaciones algunas personas han sido seleccionadas. Si eso se une a que no hay obligación de recibir respuesta escrita de por qué no se modifica, tampoco se recibe respuesta de por qué sí se ha modificado. Cuando se ponen reclamaciones, las plicas ya se han abierto y la modificación ya no es anónima.
En la primera parte de Física y Química (Tema 30%, problemas 70%) la parte de tema tiene cierta parte subjetiva, pero los problemas deberían tener una corrección bastante pautada, y la "plantilla" de corrección ser pública. Modificaciones puntuales, argumentadas, son posibles.
Si no se argumenta, pueden ocurrir cosas como que una misma persona desarrolle el mismo tema el mismo año en dos CCAA distintas y tenga dos notas muy distintas, bajo una visión subjetiva de cada tribunal.
En la segunda parte de Física y Química (Programación 30%, unidad didáctica 70%), la exposición es oral, es más subjetiva, y una modificación de nota a posteriori me parece difícilmente argumentable y justificable. Y sin embargo ocurre y con variación de puntuación suficiente para ser seleccionado o no.
Las "plantillas" de valoración, rúbricas, matrices ... o como se quiera llamar a algo que intente poner objetividad en cómo valorar, debe ser público. Público entre los tribunales, para que actúen de manera similar.
No tiene mucho sentido estadístico que distribuyendo los opositores al azar entre tribunales, en Madrid haya tribunales en los que las notas sean sensiblemente inferiores / no tengan ningún seleccionado / no se revise ninguna nota, pero en otros tribunales sea muy distinto.
Mientras el proceso sea así y haya notas con diezmilésimas, toda la transparencia que se aporte es poca
https://lacienciaparatodos.wordpress.com/2009/11/16/las-oposiciones-incumplen-las-leyes-las-leyes-de-la-fisica
Como detalle peculiar, parece que al reclamar no es posible que se baje la nota
http://elprofedefisica.es/2018/01/15/bajar-nota-tribunal-de-revision/
Transparencia en la custodia de enunciados y soluciones
Es un tema que enlaza con tribunales y filtraciones: si un tribunal
facilita enunciados y soluciones una persona, el proceso deja de cumplir
los criterios de igualdad.
Al pedir enunciados de secundaria en Andalucía, comentaron un proceso notarial que personalmente no veo nada claro
31 octubre 2019
Oposiciones de Enfermería en Canarias: la hija del presidente del
Cabildo de La Gomera, una amiga y su pareja, únicos que aprueban sin un
solo fallo
Solo tres aspirantes completan el examen sin un solo fallo. Son la hija
del presidente del Cabildo de La Gomera, su amiga íntima y la pareja de
esta
En la OPE de Fisioterapia solo hay un caso sin equivocaciones. Se trata
de Pino Delia Domínguez, hermana del anterior director del Servicio
Canario de Salud, Conrado Domínguez, que defiende su alta cualificación
https://www.eldiario.es/canariasahora/sociedad/terremoto-oposiciones-Enfermeria-Canarias-OPE-Fisioterapia-La_Gomera_0_958554829.html
Relacionado con exámenes universidades
Mesa de Trabajo sobre Valoración de Documentos de las Universidades de la Comunidad de Madrid
Establecimiento de los plazos de los valores primarios y de conservación del EIV Expedientes de pruebas de evaluación académica.
...
ha elevado consulta a la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) sobre el plazo obligatorio de conservación de las pruebas de evaluación académica y la contestación ha sido 2 años y que ya ha informado a los archiveros de la Universidad Rey Juan Carlos para que incluyan esta justificación en el estudio que están realizando.
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Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid
CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO
Por otra parte, Dª Mercedes LLoret Martínez de la Riva, añade que ha consultado el Estatuto de los
estudiantes y que éste establece el mismo plazo.
En consecuencia, la Mesa de Trabajo acuerda que el plazo de vigencia del valor administrativo y de conservación de la serie Expedientes de pruebas de evaluación académica sea de 2 años.
