Inspección y sanción a privados con concierto
Resumen
Cuando se habla de irregularidades en privados con concierto a menudo se esgrime como defensa el que si fuese así inspección habría actuado, o que, si se sabe que existen de verdad irregularidades, se denuncie a inspección. Es un argumento débil porque desde fuera es complicado tener datos demostrables y objetivos a la vez que tener el tiempo y recursos para un proceso judicial. En abril 2019 surge un ejemplo objetivo de irregularidad gracias a un informe de la Cámara de Cuentas de Madrid, y lo utilizo para buscar datos sobre la realidad de inspección y de sanción. Si un comportamiento incorrecto no es perseguido ni sancionado, se está perpetuando.
Ante un caso en el que centros reciben más dinero del correspondiente, la Comunidad de Madrid confirma implícitamente que no se abre expediente "...una cuestión es percepción indebida de cantidades por parte del titular de un centro en los términos de la LODE, tal y como señala el reclamante, del artículo 56 del RD 2377/1985, y otra cuestión distinta es el procedimiento establecido para justificar las cantidades transferidas a los centros privados...".
Mi traducción: ¿¡"No es que haya habido una percepción indebida por el centro que merezca un expediente (art56), es que el centro no ha sabido justificar debidamente lo que ha percibido (art40 ) tras una revisión ajena a la inspección educativa (art41)"!?
Se entiende como "percepción indebida de cantidades..." a cobrar indebidamente de los padres, y eso si se demuestra sí es sancionable, pero no percibir indebido de la administración. Muestra que inspección no ha revisado bien lo que le justificaron mal (art40)
26 agosto 2019 este post sale en prensa
La Cámara de Cuentas de Madrid detecta dinero público sin justificar en casi el 16% de los colegios concertados
https://www.infolibre.es/noticias/politica/2019/08/03/la_camara_cuentas_detecta_dinero_publico_sin_justificar_casi_los_colegios_concertados_madrid_97574_1012.html
https://www.meneame.net/story/camara-cuentas-madrid-detecta-dinero-publico-sin-justificar-casi
En este post también se intentan mostrar casos reales de inspección y sanción, cómo se es permisivo con irregularidades/no se inspecciona y cuando se inspecciona se vende como una "caza de brujas".
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- Legitimación, civismo y transparencia (asociado a que legalmente solo las personas legitimadas pueden denunciar y exigir sanciones por cuotas ilegales, se citan ideas)
Detalle
- Informes Cámaras de Cuentas
- Informe Madrid 2019 (2011 a 2015)
- Informe Asturias 2017 (2013/2014)
- Informa Cataluña 2010 (2008/2009)
- Informe Baleares
- Murcia
- Centros con irregularidades en escolarización, Aragón 2018
- Ejemplos de irregularidades sin sanción (el estudio CICAE/GARLIC B2B)
- Ejemplos reales de sanciones a privados con concierto
- Búsqueda transparencia sobre sanciones
- Transparencia sobre cuentas centros
- Normativa sobre sanción y extinción conciertos
- Código penal
- Visión desde inspección
- Visión desde altos cargos
- Crítica a realizar inspecciones
- Normativa funciones inspección educativa
- Pagos voluntarios y COVID-19
- Otros temas
Un tema inicial es por qué se pueden cobrar cuotas legalmente en privados con concierto, ya que art88 LOE habla de gratuidad
Real Decreto 1694/1995, de 20 de octubre, por el que se regulan las actividades escolares complementarias, las actividades extraescolares y los servicios complementarios de los centros concertados. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1995-25948
Informes Cámaras de Cuentas
Informe Madrid 2019 (2011 a 2015)
28 marzo 2019Se publica informe
INFORME DE LA FISCALIZACIÓN OPERATIVA DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN LA EDUCACIÓN PÚBLICA NO UNIVERSITARIA
EJERCICIOS 2011-2015
Aprobado por Acuerdo del Consejo de la Cámara de Cuentas de 28 de marzo de 2019
http://www.camaradecuentasmadrid.org/admin/uploads/informe-educacion-no-universitaria-2011-a-2015-aprobado-280319-1.pdf
1 abril 2019
Lo comento citando el tema de conciertos
Creo que es una oportunidad única para ver:
-Si la irregularidad no la vio inspección, y solamente apareció por la revisión de la Cámara de Cuentas (si no lo hubiera mirado, no se hubiera visto)
-Qué sanción real hay para el incumplimiento. Devolver el dinero no es una sanción; sería algo análogo a pillar a un alumno copiando y como sanción poner un cero, en lo que no hay sanción real porque si realmente iba a sacar un cero y si no le pillan "no pierde nada" y solamente puede ganar.
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/1112660727121227776
En #DatosCámaraDeCuentas en 3 informes (16% de los revisados) Consejería de Educación de
El mismo día pongo petición vía portal de transparencia
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Solicito:
1. Una copia de Acuerdo de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la CM, de 25 de junio de 2015 según el que se iniciaron los procedimientos de reintegro de las cantidades percibidas de más para 3 centros concertados, informe citado en II. CONTROL INTERNO de INFORME DE LA FISCALIZACIÓN OPERATIVA DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA EN LA EDUCACIÓN PÚBLICA NO UNIVERSITARIA EJERCICIOS 2011-2015 de Cámara de Cuentas de Madrid publicado en http://www.camaradecuentasmadrid.org/admin/uploads/informe-educacion-no-universitaria-2011-a-2015-aprobado-280319-1.pdf
2. Una copia de la documentación de los expedientes iniciados con esos tres centros, expedientes obligatorios según artículo 56 de Real Decreto 2377/1985
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4 junio 2019
Ante silencio y habiendo pasado plazo de reclamar a CTBG, reitero añadiendo este texto
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Esta petición es una reiteración de solicitud 09-OPEN-00094.2/2019 puesta el 1 abril 2019, para la que pasados dos meses no he tenido respuesta.
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Asignado 09/859130.9/19
4 julio 2019
Recibo respuesta a 09-OPEN-00166.1/2019 con datos de los centros, "anonimizados", pero lo hacen mal y se ven los centros (simplemente se puede pasar el cursor sobre el pdf y se ven). No pongo los nombres aquí, pero sí están accesibles ellos ficheros tal cual los facilitan.
Además de los nombres, se puede visualizar el csv y descargar los documentos originales, sin anonimizar.
https://twitter.com/FiQuiPedia/status/1146789795278053380
3 centros privados con concierto recibieron 154738,77€ de más. No se responde a las preguntas: ¿Aplica a más centros/ejercicios? ¿Hubo sanciones?
https://drive.google.com/file/d/1-rAdaA6ujo8AyfzuIiuZVtVJlsM80CXT/view
https://drive.google.com/file/d/1-n4c7tTaB4cemnKLwaUqP5om0klT4-RR/view
https://drive.google.com/file/d/1-qObzkge6OssD_TsynPibNtK5x5Gcr3J/view
https://drive.google.com/file/d/1-qxute6Q8RIbUKw8pZEo58ASuvohyEFF/view
5 julio 2019
Reclamo a CTBG
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En la solicitud había dos puntos, y la respuesta sí cumple el primero al adjuntar los 3 acuerdos.
En el segundo punto de la solicitud indicaba "2. Una copia de la documentación de los expedientes iniciados con esos tres centros, expedientes obligatorios según artículo 56 de Real Decreto 2377/1985"
Sin embargo no se envía documentación sobre este segundo punto, limitándose a indicar "Asimismo, como se puede ver en el enlace de la Cámara de cuentas, dichos centros procedieron al reintegro de las cantidades exigidas, en tiempo y forma."
El artículo 56 citado indica el término expediente
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-26788#a56
"...devolución de dichas cantidades en el plazo de un mes a contar desde la fecha de la notificación de la resolución del oportuno EXPEDIENTE"
Yo no he pedido información sobre si se produjo el reintegro, que ya indicaba la cámara de cuentas. Pido una copia de la documentación de los expedientes.
En caso de que no se iniciara expediente alguno contra dichos centros, no se me indica, y considero que es información pública relevante que ante un hecho objetivamente incorrecto, como la recepción de dinero público indebido, detectado solo por una revisión de la Cámara de cuentas y no por la Consejería de Educación, la Consejería de Educación no inicie expediente. Considero que los ciudadanos tenemos derecho a fiscalizar qué situaciones en los conciertos pueden o no suponer expedientes.
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8 agosto 2019
Recibo alegaciones Comunidad de Madrid a CTBG
https://drive.google.com/open?id=10HsSyVfovDT959AmTD2BNZ9uO8sd4NMr
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Una vez analizada la reclamación recibida, formulamos las siguientes alegaciones:
PRIMERO.-
Esta petición está basada en una interpretación errónea que hace el interesado de la aplicación de la norma educativa puesto que una cuestión es la percepción indebida de cantidades por parte del titular de un centro en los términos de la LODE, tal y como señala el reclamante,del artículo 56 del RD 2377/1985, y otra cuestión distinta es el procedimiento establecido para justificar las cantidades transferidas a los centros privados, según el concierto suscrito con la Administración y lo dispuesto anualmente en las leyes de presupuestos.
Esta última cuestión está regulada en el artículo 40 del Real Decreto 2377/1985 que dispone que “las cantidades abonadas por la Administración para los otros gastos del centro concertado se justificarán, al final de cada curso escolar, mediante aportación por el titular de la certificación del acuerdo del consejo escolar aprobatorio de las cuentas” y, supone, un control financiero de carácter interno.
En este sentido, el artículo 41 del Real Decreto 2377/2985, añade otro tipo de control a posteriori, y este de carácter externo, que las disposiciones vigentes atribuyen a la Intervención General de la Administración del Estado o al órgano equivalente de las Comunidades Autónomas según el artículo 18 de la Ley 9/1990, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Es decir, no existe una percepción indebida de cantidades por parte del titular del centro en los términos de la LODE, tal y como señala el reclamante, sino que estos centros percibieron los importes correspondientes al módulo económico por unidad escolar que les corresponde según
el concierto suscrito con la Comunidad de Madrid y los importes que se recogen en la Ley de Presupuestos de ese ejercicio económico.
Visto lo anterior, no podemos acceder a la petición formulada puesto que al no darse los supuestos para la aplicación del artículo 56 de RD 2377/ 1985 esa documentación no obra en nuestro poder.
SEGUNDO.-
En el caso de estos tres centros docentes privados concertados, como está publicado en el enlace de la web de la Cámara de Cuentas, existían una serie de gastos que no habían sido suficientemente justificados, y posteriormente, los centros procedieron a la devolución de esos importes reclamados.
Además, ha sido remitido al interesado los Acuerdos de fecha 25 de junio de 2015 de los reintegros de los tres centros docentes.
TERCERO.-
Considerada la información publicada en la web de la Cámara de Cuentas, la respuesta del OPEN y la remisión de los Acuerdos solicitados de fecha 25 de junio de 2015, entendemos que el reclamante ha visto satisfecha de manera proporcionada su derecho de acceso a la información porque ha podido fiscalizar de manera transparente la actuación de la Administración en el control contable a entidades de carácter privado, así como ha podido conocer el reintegro de las cantidades en tiempo y forma.
La petición de acceso ha sido satisfecha de manera proporcionada por lo que entendemos que esta reclamación tiene un carácter manifiestamente repetitivo, en virtud del artículo 18 de la Ley 19/2013, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
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Respondo a CTBG, dando por resuelta la reclamación
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Lo que interpreto como "No es que haya habido una percepción indebida por el centro que merezca un expediente (art56), es que el centro no ha sabido justificar debidamente lo que ha percibido (art40 ) tras una revisión ajena a la inspección educativa (art41)"
Se entiende como "percepción indebida de cantidades..." a cobrar indebidamente de los padres, y eso si se demuestra sí es sancionable, pero no percibir indebido de la administración. Muestra que inspección no ha revisado bien lo que le justificaron mal (art40)
Se puede ver en normativa
Decreto 2377/1985
Artículo 56.
Artículo sesenta y dos.
19 agosto 2019
Recibo resolución CTBG donde se archiva
https://drive.google.com/file/d/11NNARSnIevz21kfSG7ik2H8kPMx7oVW9/view?usp=drivesdk
Informe Asturias 2017 (2013/2014)
http://www.sindicastur.es/es/informes/categoria.asp?id=12IV. OPINIÓN DE LA FISCALIZACIÓN DE CUMPLIMIENTO
IV.1. Fundamento de la opinión con salvedades
A) Limitaciones al alcance
1. Los expedientes individuales de personal de los centros concertados obrantes en la
Consejería no están actualizados de acuerdo con la situación vigente de los docentes.
2. Se ha remitido de forma incompleta, sin incorporar el contrato laboral, los expedientes correspondientes a los números de la muestra 1, 24, 27, 33, 37 y 50.
B) Incorrecciones materiales
1. En lo referente a la documentación requerida para el proceso de solicitud de los conciertos, en las solicitudes de los números de la muestra 3, 5, 7, 8 y 9 no consta la declaración responsable relativa a la no discriminación de alumnos establecida en el artículo 84.3 de la LOE.