D. Lorenzo Matheu Ramos, añade que hay que determinar los criterios de la selección y conservación de la muestra, dando lugar al inicio del debate. Éste surge porque la política que está llevando la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental de la Comunidad de Madrid es que, cuando se propone la eliminación total de los documentos que componen una serie, se conserve una muestra como testimonio para la investigación histórico científica futura.
Es un hecho generalizado que a los Archivo Generales no llegan los exámenes, pero la realidad de las Universidades es muy variada. Entre las justificaciones para no conservar una muestra de los exámenes se señala la enorme casuística que se puede encontrar entre departamentos, asignaturas, titulaciones, etcétera, por lo que sería muy difícil seleccionar una muestra representativa, la protección de datos o el enorme volumen de documentos que se generan cada año.
Tras acordar que se va a conservar una muestra de los modelos de pruebas de evaluación y no de los exámenes realizados por los alumnos, se debate el tipo de muestreo y la selección que se va a aplicar
a esta serie
Jurisprudencia
Ver tema de sentencia defensa comentado en el post con CLM y Madrid en 2021
13 octubre 2015
https://miguelangelblanes.com/2015/10/13/la-transparencia-del-proceso-selectivo-de-empleados-publicos-el-acceso-a-los-examenes-y-a-las-bolsas-de-trabajo/
El
Tribunal Supremo ha permitido a un participante del proceso selectivo
el acceso a los exámenes de los otros opositores y a obtener copia,
incluso cuando los actos han quedado firmes por no haberse recurrido
ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa. Se
reconoció el derecho de acceso a su examen, a los casos prácticos de los
opositores, y al dictamen a partir del cual el tribunal de selección
habría establecido el caso práctico a resolver en el tercer ejercicio de
la oposición.
9 marzo 2021
La Audiencia Nacional anula el proceso selectivo que realizó el Banco de España en 2018 para proveer 92 plazas administrativas
La Sala considera que la actuación del tribunal de selección fue arbitraria en la segunda fase del proceso de selección de las plazas y acuerda la retroacción del proceso selectivo al momento en que se publicaron las listas de los aspirantes que habían superado la primera fase eliminatoria
4 abril 2022
I. PRIMER PASO.- La reciente sentencia de la Sala tercera del Tribunal Supremo de 28 de marzo de 2022 (rec. 6160/2020) fija doctrina casacional en línea con lo que el goteo de sus últimas sentencias habían marcado.
Se trata de la definitiva superación del criterio clásico de que el desconocimiento por los aspirantes de los criterios de calificación podía subsanarse si los conocían “a toro pasado” siempre que fueran los mismos para todos ellos.
20 julio 2022
Roj: STS 3138/2022 - ECLI:ES:TS:2022:3138
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/bf317b65917da7eea0a8778d75e36f0d/20220803
SÉPTIMO.- La respuesta a la cuestión de interés casacional.
En razón a lo argumentado en el fundamento quinto, la respuesta a la cuestión planteada es que los criterios de calificación de los ejercicios de procesos de selección en la Administración Pública, deben ser previos a la calificación, y deben ser publicados para conocimiento de todos los aspirantes antes de la realización de
los ejercicios.
TERCERO.- Se fija como doctrina la reflejada en el penúltimo fundamento de Derecho.
Buenas tardes,
ResponderEliminarEn primer lugar agradecerte ENORMEMENTE esta labor que nos ayuda de forma infinita a los opositares, de verdad, muchísimas gracias.
En segundo lugar, querría comentarle, que en la carpeta de los exámenes de Andalucía, no permite visualizar ni descargar los mismos, pone que están dañados, entonces querría preguntarle si sería posible solucionarlo. Muchas gracias otra vez.
No están dañados. Como comento en post de enunciados "Por favor: no me pidas que te envíe individualmente algo que ya comparto. Son ficheros voluminosos y comparto tal cual los he recibido: si te da error, revisa (a veces da error desde móvil pero no desde PC)"
EliminarTiene razón, era un fallo al descomprimir los archivos, disculpe las molestias y gracias otra vez!
EliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarMagnifico trabajo. Muchas gracias
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