2. La Consejería de Educación y Cultura retribuye a todos los docentes de las cooperativas bajo los conciertos educativos en el PA mediante el sistema de pago delegado en lugar de directamente al centro cuando dichos docentes no tienen relación contractual de carácter laboral.
3. La Consejería de Educación y Cultura no reclama la información sobre actividades complementarias y extraescolares y servicios complementarios al menos al centro de la muestra número 1 que comunica en su memoria que los presta.
IV.1.2. Opinión sobre cumplimiento de legalidad con salvedades
En opinión de esta Sindicatura de Cuentas, excepto por los incumplimientos descritos en el párrafo “Fundamento de la opinión con salvedades”, las actividades, operaciones presupuestarias, financieras y la información reflejada en lo referente a los conciertos educativos en el curso escolar 2013/2014, resultan conformes, en todos los aspectos significativos, con la normativa aplicable a la gestión de los fondos públicos.
IV.1.3. Párrafo de énfasis y de otros asuntos significativos
La Consejería de Educación y Cultura no solicita las novaciones contractuales de los
docentes en caso de que estas se hubieran producido ni los centros las envían
voluntariamente.
En "VIII.5.1. Inspección educativa" se citan los informes realizados, y no se ve citado revisión cuotas.
Informe Cataluña 2010 (2008/2009)
INFORME 35/2010DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN GESTIÓN DE LOS CONCIERTOS EDUCATIVOS, CURSO 2008-2009
Sindicatura de Cuentas de Cataluña
http://www.sindicatura.cat/reportssearcher/download/35_10_es_tno.pdf
El resultado del trabajo ha sido satisfactorio, excepto por la siguiente observación:
•En diez expedientes falta algún representante en el Consejo Escolar: La Salle Gràcia (un representante del profesorado y uno de los padres); Nostra Senyora de Lurdes (un representante del profesorado); Súnion (un representante del titular del centro y uno del profesorado); Mare de Déu del Carme (dos representantes del profesorado, dos repre-sentantes de los padres y uno de los alumnos); Natzaret (un representante del titular del centro); Paula Montal (dos representantes de alumnos de ESO); La Salle (dos repre-sentantes de los padres); Serra (un representante del profesorado y dos de los padres); Mare Sagrament (dos representantes del titular del centro, dos de los padres y uno de los alumnos de ESO); Sant Vicenç (un representante del titular del centro y uno de la Administración municipal).
La Sindicatura ha revisado los 107 informes de la Inspección correspondientes a centros concertados para el curso 2008-2009 proporcionados por el Departamento de Educación. Sobre dichos informes, todos ellos referidos al pago delegado, en 62 no existe ninguna observación; en 39 consta alguna observación pero no han dado lugar a ningún informe de irregularidad, y en 6 casos figuran incidencias que han dado lugar a informes de irregula-ridad. Las irregularidades han sido corregidas por los centros en cinco casos y en un caso el Departamento de Educación ha dictado resolución de baja de un profesor en pago dele-gado. Las observaciones se refieren a los siguientes aspectos:
•Inclusión en pago delegado de profesorado que, de acuerdo con las memorias pedagógicas, no imparte ninguna hora de docencia en etapas educativas concertadas (observación recogida en dieciocho informes; en catorce se ha solucionado la incidencia y en cuatro ha dado lugar a informe de irregularidad). •Horas de dedicación en pago delegado superiores a las horas de docencia en etapas educativas concertadas más las de dedicación al ejercicio de puestos de dirección y coordinación (observación realizada en cinco informes; en tres se ha solucionado la incidencia y en dos se ha emitido informe de irregularidad).
•Profesorado que imparte docencia en etapas concertadas, pero que no está incluido en el sistema de pago delegado (observación incluida en treinta y seis informes).
•Horas de dedicación en pago delegado inferiores a las horas lectivas impartidas más las dedicadas al ejercicio de puestos de dirección y coordinación (observación reco-gida en veintidós informes).
•Profesorado dado de alta en pago delegado que imparte la totalidad de la docencia en etapas no concertadas (incidencia detectada en un informe y que ha dado lugar a un informe de irregularidad con baja del profesor en pago delegado).
No se han realizado actuaciones de comprobación de los gastos de funcionamiento ni sobre la correcta aplicación de las cuotas por actividades complementarias, por activida-des extraescolares y por servicios escolares.
Informe Baleares
Informe 80/2012 específico sobre la gestión de los conciertos educativos vigentes durante el curso escolar 2010-2011http://www.sindicaturaib.org/sincomfront/visor.htm;jsessionid=D753A5C6757EAC8FBF868E3E46EAE7EE?id=4263
1. CONCLUSIONES GENERALES
A continuación, se exponen las principales conclusiones de carácter general relativas a la gestión de los conciertos educativos vigentes durante el curso 2010-2011:
La Consejería de Educación y Cultura no motiva las resoluciones que determinan los ratios mínimos de alumnos/profesor por unidad escolar para los centros privados concertados, ni la concertación de centros educativos por debajo de los ratios mínimos fijadas.
Intervención General Región de Murcia
Centros con irregularidades en escolarización, Aragón 2018
Ejemplos de irregularidades sin sanción (el estudio CICAE/GARLIC B2B)
Aparte del caso de irregularidades en Aragón 2018 con los ACNEEs, hay varios estudios que confirman cobro de cuotas ilegales, cito alguno.
11 enero 2002
El Defensor del Pueblo investiga las «cuotas» en los centros concertados
https://www.abc.es/natural/abci-defensor-pueblo-investiga-cuotas-centros-concertados-200201110300-71275_noticia.html
El Defensor del Pueblo ha iniciado actuaciones ante el Departamento de Enseñanza de la Generalidad de Cataluña en relación con el caso de un alumno de cuatro años de educación infantil expulsado de un centro concertado de la localidad de Tordera (Barcelona).
La escuela
concertada Brianxa de Tordera impidió ayer la entrada al niño, «al
negarse sus padres a abonar determinadas cuotas que la titularidad del
centro exige pese al carácter concertado del mismo», según explica el
Defensor en un comunicado.
17 octubre 2017
Uno de cada tres colegios concertados de Madrid puede ser sancionado por cobrar irregularmente a las familias
Los inspectores de la Comunidad de Madrid vuelven este trimestre a 167 centros a los que abrieron expediente por incumplir la normativa
Educación avisa de que pondrá sanciones si no han subsanado las irregularidades, que suponen la retirada de parte del dinero público con el que funcionan
La administración ha detectado que estos centros ofrecen servicios en bloque de pago obligatorio o no rinden cuentas adecuadamente con la Consejería
https://www.eldiario.es/madrid/colegios-concertados-madrid-sancionado-irregularmente_1_3135474.html
Estos centros, según una respuesta del Gobierno de Cristina Cifuentes al Grupo Socialista, no informan a las familias de que las actividades son voluntarias y no lucrativas, no reflejan adecuadamente en la información que remiten a la administración la existencia de estas actividades, las ofrecen en bloque, sin desglosar precios y sin posibilidad de elección o incluyen conceptos erróneos como servicios complementarios.
14 noviembre 2017
https://www.elplural.com/sociedad/educacion/colegios-concertados-lucro-ilegal-o-funcion-social_114332102_amp
En
julio de 2017, el Gobierno de la Comunidad de Madrid admitió
irregularidades por parte de los colegios, en una respuesta al Grupo
socialista, que había pedido, en la Asamblea un informe sobre el control
del cumplimiento de la ley por parte de estos centros.
Estudio de Precios de Colegios Concertados, Garlic B2B
https://www.cdlmadrid.org/wp-content/uploads/2018/10/informe-precios-concertados.pdf
(Comunidad de Madrid, Junio 2018)
https://cronicaglobal.elespanol.com/uploads/s1/47/22/85/5/informe-ejecutivo-resultados-nacional-ola-3-v1.pdf
(Nacional, Informe Ejecutivo, Junio 2018 )
18 septiembre 2018
Madrid cierra sin multas los expedientes a 167 colegios concertados por cobros irregulares a las familias
La Comunidad de Madrid informa de que se han "subsanado" las irregularidades detectadas en uno de cada tres centros sobre la información y el pago de las actividades extraescolares
La "supervisión" de dichas actividades se da por zanjada y no se incluirá en el Plan General de Actuación de la Inspección de este curso, según CCOO
En paralelo, Gobierno está inmerso en una campaña de defensa de la "libertad de elección": ha abierto 190 aulas nuevas y quiere subvencionar el Bachillerato
https://www.eldiario.es/madrid/consejeria-educacion-sanciones-expedientes-concertados_1_2107024.html
24 septiembre 2018
El 92% de los colegios concertados obligan a pagar las cuotas "voluntarias"
La FAPA Giner de los Ríos denuncia que se está incumpliendo la ley y que las cuotas se han incrementado un 6%
https://cadenaser.com/emisora/2018/09/24/radio_madrid/1537789148_342051.html
Un informe realizado por consultora independiente Garlic B2B revela que el 92% de los colegios obligan a las familias a pagar las cuotas que, en teoría, son voluntarias.
24 octubre 2018
La escuela pública y la privada se alían para denunciar el concierto de colegios de élite
Los alumnos de un colegio de Barcelona que recibe 1,6 millones en subvenciones públicas pagan 850 euros al mes
https://elpais.com/sociedad/2018/10/24/actualidad/1540401514_493973.html
25 octubre 2018
CEAPA asegura que casi la totalidad de colegios concertados infringen la gratuidad de la educación obligatoria
https://www.europapress.es/sociedad/educacion-00468/noticia-ceapa-asegura-casi-totalidad-colegios-concertados-infringen-gratuidad-educacion-obligatoria-20181025122127.html
CEAPA asegura que casi la totalidad de colegios concertados infringen la gratuidad de la educación obligatoria El estudio, elaborado por Garlic B2B, ha analizado un total de 137 colegios concertados de Madrid, Cataluña, Galicia, Aragón, Comunidad Valenciana y Andalucía, a través de la metodología 'mystory shopper'. "Es un trabajo de investigación que consiste en simular ser clientes potenciales, nos hacemos pasar por familias", ha explicado la encargada de realizar el informe, Amparo Núñez.
10 octubre 2019
Echan del comedor de un colegio concertado a una niña por no pagar la 'cuota voluntaria'
En
un centro concertado de Alicante han sacado a una niña del comedor,
porque su padre no paga "la cuota voluntaria". Ha tenido que intervenir
la Dirección Territorial de Educación y la niña ha tenido que ser
readmitida en el servicio de comedor.
https://www.antena3.com/noticias/sociedad/niegan-el-comedor-a-un-nina-porque-sus-padres-no-pagan-la-cuota-voluntaria_201910105d9f5f140cf2043483c3b5dc.html
11 octubre 2019
Un colegio expulsa a una niña del comedor escolar por no pagar su padre las "cuotas voluntarias"
https://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/alicante/2019/10/11/5da0c0fafdddff5b938b45bf.html
El colegio había incorporado la cuota voluntaria que pide a las familias para el sostenimiento del centro en el mismo recibo del comedor por lo que dicha aportación "dejaba de ser voluntaria para las familias", apunta la Conselleria
...
Este padre en cuestión rechazó que le obligaran a pagar la "cuota voluntaria", por lo que el colegio le negó el acceso al servicio de comedor de la alumna "pese a que el padre sí que estaba dispuesto a pagar por ese servicio".
El viernes 6 de septiembre, el padre denunció esta situación ante la Dirección Territorial de Educación en Alicante, que puso los hechos en conocimiento de la Inspección Educativa. Inspección emitió
un informe sobre y envió un requerimiento al titular del centro docente
en el que le ordenaba a admitir a la alumna en el comedor y a acabar con la irregularidad de cargar en el recibo del comedor las cuotas de las aportaciones voluntarias, que nunca pueden ser obligatorias para las familias.
Ante el requerimiento de la Inspección Educativa, el
centro ha rectificado y ha desvinculado el pago de la aportación
voluntaria de las familias del recibo de comedor, por lo que la alumna
puede utilizar dicho servicio.
De haber persistido el
centro en la práctica irregular de incluir en el recibo de comedor la
aportación voluntaria que pide a las familias, la Conselleria de
Educación habría convocado la Mesa de Conciliación prevista en estos
casos y que podría haber dictaminado desde una sanción económica al centro hasta incluso la rescisión del concierto educativo, añaden estas mismas fuentes.
16 diciembre 2019
El 90% de los colegios concertados de Madrid impone pagos irregulares a las familias
Un estudio de la FAPA Giner de los Ríos y CICAE prueba que los centros excluyen a los alumnos que no pagan la cuota obligatoria
https://elpais.com/ccaa/2019/12/16/madrid/1576494389_608841.html
"Esto no es una fundación, es una SL": así fuerza la concertada a las familias a pagar sus cuotas
La Fapa Giner de los Ríos y CICAE denuncian, tras visitar 50 colegios concertados de Madrid, que todos pidieron cuotas
voluntarias
a las familias, que en el 90% de ellos eran en realidad obligatorias
Según la investigación, los centros suelen apelar al carácter único de su proyecto educativo y las actividades complementarias para justificar el pago de una media de 153 euros al mes
Como cobrar cuotas obligatorias es ilegal, cuando los supuestos padres preguntaban qué pasaría si no pagaban: se les ofrecía ir a recoger a su hijo a mitad de la jornada o que pasara varias horas en el patio mientras los demás hacían actividades
https://www.eldiario.es/sociedad/cuotas-obligatorias-centros-concertada-madrid_1_1187302.html
11 noviembre 2020
Los colegios privados denuncian que el 90% de los concertados cobran cuotas irregulares a las familias
Un informe realizado la patronal de centros privados CICAE junto a la asociación de familias CEAPA denuncia que el pago no es voluntario y que si una familia se niega su hijo será excluido de ciertas actividades: se paga 255 euros de media en Catalunya y 110 en Madrid
El 90% de los colegios concertados cobran cuotas irregulares a las familias pese a estar financiados con fondos públicos. En el 89% de los casos, estas cuotas no son realmente voluntarias por las consecuencias que implica no pagarlas, lo que contravendría la Ley Orgánica del Derecho a la Educación (LODE). Estas son las dos principales conclusiones del informe anual que realizan desde 2016 la patronal de centros privados Cicae junto a la federación de asociaciones de AMPAS de la escuela pública Ceapa, presentado este miércoles.
El 89 % de la concertada cobra cuotas mensuales, según un estudio de CEAPA y CICAE
Desde hace un par de cursos, la confederación de familias de la pública y la asociación de colegios privados, vienen realizando estudios sobre las cuotas que se cobran en centros concertados por medio país. En esta edición, han realizado su investigación en ocho comunidades. El 89 % de los centros estudiados obligan, de una manera u otra, a pagar cuotas mensuales. Solo un 11 % afirma que no hay que pagar estas cantidades. La ley dice que son ilegales.
https://eldiariodelaeducacion.com/2020/11/11/el-45-de-la-concertada-obliga-a-pagar-cuotas-mensuales-segun-un-estudio-de-ceapa-y-cicae/
Se enlaza informe Garlic B2B V ola
Estudio de Precios de Colegios Concertados
Informe Ejecutivo
Julio 2020
https://drive.google.com/file/d/1aqh8uPzFJKGEa-KXONn_opdeJOpc9GZU/view?usp=sharing
12 julio 2021
Las cuotas voluntarias de un colegio concertado que resultaron obligatorias
La madre de tres menores escolarizados en un centro sostenido con fondos públicos, denuncia discriminación, acoso y humillación por no poder hacer frente a los pagos
5 octubre 2022
El 90% de los colegios concertados cobra cuotas a las familias pese a que lo prohíbe la ley
Nueve de cada diez colegios privados concertados –teóricamente gratuitos
por estar sostenidos con fondos públicos– cobran cuotas a las familias.
En tres de cada cuatro de estos centros estas aportaciones son obligatorias, pese a que la ley las prohíbe explícitamente, según el VII estudio de cuotas y precios de colegios concertados,
elaborado por la Asociación de Colegios Privados e Independientes
(Cicae) y la Confederación Española de Asociaciones de Padres y Madres
del Alumnado (Ceapa). En uno de cada dos colegios la cuota es superior a
los 100 euros mensuales.
27 noviembre 2022
Una familia denuncia a dos colegios concertados de Bilbao por el cobro de cuotas educativas ilegales
Begoñazpi confirmó por escrito que esos pagos eran “obligatorios” cuando es una práctica prohibida e Ikasbide avisó de que había que tener “cuidado” porque el asunto había llegado también a Educación
2 diciembre 2022
Urkullu anuncia en persona una investigación a dos colegios concertados de Bilbao por cobrar cuotas ilegales
El lehendakari, en el Parlamento Vasco, promete que se publicarán en la web las tarifas de los colegios privados y que se vigilará que no cobren por servicios de enseñanza
4 octubre 2023
5 octubre 2023
Estudio de Cuotas y Precios de Colegios Concertados
Curso 2023 - 2024
Informe Final
8 diciembre 2023
Un padre denuncia ante la Inspección educativa las presiones que ha recibido para pagar la cuota de un colegio concertado
El centro Liceo Sorolla B de Madrid llegó a dejar a las dos hijas menores en unos sofás y sin apenas supervisión porque la familia había rechazado pagar unos talleres extraescolares
1 octubre 2024
Las cuotas ilegales de la concertada: los colegios que pertenecen a empresas privadas cobran el doble que los religiosos
El estudio anual sobre los pagos en los centros privados subvencionados cifra en 60 euros la cuota media mensual cuando el centro está vinculado a la Iglesia frente a los 108 euros que piden los que son una sociedad mercantil, que también son los que excluyen más al alumnado por renta
Garlic B2B IX Estudio de Cuotas y Precios de Colegios Concertados Curso 2024 - 2025
Ejemplos reales de sanciones a privados con concierto
Es un tema que inicialmente citaba en post No existe ningún centro que sea concertado para reforzar la idea de que el centro es privado y puede tener o no el concierto.
No he localizado ningún ejemplo de sanción donde el centro pierda el concierto; cuando se pierde es porque no tiene alumnos suficientes o la consejería documenta que no tiene recursos para mantener el concierto (en caso de que la consejería retire un concierto sin documentar eso bien, los privados reclaman y suelen ganar). Parece que la manera de que un centro privado pierda un concierto no es por sanción, sino por falta de recursos para pagarle: como los conciertos se renuevan cada varios años, resulta que al final es más "fácil" recortar líneas en la pública.
Dado que los ejemplos de sanciones graves son pocos, los enumero y pongo en orden cronológico dentro de cada caso.
Este artículo de 2021 habla de un único expediente en Madrid
La Inspección Educativa de la Comunidad supervisa el cumplimiento de la
norma en cada centro. En los últimos años, tan solo ha habido un
expediente sancionador a un centro por cobros indebidos, informa la
fuente oficial regional.
Galicia 2005: sanción 156000€
3 diciembre 2005
Sanción de 156.000 euros a un colegio por vulnerar el concierto educativo
La multa al centro ourensano fue impuesta por la Xunta y confirmada por el Tribunal Superior Disponía de una unidad escolar más que las permitidas por la Consellería de Educación
https://www.lavozdegalicia.es/noticia/galicia/2005/12/03/sancion-156000-euros-colegio-vulnerar-concierto-educativo/0003_4312961.htm
Cataluña 2007: sanción 26490€
15 julio 2007
L'Escola Pia d'Olot torna 26.490 € cobrats il.legalment
https://www.elperiodico.cat/ca/societat/20070715/lescola-pia-dolot-torna-26490--cobrats-illegalment-5464165
https://www.elperiodico.com/es/sociedad/20070715/escola-pia-olot-devuelve-26-5464165
La carrera de fons ha durat vuit anys. Aquest és el temps que un grup de
14 famílies liderades pel matrimoni format per l'arquitecte Llorenç
Panella i la historiadora Maria del Carme Grau ha invertit a recuperar
26.490 euros cobrats de forma il.legal per l'Escola Pia d'Olot
(Garrotxa) a través d'unes quotes per l'escolarització dels seus fills
que es feien passar per obligatòries sense ser-ho. Després d'un dilatat
procés judicial, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) va
dictar el 18 de maig passat una providència en la qual s'ordenava la
devolució d'aquesta quantitat de diners. La restitució es va fer
efectiva, finalment, fa uns quants dies.
Murcia 2007: sanción 300000€
La Consejería de Educación ha sancionado al centro privado concertado porque la niña fue «marginada en la actuación de fin de curso porque sus padres no pagaron la cuota»
16 mayo 2014
ECLI:ES:TSJMU:2014:1402
Nº de Resolución: 398/2014
http://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/0bef99fff8da9426/20141128
La sentencia incluye transcripción de grabaciones:
QUINTO .- Aclarado lo anterior y entrando a examinar la prueba practicada en relación con la acreditación delas infracciones sancionadas, basta con la mera audición de las conversaciones sostenidas entre el padre de la menor y las citadas señoras Doña Adelina y Doña Valentina para llegar a la convicción de que el Centro incumplía de forma sistemática el principio de gratuidad consagrado en el art. 62.2.a) de la LODE, afectando su incumplimiento a la mayoría de sus alumnos. Tras la audición de las indicadas grabaciones se constata la veracidad de las manifestaciones atribuidas a Doña Valentina y que se transcriben en la propuesta de resolución sancionadora y en la propia Orden de 29/9/2009, siendo de destacar las siguientes: "...Si cada uno venís y no pagáis ¿ qué hacemos?"; " ... aquí sabíais que se pagaba desde el principio "; " ... no puedo cobrar desde nunca; ... desde nunca yo puedo cobrar obligatoriamente, yo no te puedo obligar a que pagues... pero ... yo no puedo mantener este colegio porque no es del Estado ... por eso tengo que cobrar ... "; " ... Claro que sé las cantidades que me pagan si las cobro yo ... ";" ... yo lo tengo que mantener con lo que pagan los padres ... "; " ... Pero tú te agarras a que has ido al Ministerio y has ido a tal, en vez de examinar que estás en un sitio en donde la mayoría, casi todos los padres, pagan, y tú porque la ley dice que no, tú no vas a pagar, pero te vas a beneficiar de todo lo que pagan los demás"; "... No te puedo obligar porque la ley dice que no, pero que sepas y entiendas que te estás aprovechando de los padres que pagan ... todos los que no pagáis os aprovecháis"; " ... Tú te aprovechas de mi casa para que tu hija esté aquí y de las instalaciones de mi casa que las pagan el resto de padres a nosotros"; " ... pa ser justo y no aprovecharte, no tienes que venir ... y aparte que no he hecho el colegio este pa que tú vengas aquí de las nueve a las doce a no pagar na. ¿Tú lo entiendes?. Aunque a mi el Ministerio diga que no se paga..."; "Es que la gente que no quiere pagar yo aquí no la quiero. Ni de las nueve a las doce, ni de las nueve a las cinco"; "Pero vamos a ver ... ¿ Tú sabias que tenias que pagar al venirte aquí? Si (responde el padre). ¿ Y pa qué vienes?";"Cobramos porque damos una enseñanza que no es igual a los que no hay que pagar...".
Y asimismo constan las siguientes manifestaciones de Doña Valentina :
"En el momento en que tú digas de no pagar a mí me complicas la vida" ... " ... Pues si tienes colegios al ladode tu casa donde no se paga. El problema es tuyo. Cógela y llévatela tú, no la dejes aquí.".
...
A la vista de lo expuesto sólo cabe concluir que las aportaciones de los padres al Centro no eran libres ya que su voluntad venía viciada por la coacción personal y directa ejercida por el Centro; que sus dirigentes conocían la ilegalidad de los cobros; que estos eran continuados en el tiempo y generalizados, obedeciendo a un plan premeditado, incurriendo así PROYECTO EDUCATIVO INTEGRAL GONZALEZ VALVERDE, S.L.L. en la infraccióngrave prevista en el artículo 62.2.b) de la Ley Orgánica 8/1985 , que tipifica como grave incumplimiento del concierto por parte del titular del centro el "Impartir las enseñanzas objeto del concierto contraviniendo elprincipio de gratuidad".
16 julio 2014
El TSJ confirma una dura sanción a un colegio concertado por imponer el pago de cuotas
El centro Antonio de Nebrija discriminó a una alumna de 6 años en la fiesta de fin de curso porque su padre se negó a abonar una tasa ilegal
https://www.laverdad.es/murcia/201407/16/confirma-dura-sancion-colegio-20140716012204-v.html
17 noviembre 2020
Prescribe la multa de 300.000 euros impuesta al colegio concertado Antonio de Nebrija por imponer el pago de cuotas a los padres
La Administración Regional no reclamó al colegio concertado la presentación de un aval bancario y los plazos de prescripción siguieron corriendo. Las arcas regionales pierden 300.000 euros. La Fiscalía lo está investigando.
El TSJ ratificó la dura sanción, pero cuando la consejería de Hacienda, tras desestimar una reclamación económica administrativa del centro educativo, pretendió ejecutar la sanción, el colegio acudió nuevamente al TSJ que mediante sentencia 1266/2018, de 26 de junio de 2018, declaró prescrita la sanción.
Andalucía 2009: sanción de 280000€
9 diciembre 2015
TS confirma la multa de la Junta a un colegio de Almería por cobro de cuotas
https://www.europapress.es/nacional/noticia-ts-confirma-multa-impuesta-junta-andalucia-colegio-salle-almeria-cobro-cuotas-20151207153938.html
ROJ: STS 4920/2015 - ECLI:ES:TS:2015:4920
http://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/021fc0ad142e184e/20151209
Ejemplos sin sanciones
18 septiembre 2018
Madrid cierra sin multas los expedientes a 167 colegios concertados por cobros irregulares a las familias
La Comunidad de Madrid informa de que se han "subsanado" las irregularidades detectadas en uno de cada tres centros sobre la información y el pago de las actividades extraescolares
La "supervisión" de dichas actividades se da por zanjada y no se incluirá en el Plan General de Actuación de la Inspección de este curso, según CCOO
En paralelo, Gobierno está inmerso en una campaña de defensa de la "libertad de elección": ha abierto 190 aulas nuevas y quiere subvencionar el Bachillerato
https://www.eldiario.es/madrid/Consejeria-Educacion-sanciones-expedientes-concertados_0_774123418.html
Ejemplos de no renovación de conciertos (de cierto número de unidades) sí se pueden encontrar
https://fapar.org/web/fapar-respalda-la-decision-del-departamento-educacion-no-renovar-13-conciertos/
https://www.heraldo.es/noticias/aragon/zaragoza-provincia/zaragoza/2017/04/06/estos-son-los-centros-afectados-por-cierre-aulas-concertada-1168484-301.html
http://www.sacristan-rivas.es/ensenanza-concertada-denegacion-de-unidades/
Ejemplo
ROJ: STS 333/2018 - ECLI:ES:TS:2018:333
Nº de Resolución: 180/2018 Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Municipio: Madrid Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO Nº Recurso: 2008/2016 Fecha: 07/02/2018 Tipo Resolución: Sentencia
RESUMEN: Conciertos educativos. Impugnación de la modificación de concierto educativo para la reducción de unidades debido al descenso en el número de alumnos, es decir, de las necesidades de escolarización.
FALLO
...
2.- Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Jose Daniel y ocho más contra la Orden de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía ... en la que se acuerda la denegación de concierto educativo para 1 unidad de Educación Infantil en el centro privado concertado "Nuestra Señora del Carmen" de la Palma del Condado (Huelva), código 21601159, resolución que confirmamos por ser ajustada a Derecho
https://www.lasprovincias.es/comunitat/201704/20/cada-cuatro-concertados-pierde-20170420000332-v.html
En casi todos los casos el recorte es parcial. Es decir, no se pierde la concertación del Bachillerato al completo, sino una de las líneas vigentes e incluso dos en los más grandes. Eso sí, hay por al menos cuatro centros que se quedan directamente sin convenio por la supresión de su única línea o porque el ajuste se lleva por delante las dos existentes.
En otros países
18 abril 2019
TIAGO BRANDÃO RODRIGUES | MINISTRO DE EDUCACIÓN PORTUGUÉS
“No hay que ser impositivos: cuando confías en las escuelas, responden”
Portugal se ha convertido en un referente mundial en mejora educativa y pedagogías innovadoras. Es la nueva Finlandia
https://elpais.com/sociedad/2019/04/17/actualidad/1555517362_701463.html
P. Las subvenciones para los centros concertados llevan camino de desaparecer en su país.
R. Había 79 colegios concertados que consumían 140 millones al año y la ley dice que deben existir donde la escuela pública no cumple su función. Hemos quitado la subvención para el próximo curso a 49 de ellos y gastaremos 45 millones. En Santa María de Feira, a 30 kilómetros de Oporto, había un centro privado que recibía casi seis millones de euros y al lado cuatro escuelas públicas casi desiertas. No tenemos un afán excluyente, solo cumplimos con la ley.
P. En España protestaría en la calle un tercio de las familias.
R. [Sonríe y no contesta].
Búsqueda transparencia sobre sanciones
7 noviembre 2019
Recibo respuesta
https://drive.google.com/open?id=1Uy9UKms_-mGwMUcZAj4_ttJ5P_d_OABS
Ha habido 4 comisiones de conciliación, 1 expediente, 1 sanción leve y 0 retiradas de concierto.
Transparencia sobre cuentas centros
https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/informe-sistema-educativo-comunidad-madridInforme 2019 sobre el sistema educativo en la Comunidad de Madrid. Curso 2017-2018
http://www.madrid.org/bvirtual/BVCM050054.pdf
Página 480
E2.2. Referencia completa de la financiación pública a la enseñanza concertada
Considerando que:
• No se desglosan adecuadamente los partidas presupuestarias que reciben los centros privados de los fondos públicos, entre otras partidas para la de Servicios Comunes.
• Debe incluirse en la financiación a la enseñanza privada concertada aquellas partidas de financiación que no se hacen en partidas económicas directas.
• Debe incluirse en la financiación a la enseñanza privada concertada la cesión de parcelas de suelo público que suponen una fuente importante de financiación en especia y que son importantes ahorros para la implantación, extensión y mantenimiento de la oferta privada concertada.
• Las entregas en especia elevar de forma muy considerable el porcentaje de financiación que se traslada a la enseñanza privada concertada con fondos y recursos públicos.
• Con relación a toda la privada, con y especialmente sin concierto, es necesario tener en cuenta todas las desgravaciones fiscales que se han puesto en marcha.
El Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid insta:
A la Consejería de Educación realizar un desglose riguroso del presupuesto para que el importe relacionado con la financiación que reciben los centros privados, con y sin concierto, se ajuste siempre a la realidad.
E2.3. Transparencia en los datos estadísticos
Considerando que:
• Los datos económicos que no figuran desglosados en las estadísticas públicas pueden desvirtuar la realidad al intentar hacer un análisis correcto de los mismos.
• No se deben contemplar de forma unida los gastos corrientes obtenidos por la enseñanza privada, puesto que, en teoría, no pueden ser obtenidos por las mismas vías en función de que sean centros concertados o no.
El Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid insta:
A la Consejería de Educación a desglosar los datos correspondientes a los beneficios corrientes obtenidos por la enseñanza privada, en función de que sea o no concertada, para aumentar la transparencia en este concepto.
https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/votos_particulares_2019.pdf
Voto particular nº 26
Presentado por D. Camilo Jené Perea, en representación de FAPA. Se adhieren las siguientes organizaciones: UGT, CC.OO.
Redacción
Que consiste en:
Instar a la Consejería de Educación a tomar las medidas oportunas de cara a erradicar las cuotas.
Por el siguiente MOTIVO:
• Considerando que siguen existiendo cuotas, tanto directas como indirectas, que se cobran a las familias en los centros privados concertados asociadas a las enseñanzas obligatorias.
• Considerando que dichas cuotas suponen un incumplimiento de la gratuidad en las enseñanzas obligatorias a la que obliga la existencia de los conciertos a los centros educativos que los suscriben y, por ello, reciben financiación pública.
Normativa sobre sanción y extinción conciertos
Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.>Es normativa básica (ver post Lo básico de normativa básica)
Artículo 51.
El motivo para extinguir el concierto es el incumplimiento grave, pero no es tan sencillo, hay que ver los detalles
Código penal
Creo que procede citar esto
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444#a308
Artículo 308.
Visión desde inspección
22 diciembre 2019La desesperación de los inspectores de educación: pocos y politizados
Los interventores desdicen a la administración, que asegura que controlan las cuotas ilegales de los centros concertados, y se quejan de realizar demasiadas tareas burocráticas
https://elpais.com/ccaa/2019/12/21/madrid/1576931918_683620.html
Los inspectores, dicen fuentes de la administración, velan para que eso no pase. Pero los mismos interventores lo desmienten: las actuaciones en centros concertados no forman parte de sus tareas preferentes desde este curso. “Y el tema de las cuotas nunca nos han pedido que lo miremos”, dice Maria Eugenia Alcántara, inspectora educativa desde 2011 en la capital española.
12 enero 2020
El consejero de Educación de Madrid: "La izquierda detesta la excelencia, a ellos les gusta la mediocridad"
Enrique Ossorio advierte de que el Gobierno regional irá a los tribunales si PSOE y Podemos limitan los conciertos educativos
https://amp.elmundo.es/madrid/2020/01/12/5e1a160021efa09e388b457d.html
Se cita "Plan de inspección"
RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2018, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se aprueba el Plan General de Actuación de la Inspección Educativa para el curso escolar 2018-2019.
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/10/11/BOCM-20181011-20.PDF
RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2019, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se aprueba el Plan General de Actuación de la Inspección Educativa para el curso 2019-2020.
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2019/10/18/BOCM-20191018-20.PDF
No veo que cite ni una única vez "gratuidad" ni "cuotas" ni "privado" ni "concierto" ni "concert*"
25 agosto 2022
RESOLUCIÓN de 10 de agosto de 2022, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se aprueba el Plan Anual de Actuación de la Inspección Educativa para el curso 2022-2023
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/08/25/BOCM-20220825-4.PDF
Cita "Supervisar las actividades complementarias y extraescolares en los centros concertados." sin hablar de cuotas.
Visión desde altos cargos
18 marzo 2018
¿Permitimos que los centros concertados puedan convertirse en públicos?
http://agendapublica.elpais.com/permitimos-los-centros-concertados-puedan-convertirse-publicos/
El propio exministro de Educación socialista José María Maravall (1982-1988) era muy elocuente al respecto en una entrevista en 2013: “Lo que más lamento echando la vista atrás y recordando la aprobación de la LODE [Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación] es que en aquel momento no me podía imaginar que una ley orgánica de obligado cumplimiento en toda España llegase a ser vulnerada hasta tal punto por comunidades autónomas, ni que el Gobierno central se fuera a encontrar sin instrumentos o sin voluntad para impedir esas infracciones. Cuando hablo de instrumentos, me refiero a que la Alta Inspección ha sido descuidada. Y cuando hablo de voluntad, hablo de un absoluto desapego respecto de la enseñanza pública en relación de la enseñanza privada por parte del PP y de falta de músculo político por parte de algunos gobiernos del PSOE”.
Crítica a realizar inspecciones
Cs La Rioja alerta de la "utilización" de Inspección Educativa para "un plan de caza de brujas a la concertada"
Normativa funciones inspección educativa
En LOE modificada por LOMCE, artículo 151
15 octubre 2021
Veo que LOMLOE crea artículo 153 bis y cita transparencia inspección
https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-7899#a1-2
Artículo 153 bis. Principios de actuación de la inspección educativa.
a) Respeto a los derechos fundamentales y las libertades públicas, defensa del interés común y los valores democráticos y evitación de cualquier conducta que pueda generar discriminación por razón de origen, género, orientación sexual, religión opinión o cualquier otra circunstancia personal o social.
b) Profesionalidad e independencia de criterio técnico.
c) Imparcialidad y eficiencia en la consecución de los objetivos fijados.
d) Transparencia en cuanto a los fines de sus actuaciones, los instrumentos y las técnicas utilizados.
https://www.comunidad.madrid/file/284875/download
...con esta iniciativa el Gobierno autonómico muestra su respaldo a estos trabajadores cuyo papel se ve devaluado por la nueva Ley educativa estatal -LOMLOE-, que facilita el acceso a este cuerpo sin la preparación adecuada para el desempeño de sus funciones.
La información sobre planes de actuación en
https://www.educa2.madrid.org/web/sginspeccioneducativa
Pagos voluntarios y covid-19
Creo que la crisis del covid-19 junto con la suspensión de las clases puede suponer una situación donde se vea la realidad de los pagos voluntarios / cuotas y la inspección. También está relacionado con la voluntariedad y la fiscalidad, que está en post aparte.2 abril 2020
Los centros concertados de Madrid siguen cobrando las cuotas a pesar de que no hay clase
Educación avisa de que no se deben cobrar actividades extraescolares y la FAPA Giner de los Ríos invita a los padres a devolver los recibos
https://elpais.com/espana/madrid/2020-04-02/los-centros-concertados-de-madrid-siguen-cobrando-las-cuotas-a-pesar-de-que-no-hay-clase.html
Fuentes de la Consejería madrileña de Educación han recordado a los centros educativos públicos y concertados que no pueden cobrar las actividades extraescolares que no están prestando a causa del estado de alarma y advierte de que, si se detectan "abusos", los servicios de inspección actuarán.
Según Educación, en los centros concertados se paga por las actividades y servicios complementarios y actividades extraescolares y la realización de estas actividades o el acogerse a dichos servicios es “voluntario”. Así, solo se podrían cobrar las actividades complementarias que se mantengan online, como talleres de matemáticas o de lectura, pero no los servicios de piscina, ruta o comedor, por ejemplo, ni tampoco la enseñanza online. “Las actividades extraescolares no se pueden cobrar porque no se están haciendo”, añaden las fuentes.
Me parece llamativa la afirmación de que inspección actuará si se detectan abusos, frase que se puede interpretar como que no actúan si hay una situación irregular pero que no es abuso.
Otros temas
Cámara de cuentas y tarjetas. Lo cito aquí porque lo veo al tiempo que escribo el post y aparece también cámara de cuentas y consejería de educación de Madrid.24 julio 2019
INFORME DE LA FISCALIZACIÓN HORIZONTAL DE REGULARIDAD SOBRE LA UTILIZACIÓN DE LAS TARJETAS DE CRÉDITO EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
EJERCICIOS 2008 A 2015.
http://www.camaradecuentasmadrid.org/admin/uploads/informe-con-anexos-tarjetas-cto-2008a2015-aprobado-cjo-240719.pdf
30 julio 2019
Tarjetas sin control de la Comunidad de Madrid para gastar 15 millones de dinero público
La Cámara de Cuentas advierte sobre los gastos de entes regionales entre 2008 y 2015
https://elpais.com/ccaa/2019/07/30/madrid/1564490078_916085.html
LAS CLAVES DE LOS GASTOS
- Los 15 millones gastados entre 2008 y 2015 con 345 tarjetas se reparten entre 47 entidades (319 tarjetas) y dos consejerías, las de Educación y Presidencia (26).
3 junio 2021
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